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Resolución 230 de 2020

Resolución 230 de 2020 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Tipo
Resolución
Número
230
Año
2020
Fecha
31 de julio de 2020
Entidad
Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

**RESOLUCIÓN 230 DE 2020 (Julio 31)

_Por la cual se efectúan unas modificaciones en el Presupuesto de Gastos e Inversión de la Secretaria General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., para la vigencia fiscal de 2020_** LA SECRETARIA GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.

En ejercicio de las atribuciones conferidas en el artículo 87 del Decreto Distrital 714 de 1996, el artículo 60 del Decreto Distrital 854 de 2001 y, el Decreto Distrital 001 de 2020 ##

CONSIDERANDO:

Que de acuerdo con el principio de especialización consagrado en el literal [g)](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=1693#13.l.g) del artículo 13 del Decreto Distrital 714 de 1996, _"Por el cual se compilan el Acuerdo 24 de 1995 y Acuerdo 20 de 1996 que conforman el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital"_,__ las apropiaciones deben referirse en cada entidad de la administración a su objeto y funciones y se ejecutarán estrictamente conforme al fin para el cual fueron programadas.

Que el artículo [63](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=1693#63) del mencionado Decreto Distrital 714 de 1996, _dispone que "Cuando fuere necesario aumentar o disminuir la cuantía de las apropiaciones, cancelar las aprobadas o establecer otras nuevas, podrán hacerse las correspondientes modificaciones al presupuesto mediante traslados, créditos adicionales y la cancelación de apropiaciones"_.

Que mediante el Decreto Distrital No. [744](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=88356) de 2019 se expidió el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2020 y se dictaron otras disposiciones.

Que mediante el Decreto Distrital No. [816](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=88713) del 26 de diciembre de 2019, se liquidó el presupuesto anual de rentas e ingresos y de gastos e inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2020 y se dictaron otras disposiciones, en cumplimiento del Decreto [744](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=88356) del 6 de diciembre de 2019, expedido por el Alcalde Mayor de Bogotá, Distrito Capital.

Que el artículo [9º](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=88449#9) del Decreto Distrital No. 777 de 2019 “ _Por el cual se reglamenta el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital y se dictan otras disposiciones_ ”, establece que las: “ _Las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación de los órganos y entidades que hacen parte del presupuesto anual, incluidos los organismos de control, y los Fondos de Desarrollo Local que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto agregado de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión aprobados por el Concejo de Bogotá D.C. y las Juntas Administradoras Locales, se harán mediante resolución expedida por el representante de la entidad respectiva o por decreto del Alcalde Local. En el caso de los Establecimientos Públicos del Distrito estas modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación se harán por resolución o acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos.____Estos actos administrativos requieren para su validez del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto. Si se trata de gastos de inversión se requerirá, además, del concepto favorable de la Secretaría Distrital de Planeación.____Parágrafo. Se exceptúan del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto, las modificaciones en Gastos de Funcionamiento de los traslados presupuestales al interior de cada uno de los rubros que componen Factores constitutivos de salario, Contribuciones inherentes a la nómina, Remuneraciones no constitutivas de factor salarial siempre que correspondan al mismo tipo de vinculación, Honorarios, Activos Fijos, Materiales y suministros, Adquisición de servicios, FONPET, Obligaciones por Pagar (Adquisición de Bienes, Adquisición de Servicios y Otros Gastos Generales).”_ Que mediante comunicación con radicado No. 3-2020-15871 del 16 de julio de 2020, la Subdirección de Servicios Administrativos de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., remitió requerimiento sustentando la adición del contrato de servicios de Aseo y Cafetería, que dicho contrato fue suscrito hasta el 6 de diciembre de 2020 y por lo anterior, se hace necesario garantizar el servicio hasta el 31de diciembre de 2020, incrementando en $250.600.305 pesos m/cte, el mismo.

Que igualmente en dicha comunicación expresa su necesidad de contar con recursos adicionales para adelantar el proceso de contratación de las pólizas requeridas para la protección de los bienes e intereses patrimoniales de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, y llevar a cabo el proceso de contratación de la adecuación de mamparas de protección en metacrilato que permitan el distanciamiento social entre los funcionarios y visitantes a los supercades de la Secretaria General que visitan las sedes con el fin de mitigar el impacto y garantizar la salud de todos. Estos procesos de contratación demandaron una necesidad de recursos adicionales por valor de $484.503.091 pesos m/cte.

