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Resolución 498 de 2020

Resolución 498 de 2020 Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte

Tipo
Resolución
Número
498
Año
2020
Fecha
16 de septiembre de 2020
Entidad
Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

RESOLUCIÓN 498 DE 2020

(Septiembre 16)

_Por la cual se adoptan las Políticas de Prevención del Daño Antijurídico de la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte –SCRD_

EL SECRETARIO DE DESPACHO

En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por el Acuerdo Distrital 257 de 2006 y el Decreto Distrital 037 de 2017, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo [90](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4125#90) de la Constitución Política de Colombia señala que _“El Estado responderá patrimonialmente por los daños antijurídicos que le sean imputables, causados por la acción o la omisión de las autoridades públicas. En el evento de ser condenado el Estado a la reparación patrimonial de uno de tales daños, que haya sido consecuencia de la conducta dolosa o gravemente culposa de un agente suyo, aquél deberá repetir contra éste.”_ Que el artículo [209](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4125#209) ibídem preceptúa que _“La función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones. Las autoridades administrativas deben coordinar sus actuaciones para el adecuado cumplimiento de los fines del Estado (…)”_ Que el artículo [2.2.4.3.1.2.2](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=62503#2.2.4.3.1.2.2) del Decreto Único Reglamentario 1069 del 2015 establece que “ _El Comité de Conciliación es una instancia administrativa que actúa como sede de estudio, análisis y formulación de políticas sobre prevención del daño antijurídico y defensa de los intereses de la entidad_ ”.

Que los numerales [1](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=62503#2.2.4.3.1.2.5.n.1) y [2](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=62503#2.2.4.3.1.2.5.n.2) del artículo 2.2.4.3.1.2.5. ibídem, disponen que corresponde al Comité de Conciliación formular y ejecutar políticas de prevención del daño antijurídico y diseñar las políticas generales que orientaran la defensa de los intereses de la entidad.

Que de conformidad con las funciones establecidas para los Comités de Conciliación en el Decreto Único Reglamentario del Sector Justicia y del Derecho [1069](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=62503) de 2015, le corresponde al Comité de Conciliación de la Secretaria de Cultura Recreación y Deporte -SCRD, diseñar, formular y ejecutar políticas de prevención del daño antijurídico y políticas generales que orienten la defensa de los intereses de la entidad.

Que el Comité de Conciliación de la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte se integró inicialmente a través de la Resolución [029](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=33090) del 12 de febrero del 2007. El 10 de marzo del 2020 se expidió la Resolución [151](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=91804) mediante la cual se modificó la integración de los miembros del Comité de Conciliación y se derogó la Resolución [029](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=33090) del 2007. Posteriormente se expidió la Resolución [189](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=92080) del 30 de marzo de 2020 “ _por medio de la cual se modifica el art 1º y el parágrafo 2º del artículo 2º de la Resolución 151 del 10 de marzo del 2020 se integra el Comité de Conciliación de la Secretaria Distrital de Cultura Recreación y Deporte y se dictan otras disposiciones_ ”.

Que el Decreto Distrital [430](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=80062) de 2018 mediante el cual se adopta el Modelo de Gestión Jurídica Pública del Distrito Capital contempla como eje trasversal la Prevención del Daño Antijurídico, y establece como uno de sus objetivos "_Promover la cultura de prevención del daño antijurídico y establecer medidas y acciones de defensa judicial del Distrito Capital para la protección del patrimonio público_ ".

Que el artículo [39](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=80062#39) del Decreto Distrital 430 de 2018 señala que "_Las entidades y organismos distritales desarrollarán la prevención de conductas que puedan generar una lesión ilegítima o daños a los particulares o al Distrito Capital, que en el ejercicio de la función pública lleven a la administración a responder por los perjuicios patrimoniales y/o extrapatrimoniales que se causen_ ".

Que la Directiva [025](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=82028) del 2018 emitida por la Secretaría Jurídica Distrital presenta los lineamientos metodológicos para la formulación y adopción de la Política de Prevención del Daño Antijurídico por parte de los Comités de Conciliación de organismos y entidades distritales.

Que teniendo en cuenta los parámetros metodológicos diseñados por la Secretaría Jurídica Distrital, la Política de Prevención del Daño Antijurídico de la Secretaria de Cultura, Recreación y Deporte -SCRD fue presentada, discutida y aprobada en las sesiones del 30 de julio de 2020 y 11 de agosto de 2020 por parte del Comité de Conciliación de la SCRD.

Que en cumplimiento de la normatividad precedente y con el fin de evitar la materialización de daños antijurídicos imputables a la Entidad, resulta indispensable adoptar la Política de Prevención del Daño Antijurídico de la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte -SCRD la cual debe socializarse para garantizar su implementación y efectividad. En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1. Adoptar e implementar la Política de Prevención del Daño Antijurídico de la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte- SCRD, documento anexo que forma parte integral de la presente resolución. ARTÍCULO 2. Ordenar la divulgación de la Política de Prevención del Daño Antijurídico de la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte -SCRD a través de su publicación en todos los medios de comunicación de la entidad y su inclusión en el Modelo Integrado de Planeación y Gestión MIPG. ARTÍCULO 3. La actualización y ajustes a la Política de Prevención del Daño Antijurídico de la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte-SCRD, se realizará cada vez que se requiera. ARTÍCULO 4. Ordenar a la Dirección de Gestión Corporativa solicitar la publicación del presente acto administrativo en la Gaceta Distrital y el Régimen Legal. ARTÍCULO 5. La presente resolución rige a partir de la fecha de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=97445). PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D.C., a los 16 días del mes de septiembre del año 2020.

NICOLÁS FRANCISCO MONTERO DOMINGUEZ

Secretario de Despacho

NOTA: Ver Anexo.

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