Circular 018 de 2020
Circular 018 de 2020 Lotería de Bogotá
- Tipo
- Circular
- Número
- 018
- Año
- 2020
- Fecha
- 30 de abril de 2020
- Entidad
- Lotería de Bogotá
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
CIRCULAR 018 DE 2020
(Abril 30)
PARA: DISTRIBUIDORES DE LOTERÍA DE BOGOTÁ Y PÚBLICO EN GENERAL
DE: LOTERÍA DE BOGOTÁ GERENCIA GENERAL/SUBGERENCIA GENERAL
ASUNTO: REACTIVACIÓN SORTEOS DE LOTERÍA TRADICIONAL Y COMERCIALIZACIÓN DE LA BILLETERÍA DE LA LOTERÍA DE BOGOTÁ /ACUERDO 542 DE 2020 DEL CNJSA Amablemente informamos a nuestros distribuidores y al público en general, que la Lotería de Bogotá reactiva su operación de conformidad con la autorización dada por el Gobierno Nacional mediante Decretos N° [576](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=92273) de 2020 “ _Por el cual se adoptan medidas en el sector de juegos de suerte y azar, para impedir la extensión de los efectos de la pandemia de Covid-19, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica”_ y N° [593](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=92420) de 2020 “ _Por el cual se imparten instrucciones en virtud de la emergencia sanitaria generada por la pandemia del Coronavirus COVID-19, y el mantenimiento del orden público”._ La reactivación de la operación, se realiza en cumplimiento de las medidas que para tal fin se han establecido por las autoridades de salud en coordinación con las entidades administradoras del monopolio y que estamos llamados a cumplir todos los actores del mercado de Juegos de Suerte y Azar para la prevención del contagio y propagación del Covid-19. Para tal fin se informa lo siguiente: 1. REACTIVACIÓN SORTEOS DE LA LOTERÍA DE BOGOTÁ. El Consejo Nacional de Juegos de Suerte y Azar (CNJSA), mediante Acuerdo No. 542 de 29 de abril de 2020 _“Por el cual se prorroga la suspensión para la realización de sorteos ordinarios y extraordinarios del juego de lotería tradicional o de billetes ordenada a través del Acuerdo 541 de 2020, se fija fecha para su reactivación y se dictan otras disposiciones”,_ dispuso la reactivación de los sorteos de la Lotería de Bogotá a partir del 14 de mayo de 2020. En consecuencia y conforme se determinó en el artículo 2 del precitado Acuerdo, el cronograma de sorteos ordinarios de la Lotería de Bogotá, es el siguiente: | No. Sorteo | Dia de Sorteo | Fecha | Hora de Sorteo ---|---|---|--- 2536 | JUEVES | 14 de mayo de 2020 | 22:30 2537 | JUEVES | 21 de mayo de 2020 | 22:30 2538 | JUEVES | 28 de mayo de 2020 | 22:30 2539 | JUEVES | 4 de junio de 2020 | 22:30 2540 | JUEVES | 11 de junio de 2020 | 22:30 2541 | JUEVES | 18 de junio de 2020 | 22:30 2542 | JUEVES | 25 de junio de 2020 | 22:30 2543 | JUEVES | 2 de julio de 2020 | 22:30 2544 | JUEVES | 9 de julio de 2020 | 22:30 2545 | JUEVES | 16 de julio de 2020 | 22:30 2546 | JUEVES | 23 de julio de 2020 | 22:30 2547 | JUEVES | 30 de julio de 2020 | 22:30 2548 | JUEVES | 6 de agosto de 2020 | 22:30 2549 | JUEVES | 13 de agosto de 2020 | 22:30 2550 | JUEVES | 20 de agosto de 2020 | 22:30 2551 | JUEVES | 27 de agosto de 2020 | 22:30 2552 | JUEVES | 3 de septiembre de 2020 | 22:30 2553 | JUEVES | 10 de septiembre de 2020 | 22:30 2554 | JUEVES | 17 de septiembre de 2020 | 22:30 2555 | JUEVES | 24 de septiembre de 2020 | 22:30 2556 | JUEVES | 1 de octubre de 2020 | 22:30 2557 | JUEVES | 8 de octubre de 2020 | 22:30 2558 | JUEVES | 15 de octubre de 2020 | 22:30 2559 | JUEVES | 22 de octubre de 2020 | 22:30 2560 | JUEVES | 29 de octubre de 2020 | 22:30 2561 | JUEVES | 5 de noviembre de 2020 | 22:30 2562 | JUEVES | 12 de noviembre de 2020 | 22:30 2563 | JUEVES | 19 de noviembre de 2020 | 22:30 2564 | JUEVES | 26 de noviembre de 2020 | 22:30 2565 | JUEVES | 3 de diciembre de 2020 | 22:30 2566 | JUEVES | 10 de diciembre de 2020 | 22:30 2567 | JUEVES | 17 de diciembre de 2020 | 22:30 No. Sorteo | Dia de Sorteo | Fecha | Hora de Sorteo ---|---|---|--- 2568 | JUEVES | 24 de diciembre de 2020 | 22:30 2569 | JUEVES | 31 de diciembre de 2020 | 22:30
