Resolución 210 de 2020
Resolución 210 de 2020 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
- Tipo
- Resolución
- Número
- 210
- Año
- 2020
- Fecha
- 28 de junio de 2020
- Entidad
- Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
RESOLUCIÓN 210 DE 2020
(Junio 28)
_Por la cual se efectúan unas modificaciones en el Presupuesto de Gastos e Inversión de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., para la vigencia fiscal de 2020_
LA SECRETARIA GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.
En ejercicio de las atribuciones conferidas en el artículo 87 del Decreto Distrital 714 de 1996, el artículo 60 del Decreto Distrital 854 de 2001 y, el Decreto Distrital 001 de 2020
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo con el principio de especialización consagrado en el literal [g](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=1693#13.l.g)) del artículo 13 del Decreto Distrital 714 de 1996, “ _Por el cual se compilan el Acuerdo 24 de 1995 y Acuerdo 20 de 1996 que conforman el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital”,_ las apropiaciones deben referirse en cada entidad de la administración a su objeto y funciones y se ejecutarán estrictamente conforme al fin para el cual fueron programadas.
Que el artículo [63](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=1693#63) del mencionado Decreto Distrital 714 de 1996, dispone que _“Cuando fuere necesario aumentar o disminuir la cuantía de las apropiaciones, cancelar las aprobadas o establecer otras nuevas, podrán hacerse las correspondientes modificaciones al presupuesto mediante traslados, créditos adicionales y la cancelación de apropiaciones”._ Que mediante el Decreto Distrital No. [744](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=88356) de 2019 se expidió el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2020 y se dictaron otras disposiciones.
Que mediante el Decreto Distrital No. [816](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=88713) del 26 de diciembre de 2019, se liquidó el presupuesto anual de rentas e ingresos y de gastos e inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2020 y se dictaron otras disposiciones, en cumplimiento del Decreto [744](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=88356) del 6 de diciembre de 2019, expedido por el Alcalde Mayor de Bogotá, Distrito Capital.
Que el Plan de Desarrollo Económico, Social, Ambiental y de Obras Públicas para Bogotá D.C. 2020 – 2024 _“Un nuevo Contrato Social y Ambiental para la Bogotá del siglo XXI”,_ fue adoptado mediante Acuerdo [761](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=94201) del 11 de junio de 2020 del Concejo de Bogotá D.C.
Que es necesario realizar el proceso de armonización presupuestal en cada una de las entidades, con el fin de ejecutar el Plan de Desarrollo 2020 – 2024 _“Un nuevo Contrato Social y Ambiental para la Bogotá del siglo XXI_ ”, de conformidad con lo establecido en la Ley [152](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=327) de 1994, Acuerdos [12](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=524) de 1994, Acuerdo [63](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=5124) de 2002 y Acuerdo [190](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=18560) de 2005.
Que la armonización presupuestal es el proceso mediante el cual se ajusta el Presupuesto Anual, en ejecución, para dar cumplimiento a los compromisos definidos en el nuevo Plan de Desarrollo _“Un nuevo Contrato Social y Ambiental para la Bogotá del siglo XXI_ ”, que regirá para el período 2020 – 2024.
Que mediante la Circular Externa No. 007 de 2020, expedida por el Secretario Distrital de Hacienda y Secretaria Distrital de Planeación, se establecieron los lineamientos y los procesos para efectuar la armonización presupuestal de las entidades de la Administración Central, los Establecimientos Públicos, las Unidades Administrativas Especiales, la Personería, la Veeduría, el Organismo de Control y Ente Autónomo Universitario.
Que en el numeral 3° de la presente Circular, hacen referencia a los Procesos de Contratación en Curso – PCC, como aquellos procesos de contratación cuya apertura se haya formalizado mediante acto administrativo, invitación pública, según la modalidad de selección establecida en la normatividad de contratación vigente y, respecto del cual, a 31 de mayo de 2020, no se haya expedido el Certificado de Registro Presupuestal – CRP-.
Que atendiendo esta instrucción, se identificaron en total 8 procesos de contratación en curso, que se encuentran amparados por 19 Certificados de Disponibilidad Presupuestal y, se encuentran debidamente marcados en el sistema PREDIS.
Que de acuerdo con el procedimiento establecido en la Resolución No. SDH - [000191](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=76948) del 22 de septiembre de 2017, Manual Operativo Presupuestal del Distrito Capital, para dar cumplimiento al proceso de armonización es necesario efectuar un traslado presupuestal que permita armonizar los Procesos de Contratación en Curso – PCC.
Que mediante comunicación No. 2-2020-26696 del 19 de junio de 2020 de la Secretaría Distrital de Planeación, conceptuó favorablemente la modificación propuesta en el Presupuesto de Inversión.
Que mediante comunicación No. 2020EE91257 del 27 de junio de 2020, la Directora Distrital de Presupuesto emitió concepto favorable para el trámite de la presente modificación.
Que en concordancia con lo expuesto y, con el fin de cumplir los objetivos y metas del Plan de Desarrollo “ _Un nuevo Contrato Social y Ambiental para la Bogotá del siglo XXI”,_ se hace necesario efectuar algunas modificaciones en el Presupuesto de Inversión de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.
Que con el fin de amparar el presente traslado presupuestal, se expidieron los Certificados de Disponibilidad Presupuestal No. 696, 697, 698, 702, 710, 738, 739, 741, 742, 845, 847, 859, 861, 862, 864, 865, 866, 868 y 875 de 2020, con marcación de modificación presupuestal, por la suma de CINCO MIL CIENTO VEINTIDÓS MILLONES SETECIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS OCHENTA Y CINCO PESOS ($5.122.786.785) M/CTE.
Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º-: Trasladar en el Presupuesto de Gastos e Inversión Directa del Plan de Desarrollo “ _Bogotá Mejor para Todos_ ” de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C, para la vigencia 2020, la suma de cinco mil ciento veintidós millones setecientos ochenta y seis mil setecientos ochenta y cinco pesos ($5.122.786.785) m/cte así: CONTRACRÉDITO
ARTÍCULO 2º-: Reasignar en el Presupuesto de Gastos e Inversión Directa del Plan de Desarrollo “ _Un nuevo Contrato Social y Ambiental para la Bogotá del siglo XXI”_ de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C, para la vigencia 2020, la suma de cinco mil ciento veintidós millones setecientos ochenta y seis mil setecientos ochenta y cinco pesos ($5.122.786.785) m/cte así: CRÉDITO
ARTÍCULO 3º-: Para efectos de dar trámite a los movimientos presupuestales señalados en el presente acto administrativo, el contenido de la presente Resolución se deberá comunicar a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., a la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda, a la Oficina Asesora de Planeación y a la Subdirección Financiera de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.
ARTÍCULO 4º-: Contra la presente resolución no procede recurso alguno.
ARTÍCULO 5º-: El presente acto administrativo rige a partir del día siguiente a la fecha de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=94148). PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los 28 días del mes de junio del año 2020.
MARGARITA BARRAQUER SOURDIS
SECRETARIA GENERAL
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