Resolución 214 de 2020
Resolución 214 de 2020 Contaduría General de la Nación
- Tipo
- Resolución
- Número
- 214
- Año
- 2020
- Fecha
- 22 de diciembre de 2020
- Entidad
- Contaduría General de la Nación
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
RESOLUCIÓN 214 DE 2020
(Diciembre 22)
_Por la cual se corrige un error de digitación contenido en el artículo[1°](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=103095#1)de la Resolución N° 190 de 2020, “Por la cual se expide la certificación de categorización de las entidades territoriales: departamentos, distritos y municipios, conforme a lo dispuesto en las Leyes 136 de 1994, 617 de 2000 y el Decreto 2106 de 2019_
EL CONTADOR GENERAL DE LA NACIÓN
En uso de las facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el literal g) del artículo 3° de la Ley 298 de 1996, y
CONSIDERANDO:
Que la Unidad Administrativa Especial Contaduría General de la Nación profirió la Resolución N° [190](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=103095) del 27 de noviembre de 2020, _“Por la cual se expide la certificación de categorización de las entidades territoriales: departamentos, distritos y municipios, conforme a lo dispuesto en las Leyes 136 de 1994, 617 de 2000 y el Decreto 2106 de 2019”,_ la cual fue publicada en el Diario Oficial N° 51.511 del 27 de noviembre de 2020.
Que en el artículo [primero](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=103095#1) de la Resolución N° 190 del 27 de noviembre de 2020 se incurrió en un error de digitación en el aparte que hace referencia al número de departamentos que se autocategorizaron, en razón a que se estipuló que _“(…) se excluyen _trece (15)_ departamentos reportados por el Ministerio del Interior, como autocategorizados:…” (SIC), siendo la redacción correcta la siguiente: “(…) se excluyen _quince (15)_ departamentos reportados por el Ministerio del Interior, como autocategorizados:…”._ Que el artículo [45](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=41249#45) de la Ley 1437 de 2011 establece que:_“En cualquier tiempo, de oficio o a petición de parte, se podrán corregir los errores simplemente formales contenidos en los actos administrativos, ya sean aritméticos, de digitación, de transcripción o de omisión de palabras. En ningún caso la corrección dará lugar a cambios en el sentido material de la decisión, ni revivirá los términos legales para demandar el acto. Realizada la corrección, esta deberá ser notificada o comunicada a todos los interesados, según corresponda”._ Que, con fundamento en lo anterior, se hace necesario corregir el error formal de digitación previamente indicado. Que, en mérito de lo expuesto
RESUELVE:
Artículo primero.
Corregir el error formal de digitación contenido en el artículo [primero](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=103095#1) de la Resolución N° 190 del 27 de noviembre de 2020, “Por la cual se expide la certificación de categorización de las entidades territoriales: departamentos, distritos y municipios, conforme a lo dispuesto en las Leyes [136](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=329) de 1994, [617](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=3771) de 2000 y el Decreto [2106](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=87968) de 2019”, en razón a que se estipuló que “(…) se excluyen trece (15) departamentos reportados por el Ministerio del Interior, como autocategorizados:” (SIC), siendo lo correcto indicar que “(…) se excluyen quince (15) departamentos reportados por el Ministerio del Interior, como autocategorizados:”
Artículo segundo.
Publíquese la presente resolución en el Diario Oficial, en los términos establecidos en el artículo [45](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=41249#45) de la Ley 1437 de 2011.
Artículo tercero.
La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial. **PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá D.C., a los 22 días del mes de diciembre del año 2020.
PEDRO LUIS BOHÓRQUEZ RAMÍREZ
Contador General de la Nación.
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