Decreto Local 026 de 2020
Decreto Local 026 de 2020 Alcaldía Local de Fontibón
- Tipo
- Decreto Local
- Número
- 026
- Año
- 2020
- Fecha
- 18 de diciembre de 2020
- Entidad
- Alcaldía Local de Fontibón
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
DECRETO 026 DE 2020 (Diciembre 18) _Por el cual se expide el Presupuesto de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Fontibón, para la vigencia fiscal comprendida entre el 01 de enero y el 31 de diciembre de 2021_ EL ALCALDE LOCAL DE FONTIBÓN En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que confiere el artículo 17 del Decreto 372 de 2010 y
CONSIDERANDO:
Que la Secretaría Distrital de Hacienda mediante oficio 2020EE18769001 del 30 de octubre de 2020, comunicó la cuota de asignación por un monto total de TREINTA MIL SEISCIENTOS SETENTA Y SEIS MILLONES VEINTIUN MIL PESOS M/CTE ($30.676.021.000) para la vigencia 2021.
Que el Alcalde Local de Fontibón, estima que al cierre de la vigencia fiscal 2020, la disponibilidad de recursos en Tesorería será de CINCUENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y TRES MILLONES NOVECIENTOS SESENTA Y TRES MIL PESOS M/CTE ($53.943.963.000), respaldando las obligaciones por pagar al 31 de diciembre de 2020.
Que el Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal –CONFIS- en sesión N° 22 del 26 de noviembre de 2020, emitió concepto favorable al Proyecto de Presupuesto del Fondo de Desarrollo Local de Fontibón, el cual asciende a la suma de OCHENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS DIECINUEVE MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL PESOS M/CTE ($84.619.984.000) para la vigencia fiscal 2021.
Que el Alcalde Local radicó mediante Orfeo 20205900365991 del 02 de diciembre de 2020 a la Junta Administradora Local de Fontibón el Proyecto de Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos a nivel de agregados para la vigencia fiscal 2021, para su correspondiente estudio y aprobación conforme a lo normado en el artículo [15](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#15) del Decreto 372 del 30 de agosto de 2010.
Que mediante oficio JAL 862/2020 fechado el 14 de diciembre de 2020 y radicado bajo el número 20205910078242 la Junta Administradora Local de Fontibón comunicó al suscrito Alcalde Local de Fontibón con asunto Archivo Proyecto de Acuerdo Local 005, que:_“Por medio de la presente, le comunicamos formalmente que se ha tomado la decisión de archivar el proyecto de acuerdo local 005 de 2020 en aplicación del artículo 87 del reglamento interno de la corporación: “Los proyectos de acuerdo que no recibieren aprobación por lo menos en un debate durante cualquiera de los períodos de sesiones ordinarias o extraordinarias serán archivados. Para que la junta se pronuncie sobre ellos deberán ser presentados nuevamente”_ Que de conformidad con el Decreto 372 de 2010 en su Artículo [17°](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#17). Aprobación y Expedición del Presupuesto dice _“La JAL deberá expedir el Presupuesto Anual del respectivo F.D.L., antes de la media noche del 15 de diciembre; si no lo hace regirá el proyecto presentado por el Alcalde Local, incluyendo las modificaciones que hayan sido aprobadas durante los debates. En dicho caso, el Alcalde Local deberá expedirlo mediante Decreto a nivel de agregados y luego liquidarlo mediante Decreto a nivel de programas y proyectos.”_ Concordante con lo anterior, en el numeral 7 del formato 17 sobre Aprobación del Proyecto Anual de Presupuesto de los F.D.L. del _“Manual Operativo Presupuestal del Distrito Capital”_, adoptado mediante Resolución [191](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=76948) del 22 de septiembre de 2017, se indica que si la comisión de presupuesto de la JAL no aprueba el proyecto de Presupuesto en primer debate _“ _Rige el proyecto presentado por el Alcalde Local el_ _cual se debe aprobar por Decreto a nivel agregado,_ _posteriormente expedir el respectivo Decreto de liquidación a nivel de los rubros del plan de cuentas y_ _proyectos de inversión_ ” _(Subrayado propio). En mérito de lo expuesto, el Alcalde Local de Fontibón,
DECRETA:
Artículo 1.
Expedir el presupuesto de Rentas e Ingresos del Fondo de Desarrollo Local de Fontibón para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero y el 31 de diciembre de 2021, por la suma de OCHENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS DIECINUEVE MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL PESOS M/CTE ($84.619.984.000), conforme al siguiente detalle: | CODIGO | CONCEPTO | VALOR ---|---|--- 11 | DISPONIBILIDAD INICIAL | 53.943.963.000 12 | INGRESOS | 30.676.021.000 121 | INGRESOS CORRIENTES | 65.000.000 124 | RECURSOS DE CAPITAL | 7.000.000 125 | TRANSFERENCIAS ADMINISTRACIÓN CENTRAL | 30.604.021.000 TOTAL INGRESOS + DISPONIBILIDAD INICIAL | 84.619.984.000**
Artículo 2.
Expedir el presupuesto de gastos e inversión del Fondo de Desarrollo Local de Fontibón, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero y el 31 de diciembre de 2021, por la suma de OCHENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS DIECINUEVE MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL PESOS M/CTE ($84.619.984.000), de acuerdo al siguiente detalle:
CODIGO | CONCEPTO | VALOR ---|---|--- 13 | GASTOS | 84.619.984.000 131 | FUNCIONAMIENTO | 6.357.296.000 133 | INVERSION | 78.262.688.000 14 | DISPONIBILIDAD FINAL | 0 TOTAL GASTOS + DISPONIBILIDAD FINAL | 84.619.984.000
Artículo 3.
El presente Decreto rige a partir de su expedición y surte efectos fiscales a partir del primero (1) de enero de 2021.
PÚBLIQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los 18 días del mes de diciembre del año 2020.
CARLOS LEONARDO LOZADA CARVALHO
Alcalde Local de Fontibón
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