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Resolución 324 de 2020

Resolución 324 de 2020 Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte

Tipo
Resolución
Número
324
Año
2020
Fecha
16 de julio de 2020
Entidad
Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

RESOLUCIÓN 324 DE 2020

(Julio 16)

_Por la cual se adiciona el presupuesto de Gastos e Inversiones de la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte de la vigencia 2020 en la suma de $823.989.693_

EL SECRETARIO DE DESPACHO

En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por el Acuerdo Distrital 257 de 2006 y el Decretos Distritales 037 de 2017 y 777 de 2019.

CONSIDERANDO:

Que el Decreto Distrital [037](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=67994) de 2017, señala como objeto de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte el de _“…orientar y liderar la formulación concertada de políticas, planes y programas en los campos cultural, patrimonial, recreativo y deportivo del Distrito Capital en coordinación con la Secretaría Distrital de Planeación y con la participación de las entidades a ella adscritas y vinculadas y la sociedad civil.”_ Que el artículo [1](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=88449#1) del Decreto Distrital 777 de 2019 reglamenta las normas orgánicas en materia presupuestal que aplican al Distrito Capital.

Que la Resolución SDH No [191](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=76948) del 22 de septiembre de 2017, mediante la cual se expide el Manual Operativo Presupuestal del Distrito Capital, en el numeral 3.2.1.3. Fija el procedimiento para realizar los ajustes presupuestales derivados de la suscripción de Convenios o Contratos entre Entidades Distritales.

Que el Gobierno Nacional además ha expedido un paquete de normas dirigidos a contemplar medidas en materia de orden público, en el marco de la emergencia sanitaria generada por la pandemia del COVID-19, en este sentido mediante la Resolución [844](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=93501) de 2020 prorrogo la emergencia sanitaria en todo el territorio nacional hasta el 31 de agosto de 2020.

Que el Presidente de la República, a través del Decreto [990](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=94449) del 9 de julio de 2020, establece un aislamiento preventivo obligatorio o cuarentena de todas las personas habitantes de la República de Colombia desde el 16 de julio hasta el 1 de agosto de 2020, con la finalidad de prolongar las medidas para enfrentar la pandemia del COVID-19 instando a los gobernadores y alcaldes para que, en el marco de sus competencias constitucionales y legales, adopten las instrucciones, actos y órdenes necesarias para la debida ejecución de estas medidas.

Que el Gobierno Nacional expidió el Decreto 561 de 2020, “ _Por el cual se adoptan medidas transitorias en materia de cultura en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica_ ”, norma que establece en su artículo [1°](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=92143#1) que los recursos del impuesto nacional al consumo con destino a cultura, de que trata artículo [512-2](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=6533#512-2) del Estatuto Tributario, modificado por el artículo [201](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=68189#201) de la Ley 1819 de 2016, girados de la vigencia 2019 que a la fecha expedición de este decreto no se encuentren ni comprometidos ni ejecutados y los que se giren durante la vigencia 2020 por parte del Ministerio de Cultura a los departamentos y el Distrito Capital, deberán destinarse transitoriamente para contribuir a la subsistencia de los artistas, creadores y gestores culturales, que demuestren su estado de vulnerabilidad.

Que con el fin de establecer los lineamientos para la implementación del Decreto [561](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=92143) de 2020 el Ministerio de Cultura expidió la Resolución [0630](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=92609) del 21 de abril del 2020 “ _Por la cual se establecen los lineamientos para la implementación del Decreto 561 del 15 de abril de 2020”._ Que por su parte el Instituto Distrital de Patrimonio Cultural - IDPC, tiene apropiados los recursos del impuesto nacional al consumo con destino a cultura en el proyecto de inversión 1107. Divulgación y apropiación del patrimonio cultural del Distrito Capital que tiene como objetivo: “ _Fomentar el sentido de pertenencia por el patrimonio cultural de la ciudad, como factor de desarrollo socio - cultural de la ciudadanía_ ”, a través del cual orienta la oferta del sector hacia la promoción de nuevas percepciones, actitudes y hábitos ciudadanos que favorezcan la acción colectiva para el cuidado del entorno, el disfrute del espacio público como un patrimonio común.

