Circular 089 de 2020
Circular 089 de 2020 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
- Tipo
- Circular
- Número
- 089
- Año
- 2020
- Fecha
- 25 de noviembre de 2020
- Entidad
- Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
CIRCULAR 089 DE 2020
(Noviembre 25)
PARA: SECRETARIOS(AS) DE DESPACHO, JEFES Y DIRECTORES DE DEPARTAMENTOS ADMINISTRATIVOS, UNIDADES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES, ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS, EMPRESAS DE SERVICIOS PUBLICOS DOMICILIARIOS INCLUIDAS LAS OFICIALES Y MIXTAS, EMPRESAS SOCIALES DEL ESTADO, SOCIEDADES DE ECONOMIA MIXTA, EMPRESAS INDUSTRIALES Y COMERCIALES, SOCIEDADES PÚBLICAS, RECTOR DEL ENTES UNIVERSITARIOS AUTÓNOMOS, CONCEJO DE BOGOTA, PERSONERIA DE BOGOTÄ D.C., VEEDURIA DISTRITAL.
DE: SECRETARIA GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C.
ASUNTO: ESTABILIZACIÓN DEL SISTEMA DISTRITAL PARA LA GESTIÓN DE PETICIONES CIUDADANAS _"BOGOTÁ TE ESCUCHA"._
Cordial saludo, Mediante Ia Circular [014](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=90557) de 2020 y su correspondiente anexo técnico, Ia Secretarla General de Ia Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., definió medidas de carácter temporal, tendientes a facilitar el ingreso y uso del Sistema Distrital para Ia Gestión de Peticiones Ciudadanas, durante el periodo de estabilización del mismo. En consideración a que en el mes de octubre el reporte de intermitencias arrojado por Ia plataforma tecnológica del sistema se ha reducido significativamente y dado que desde el 29 de abril del año en curso se habilitó el acceso a todos los usuarios sin restricciones de franjas de trabajo; de manera atenta informamos que, a partir de Ia fecha de expedición de esta circular, se levantan las medidas dictadas mediante Ia Circular [014](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=90557) de 2020. En este sentido, respecto a las mediciones por extemporaneidad en las actividades y transacciones que se realizan en el sistema, de conformidad con lo establecido en el Manual para Ia Gestión de Peticiones Ciudadanas, a partir de los tres (3) días hábiles siguientes a Ia expedición de Ia presente circular, las entidades y organismos distritales deberán cumplir con los tiempos para el registro y cierre establecidos en dicho manual, respecto de todas las peticiones recibidas. Por otra parte, aquellas peticiones que ingresaron a las entidades y organismos distritales desde el 14 de febrero de los corrientes hasta los tres (3) días hábiles siguientes a Ia expedición de Ia presente circular y que ya han sido atendidas por otros medios, deberán ser cargadas y cerradas en el Sistema Distrital para Ia Gestión de Peticiones Ciudadanas durante los treinta (30) días hábiles siguientes a Ia expedición de Ia presente circular. Una vez superado dicho tiempo, si en los seguimientos realizados por Ia Secretarla General de Ia Alcaldía Mayor de Bogotá D.C. se evidencia incumplimiento a lo establecido en el manual mencionado, se realizarán los respectivos reportes. Dicho lo anterior, se debe anotar que continuaremos monitoreando el Sistema Distrital para Ia Gestión de Peticiones Ciudadanas, con el fin de verificar el adecuado funcionamiento del mismo; para lo cual, Ia mesa de ayuda soportepeticionesalcaIdiaboqota.gov.co seguirá disponible en Ia recepción de las situaciones anómalas que se puedan presentar, de tal forma que se realicen los ajustes respectivos y nos permita seguir trabajando en Ia mejora continua del sistema. Finalmente, agradecemos Ia disposición y el apoyo en el trabajo articulado y coordinado, lo cual nos permite brindar un servicio Ia ciudadanía con mayor calidad. Cordialmente, MARGARITA BARRAQUER SOURDIS Secretaria General Aprobó: Luz Karime Fernández Castillo- Jefe Oficina Asesora de Jurídica. Diana Marcela Velasco Rincón-Subsecretaria de Servicio a la Ciudadanía. Oscar Javier Asprilla Cruz-Jefe Oficina de las Tecnologías de Ia Información y las Comunicaciones. Revisó: Dorian de Jesús Coquies Maestre-D i rector Distrital de Calidad del Servicio. Proyecto: Dany Fernando Agudelo Ramírez-Profesional de la Dirección Distrital de Calidad del Servicio.
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