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Circular 019 de 2020

Circular 019 de 2020 Secretaría de Educación del Distrito - SED

Tipo
Circular
Número
019
Año
2020
Fecha
7 de julio de 2020
Entidad
Secretaría de Educación del Distrito - SED
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

CIRCULAR 019 DE 2020

(Julio 07)

PARA: SUBSECRETARIOS (AS), DIRECTORES (AS), JEFES DE OFICINA Y ASESORES.

DE: SECRETARIA DE EDUCACIÓN DEL DISTRITO.

FECHA: 7 DE JULIO DE 2020.

ASUNTO: ARMONIZACIÓN PRESUPUESTAL DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DEL DISTRITO -SED / ORIENTACIONES PARA LA ADMINISTRACIÓN DE LOS PROYECTOS DE INVERSIÓN DE LA ENTIDAD. De conformidad con lo dispuesto en el artículo [2°](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=33029#2) del Decreto 330 de 2008, modificado por el Decreto Distrital [593](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=73284) de 2017, “ _Por el cual se determinan los objetivos, la estructura, y las funciones de la Secretaría de Educación del Distrito, y se dictan otras disposiciones_ ”, la SED _"como organismo del Sector Central y cabeza del sector educativo, tiene por objeto orientar y liderar la formulación y ejecución de políticas, planes y programas para garantizar el derecho a la educación y asegurar a la población el acceso al conocimiento y la formación integral_ ”. En este mismo sentido, el literal [D)](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=33029#3.l.d) del artículo 3° ibidem, señala como función del organismo _"Formular programas y proyectos que contribuyan a mejorar la calidad de la educación_ ". En concordancia con lo anterior, los literales [E)](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=33029#5.l.e) y el [L)](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=33029#5.l.l) del artículo 5° de la norma citada, fijaron como funciones del Despacho del Secretario de Educación del Distrito las de _"E) Liderar la formulación del Plan Sectorial de Educación, y los demás planes, programas y proyectos para el cumplimiento de la misión y el desarrollo de la gestión de la Secretaría de Educación del Distrito"_, así como la de _"L) Expedir los actos administrativos que se generen a partir de la normatividad vigente y en desarrollo de las políticas del Sector Educativo.”_ __ Por su parte, el numeral 3° del artículo 1° del _“Manual de Funciones y de Competencias Laborales para los empleos de la Planta Global de Personal Administrativo de la Secretaría de Educación Distrital”_ adoptado por la Resolución 3950 de 2008, modificado por la Resoluciones 1865 de 2015, 2350 de 2015, [1676](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=67977) de 2016 y modificado posteriormente por las Resoluciones 1961 de 2017, [588](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=83710) de 2019 y [0225](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=90979) de 2020, establece que a la SED le corresponde _"Fijar las directrices para la formulación de las políticas, planes, programas y proyectos que se requieran para garantizar el acceso y permanencia en el sistema educativo, así como la pertinencia, calidad, eficiencia y equidad de la educación en sus diferentes formas, niveles y modalidades”._ __ DEL PLAN DE DESARROLLO, LOS PROYECTOS DE INVERSIÓN Y ORDENADORES DE GASTO En cumplimiento de las disposiciones antes mencionadas, la SED en el marco del Acuerdo [761](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=93649) de junio de 2020, por el cual se adopta el Plan de Desarrollo Económico, Social, Ambiental y de Obras Públicas del Distrito Capital 2020 - 2024 "_Un nuevo contrato social y ambiental para la Bogotá del siglo XXI_ ", ha formulado los proyectos de inversión que se encuentran inscritos y registrados en el Sistema de Seguimiento al Plan de Desarrollo - (SEGPLAN, así como en MGA WEB y SUIFP territorio. Para la ejecución de los proyectos de inversión se debe contar con el personal que garantice la adecuada planeación, ejecución, coordinación, seguimiento y consolidación