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Resolución 161 de 2020

Resolución 161 de 2020 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Tipo
Resolución
Número
161
Año
2020
Fecha
24 de marzo de 2020
Entidad
Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

RESOLUCIÓN 161 DE 2020 [Derogado por el art. 11, Resolución 312 de 2020.](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=94073#11)

(Marzo 24)

_Por la cual se efectúa un Traslado Presupuestal Interno en el Presupuesto de Gastos de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., para la vigencia fiscal de 2020_

LA SECRETARIA GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.

En ejercicio de las atribuciones conferidas en el artículo 87 del Decreto Distrital 714 de 1996, el artículo 60 del Decreto Distrital 854 de 2001 y el Decreto Distrital 001 de 2020

CONSIDERANDO:

Que de acuerdo con el principio de especialización consagrado en el literal [g](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=1693#13.l.g)) del artículo 13 del Decreto Distrital 714 de 1996, "_Por el cual se compilan el Acuerdo 24 de 1995 Acuerdo 20 de 1996 que conforman el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital"_, las apropiaciones deben referirse en cada entidad de la administración a su objeto y funciones y se ejecutarán estrictamente conforme al fin para el cual fueron programadas.

Que el artículo [63](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=1693#63) del mencionado Decreto Distrital 714 de 1996, dispone que "_Cuando fuere necesario aumentar o disminuir la cuantía de las apropiaciones, cancelar las aprobadas establecer otras nuevas, podrán hacerse las correspondientes modificaciones al presupuesto mediante traslados, créditos adicionales y la cancelación de apropiaciones”._ Que mediante el Decreto Distrital No, [744](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=88356#63) de se expidió el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá Distrito Capital, para la vigencia 'fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2020 y se dictaron otras disposiciones.

Que mediante el Decreto Distrital No, [816](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=88713#63) del 26 de diciembre de se liquidó el presupuesto anual de rentas e ingresos y de gastos e inversiones de Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el I de enero y el 31 de diciembre de 2020 y se dictaron otras disposiciones, en cumplimiento del Decreto [744](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=88356) del 6 de diciembre de 2019, expedido por el Alcalde Mayor de Bogotá, Distrito Capital.

Que el artículo [9](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=88449#9)º del Decreto Distrital No, 777 de 2019 _"Por el cual se reglamenta el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital y se dictan otras disposiciones",_ establece que las: _“Las_ _modificaciones al_ _anexo del Decreto de Liquidación de los órganos y entidades que hacen parte del presupuesto anual, incluidos los organismos de control, y los Fondos de Desarrollo Local que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto agregado de sus apropiaciones de_ ___funcionamiento, servicio de la deuda e inversión aprobados el Concejo de Bogotá y las Juntas Administradoras Locales, se harán mediante resolución expedida por el representante de la entidad respectiva o por decreto del Alcalde Local, En el caso de los Establecimientos Públicos del Distrito estas modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación se harán por resolución o acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos._ __ _Estos actos administrativos requieren para su validez del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto. Si se trata de gastos de inversión se requerirá, además, del concepto favorable de la Secretaría Distrital de Planeación._ __ _Parágrafo. Se exceptúan del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto, las modificaciones en Gastos de Funcionamiento de los traslados presupuestales al interior de cada uno de los rubros que componen Factores constitutivos de salario, Contribuciones inherentes a la nómina, Remuneraciones no constitutivas de factor salarial siempre que correspondan al mismo tipo de vinculación, Honorarios, Activos Tijas, Materiales y suministros, Adquisición de servicios, FONPET, Obligaciones por Pagar (Adquisición de Bienes, Adquisición de Servicios y Otros Gastos Generales).”_ Que mediante comunicación con radicado No. 3-2020-7411 del 11 de marzo de 2020, la Directora de Talento Humano de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C „ remitió requerimiento sustentado de adición de recursos para el rubro 3-1-2-02-02-03-0003-013 “Otros servicios profesionales y técnicos por valor de sesenta y cinco millones ocho mil pesos ($65.008.000) m/cte., la cual permitirá cubrir las necesidades de la Entidad relacionadas con la contratación de servicios que permitan garantizar la consecución de las metas del Sistema de Seguridad en el Trabajo en particular con lo relacionado con la aplicación de la batería de riesgo psicosocial e implementar el plan de intervención de riesgo psicosocial y, la. implementación del programa de modos, condiciones, estilos de vida y trabajo saludable.

Que igualmente, mediante comunicación con radicado No. 3-2020-7696 del 13 de marzo de 2020 la Subsecretaría Técnica de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C„ remitió requerimiento de adición de recursos para el rubro 3-I-2-02-02-()3-0003-013 servicios profesionales y técnicos n.c.p." por valor de, cincuenta millones ochocientos cincuenta y cinco mil seiscientos setenta y un pesos ($50.855.671) m/cte, la cual se sustenta que la Subsecretaría técnica requiere elaborar piezas comunicativas de presentación útil para la comunicación interna y externa, con el fin de promover la gestión de la Secretaría General y, dado que este requerimiento comunicacional se genera del área, solicita una adición de recursos para su desarrollo e implementación.

