Resolución 7519-T de 2020
Resolución 7519-T de 2020 Instituto de Desarrollo Urbano - IDU
- Tipo
- Resolución
- Número
- 7519-T
- Año
- 2020
- Fecha
- 9 de diciembre de 2020
- Entidad
- Resolución 7519-T de 2020 Instituto de Desarrollo Urbano - IDU
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
**RESOLUCIÓN 7519-T DE 2020 (Diciembre 09)
_Por la cual se prorroga la suspensión de términos en algunas actuaciones administrativas en el Instituto de Desarrollo Urbano –IDU-_
EL DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO – IDU, En uso de sus atribuciones legales, en especial las contempladas en los Acuerdos 001 y 002 de 2009 y 002 de 2017 del Consejo Directivo, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución [001-T](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=102346) de 2020 se declaró la contingencia informática en el Instituto de Desarrollo Urbano, del 03 al 09 de diciembre de 2020 y/o hasta cuando dure la interrupción de los servicios informáticos que presta el Instituto.
Que dado que la situación de contingencia con la plataforma informática del Instituto no se ha solucionado de manera definitiva, esto impide o dificulta el normal funcionamiento de algunos procesos administrativos, por tanto deberá mantenerse las acciones y las medidas alternas y transitorias hasta el momento adoptadas, hasta tanto se encuentren los sistemas estabilizados.
Que en consecuencia, es pertinente prorrogar los términos de la declaratoria de contingencia informática, establecidos en la Resolución [0001-T](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=102346) de 2020, hasta el día 11 de diciembre de 2020.
Que la suspensión de términos legales, a repuestas a derechos de petición, a las actuaciones administrativas se reanudarán una vez vencido el término previsto en el inciso anterior.
Que en estos términos este Despacho,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Sobre la declaratoria de contingencia informática.** El artículo [1º](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=102346#1) de la Resolución 001-T de 2020 quedará así:
> _“Artículo 1º. Declaratoria de contingencia informática. Declárese la contingencia informática en el Instituto de Desarrollo Urbano, desde el 03 hasta 11 de diciembre de 2020 y/o hasta cuando dure la interrupción de los servicios informáticos que presta el Instituto.____En virtud de esta contingencia se requiere implementar acciones que garanticen el óptimo manejo de la información y la continuidad en la prestación del servicio, en los procesos propios de la Entidad y en el cumplimiento de las diferentes obligaciones, por parte de usuarios internos y externos.”_ __ ARTÍCULO **2º.
Ampliación de los términos de suspensión por contingencia informática.** Ampliar hasta el 11 de diciembre de 2020, los términos de suspensión previstos en los artículos [3º](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=102346#3), [4º](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=102346#4), [5º](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=102346#5), [6º](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=102346#6) y [10º](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=102346#10) de la Resolución 001-T de 2020.
Artículo 3º.
Sobre la vigencia de la resolución de declaratoria de contingencia informática.** Se mantienen vigentes los demás artículos de la Resolución [001-T](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=102346) de 2020.
Artículo 4º.
Vigencia. La presente resolución rige a partir de su publicación en el Registro Distrital y modifica los artículos [1º](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=102346#1), [3º](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=102346#3), [4º](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=102346#4), [5º](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=102346#5), [6º](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=102346#6) y [10º](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=102346#10) de la Resolución 001-T de 2020. PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá, D.C., a los 09 días del mes de diciembre del año 2020.
DIEGO SÁNCHEZ FONSECA Director General**
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