de información de estos, bajo principios de eficacia, economía y celeridad. Así mismo, se ha delegado en los (las) Subsecretarios (as) de la SED la ordenación del gasto y pago a través de la Resolución No. [1165](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=67933) del 27 de junio de 2016 "_Por la cual se delegan las competencias en materia de ordenación del gasto y del pago de los recursos de funcionamiento e inversión y se dictan otras disposiciones_ ". Dichos proyectos quedaron como se relacionan a continuación: | Proyecto de Inversión | Ordenador del Gasto ---|--- Código SEGPLAN | Nombre 7774 | Implementación de estrategias pedagógicas para la prevención del embarazo temprano y subsiguiente en los niños, niñas, adolescentes y jóvenes de las instituciones educativas de Bogotá D.C. | Subsecretaría de Calidad y Pertinencia 7784 | Fortalecimiento de la educación inicial con pertinencia y calidad en Bogotá D.C. | Subsecretaría de Calidad y Pertinencia 7690 | Fortalecimiento de la política de educación inclusiva para poblaciones y grupos de especial protección constitucional de Bogotá D.C. | Subsecretaría de Calidad y Pertinencia 7758 | Fortalecimiento a la formación integral de calidad en jornada única y jornada completa, para niñas, niños y adolescentes en colegios distritales de Bogotá D.C. | Subsecretaría de Calidad y Pertinencia 7686 | Implementación del programa de innovación y transformación pedagógica en los colegios públicos para el cierre de brechas educativas de Bogotá D.C. | Subsecretaría de Calidad y Pertinencia 7689 | Fortalecimiento de las competencias de los jóvenes de media del distrito para afrontar los retos del siglo XXI en Bogotá D.C. | Subsecretaría de Calidad y Pertinencia 7599 | Fortalecimiento de la estrategia de educación ambiental y protección animal en los colegios públicos distritales de Bogotá D.C. | Subsecretaría de Calidad y Pertinencia 7624 | Servicio educativo de Cobertura con Equidad en Bogotá D.C. | Subsecretaría de Acceso y Permanencia 7638 | Fortalecimiento de la infraestructura y dotación de ambientes de aprendizaje y sedes administrativas a cargo de la Secretaría de Educación de Bogotá D.C. | Subsecretaría de Acceso y Permanencia 7736 | Fortalecimiento del bienestar de los estudiantes matriculados en el sistema educativo oficial a través del fomento de estilos de vida saludable, alimentación escolar y movilidad escolar en Bogotá | Subsecretaría de Acceso y Permanencia 7808 | Administración del Talento Humano al Servicio de la Educación Oficial de Bogotá D.C. | Subsecretaría de Gestión Institucional 7813 | Innovación y modernización de la plataforma tecnológica para el mejoramiento de la calidad educativa en los colegios públicos de la ciudad de Bogotá D.C. | Subsecretaría de Gestión Institucional 7818 | Fortalecimiento Institucional para la Gestión Educativa en Bogotá D.C. | Subsecretaría de Gestión Institucional 7888 | Fortalecimiento de políticas del Modelo Integrado de Planeación Gestión - MIPG en la Secretaría de Educación de Bogotá | Subsecretaría de Gestión Institucional 7643 | Implementación del Programa integral de educación socioemocional, ciudadana y construcción de escuelas como territorios de paz en Bogotá D.C. | Subsecretaría de Integración Interinstitucional 7746 | Conformación de entornos educativos protectores y confiables en Bogotá D.C. | Subsecretaría de Integración Interinstitucional 7737 | Implementación del programa niñas y niños educan a los adultos en Bogotá D.C. | Subsecretaría de Integración Interinstitucional 7807 | Generación de un modelo inclusivo, eficiente y flexible que brinde alternativas de acceso, permanencia y pertinencia a programas de educación superior o educación postmedia en Bogotá D.C. | Subsecretaría de Integración Interinstitucional 7809 | Fortalecimiento de la política pública de educación, de la gestión institucional de los colegios oficiales y de las alianzas público/privadas e internacionales en materia educativa para Bogotá D.C | Subsecretaría de Integración Interinstitucional

