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Resolución 236 de 2020

Resolución 236 de 2020 Secretaría Jurídica Distrital

Tipo
Resolución
Número
236
Año
2020
Fecha
17 de diciembre de 2020
Entidad
Secretaría Jurídica Distrital
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

RESOLUCIÓN 236 DE 2020

(Diciembre 17)

Por la cual se modifica el artículo[4](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=69815#4)de la Resolución 102 de 2017

EL SECRETARIO JURÍDICO DISTRITAL

En ejercicio de sus facultades, en especial las conferidas por el numeral 1 del artículo 5 del Decreto Distrital 323 de 2016 y,

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución [102](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=69815) de 2017, se creó el Comité de Doctrina de la Secretaría Jurídica Distrital, con el objeto de analizar, definir, determinar y orientar el ejercicio de la actividad conceptual al interior de la entidad.

Que el artículo [4](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=69815#4) ídem, estableció la periodicidad con la que la precitada instancia debe reunirse, siendo necesario modificar lo pertinente a las reuniones del Comité de Doctrina, con el fin de atender los principios de eficacia y economía y propender por que la gestión a cargo de las dependencias que lo conforman sea más ágil, simple y flexible para la generación de los servicios que resuelvan en forma efectiva las necesidades de los ciudadanos y de las entidades y organismos distritales. En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Modificase el artículo [4](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=69815#4) de la Resolución 102 de 2017, el cual queda así: _“Artículo 4°. Reuniones._**_El Comité de Doctrina de la Secretaría Jurídica Distrital, se reunirá de manera ordinaria una vez cada tres meses y de forma extraordinaria cada vez que se considere necesario, previa convocatoria efectuada por la Secretaría Técnica, por el medio que se considere más expedito. La asistencia a estas reuniones es de carácter obligatorio e indelegable, salvo para el/la Secretario/a Jurídico/a Distrital.”

Artículo 2°.

- La presente resolución rige a partir del día siguiente al de la fecha de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=103705) y las demás disposiciones de la Resolución [102](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=69815) de 2017 que no fueron modificadas, continúan vigentes. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D.C., a los 17 días del mes de diciembre del año 2020.

WILLIAM LIBARDO MENDIETA MONTEALEGRE

Secretario Jurídico Distrital

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