Resolución 019 de 2020
Resolución 019 de 2020 Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal - CONFIS
- Tipo
- Resolución
- Número
- 019
- Año
- 2020
- Fecha
- 18 de diciembre de 2020
- Entidad
- Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal - CONFIS
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
RESOLUCIÓN 019 DE 2020
(Diciembre 18)
_Por la cual se aprueba una adición en el Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de las Subredes Integradas de Servicios de Salud Sur Occidente, Sur, Norte y Centro Oriente E.S.E. para la presente vigencia, por un valor de $20.000.000.000_
EL CONSEJO DISTRITAL DE POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL - CONFIS –
En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas en el Artículo 135 del Decreto Ley 1421 de 1993, artículo 10° del Decreto Distrital 714 de 1996, el artículo 27 del Decreto Distrital 662 de 2018, modificado por el artículo 66 del Decreto Distrital 777 de 2019, y,
CONSIDERANDO:
Que el Decreto Ley [1421](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=9027) de 1993, “ _Por el cual se dicta el Régimen Especial para el Distrito Capital de Santafé de Bogotá”,_ en su artículo [135](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=9027#135) dispuso crear el Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal –CONFIS-,y le asignó como competencia: “ _adoptar los planes, programas y proyectos de inversión de los organismos del sector central y de las entidades descentralizadas y aprobar los anteproyectos de presupuesto de la administración central, de los establecimientos públicos y entes autónomos universitarios antes de su sometimiento al Concejo Distrital. De igual forma, aprobará el programa anual de caja de los mismos (…)”._ Que la norma ibídem en el inciso [2](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=9027#135) del artículo 135 dispone que el CONFIS estará conformado por el Alcalde Mayor, quien lo preside, el Secretario de Hacienda, el Secretario de Planeación Distrital y tres funcionarios que designe el Alcalde Mayor. A la vez, el Decreto Distrital 056 de 2016, designa al Secretario Distrital de Movilidad, Secretario Distrital del Hábitat y Secretario Distrital de Salud para conformar el Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal –CONFIS-.
Que de acuerdo con lo establecido en el inciso [3](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=9027#135) del artículo 135 del Decreto Ley 1421 de 1993, inciso 2 del artículo 1 del Decreto Distrital 522 de 1993, artículo 9 del Decreto Distrital 714 de 1996 y numeral 5 del Reglamento Interno del CONFIS, la secretaría técnica y administrativa será ejercida por la Secretaría Distrital de Planeación.
Que en virtud de lo contemplado en el Decreto Distrital 641 de 2016 “ _Por el cual se efectúa la reorganización del Sector Salud de Bogotá, Distrito Capital, se modifica el Acuerdo 257 de 2006 y se expiden otras disposiciones”_ la Subred Integrada de Servicios de Salud Sur, Norte, Sur Occidente y Centro Oriente, son Empresas Sociales del Estado, adscritas al Sector Salud.
Que las precitadas Subredes Integradas del Servicio de Salud, como Empresas Sociales del Estado del orden distrital están sujetas al régimen presupuestal de las Empresas Industriales y Comerciales del Distrito, conforme a lo estipulado por los artículos 3º del Decreto Distrital 714 de 1996, 25 del Acuerdo 17 de 1997 del Concejo de Bogotá D.C. y 1° del Decreto Distrital 662 de 2018.
Que en virtud de lo contemplado en el literal e) del artículo 10° del Decreto Distrital 714 de 1996, corresponde al Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal – CONFIS, aprobar y modificar mediante resolución el Presupuesto de Ingresos y Gastos de las Empresas Industriales y Comerciales del Distrito Capital y de las Sociedades de Economía Mixta con el régimen de aquellas. Norma que es aplicable a las Empresas Sociales del Estado, por lo reglado en las normas citadas en precedencia.
