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Resolución 1837 de 2020

Resolución 1837 de 2020 Secretaría de Educación del Distrito - SED

Tipo
Resolución
Número
1837
Año
2020
Fecha
17 de noviembre de 2020
Entidad
Secretaría de Educación del Distrito - SED
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

RESOLUCIÓN 1837 DE 2020

(Noviembre 17) __ _Por la cual se adiciona el anexo[1](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=101207#1.A.1)de la Resolución 1765 del 4 de noviembre de 2020_ LA SECRETARIA DE EDUCACIÓN DEL DISTRITO En uso de sus facultades legales y reglamentarias y en especial las conferidas por los Decretos 101 de 2004, 1075 de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley 715 de 2001 en su artículo 7, numerales [7.1](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4452#7.1) y [7.3](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4452#7.3), otorga competencias a los distritos para dirigir, planificar y prestar el servicio educativo en los niveles de preescolar, básica y media, pudiendo entre otros realizar traslados de docentes entre instituciones educativas, sin más requisito legal que la expedición de los respectivos actos administrativos debidamente motivados.

Que de conformidad con lo establecido en los artículos [22](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4452#22) de la Ley 715 de 2001 y [2.4.5.1.2.](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=62510#2.4.5.1.2) del Decreto 1075 de 2015, cada entidad territorial certificada en educación deberá implementar el proceso para tramitar los traslados que tengan origen en solicitud de los docentes o directivos docentes.

Que el parágrafo [2](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=62510#2.4.5.1.2.p.2) del artículo 2.4.5.1.2 del Decreto 1075 de 2015 establece: _“Los traslados entre departamentos, distritos o municipios certificados, solicitados por docentes o directivos docentes, se tramitarán por el proceso dispuesto en este artículo y requieren adicionalmente convenio interadministrativo entre las entidades territoriales remisora y receptora, en el cual se convendrán entre otros aspectos las fechas de efectividad del traslado y de producción de efectos y responsabilidades fiscales”._ Que atendiendo al cronograma establecido en el artículo [primero ](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=100366#1)de la Resolución 019279 del 9 de octubre de 2020, proferida por el Ministerio de Educación Nacional, Resolución [1662](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=100265) del 16 de octubre de 2020, la Secretaría de Educación del Distrito convocó al proceso ordinario de traslados de personal docente y directivo docente de la Secretaría de Educación del Distrito para el año 2021, que fue modificada mediante la Resolución [1765](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=101207) del 4 de noviembre del 2020 respecto a la actualización de las vacantes existentes con corte al 30 de octubre de 2020, en la que se ofertaron en el Proceso Ordinario de Traslados 2020 – 2021, dos mil trescientos cuarenta y uno (2341) vacantes definitivas distribuidas así: mil ochocientas once (1811) de Aula Regular, trescientos ochenta y uno (381) de Orientación y ciento cuarenta y nueve(149) de Directivos Docentes. | No. | Área | Id | Localidad | DANE | Colegio | Jornada | Nivel | Jornadas IED | # Vacante | Sede | Perfil ---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|--- REGISTRO 1235 | EDUCACIÓN FÍSICA, RECREACIÓN Y DEPORTES | 4 | San Cristóbal | 11100130060 | COLEGIO MANUELITA SAENZ (IED) | Tarde | Básica Secundaria y Media | M-T | 338046 | A | Asignación académica parcial en DANZAS REGISTRO 1469 | LENGUA CASTELLANA | 4 | San Cristóbal | 11100130060 | COLEGIO MANUELITA SAENZ (IED) | Mañana | Básica Secundaria y Media | M-T | 338045 | A | Perfil requerido: HUMANIDADES, POSGRADO EN FILOSOFÍA Y LETRAS Que con el correo electrónico del 14 de noviembre de 2020, remitido por la Dirección de Talento Humano, se informa que: _“mediante certificación expedida el día 13 de octubre de 2020, soporte anexo a la Resolución 1662 del 16 de octubre de 2020, por la cual se convoca al proceso ordinario de traslados, fueron certificadas las vacantes relacionadas a continuación dentro del anexo soporte del acto administrativo:_

__

_Sin embargo, en el anexo enviado con corte a 30 de octubre de 2020, como soporte de la Resolución 1765 del 04 de noviembre de 2020, no fueron incluidas, ya que la base de datos de planta, no validó de manera adecuada el campo de fecha de creación de la vacante, durante la ejecución de la consulta base para la generación de la certificación._

_Una vez validada esta información por la Dirección Local de Educación de San Cristóbal y revisados uno a uno los registros de ambas certificaciones, se hace necesario incluir estas vacantes dentro del anexo con fecha 30 de octubre de 2020, ya que las mismas se encontraban vigentes con corte a esa fecha, tal como consta en la certificación del día 13 de octubre de 2020 como oferta dentro del proceso de traslados._

__ _Teniendo en cuanta lo anterior, de manera atenta solicito su amable colaboración con el fin de procesar la firma de la certificación anexa al presente correo y poder remitirla a la oficina de personal para la elaboración del acto administrativo de modificación del anexo de la oferta para el proceso de traslados en curso.”_ Que teniendo en cuenta lo manifestado por la Dirección de Talento Humano, se hace necesario adicionar al Anexo [1](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=101207#1.A.1) de la Resolución 1765 del 4 de noviembre de 2020, las dos vacantes relacionadas en párrafos que antecede, para lo cual quedaría en Aula Regular 1813 vacantes con corte a 30 de octubre de 2020.

Que el Director de Talento Humano mediante certificación expedida el 13 de noviembre de 2020, señala que se encuentran disponibles para ofertar en el Proceso Ordinario de Traslados 2020 – 2021, con corte a 30 de octubre de 2020, dos vacantes las cuales se relacionan en el artículo primero del presente acto administrativo.

En consecuencia.

RESUELVE:

Artículo 1.

-

Adicionar el anexo [1](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=101207#1.A.1) de la Resolución 1765 del 4 de noviembre del 2020, (vacantes definitivas –Aula Regular), 2 vacantes que se relacionan seguidamente:

ANEXO 1. VACANTES DEFINITIVAS - AULA REGULAR

No. | Área | Id | Localidad | DANE | Colegio | Jornada | Nivel | Jornadas IED | # Vacante | Sede | Perfil ---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|--- REGISTRO 1235 | EDUCACIÓN FÍSICA, RECREACIÓN Y DEPORTES | 4 | San Cristóbal | 11100130060 | COLEGIO MANUELITA SAENZ (IED) | Tarde | Básica Secundaria y Media | M-T | 338046 | A | Asignación académica parcial en DANZAS REGISTRO 1469 | LENGUA CASTELLANA | 4 | San Cristóbal | 11100130060 | COLEGIO MANUELITA SAENZ (IED) | Mañana | Básica Secundaria y Media | M-T | 338045 | A | Perfil requerido: HUMANIDADES, POSGRADO EN

Artículo 2.

-** Las demás partes de la Resolución [1765](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=101207) del 4 de noviembre de 2020, no sufren ninguna otra modificación o adición.

[Ver Resolución 1765 del 4 de Noviembre de 2020, Secretaria de Educación Distrital.](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=101207)

Artículo 3.

-** La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D.C., a los 17 días del mes de noviembre del año 2020.

EDNA CRISTINA BONILLA SEBÁ

Secretaria De Educación Del Distrito

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