Resolución 872 de 2020
Resolución 872 de 2020 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
- Tipo
- Resolución
- Número
- 872
- Año
- 2020
- Fecha
- 22 de diciembre de 2020
- Entidad
- Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
RESOLUCIÓN 872 DE 2020
(Diciembre 22)
_Por la cual se efectúan unas modificaciones en el Presupuesto de Gastos e Inversión de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D. C., para la vigencia fiscal de 2020_ __ LA SECRETARIA GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.
En ejercicio de las atribuciones conferidas en el artículo 87 del Decreto Distrital 714 de 1996, el artículo 60 del Decreto Distrital 854 de 2001 y, el Decreto Distrital 001 de 2020
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo con el principio de especialización consagrado en el literal [g)](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=1693#13.l.g) del artículo 13 del Decreto Distrital 714 de 1996, _"Por el cual se compilan el Acuerdo 24 de 1995 y Acuerdo 20 de 1996 que conforman el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital”_ las apropiaciones deben referirse en cada entidad de la administración a su objeto y funciones y se ejecutarán estrictamente conforme al fin para el cual fueron programadas.
Que el artículo [63](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=1693#63) del mencionado Decreto Distrital 714 de 1996, _dispone que "Cuando fuere necesario aumentar o disminuir la cuantía de las apropiaciones, cancelar las aprobadas o establecer otras nuevas, podrán hacerse las correspondientes modificaciones al presupuesto mediante traslados, créditos adicionales y la cancelación de apropiaciones”_ Que mediante el Decreto Distrital No. [744](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=88356) de 2019 se expidió el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2020 y se dictaron otras disposiciones.
Que mediante el Decreto Distrital No. [816](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=88713) del 26 de diciembre de 2019, se liquidó el presupuesto anual de rentas e ingresos y de gastos e inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2020 y se dictaron otras disposiciones, en cumplimiento del Decreto [744](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=88356) del 6 de diciembre de 2019, expedido por el Alcalde Mayor de Bogotá, Distrito Capital.
Que el artículo [9](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=88449#9) del Decreto Distrital No. 777 de 2019 "_Por el cual se reglamenta el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital y se dictan otras disposiciones", establece que las: "Las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación de los órganos y entidades que hacen parte del presupuesto anual, incluidos los organismos de control, y los Fondos de Desarrollo Local que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto agregado de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión aprobados por el Concejo de Bogotá D.C. y las Juntas Administradoras Locales, se harán mediante resolución expedida por el representante de la entidad respectiva o por decreto del Alcalde Local. En el caso de los Establecimientos Públicos del Distrito estas modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación se harán por resolución o acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos._ __ _Estos actos administrativos requieren para su validez del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto. Si se trata de gastos de inversión se requerirá, además, del concepto favorable de la Secretaría Distrital de Planeación._ __ _Parágrafo. Se exceptúan del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto, las modificaciones en Gastos de Funcionamiento de los traslados presupuestales al interior de cada uno de los rubros que componen Factores constitutivos de salario, Contribuciones inherentes a la nómina, Remuneraciones no constitutivas de factor salarial siempre que correspondan al mismo tipo de vinculación, Honorarios, Activos Fijos, Materiales y suministros, Adquisición de servicios, FONPET, Obligaciones por Pagar (Adquisición de Bienes, Adquisición de Servicios y Otros Gastos Generales).”_ Que mediante comunicación con radicado No. 3-2020-31616 del 18 de diciembre de 2020, la Subdirección de Servicios Administrativos de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., remitió requerimiento sustentando la adición de recursos a los rubros de funcionamiento 3-1-2-02-02-01-0006-001 "Servicios de mensajería", con el propósito de dar continuidad a la prestación del servicio mientras se surte el nuevo proceso contractual; 3-1-2-02-02-02-0001-008 "Servicios de seguros contra incendio, terremoto o sustracción" con el propósito de cubrir los gastos derivados del pago del deducible de la póliza por las afectaciones a la infraestructura causada en los Supercade de Suba y Américas, producto de las marchas del mes de septiembre de 2020, 3-I-2-02-02-02-0003-004 "Servicios de arrendamiento sin opción de compra de otros bienes" y 3-1-2-02-02-03-0005-002 "Servicios de limpieza general" con el propósito de dar continuidad a la prestación del servicio integral de aseo y cafetería vigente, especialmente con las actividades asociadas a los procesos de desinfección en virtud de las medidas de prevención y mitigación del riesgo de contagio por el Covid-19.
