Resolución 450 de 2020
Resolución 450 de 2020 Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación - ICFES
- Tipo
- Resolución
- Número
- 450
- Año
- 2020
- Fecha
- 15 de octubre de 2020
- Entidad
- Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación - ICFES
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
RESOLUCIÓN 450 DE 2020
(Octubre 15) __ _Por la cual se modifica el cronograma del examen Saber 11 calendario A, se fija el cronograma del examen Pre Saber y se suprime la prueba de competencias específicas del examen Saber Pro 2º semestre_
LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO COLOMBIANO PARA LA EVALUACIÓN DE LA EDUCACIÓN – Icfes
En ejercicio de sus atribuciones legales y en especial las conferidas en la Ley 1324 de 2009, los numerales 9° y 10° del artículo 9° del Decreto 5014 de 2009, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo [2.3.3.3.7.2](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=62510#2.3.3.3.7.2) del Decreto 1075 de 2015, _“Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Educación_ ”, señala que el calendario de aplicación del examen de Estado de Calidad de la Educación Media será determinado por el Icfes. Dando cumplimiento a lo anterior, el Icfes expidió la Resolución [888](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=91863) del 18 de noviembre de 2019, “ _Por la cual se establece el calendario 2020 de los exámenes que realiza el Icfes”._ __ Que como consecuencia de la propagación del virus COVID-19, el Gobierno nacional declaró la emergencia sanitaria y el estado de excepción, hechos que obligaron al Icfes a reprogramar o suspender algunos de los exámenes de Estado programados para el año 2020. En ese entendido, el examen de Estado Saber 11 calendario A fue suspendido por la Resolución [220](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=92342) de 2020 y reprogramado posteriormente mediante Resoluciones [412](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=97376), [420](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=97693) y [427](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=99265) de 2020. Su cronograma dispuso como fecha de publicación de citaciones el viernes 16 de octubre; sin embargo, por razones de orden logístico, es necesario modificar esa fecha para el lunes 19 de octubre. Que, de otro lado, el examen de ensayo Pre Saber fue suspendido por la Resolución [220](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=92342) de 2020 sin que hasta la fecha se hubiere reprogramado. Ese examen, de conformidad con el Artículo [2.3.3.3.7.3](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=62510#2.3.3.3.7.3). del Decreto 1075 de 2015, es un examen con características similares al Examen de Estado Saber 11, pero no se constituye como un examen de Estado, ni sustituye ninguno de los requisitos para ingresar a la Educación Superior, sino que es una prueba de ensayo que se ofrece para que los estudiantes tengan una aproximación a un examen de Estado. Dadas las condiciones de sanidad, con el ánimo de reducir las aplicaciones presenciales que habrá para las pruebas de Estado y en aras de mantener la oferta del servicio de presentación del examen de ensayo Pre Saber, se considera necesario realizarlo de forma virtual con las herramientas institucionales, tecnológicas y digitales adecuadas. Que, por lo anterior, se hace necesario establecer un cronograma exclusivo para el examen de ensayo Pre Saber, aclarando que únicamente se permitirá la inscripción en modalidad virtual y en casa, por lo que las personas deben manifestar en la etapa correspondiente del proceso que cuentan con el equipo de cómputo que cumpla con las condiciones tecnológicas y los estándares técnicos requeridos para presentarlo en esta modalidad. De manera que debe ser presentada en la residencia del examinando o en un lugar privado, sin que sea posible presentarlo en salas de cómputo comercial o similares. Que, por último, el examen Saber Pro del segundo semestre fue suspendido originalmente por la Resolución[ 276](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=93970) de 2020 y posteriormente reprogramado por la Resolución [407](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=97277) de 2020 para su presentación de forma virtual y en casa del examinando y, de manera excepcional, en el sitio de aplicación que designe el Icfes.