Que por lo tanto, y con el fin de atender las medidas adoptadas por el Gobierno Nacional en el Decreto Nacional [561](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=92143) del 15 de abril de 2020 y la Resolución del Ministerio de Cultura [630](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=92609) del 21 de abril de 2020, se requiere que la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte y el Instituto Distrital de Patrimonio Cultural aúnen esfuerzos para garantizar la destinación transitoria de los recursos del Impuesto Nacional al Consumo (INC) al sector cultura para los artistas, creadores y gestores culturales mediante la entrega de transferencias monetarias no condicionadas o incentivos económicos.

Que en cumplimiento de las disposiciones señaladas, de acuerdo al objeto, misionalidad y experticia de la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte como cabeza del sector y en cumplimiento de los objetivos misionales del Instituto Distrital de Patrimonio Cultural como entidad adscrita, se decide coordinar esfuerzos con el Instituto Distrital de Patrimonio Cultural a través del convenio interadministrativo No.167 de 2020 SCRD - IDPC-CI-291-2020, que tiene por objeto “ _Aunar esfuerzo entre la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte y el Instituto Distrital de Patrimonio Cultural que contribuyan a la implementación del Decreto 561 del 15 de abril de 2020, teniendo en cuenta los lineamientos de la Resolución 0630 del 21 de abril de 2020 expedida por el Ministerio de Cultura.”_ Que el Instituto Distrital de Patrimonio Cultural, mediante el convenio interadministrativo trasladará a la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte la suma de Ochocientos Veintitrés Millones Novecientos Ochenta y Nueve Mil Seiscientos Noventa y Tres Pesos M/CTE. ($823.989.693), aporte soportado en el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 439 del 22 de mayo de 2020 y Certificado de Registro Presupuestal N° 459 del 22 de mayo de 2020, del Proyecto de Inversión 1107- Divulgación y apropiación del patrimonio cultural del Distrito Capital del IDPC, expedido por el responsable de presupuesto del Instituto Distrital de Patrimonio Cultural - IDPC.

Que mediante comunicación No. 2-2020-30169, de julio 14 de 2020, la Secretaría Distrital de Planeación, conceptúa favorablemente sobre la adición por valor de $823.989.693 en el Presupuesto de Gastos e Inversiones de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, para la presente vigencia fiscal. Que, para la ejecución de las actividades y obligaciones establecidas en el convenio interadministrativo 167 de 2020 SCRD - IDPC-CI-291-2020, la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte requiere adicionar a su presupuesto de inversión el aporte de recursos del Instituto Distrital de Patrimonio Cultural - IDPC, en la medida en la que será la entidad ejecutora de dichos recursos. Que, en mérito de lo anterior,

RESUELVE:

Artículo 1.

Adicionar el Presupuesto de Gastos e Inversiones de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación por valor de $823.989.693 ochocientos veintitrés millones novecientos ochenta y nueve mil seiscientos noventa y tres pesos, según el siguiente detalle: | RUBRO | DESCRIPCIÓN | **TOTAL ---|---|--- 3 | GASTOS | $823.989.693 3-3 | INVERSIÓN | $823.989.693 3-3-1 | DIRECTA | $823.989.693 3-3-1-16 | Un Nuevo Contrato Social y Ambiental para la Bogotá del Siglo XXI | $823.989.693 3-3-1-16-01 | Hacer un nuevo contrato social con igualdad de oportunidades para la inclusión social, productiva y política | $823.989.693 3-3-1-16-01-21 | Creación y vida cotidiana: Apropiación ciudadana del arte, la cultura y el patrimonio, para la democracia cultural | $823.989.693 3-3-1-16-01-21-7648 | Fortalecimiento estratégico de la gestión cultural territorial, poblacional y de la participación incidente en Bogotá | $823.989.693

Artículo 2.

Ordenar a la Dirección de Planeación de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte remitir copia de la presente resolución a la Secretaría Distrital de Hacienda y a la Secretaría Distrital de Planeación.

Artículo 3.

Ordenar a la Dirección de Planeación de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, publicar la presente resolución en la Página Web de la entidad, en el sitio de presupuesto general del link de transparencia.

Artículo 4.

Ordenar a la Dirección de Gestión Corporativa de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte publicar el presente acto administrativo en la Gaceta Distrital y en Régimen Legal.

Artículo 5.

La presente Resolución rige a partir de la fecha de la aprobación de la operación presupuestal por parte de la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D.C., a los 16 días del mes de julio del año 2020.

NICOLÁS FRANCISCO MONTERO DOMÍNGUEZ

Secretario de Despacho

Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte

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