Que actualmente se evidencia que los 1078 servidores de planta y contratistas están ejerciendo según las características de sus cargos funciones de atención al ciudadano, atención a víctimas del conflicto armado, mantenimiento y arreglos locativos, manipulación de maquinaria y procedimientos de imprenta y procesos de laboratorio y gestión documental para los cuales se debe garantizar los artículos de prevención de uso personal, en pro de minimizar los riesgos en sus labores específicas y la prevención de contagio por COVID-19. Que, mediante comunicación con radicado No. 3-2020-17040 del 28 de julio de 2020, la Dirección de Talento Humano de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., remitió requerimiento sustentado de adición de recursos para adelantar la adquisición de elementos de protección personal que será entregado a los funcionarios y servidores de la entidad y así poder mitigar el contagio por COVID-19, por valor de $371.415.508 pesos m/cte, y la adición de un contrato de prestación de servicios de asesoría jurídica por valor de $ 8.255.584 pesos m/cte Que, mediante correo electrónico del 29 de julio de 2020, la Directora Administrativa y Financiera de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., remitió requerimiento sustentado de reducción de recursos en los rubros de 3-1-2 “ _Adquisición de bienes y servicios_ ” por valor de mil ciento catorce millones setecientos cuarenta y cuatro mil cuatrocientos ochenta y ocho pesos ($1.114.774.488) m/cte. Que, de acuerdo a las justificaciones radicadas y la revisión de la disponibilidad del presupuesto en los rubros de funcionamiento a los que se requiere adicionar recursos, y una vez efectuado el correspondiente análisis de necesidades, se identificó que se surtieron los correspondientes procesos de contratación en el primer semestre del año y por lo anterior, se cuenta con recursos libres de afectación para ser distribuidos en otras necesidades de la Entidad. El presente traslado no modifica el monto agregado de las apropiaciones de funcionamiento y, al encontrarse dentro de las causales en las que se exceptúa el concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda, se hará mediante resolución expedida por el representante de la entidad. Que, con el fin de amparar el presente traslado presupuestal, se expidió el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 1506 del 29 de julio de 2020, con marcación de modificación presupuestal, por la suma de MIL CIENTO CATORCE MILLONES SETECIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y OCHO PESOS ($1.114.774.488) M/CTE. Que, en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1º-: Efectuar el siguiente traslado presupuestal en el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., para la vigencia 2020, por valor de mil ciento catorce millones setecientos setenta y cuatro mil cuatrocientos ochenta y ocho pesos ($1.114.774.488) m/cte así: | CÓDIGO PRESUPUESTAL| CONCEPTO| CONTRACRÉDITO| CRÉDITO ---|---|---|--- Valor| Valor 3 | GASTOS | 1.114.774.488 | 1.114.774.488 3-1 | GASTOS DE FUNCIONAMIENTO | 1.114.774.488 | 1.114.774.488 3-1-2 | Adquisición de bienes y servicios | 1.114.774.488 | 1.114.774.488 3-1-2-02 | Adquisiciones diferentes de activos no financieros | 1.114.774.488 | 1.114.774.488 3-1-2-02-01 | Materiales y suministros | 140.789.327 | 140.789.327 3-1-2-02-01-01| Productos alimenticios, bebidas y tabaco; textiles, prendas de vestir y productos de cuero| 27.490.049| 3-1-2-02-01-01-0003| Productos de molinería, almidones y productos derivados del almidón; otros productos alimenticios| 24.388.390| 3-1-2-02-01-01-0006| Dotación (prendas de vestir y calzado)| 3.101.659| 3-1-2-02-01-02 | Otros bienes transportables (excepto productos metálicos, maquinaria y equipo | 102.082.524 | 140.789.327 3-1-2-02-01-02-0002| Pasta o pulpa, papel y productos de papel; impresos y artículos relacionados| 63.570.820| 3-1-2-02-01-02-0003| Productos de hornos de coque, de refinación de petróleo y combustible| 9.198.896| 3-1-2-02-01-02-0004| Químicos básicos| | 76.941.828 3-1-2-02-01-02-0005| Otros productos químicos; fibras artificiales (o fibras industriales hechas por el hombre)| 16.875.520| 3-1-2-02-01-02-0006| Productos de caucho y plástico| | 63.847.499 3-1-2-02-01-02-0007| Vidrio y productos de vidrio y otros productos no metálicos n.c.p.