Que mediante comunicación con radicado No. 3-2020-741 1 del 11 de marzo de 2020, la Directora de Talento Humano de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., remitió requerimiento sustentado de reducción de recursos en el rubro presupuestal 3- 1- 2 -02-02-03-0006-005 "_Salud ocupaciona_ l" por valor de sesenta y cinco millones ocho mil pesos ($65.008.000) m/cte, en el cual se tenía contemplado adelantar los procesos de prevención, medicina del trabajo y seguridad de personal y, según los ajustes efectuados al programa de prevención de riesgo, se determinó la contratación por prestación de servicios, que por su objeto contractual es necesario efectuarlos por otro rubro, lo que generó la presente modificación presupuestal.

Que adicionalmente la Directora Administrativa y Financiera de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., mediante correo electrónico del 13 de marzo de 2020, remitió requerimiento sustentado de reducción de recursos en el rubro presupuestal 3-I-2-02-02-03-0006-005 "_Servicios de mantenimiento y reparación de otra maquinaria y otro equipo"_ por valor de cincuenta millones ochocientos cincuenta y cinco mil seiscientos setenta y un mil pesos ($50.855.671 ) m/cte, teniendo en cuenta que por este rubro se contempló el mantenimiento de las máquinas de la Imprenta Distrital para el total de la vigencia 2020, sin embargo se replanteó la contratación dado que la Imprenta Distrital se encuentra cerrada por obras. Por lo tanto, esta situación permitió identificar la disponibilidad de recursos susceptibles de ser destinados para cubrir otras necesidades de la entidad.

Que dado que el presente traslado no modifica el monto agregado de las apropiaciones de funcionamiento y, al encontrarse dentro de las causales en las que se exceptúa el concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda, se hará mediante resolución expedida por el representante de la entidad.

Que con el fin de amparar el presente traslado presupuestal, se expidieron los Certificados de Disponibilidad Presupuestal No. 629 del 11 de marzo de 2020 y No. 658 del 16 de marzo de 2020, con marcación de modificación presupuestal, por la suma de SESENTA Y CINCO MILLONIIS OCHO MIL PESOS ($65.008.000) M/CTE y CINCUENTA MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS SETENTA Y UN PESOS ($50,855.671) M/CTE, respectivamente.

Que en mérito de Io expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1º-: Efectuar el siguiente traslado presupuestal en el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., para la vigencia 2020, por valor de ciento quince millones ochocientos sesenta y tres mil seiscientos setenta y un pesos ($115.863.671) m/cte así: | CÓDIGO PRESUPUESTAL | CONCEPTO | CONTRA _CRÉDI_ TO Valor | CRÉDITO ---|---|---|--- Valor 3 | GASTOS | 1 15.863.671 | 115.863.671 3-1 | GASTOS DE FUNCIONAMIENTO | 115.863.671 | 115.863.671 3-1-2 | Adquisición de bienes y servicios | 1 15.863.671 | 115.863.671 3-1-2-02 | Adquisiciones diferentes de activos no financieros | 1 15.863.671 | 115.863.671 3-1-2-02-02-03 | Servicios prestados a las empresas y servicios de producción | 50.855.671 | 115.863.671 3-1-2-02-02-03-0003 | Otros servicios profesionales, científicos y técnicos | - | 115.863.671 3-1-2-02-02-03-0003-013 | Otros servicios profesionales, científicos y técnicos n.c.p. | | 115.863.671 3-1-2-02-02-03-0006 | Servicios de mantenimiento, reparación e instalación (excepto servicios de construcción) | 50.855.671 | - 3-1-2-02-02-03-0006-005 | Servicios de mantenimiento y reparación de otra maquinaria y otro equipo | 50.855.671 | 3-1-2-02-02-08 | Salud Ocupacional | _65.008.000_ | TOTAL MODIFICACIONES PRESUPUESTALES | 115.863.671 | 115.863.671

Artículo 2º-: Ordenar a la Subdirección Financiera de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., el envío del presente acto administrativo a la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda, para que se efectúe el trámite correspondiente en el Sistema de Presupuesto Distrital- PREDIS.

Artículo 3.

-:** Para efectos de dar trámite a los movimientos presupuestales señalados en el presente acto administrativo, comunicar el contenido de la presente Resolución, a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la Secretaría. General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., a la Dirección de Talento Humano, Subsecretaría Técnica y, a la Subdirección Financiera de la Secretaría (General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.

Artículo 4.

-:** Contra la presente resolución no procede recurso alguno.

Artículo 5º-: La presente Resolución rige a partir del día siguiente a su comunicación.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D.C., a los 24 días del mes de marzo del año 2020.

MARGARITA BARRAQUER SOURDIS

SECRETARIA GENERAL

Nota: Ver anexo.

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