Resolución 1567 de 2020
Resolución 1567 de 2020 Ministerio de Cultura
- Tipo
- Resolución
- Número
- 1567
- Año
- 2020
- Fecha
- 25 de agosto de 2020
- Entidad
- Ministerio de Cultura
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
RESOLUCIÓN 1567 DE 2020
(Agosto 25)
_Por la cual se adoptan los Manuales para la presentación de proyectos artísticos y culturales “Proyectos Departamentales - dirigidos a Entidades del Sector Público (gobernaciones, alcaldías, entidades públicas de carácter cultural, instituciones educativas) y a Organizaciones culturales sin ánimo de lucro del sector privado, Resguardos, cabildos y asociaciones indígenas, Consejos comunitarios de comunidades negras, afrocolombianas, palenqueras, raizales y pueblos Rrom” al Programa Nacional de Concertación Cultural del Ministerio de Cultura vigencia 2021_
El Secretario General, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en la Ley 397 de 1997, la Ley 1185 de 2008, la Ley 489 de 1998 y,
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con lo establecido en el artículo [71](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4125#71) de la Constitución Política de Colombia, corresponde al Estado crear incentivos para personas e instituciones que desarrollen y fomenten la ciencia y la tecnología y las demás manifestaciones culturales, y ofrecer estímulos especiales a personas e instituciones que ejerzan estas actividades;
Que en desarrollo constitucional, la Ley General de Cultura (Ley [397](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=337#0) de 1997) preceptúa que corresponde al Estado, a través del Ministerio de Cultura, fomentar las artes y el talento investigativo, estableciendo estímulos especiales a la creación, la actividad artística y cultural, la investigación y el fortalecimiento de las expresiones artísticas y culturales, a través de programas, becas, premios anuales, concursos, festivales, entre otros, en el campo de la creación, la ejecución la experimentación, la formación y la investigación a nivel individual y colectivo, para lo cual podrá brindar apoyo a las personas, comunidades e instituciones que desarrollen o promuevan las expresiones culturales en los ámbitos locales, regionales y nacional.
Que el Programa Nacional de Concertación Cultural, acorde con la Constitución, la Ley de Cultura y con el Plan Nacional de Desarrollo, impulsa, facilita y apoya procesos, proyectos y actividades culturales de interés común, en el marco del reconocimiento y el respeto por la diversidad cultural de la nación colombiana, que contribuyan a democratizar el acceso de las personas y de las instituciones a los diferentes bienes, servicios y manifestaciones culturales. Apoyar iniciativas culturales le permite vincularlas al desarrollo local, regional o nacional, articular diferentes sectores, generar capacidades, fortalecer el Sistema Nacional de Cultura y aportar a la convivencia y al crecimiento con equilibrio, equidad y sostenibilidad;
Que las organizaciones y entidades culturales del país, en sus diferentes niveles de desarrollo, cobertura y ubicación geográfica, presentan proyectos culturales; como respuesta a una convocatoria pública anual que precisa, entre otros, apoyo financiero, requisitos de participación, criterios de selección, de evaluación, asignación de recursos y de seguimiento.
Que en este sentido las convocatorias de _“Proyectos Departamentales”_, están dirigidas a aquellos proyectos que presenten trayectoria, antecedentes, idoneidad, impacto, y que desarrollan iniciativas culturales a nivel departamental.
Que mediante Resolución número 1499 del 5 de noviembre de 2004 se actualizó la conformación y las funciones del Comité Técnico del Programa Nacional de Concertación del Ministerio de Cultura, estableciendo en su Artículo Segundo, numeral 4, que es función del Comité _“Estudiar, analizar y aprobar para cada vigencia el manual para la presentación de proyectos culturales al Programa Nacional de Concertación…”,_ Que el artículo primero de la Resolución número 3359 de octubre 29 de 2013, establece que _“El Comité Técnico del Programa Nacional de Concertación del Ministerio de Cultura, se reunirá de acuerdo con lo establecido en el cronograma de actividades del Programa”;_ Que mediante Acta número 45 de 2020, el Comité Técnico del Programa Nacional de Concertación Cultural estudió, analizó y aprobó los Manuales para la presentación de proyectos artísticos y culturales _“Proyectos Departamentales”_, dirigidos a Entidades del Sector Público (gobernaciones, alcaldías, entidades públicas de carácter cultural, instituciones educativas) y a Organizaciones culturales sin ánimo de lucro del sector privado, Resguardos, cabildos y asociaciones indígenas, Consejos comunitarios de comunidades negras, afrocolombianas, palenqueras, raizales y pueblos Rrom” al Programa Nacional de Concertación Cultural del Ministerio de Cultura, vigencia 2021;
Que por lo anteriormente expuesto y con fundamento en el procedimiento vigente del Programa Nacional de Concertación Cultural, se hace necesario adoptar los Manuales para la presentación de proyectos artísticos y culturales _“Proyectos Departamentales”_, dirigidos a Entidades del Sector Público (gobernaciones, alcaldías, entidades públicas de carácter cultural, instituciones educativas) y a Organizaciones culturales sin ánimo de lucro del sector privado, Resguardos, cabildos y asociaciones indígenas, Consejos comunitarios de comunidades negras, afrocolombianas, palenqueras, raizales y pueblos Rrom” al Programa Nacional de Concertación Cultural del Ministerio de Cultura, vigencia 2021; En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1°. Adoptar los Manuales para la presentación de proyectos artísticos y culturales _“Proyectos Departamentales”_, dirigidos a Entidades del Sector Público (gobernaciones, alcaldías, entidades públicas de carácter cultural, instituciones educativas) y a Organizaciones culturales sin ánimo de lucro del sector privado, Resguardos, cabildos y asociaciones indígenas, Consejos comunitarios de comunidades negras, afrocolombianas, palenqueras, raizales y pueblos Rrom” al Programa Nacional de Concertación Cultural del Ministerio de Cultura vigencia 2021, los cuales hacen parte integral de la presente resolución. Artículo 2°. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las resoluciones que le sean contrarias. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los 25 días del mes de agosto del año 2020.
El Secretario General,
JULIÁN DAVID STERLING OLAVE
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