| 12.437.288| 3-1-2-02-01-03 | Productos metálicos | 11.216.754 | 3-1-2-02-01-03-0002| Productos metálicos elaborados (excepto maquinaria y equipo)| 11.216.754| 3-1-2-02-02 | Adquisición de servicios | 973.985.161 | 973.985.161 3-1-2-02-02-01 | Servicios de venta y de distribución; alojamiento; servicios de suministro de comidas y bebidas; servicios de transporte; y servicios de distribución de electricidad, gas y agua | 63.322.240 | 3-1-2-02-02-01-0006| Servicios postales y de mensajería| 63.322.240| 3-1-2-02-02-01-0006-001| Servicios de mensajería| 63.322.240| 3-1-2-02-02-02 | Servicios financieros y servicios conexos, servicios inmobiliarios y servicios de leasing | 182.186.234 | 594.314.069 3-1-2-02-02-02-0001 | Servicios financieros y servicios conexos | 130.797.314 | 457.503.091 3-1-2-02-02-02-0001-007| Servicios de seguros de vehículos automotores| | 40.867.719 3-1-2-02-02-02-0001-008| Servicios de seguros contra incendio, terremoto o sustracción| | 416.635.372 3-1-2-02-02-02-0001-009| Servicios de seguros generales de responsabilidad civil| 91.901.211| 3-1-2-02-02-02-0001-012| Otros servicios de seguros distintos de los seguros de vida n.c.p.| 38.896.103| 3-1-2-02-02-02-0003 | Servicios de arrendamiento o alquiler sin operario | 51.388.920 | 136.810.978 3-1-2-02-02-02-0003-002| Servicios de arrendamiento sin opción de compra de maquinaria y equipo sin operarios| | 136.810.978 3-1-2-02-02-02-0003-004| Servicios de arrendamiento sin opción de compra de otros bienes| 51.388.920| 3-1-2-02-02-03 | Servicios prestados a las empresas y servicios de producción | 565.979.214 | 8.255.584 3-1-2-02-02-03-0002| Servicios jurídicos y contables| | 8.255.584 3-1-2-02-02-03-0002-003| Otros servicios jurídicos n.c.p.| | 8.255.584 3-1-2-02-02-03-0003| Otros servicios profesionales, científicos y técnicos| 12.000.000| 3-1-2-02-02-03-0003-007| Servicios de ingeniería| 12.000.000| 3-1-2-02-02-03-0005| Servicios de soporte| 323.230.752| 3-1-2-02-02-03-0005-001| Servicios de protección (guardas de seguridad)| 66.924.267| 3-1-2-02-02-03-0005-002| Servicios de limpieza general| 256.306.485| 3-1-2-02-02-03-0006| Servicios de mantenimiento, reparación e instalación (excepto servicios de construcción)| 230.748.462| 3-1-2-02-02-03-0006-001| Servicios de mantenimiento y reparación de productos metálicos elaborados, excepto maquinaria y equipo| 3.376.844| 3-1-2-02-02-03-0006-005| Servicios de mantenimiento y reparación de otra maquinaria y otro equipo| 184.525.863| 3-1-2-02-02-03-0006-010| Servicios de mantenimiento y reparación de equipos electrónicos de consumo| 3.965.755| 3-1-2-02-02-03-0006-011| Servicios de mantenimiento y reparación de ascensores y escaleras mecánicas| 38.880.000| 3-1-2-02-02-05 | Viáticos y gastos de viaje | 40.000.000 | 3-1-2-02-02-07 | Bienestar e incentivos | 122.497.473 | 3-1-2-02-02-08| Salud Ocupacional| | 371.415.508 TOTAL MODIFICACION PRESUPUESTAL| 1.114.774.488 | 1.114.774.488 Artículo 2º-:** Ordenar a la Subdirección Financiera de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., el envío del presente acto administrativo a la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda, para que se efectúe el trámite correspondiente en el Sistema de Presupuesto Distrital - PREDIS.

Artículo 3º-: Para efectos de dar trámite a los movimientos presupuestales señalados en el presente acto administrativo, comunicar el contenido de la presente Resolución, a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., a la Dirección de Talento Humano, a la Dirección Administrativa y Financiera, a la Subdirección de Servicios Administrativos y, a la Subdirección Financiera de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.

Artículo 4º-: Contra la presente resolución no procede recurso alguno de reposición o de apelación.

Artículo 5º-: El presente acto administrativo rige a partir del día siguiente a la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D.C., a los 31 días del mes de julio del año 2020.

MARGARITA BARRAQUER SOURDIS

SECRETARIA GENERAL

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