Que conforme a lo estipulado en el artículo 27 del Decreto Distrital 662 de 2018, modificado por el artículo 66 del Decreto Distrital 777 de 2019, _“las modificaciones presupuestales que afecten el valor total de los gastos de funcionamiento, gastos de operación, servicio de la deuda y gastos de inversión serán aprobadas por el CONFIS Distrital previo concepto favorable de la Junta o Consejo Directivo de la empresa_ ”.
Que de acuerdo con el numeral 4 del reglamento interno del Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal, CONFIS, aprobado en sesión n.° 01 del 31 de enero de 2020 las decisiones del CONFIS se notificarán _“Mediante Resoluciones suscritas por la Secretaría Técnica y el Secretario Distrital de Hacienda, cuando las decisiones sean de carácter aprobatorio y modificatorio del Presupuesto de Ingresos y Gastos de las Empresas industriales y Comerciales del Distrito Capital y la Empresas Sociales del Estado”_ __ Que el CONFIS en sesión No.20 realizada el 22 de octubre de 2019, y mediante Resolución N° 15 de 2019, aprobó los Presupuestos de Rentas e Ingresos de Gastos e Inversiones de las cuatro (4) Subredes Integradas de Servicios de Salud E.S.E. para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del año 2020.
Que las Subredes Integradas de Servicios de Salud Sur Occidente, Sur, Norte y Centro Oriente E.S.E., requieren efectuar una adición al Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de la vigencia 2020, por $20.000.000.000. Los recursos provienen del Ministerio de Salud para la financiación de la operación corriente o para inversión, para garantizar la prestación de servicios de salud de la población afectada por la emergencia sanitaria ocasionada por el virus SARSCoV2 (COVID-19). Las Subredes destinarán los recursos para Cancelar obligaciones de Talento Humano (asignación básica, auxilio de transporte, primas de ley y vacaciones, seguridad social de la planta de personal y honorarios de contratistas) de la vigencia 2020.
Que la Secretaría Distrital de Salud de acuerdo con análisis de la Dirección de Aseguramiento y Garantía, frente al requerimiento de las Subredes mencionadas en precedencia, solicitó al CONFIS la aprobación de adición al Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones vigencia 2020 para las subredes integradas de servicios de salud Centro Oriente, Norte y Sur E.S.E, por valor total de $20.000.000.000.
Que las Juntas Directivas de cada una de las Subredes Integradas de Servicios de Salud Sur Occidente, Sur, Norte y Centro Oriente E.S.E, emitieron concepto favorable a la adición presupuestal conforme a los siguientes Acuerdos:
Que el CONFIS en sesión N° 23 del 11 de diciembre de 2020, aprobó la adición al Presupuesto de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversiones 2020 para las Subredes Integradas de Servicios de Salud Sur Occidente, Sur, Norte y Centro Oriente E.S.E, por valor total de $20.000.000.000, tomando en consideración el análisis efectuado por la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda, según información remitida por las mencionadas Subredes Integradas de Servicios de Salud E.S.E.
Que la observancia de los procedimientos legales y presupuestales a que haya lugar por efecto de la presente adición aprobada en el Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones vigencia 2020, es responsabilidad y competencia exclusiva de las Subredes Integradas de Servicios de Salud Sur Occidente, Sur, Norte y Centro Oriente E.S.E.
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO. Aprobar una adición en el Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones para la vigencia fiscal 2020, de las Subredes Integradas de Servicios de Salud Sur Occidente, Sur, Norte y Centro Oriente E.S.E. por valor de $20.000.000.000, así: ARTÍCULO SEGUNDO. La presente resolución rige a partir del día siguiente a la fecha de [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=103369) en el Registro Distrital.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá, D.C., a los 18 días del mes de diciembre del año 2020.
JUAN MAURICIO RAMÍREZ CORTÉS
Secretario Distrital de Hacienda
ADRIANA CÓRDOBA ALVARADO
Secretaria Técnica de CONFIS
Secretaria Distrital de Planeación
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