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Resolución 214 de 2020

Resolución 214 de 2020 Contaduría General de la Nación

Tipo
Resolución
Número
214
Año
2020
Fecha
22 de diciembre de 2020
Entidad
Contaduría General de la Nación
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

RESOLUCIÓN 214 DE 2020

(Diciembre 22)

_Por la cual se corrige un error de digitación contenido en el artículo[1°](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=103095#1)de la Resolución N° 190 de 2020, “Por la cual se expide la certificación de categorización de las entidades territoriales: departamentos, distritos y municipios, conforme a lo dispuesto en las Leyes 136 de 1994, 617 de 2000 y el Decreto 2106 de 2019_

EL CONTADOR GENERAL DE LA NACIÓN

En uso de las facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el literal g) del artículo 3° de la Ley 298 de 1996, y

CONSIDERANDO:

Que la Unidad Administrativa Especial Contaduría General de la Nación profirió la Resolución N° [190](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=103095) del 27 de noviembre de 2020, _“Por la cual se expide la certificación de categorización de las entidades territoriales: departamentos, distritos y municipios, conforme a lo dispuesto en las Leyes 136 de 1994, 617 de 2000 y el Decreto 2106 de 2019”,_ la cual fue publicada en el Diario Oficial N° 51.511 del 27 de noviembre de 2020.

Que en el artículo [primero](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=103095#1) de la Resolución N° 190 del 27 de noviembre de 2020 se incurrió en un error de digitación en el aparte que hace referencia al número de departamentos que se autocategorizaron, en razón a que se estipuló que _“(…) se excluyen _trece (15)_ departamentos reportados por el Ministerio del Interior, como autocategorizados:…” (SIC), siendo la redacción correcta la siguiente: “(…) se excluyen _quince (15)_ departamentos reportados por el Ministerio del Interior, como autocategorizados:…”._ Que el artículo [45](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=41249#45) de la Ley 1437 de 2011 establece que:_“En cualquier tiempo, de oficio o a petición de parte, se podrán corregir los errores simplemente formales contenidos en los actos administrativos, ya sean aritméticos, de digitación, de transcripción o de omisión de palabras. En ningún caso la corrección dará lugar a cambios en el sentido material de la decisión, ni revivirá los términos legales para demandar el acto. Realizada la corrección, esta deberá ser notificada o comunicada a todos los interesados, según corresponda”._ Que, con fundamento en lo anterior, se hace necesario corregir el error formal de digitación previamente indicado. Que, en mérito de lo expuesto

RESUELVE:

Artículo primero.

Corregir el error formal de digitación contenido en el artículo [primero](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=103095#1) de la Resolución N° 190 del 27 de noviembre de 2020, “Por la cual se expide la certificación de categorización de las entidades territoriales: departamentos, distritos y municipios, conforme a lo dispuesto en las Leyes [136](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=329) de 1994, [617](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=3771) de 2000 y el Decreto [2106](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=87968) de 2019”, en razón a que se estipuló que “(…) se excluyen trece (15) departamentos reportados por el Ministerio del Interior, como autocategorizados:” (SIC), siendo lo correcto indicar que “(…) se excluyen quince (15) departamentos reportados por el Ministerio del Interior, como autocategorizados:”

Artículo segundo.

Publíquese la presente resolución en el Diario Oficial, en los términos establecidos en el artículo [45](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=41249#45) de la Ley 1437 de 2011.

Artículo tercero.

La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial. **PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá D.C., a los 22 días del mes de diciembre del año 2020.

PEDRO LUIS BOHÓRQUEZ RAMÍREZ

Contador General de la Nación.

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