Resolución 097 de 2020
Resolución 097 de 2020 Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN
- Tipo
- Resolución
- Número
- 097
- Año
- 2020
- Fecha
- 27 de octubre de 2020
- Entidad
- Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
RESOLUCIÓN 097 DE 2020
(Octubre 27)
_Por la cual se prescribe el formulario número 2593 y su instructivo para el cumplimiento de las obligaciones tributarias de los contribuyentes del impuesto unificado bajo el Régimen Simple de Tributación – SIMPLE en el año 2020 y siguientes_
El Director General de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, en uso de sus facultades legales y en especial de las que le confieren el numeral 12 del artículo 6° del Decreto 4048 de 2008, artículos 578, 579-2 y 910 del Estatuto Tributario, y
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con el artículo [910](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=6533#910) del Estatuto Tributario, los contribuyentes del impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación (SIMPLE) deberán presentar una declaración anual consolidada en el formulario simplificado señalado por la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), sin perjuicio del pago del anticipo bimestral a través del recibo electrónico SIMPLE, el cual se debe presentar de forma obligatoria, con independencia de que haya saldo a pagar de anticipo, de conformidad con los plazos que establezca el Gobierno nacional, en los términos del artículo [908](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=6533#908) del mismo estatuto.
Que mediante Resolución número [000035](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=93046) del 22 de abril de 2020 la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) prescribió el formulario 2593 para el cumplimiento de las obligaciones tributarias, de los contribuyentes del impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación (SIMPLE) en el año 2020 y siguientes.
Que de conformidad con el artículo [910](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=6533#910) del Estatuto Tributario, modificado por el artículo [74](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=89995#74) de la Ley 2010 de 2019, “ _en caso de que los valores pagados bimestralmente sean superiores al impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación (SIMPLE), se reconocerá un saldo a favor compensable de forma automática con los recibos electrónicos SIMPLE de los meses siguientes o con las declaraciones consolidadas anuales siguientes”._ Que, de acuerdo a lo indicado en el considerando anterior, se requiere modificar el formulario número 2593 _“Recibo Electrónico SIMPLE_ ” y su instructivo, prescrito mediante Resolución número [000035](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=93046) del 22 de abril de 2020, para adicionar la casilla 90 “Saldo a favor impuesto SIMPLE declaración año anterior”.
Que cumplida la formalidad prevista en el numeral [8](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=41249#8.n.8) del artículo 8° del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, el proyecto de resolución fue publicado en la página web de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN). En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1°. Prescripción del formulario No. 2593 - Recibo Electrónico SIMPLE, versión 3. Prescribir el formulario No. 2593 “Recibo Electrónico SIMPLE”, versión 3 y su instructivo, junto con su anexo: “Liquidación del Componente ICA Territorial Bimestral por Municipios y Distritos”, diseño que forma parte integral de la presente resolución. El formulario deberá ser utilizado para la liquidación y pago de los anticipos del impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación (SIMPLE), correspondientes a los bimestres del año gravable 2020 y siguientes. La Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN pondrá a disposición el formulario No. 2593 con su anexo: _“Liquidación del Componente ICA Territorial Bimestral por Municipios y Distritos”_ en forma virtual, en la página web, www.dian.gov.co, para su diligenciamiento y presentación. Artículo 2°. Presentación del formulario No. 2593 - Recibo Electrónico Simple y pago del anticipo. Los contribuyentes obligados a presentar el formulario No. 2593 - “Recibo Electrónico SIMPLE”, deberán hacerlo a través de los servicios informáticos dispuestos por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN). El pago del anticipo se debe realizar a través del formulario No. 490 Recibo Oficial de Pago Impuestos Nacionales, una vez se realice el diligenciamiento y se presente el formulario No. 2593. La presentación del formulario No. 2593 quedará formalizada con la realización del pago, cuando resulten valores a cargo. Artículo 3°. Publicación de la resolución. Publicar la presente resolución en el Diario Oficial, de conformidad con el artículo [65](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=41249#65) del Código Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. Artículo 4°. Vigencia y derogatoria. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial y deroga la Resolución número [000035](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=93046) de 2020. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D. C., a los 27 días del mes de octubre del año 2020.
El Director General,
José Andrés Romero Tarazona.
(C. F.).
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