DEL APOYO A LOS ORDENADORES DEL GASTO EN LA GERENCIA DE PROYECTOS

Con el ánimo de apoyar desde la Alta Dirección la mencionada delegación y con fundamento en lo dispuesto en los literales [A)](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=33029#44.l.a) y [B)](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=33029#44.l.b) del artículo 44 del Decreto 330 de 2008, en los que se tienen como funciones generales de las dependencias de la entidad _"A. Atender las demás funciones que le sean asignadas"_ y “ _B. Coordinar el desarrollo de los programas y proyectos que se aprueben para la dependencia y controlar y evaluar la ejecución presupuestal que de ellos se derive",_ por medio de la presente circular se autoriza a los ordenadores del gasto para que al interior de cada Subsecretaría, definan el directivo que asumirá la gerencia de cada proyecto de inversión, para de esta forma asegurar la aplicación de conocimientos, habilidades, herramientas y técnicas orientadas a cumplir a satisfacción los objetivos, compromisos y requisitos del proyecto.

Cada ordenador de gasto deberá informar a la Oficina Asesora de Planeación -OAP, la Dirección Financiera y la Dirección de Contratación, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la expedición de esta circular, el responsable de la gerencia de cada proyecto. Se deben anexar, además, las fichas de los proyectos de inversión firmadas.

La anterior autorización no reemplaza la competencia de la suscrita Secretaria de Educación para efectuar los nombramientos que para la gerencia de los proyectos o su funcionamiento operativo considere pertinentes.

Dentro de las actividades de administración de cada proyecto deberán tenerse en cuenta los procesos que conforman el ciclo de estos, tales como la planificación, la ejecución, el seguimiento y control y el cierre.

Las obligaciones que asumirá el gerente de proyecto como apoyo a los ordenadores del gasto en el manejo de los proyectos de inversión son:

1. Mantener actualizados la ficha técnica y el plan de acción de acuerdo con las políticas de la SED y necesidades del proyecto a su cargo. Cualquier modificación de los proyectos de inversión debe justificarse correctamente, en los formatos establecidos para tal fin, e informarse para su aval a la OAP.

2. Responder por la ejecución de recursos de la vigencia, reservas presupuestales y pasivos exigibles del proyecto de inversión a cargo, de conformidad con las normas presupuestales establecidas para tal fin, prestando especial atención a las fuentes de financiación.

3. Realizar la evaluación permanente y el seguimiento periódico a la programación y cumplimiento de los objetivos y metas de los proyectos a cargo y presentar los informes que se requieran por parte de las instancias internas, entidades públicas, entes de control, comunidad educativa, entre otros; según las diferentes solicitudes, de acuerdo con los plazos y las metodologías establecidas.

4. Presentar a la OAP el informe de gestión y seguimiento de los proyectos de inversión a cargo, de acuerdo con los lineamientos que para tal fin defina la Secretaría Distrital de Planeación.

5. Reportar la información relacionada con la ejecución de los proyectos a cargo, de acuerdo con las especificaciones y tiempos establecidos por la OAP, garantizando su calidad y veracidad. Esta información será de carácter oficial para cualquier tipo de reporte.

6. Realizar las solicitudes de contratación que se requieran en el proyecto, de conformidad con el Estatuto de Contratación, garantizando el cumplimiento de los principios que rigen la administración pública y la contratación estatal.

7. Efectuar la programación mensual y anual del Plan Anual de Caja -PAC, atendiendo los plazos y las metodologías establecidas por la Dirección Financiera.

8. Velar por la ejecución de los contratos a cargo, garantizando el cumplimiento de las obligaciones contraídas, avalando la información contenida en el Formato Único de Radicación de Cuentas -FURC, para su posterior firma por el ordenador de gasto.

9. Realizar la programación y modificaciones del Plan Anual de Adquisiciones -PAA y velar por su adecuada ejecución. Responder por la definición de los objetos contractuales de tal manera que se garantice la coherencia con los objetos de gasto consignados en la versión oficial vigente del plan de acción del respectivo proyecto de inversión.

10. Elaborar el anteproyecto de presupuesto de acuerdo con las directrices establecidas en el Plan de Desarrollo Distrital, el Plan Sectorial de Educación y demás lineamientos que se profieran a nivel distrital, y presentarlo para aprobación y presentación por el respectivo ordenador del gasto.

11. Garantizar el cabal y oportuno cumplimiento de las metas e indicadores contemplados en la formulación del proyecto a cargo.

12. Realizar la coordinación con las distintas entidades y/o dependencias que, de conformidad con las funciones, competencias y criterios técnicos, se requieran para la adecuada programación y ejecución del proyecto a cargo.

En materia de la territorialización de la inversión y el enfoque poblacional, el gerente de proyecto deberá contar con información territorializada de la población objetivo y colegios a atender por cada uno de los componentes e indicadores relacionados con el proyecto de inversión. Así como presentar los informes detallados de ejecución.

La información de territorialización y enfoque diferencial que debe tenerse en cuenta es la siguiente:

1. Ubicación geográfica: Nombre de la localidad e institución (colegio, sede, otra entidad), tomando como referencia la versión oficial del Directorio Único de Colegios, el cual es administrado por la OAP.