Que el presente traslado no modifica el monto agregado de las apropiaciones de funcionamiento y, al encontrarse dentro de las causales en las que se exceptúa el concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda, se hace mediante resolución expedida por el representante de la entidad. Que, en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1-: Efectuar el siguiente traslado presupuestal en el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., para la vigencia 2020, por valor de trescientos veintitrés millones cuatrocientos dieciocho mil cuatrocientos noventa y siete ($ 323.418.497) m/cte, así: | Rubro | Descripción | CRÉDITO | CONTRACREDITO ---|---|---|--- | GASTOS | 323.418.497 | 323.418.497 131 | GASTOS DE FUNCIONAMIENTO | 323.418.497 | 323.418.497 13102 | Adquisición de bienes y servicios | 323.418.497 | 323.418.497 1310202 | Adquisiciones diferentes de activos no financieros | 323.418.497 | 323.418.497 131020202 | Adquisición de servicios | 323.418.497 | 323.418.497 13102020201 | Servicios de venta y de distribución; alojamiento; servicios de suministro de comidas y bebidas; servicios de transporte; y servicios de distribución de electricidad, gas y agua. | 21,900.ooo | 8.774.600 1310202020102 | Servicios de transporte de pasajeros | - | 4.244.600 Rubro, | Descripción | CREDITO | CONTRACREDITO ---|---|---|--- 1310202020105 | Servicios de parqueaderos | - | 4.530.000 1310202020106 | Servicios postales y de mensajería | 21.900.000 | - 131020202010601 | Servicios de mensajería | 21.900.ooo | - 13102020202 | Servicios financieros y servicios conexos, servicios inmobiliarios servicios de leasing | 11.632.938 | - 1310202020201 | Servicios financieros y servicios conexos | 3.697.938 | - 131020202020108 | Servicios de seguros contra incendio, terremoto o sustracción | 3.697.938 | - 1310202020203 | Servicios de arrendamiento o alquiler sin operario | 7.935.000 | - 131020202020304 | Servicios de arrendamiento sin opción de compra de otros bienes | 7.935.000 | - 13102020203 | Servicios prestados a las empresas y servicios de producción | 289.885.559 | 47.087.891 1310202020302 | Servicios jurídicos contables | - | 1.829.218 131020202030201 | Servicios de documentación certificación jurídica | - | 1.829.218 1310202020304 | Servicios de telecomunicaciones, transmisión y suministro de información | - | 25.000.000 131020202030401 | Servicios de telefonía fija | - | 25.000.000 1310202020305 | Servicios de soporte | 289.885.559 | 1.650.ooo 131020202030502 | Servicios de limpieza general | 289.885.559 | 131020202030503 | Servicios de copia y reproducción | - | 1.650.ooo 1310202020306 | Servicios de mantenimiento, reparación e instalación excepto servicios de construcción) | - | 18.608.673 13102020203604 | Servicios de mantenimiento y reparación de maquinaria y equipo de transporte | - | 2.689.500 131020202030605 | Servicios de mantenimiento y reparación de otra maquinaria y otro equipo | - | 15.919.173 13102020204 | Servicios administrativos del Gobierno | - | 93.876.010 1310202020401 | Otros servicios públicos generales del Gobierno n.c.p | - | 93.876.010 131020202040101 | Energía | - | 70.000.000 131020202040102 | Acueducto alcantarillado | - | 13.876.010 131020202040103 | Aseo | - | 10.000.000 13102020206 | Capacitación | - | 7.246.705 13102020207 | Bienestar e incentivos | - | 11.746.548 13102020208 | Salud Ocupacional | - | 154.686.743 Artículo 2-: Ordenar a la Subdirección Financiera de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., efectuar el trámite correspondiente en el Sistema Hacendario Distrital.
Artículo 3-: Para efectos de dar trámite a los movimientos presupuestales señalados en el presente acto administrativo, comunicar el contenido de la presente Resolución, a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., a la Dirección de Administrativa y Financiera, a la Subdirección de Servicios Administrativos y a la Subdirección Financiera de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.
Artículo 4-: Contra la presente resolución no procede recurso alguno de reposición o de apelación.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los 22 días del mes de diciembre del año 2020.
MARGARITA BARRAQUER SOURDIS
SECRETARIA GENERAL
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