Decreto Local 026 de 2020
Decreto Local 026 de 2020 Alcaldía Local de Rafael Uribe Uribe
- Tipo
- Decreto Local
- Número
- 026
- Año
- 2020
- Fecha
- 11 de diciembre de 2020
- Entidad
- Alcaldía Local de Rafael Uribe Uribe
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
**DECRETO LOCAL 026 DE 2020 (Diciembre 11)
_Por medio del cual se efectúa un Traslado Presupuestal en el Presupuesto de Gastos e Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Rafael Uribe Uribe para la vigencia fiscal 2020_
EL ALCALDE LOCAL DE RAFAEL URIBE URIBE (E)
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el artículo 31 del Decreto 372 de 2010 y el Artículo 9 del Decreto 777 de 2019, y
CONSIDERANDO:
Que el Fondo de Desarrollo Local de Rafael Uribe Uribe, requiere acreditar recursos para los siguientes conceptos de apropiación que presentan insuficiencia o requieren recursos para el servicio de protección (guardas de seguridad) y limpieza general, los cuales son fundamentales para el funcionamiento del Fondo.
Que existen gastos de funcionamiento que tienen saldos de apropiación libres de afectación, los cuales pueden ser trasladados para la prestación del servicio de protección (guardas de seguridad) por un valor de DIECIOCHO MILLONES DE PESOS M/CTE ($18.000.000).
Que la Administración Local para adelantar el respectivo traslado presupuestal realizo la correspondiente separación de los recursos en el sistema de información presupuestal –SAP, para garantizar la Disponibilidad de los mismos.
Que de conformidad con el Artículo [31](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#31) del Decreto 372 de 2010 y el Artículo [9](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=88449#9) del Decreto 777 de 2019, la Dirección Distrital de Presupuesto emitió concepto favorable sobre el traslado presupuestal del Fondo de Desarrollo Local de Rafael Uribe Uribe, mediante oficio No. 2020EE195326O1 del 10 de diciembre del año en curso. En mérito de lo anteriormente expuesto,
DECRETA:
Artículo 1º.
– Efectúese un contracrédito al Presupuesto de Gastos e Inversiones de la vigencia 2020 del Fondo de Desarrollo Local de Rafael Uribe Uribe conforme al siguiente detalle: | CÓDIGO
| DENOMINACIÓN | VALOR EN PESOS ---|---|--- 13| GASTOS| $ 18.000.000 131| GASTOS DE FUNCIONAMIENTO| $ 18.000.000 13102| Adquisición de bienes y servicios| $ 18.000.000 1310202| Adquisiciones diferentes de activos no financieros| $ 18.000.000 131020201| Materiales y suministros| $ 18.000.000 13102020102| Otros bienes transportables (excepto productos metálicos, maquinaria y equipo)| $ 13.000.000 1310202010205| Otros productos químicos; fibras artificiales (o fibras industriales hechas por el hombre)| $ 2.000.000 1310202010206| Productos de caucho y plástico| $ 3.000.000 1310202010208| Muebles; otros bienes transportables n.c.p.| $ 8.000.000 13102020103| Productos metálicos| $ 5.000.000 1310202010302| Productos metálicos elaborados (excepto maquinaria y equipo)| $ 5.000.000 | TOTAL CONTRACRÉDITO | $ 18.000.000
Artículo 2º.
–** Efectúese un crédito al Presupuesto de Gastos e Inversiones de la vigencia 2020 del Fondo de Desarrollo Local de Rafael Uribe Uribe conforme al siguiente detalle:
CÓDIGO | DENOMINACIÓN | VALOR EN PESOS ---|---|--- 13| GASTOS| $ 18.000.000 131| GASTOS DE FUNCIONAMIENTO| $ 18.000.000 13102| Adquisición de bienes y servicios| $ 18.000.000 1310202| Adquisiciones diferentes de activos no financieros| $ 18.000.000 131020202| Adquisición de servicios| $ 18.000.000 13102020203| Servicios prestados a las empresas y servicios de producción| $ 18.000.000 1310202020305| Servicios de soporte| $ 18.000.000 131020202030501| Servicios de protección (guardas de seguridad)| $ 18.000.000 | TOTAL CRÉDITOS | **$ 18.000.000
Artículo 3º.
–** Comunicación. Una vez expedido el presente Decreto, comuníquese inmediatamente el contenido del mismo a la Secretaria Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto, para lo de su cargo.
Artículo 4º.
– Vigencia. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Bogotá, D.C., a los 11 días del mes de diciembre del año 2020.
ALEJANDRO RIVERA CAMERO
Alcalde Local de Rafael Uribe Uribe (E)
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