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Resolución 017 de 2020

Resolución 017 de 2020 Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal - CONFIS

Tipo
Resolución
Número
017
Año
2020
Fecha
27 de noviembre de 2020
Entidad
Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal - CONFIS
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

RESOLUCIÓN 017 DE 2020

(Noviembre 27)

_Por la cual se aprueba una disminución en el Presupuesto de Gastos e Inversiones para la vigencia 2020, de la Empresa Metro de Bogotá S.A._ __ EL CONSEJO DISTRITAL DE POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL - CONFIS –

En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas en el artículo 10 del Decreto Distrital 714 de 1996, el artículo 14 del Decreto Distrital 662 de 2018, y,

CONSIDERANDO:

Que el Decreto Ley [1421](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=9027) de 1993, “ _Por el cual se dicta el Régimen Especial para el Distrito Capital de Santafé de Bogotá”,_ en su artículo 135 dispone crear el Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal –CONFIS-, el cual le corresponde: “ _adoptar los planes, programas y proyectos de inversión de los organismos del sector central y de las entidades descentralizadas y aprobar los anteproyectos de presupuesto de la administración central, de los establecimientos públicos y entes autónomos universitarios antes de su sometimiento al Concejo Distrital. De igual forma, aprobará el programa anual de caja de los mismos (…)”._ Que el inciso [2](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=9027#135.i.2) del artículo 135 de la norma ibídem dispone que el CONFIS estará conformado por el Alcalde Mayor, quien lo preside, el Secretario de Hacienda, el Secretario de Planeación Distrital y tres funcionarios que designe el Alcalde Mayor.

Que la secretaría técnica y administrativa será ejercida por la Secretaría Distrital de Planeación de acuerdo con lo establecido en el inciso [3](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=9027#135.i.3) del artículo 135 del Decreto Ley 1421 de 1993, inciso [2](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=1771#1.i.2) del artículo 1 del Decreto Distrital 522 de 1993, artículo [9](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=1693#9) del Decreto Distrital 714 de 1996 y numeral 5 del Reglamento Interno del CONFIS.

Que conforme a lo estipulado en el literal [e](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=1693#10.l.e)) del artículo 10° del Decreto Distrital 714 de 1996, corresponde al Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal – CONFIS, aprobar y modificar mediante resolución el Presupuesto de Ingresos y Gastos de las Empresas Industriales y Comerciales del Distrito Capital y de las Sociedades de Economía Mixta con el régimen de aquellas.

Que el Decreto Distrital [056](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=64745) de 2016, designa al Secretario Distrital de Movilidad, Secretario Distrital del Hábitat y Secretario Distrital de Salud para conformar el Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal –CONFIS-.

Que conforme a lo establecido en el artículo [66](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=88449#66) del Decreto Distrital 777 de 2019 -modifica el artículo [27](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=81431#27) del Decreto Distrital 662 de 2018-, _“Las modificaciones presupuestales que afecten el valor total de los gastos de funcionamiento, gastos de operación, servicio de la deuda y gastos de inversión serán aprobadas por el CONFIS Distrital previo concepto favorable de la Junta o Consejo Directivo de la empresa”._ Que el artículo [66](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=88449#66) del Decreto Distrital 777 de 2019 también señala que “ _El CONFIS Distrital podrá disminuir o suspender el presupuesto cuando se estime que los recaudos del año pueden ser inferiores al total de los gastos presupuestados; o cuando no se perfeccionen los recursos del crédito; o cuando la coherencia macroeconómica así lo exija; o cuando así lo determine, de acuerdo con los niveles de la ejecución de la inversión”._ Que de acuerdo con el numeral 4 -Decisiones del CONFIS- del reglamento interno adoptado en la sesión No. 01 de 2020, le corresponde al CONFIS mediante resolución suscrita por la Secretaría Técnica y el Secretario Distrital de Hacienda notificar las decisiones aprobatorias aplicables a las Empresas Distritales.

Que el Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal – CONFIS mediante Resolución No. 016 del 29 de octubre de 2019 aprobó el Presupuesto de Rentas e Ingresos, y de Gastos e Inversiones de la EMPRESA METRO DE BOGOTÁ S.A., para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero y el 31 de diciembre del año 2020 por un monto de $ 1.913.815.074.000.

Que la EMPRESA METRO DE BOGOTÁ S.A requiere efectuar una disminución en el presupuesto de Gastos e Inversiones en el rubro 3.4 Inversión por valor de $551.130.648.930 en el proyecto 7519 “ _Diseño, construcción y puesta en operación de la Primera Línea del Metro de Bogotá Tramo 1, incluidas sus obras complementarias”._ Que la Junta Directiva de la EMPRESA METRO DE BOGOTÁ S.A., mediante Acuerdo de Junta Directiva No 007 del 8 de octubre de 2020, emitió concepto favorable a la disminución presupuestal.

Que la observancia de los procedimientos legales y presupuestales a que haya lugar por efecto de la modificación presupuestal aprobada, es responsabilidad y competencia exclusiva de EMPRESA METRO DE BOGOTÁ S.A.

Que el CONFIS en su sesión No. 21 realizada el 17 de noviembre de 2020, de acuerdo con el análisis de las justificaciones aportadas, el concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Planeación – Subsecretaria de Planeación de la Inversión y la recomendación de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto aprobó la disminución en el Presupuesto de Gastos e Inversiones 2020 de la EMPRESA METRO DE BOGOTÁ S.A.

RESUELVE:

Artículo primero.

Aprobar una disminución en el presupuesto de Gastos e Inversiones para la vigencia 2020 de la EMPRESA METRO DE BOGOTÁ S.A, conforme al siguiente detalle: Disminución Gastos e Inversiones Producto de la disminución en Gastos e Inversiones, la Disponibilidad Final se incrementa en $551.130.648.930.

Artículo segundo.

La presente resolución rige a partir del día siguiente a la fecha de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=101950) en el Registro Distrital. **PUBLÍQUESE, Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D.C., a los 27 días del mes de noviembre del año 2020.

JUAN MAURICIO RAMÍREZ CORTÉS

Secretario Distrital de Hacienda

MARCELA ROCÍO MÁRQUEZ ARENAS

Secretaria Técnica de CONFIS (E)

Secretaria Distrital de Planeación (E)

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