2. BILLETERÍA IMPRESA SORTEO 2536.
Teniendo en cuenta que previo a la suspensión de los sorteos mediante Acuerdo 541 de 2020 del CNJSA, ya se había impreso la billetería para el sorteo 2536 con fecha de juego 26 de marzo de 2020, estos billetes son válidos para el sorteo que se efectuará el 14 de mayo de 2020, de acuerdo con el nuevo calendario de sorteos.
3. COMERCIALIZACIÓN Y VENTA DE LOTERÍA DE BOGOTÁ.
COMERCIALIZACIÓN Y VENTA A TRAVÉS DE LA PÁGINA WEB DE LA LOTERÍA DE BOGOTÁ.
La comercialización y venta de billetería a través de la página web de la Lotería de Bogotá, se reinicia a partir del cinco (5) de mayo de 2020.
3.1. VENTA A TRAVÉS DE DISTRIBUIDORES DE LOTERÍA.
Los distribuidores podrán reiniciar la venta del producto Lotería de Bogotá a través de establecimientos comerciales o puntos de venta, en la medida que implementen los protocolos de bioseguridad establecidos por el Ministerio de Salud y Protección Social mediante Resolución No. [681](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=92839) del 24 de abril de 2020 en complemento con la Resolución 666 de 2020, tal y como se informó en la Circular [17](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=96905) de 29 de abril de 2020, emitida por la Lotería de Bogotá.
De conformidad con la regulación de la Resolución [681](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=92839) de 2020, no está permitida la venta de Lotería a través de la venta ambulante.
La Lotería de Bogotá, es consciente de la difícil situación por la que atraviesan los distribuidores y los vendedores del producto de Lotería Tradicional a nivel nacional, quienes son para nosotros un recurso valioso en el cumplimiento del objeto misional de la empresa, cual es, recaudar recursos para ser transferidos al sector salud, razón por la cual, estamos trabajando en la reactivación de nuestro mercado a nivel nacional de forma paulatina, pero para ello requerimos de un actuar mancomunado, respetuoso y estricto en el cumplimiento de las medidas decretadas por el Gobierno Nacional, las autoridades de salud y los administradores del monopolio rentístico de los juegos de suerte y azar.
En cumplimiento del Artículo 3 del Acuerdo 542 de 2020, se difunde esta información a los distribuidores y al público en general.
El contenido de la presente circular se dispone su publicación en la página “ _web_ ” de la Lotería de Bogotá, en los términos del literal [a](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4276#2.l.a)) del artículo 2 y artículo [6](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4276#6) de la Ley 527 de 1999 “ _Por medio de la cual se define y reglamenta el acceso y uso de los mensajes de datos, del comercio electrónico y de las firmas digitales, y se establecen las entidades de certificación y se dictan otras disposiciones"_; así como los Decretos [491](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=91670) y [593](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=92420) de 2020.
Agradecemos su fidelidad y confianza,
Dada en Bogotá, a los 30 días del mes de abril del año 2020.
LUZ MARY CÁRDENAS HERRERA
Gerente General
JAVIER ARMANDO CARO MELÉNDEZ
Subgerencia General
Elaboró: Andrés Mauricio Pinzón R-Jefe Unidad de Loterías Aprobó: Javier Armando Caro Meléndez- Subgerencia General Revisó: Jenny Rocío Ramos Godoy- Secretaria General
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