Que el artículo [36°](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=94787#36) de la Resolución 675 de 2019 establece que no se presentará la prueba de competencias específicas, entre otras _“(…) 3. Cuando, por fuerza mayor o caso fortuito, no sea posible generar el cuadernillo de competencias específicas para una persona. (…)”._ Dicha excepción se aplicó momento para los exámenes Saber TyT del primer y segundo semestre, según Resoluciones [258](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=93334) y [407](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=97277) de 2020.
Que para el examen de Estado de la Evaluación de la Calidad de la Educación Superior – Saber Pro, la aplicación de los módulos genéricos permite realizar todos los análisis globales y comparaciones entre los distintos programas. Las competencias genéricas deben verse como aquello que brinda un elemento articulador de los diferentes niveles de formación y deben servir como referente común de las competencias transversales que se deben desarrollar a lo largo de la trayectoria por el sistema educativo. Finalmente, las competencias genéricas se constituyen como fuente de información transversal e insumo para los distintos procesos educativos que se han adelantado por la actual crisis sanitaria.
Que el examen Saber Pro en sitios de aplicación, de realizarse con las pruebas genéricas y específicas, se tendría que adelantar en dos sesiones, circunstancia que genera la permanencia de los examinandos durante toda la jornada en el escenario dispuesto.
Que la excepción contemplada en la Resolución [675](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=94787) de 2019 aplica igualmente al examen Saber Pro programado para el segundo semestre, donde las actuales circunstancias apremian a reducir el tiempo de permanencia de los examinandos que presentarán la prueba en sitios de aplicación, circunstancias que impiden generar módulos de competencias específicas para ser presentados en sitio de aplicación. Por esta razón, teniendo en cuenta la fuerza mayor y la prevalencia de derechos, y con el fin de mantener condiciones de igualdad en la prueba en sitio y en casa, el examen Saber Pro del segundo semestre se realizará sin el módulo de competencias específicas. Por lo tanto, aunque en el proceso de inscripción al examen se hubiera seleccionado una combinatoria de competencias específicas, estas no serán presentadas por los examinandos y, en consecuencia, sus resultados se reportarán únicamente sobre las competencias genéricas de la evaluación. Que, con el objeto de dar aplicación al principio de publicidad de las actuaciones administrativas, el numeral [2º](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=91863#1.n.2) del artículo 1º de la Resolución 888 de 2019 que se modifica por este acto administrativo incluirá las etapas que ya hubieren finalizado. Que, en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1°. Modificación del numeral [2](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=91863#1.n.2) del artículo 1 de la Resolución 888 de 2019. Modifíquese el numeral [2º](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=91863#1.n.2) del artículo 1º de la Resolución 888 de 2019, modificado por las resoluciones 412, 420 y 427 de 2020, el cual quedará así:
_“2. EXAMEN SABER 11, Y VALIDACIÓN. CALENDARIO A_ __
Artículo 2º. Adición del numeral [6](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=91863#1.n.6) al artículo 1 de la Resolución 888 de 2019. Adiciónese un numeral [6](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=91863#1.n.6) al artículo 1º de la Resolución 888 de 2019, así: _“6. EXAMEN DE ENSAYO PRE SABER – CALENDARIO A_ __
Artículo 3º. El examen Saber Pro contenido en el numeral [4A](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=91863#1.n.4A) del artículo 1º de la Resolución 888 de 2019, adicionado por la Resolución [407](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=97277) de 2020, no contendrá módulo de competencias específicas en ningún caso, tomando en consideración la excepción del numeral [3°](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=94787#36.n.3) del artículo 36° de la Resolución 675 de 2019.
Artículo 4º. Las demás disposiciones contenidas en las Resoluciones [888](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=91863) de 2019, [407](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=97277), [420](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=97693) o [427](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=99265) de 2020, que no se modifican por el presente acto administrativo, continúan vigentes. " Artículo 5º. Esta Resolución rige a partir de la fecha de su publicación. Dada en Bogotá D.C., a los 15 días del mes de octubre de 2020.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
MÓNICA OSPINA LONDOÑO
Directora General.
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