Resolución 494 de 2020
Resolución 494 de 2020 Secretaría Distrital de Salud
- Tipo
- Resolución
- Número
- 494
- Año
- 2020
- Fecha
- 13 de abril de 2020
- Entidad
- Secretaría Distrital de Salud
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
RESOLUCIÓN 494 DE 2020
(Abril 13)
_Por la cual se prorroga la suspensión de términos procesales en los Procedimientos Administrativo Sancionatorio, Disciplinario, Multas, Sanciones y Declaratorias de Incumplimiento en materia de Contratación Estatal, ordenada mediante la Resolución[418](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=93651)del 20 de marzo de 2020 expedida por la Secretaría Distrital de Salud de Bogotá D.C._
EL SECRETARIO DE DESPACHO DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE SALUD DE BOGOTÁ
En ejercicio de las facultades legales y reglamentarias, en especial de las conferidas por el Decreto 507 del 06 de noviembre de 2013, en concordancia con la Ley 1437 de 2011 y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución [418](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=93651) del 20 de marzo de 2020, esta Secretaría suspendió los términos procesales en el Procedimiento Administrativo Sancionatorio adelantado por la Subdirección Inspección Vigilancia y Control de Servicios de Salud, Subdirección de Vigilancia en Salud Pública, en el Procedimiento Disciplinario adelantado por la Oficina de Asuntos Disciplinarios, el Procedimiento de imposición de Multas, Sanciones y Declaratorias de Incumplimiento adelantado por la Subdirección de Contratación y en este Despacho, a partir del 24 de marzo y hasta el 13 de abril de 2020.
Que mediante la Resolución 423 del 24 de marzo 2020, se modificó el artículo [Tercero](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=93651#3) de la Resolución 418 del 20 de marzo de 2020, en el sentido que los términos suspendidos se reanudarían el día 14 de abril de 2020 y en caso de ser necesario dar continuidad a la medida, se expedirían las decisiones correspondientes.
Que mediante el Decreto [106](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=91915) del 08 de abril de 2020, la Alcaldía Mayor de Bogotá, ordenó dar continuidad al aislamiento preventivo obligatorio, de todas las personas en el territorio de Bogotá D.C., hasta el día 26 de abril de 2020.
Que teniendo en cuenta los fundamentos de hecho y de derecho que llevaron a esta suspensión de términos y a la actual situación generada por el Coronavirus COVID-19, se hace necesario prorrogar la citada suspensión, hasta el día 26 de abril de 2020. En mérito de lo expuesto, este Despacho,
RESUELVE:
Artículo primero.
Prorrogar la suspensión de términos, procesales en el Procedimiento Administrativo Sancionatorio adelantado por la Subdirección Inspección Vigilancia y Control de Servicios de Salud, Subdirección de Vigilancia en Salud Pública, en el Procedimiento Disciplinario adelantado por la Oficina de Asuntos Disciplinarios, el Procedimiento de imposición de Multas, Sanciones y Declaratorias de Incumplimiento adelantado por la Subdirección de Contratación y en este Despacho, a partir del 14 de abril y hasta el 26 de abril de 2020.
Artículo segundo.
Dejar constancia en todos los procesos, actuaciones y trámites administrativos relacionados con los Procedimientos Administrativo Sancionatorio, Disciplinario, de imposición de Multas, Sanciones y Declaratorias de Incumplimiento en Contratación Estatal, de la prórroga de suspensión de términos relacionados en el presente acto administrativo.
Artículo tercero.
Los términos suspendidos se reanudarán el día 27 de abril de 2020. En caso de ser necesario dar continuidad a la medida, se expedirán las decisiones correspondientes.
Artículo cuarto.
Comuníquese la presente decisión a la Oficina de Comunicaciones de la Secretaría Distrital de Salud, para que proceda a publicarla en los canales de comunicación autorizados.
Artículo quinto.
La presente Resolución rige a partir de la fecha de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=93941). **PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los 13 días del mes de abril del año 2020.
ALEJANDRO GÓMEZ LÓPEZ
Secretario de Despacho
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