2. Presupuesto programado, ejecutado y giros por cada colegio a atender.

3. Presupuesto programado, ejecutado y giros, por fuente de financiación y tipo de población con enfoque diferencial.

4. Beneficiarios atendidos por colegio y tipo de población con enfoque diferencial.

5. Categoría del beneficiario: estudiante, docente, directivo docente, padre de familia, egresado, administrativo, otros.

6. Género.

7. Grupos etarios: primera infancia, infancia, adolescencia, juventud, adultez o vejez.

8. Etnias: Afrodescendiente, indígena, gitano (Rom), raizal, otro.

9. Discapacidad.

10. Víctimas del conflicto armado.

El gerente de proyecto, como apoyo a la gestión deberá hacer oficial ante la OAP, la Dirección Financiera y Dirección de Contratación la asignación de un responsable operativo del proyecto dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la expedición de la presente circular, quien deberá ser funcionario de planta o contratista de la dependencia que sirva de enlace e interlocutor con dichas áreas. En caso de ausencia temporal o definitiva del responsable operativo, el gerente de proyecto deberá designar inmediatamente un reemplazo y comunicarlo por escrito a las dependencias arriba mencionadas.

DE LA TRANSICIÓN

Con el fin de realizar el cierre de los proyectos de inversión del Plan de Desarrollo Económico, Social, Ambiental y de Obras Públicas para Bogotá 2016 — 2020 "_Bogotá Mejor Para Todos_ ", a continuación se relacionan los gerentes de esos proyectos, quienes deberán cumplir con todas y cada una de las funciones previstas en la presente circular hasta garantizar el cierre de estos:

Código SEGPLAN | Nombre | Gerente del proyecto ---|---|--- 1052 | Bienestar estudiantil para todos | Dirección de Bienestar Estudiantil 1049 | Cobertura con equidad | Dirección de Cobertura 1046 | Infraestructura y dotación al servicio de los ambientes de aprendizaje | Dirección de Construcción y Conservación de Establecimientos Educativos 898 | Administración del talento humano | Dirección de Talento Humano 1071 | Gestión educativa institucional | Dirección de Servicios Administrativos 1055 | Modernización de la gestión institucional | Subsecretaría de Gestión Institucional 1043 | Sistemas de información al servicio de la gestión educativa | Oficina Administrativa de RedP 1040 | Bogotá reconoce a sus maestras, maestros y directivos docentes líderes de la transformación educativa | Dirección de Formación Docente e Innovaciones Pedagógicas 1057 | Competencias para el ciudadano de hoy | Dirección de Ciencias Tecnologías y Medios Educativos 1073 | Desarrollo integral de la educación media en las instituciones educativas del distrito | Dirección de Educación Media 1050 | Educación inicial de calidad en el marco de la ruta de atención integral a la primera infancia | Dirección de Educación Preescolar y Básica 1072 | Evaluar para transformar y mejorar | Dirección de Evaluación de la Educación 1005 | Fortalecimiento curricular para el desarrollo de aprendizajes a lo largo de la vida | Dirección de Educación Preescolar y Básica 1056 | Mejoramiento de la calidad educativa a través de la jornada única y el uso del tiempo escolar | Dirección de Educación Preescolar y Básica 1053 | Oportunidades de aprendizaje desde el enfoque diferencial | Dirección de Inclusión e Integración de Poblaciones 1074 | Educación superior para una ciudad de conocimiento | Dirección de Relaciones con los Sectores de Educación Superior y de Formación para el Trabajo 1058 | Participación ciudadana para el reencuentro, la reconciliación y la paz | Subsecretaría de Integración Interinstitucional Cordial saludo,

EDNA CRISTINA BONILLA SEBÁ

Secretaria de Educación del Distrito

Aprobaciones a través de correo electrónico institucional:

Revisó: Ángela María González Lozada - Asesora del Despacho Revisó y aprobó: Fernando Augusto Medina - Jefe Oficina Asesora Jurídica Revisó y aprobó: Javier Manrique Vacca - Asesor de Despacho Revisó y aprobó: Carlos Alberto Reverón Peña - Subsecretario de Acceso y Permanencia Revisó y aprobó: Andrés Mauricio Castillo Varela: Subsecretario de Calidad y Pertinencia Revisó y aprobó: Deidamia García Quintero - Subsecretaria de Integración Social Revisó y aprobó: Nasly Jennifer Ruiz González - Subsecretaria de Gestión Institucional Revisó: Juan Sebastián Contreras Bello - Jefe Oficina Asesora de Planeación Proyectó: Amy Baquero Beltrán - Apoyo transversal Oficina Asesora de Planeación

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