Circular 014 de 2020
Circular 014 de 2020 Instituto Distrital de Turismo - IDT
- Tipo
- Circular
- Número
- 014
- Año
- 2020
- Fecha
- 29 de abril de 2020
- Entidad
- Instituto Distrital de Turismo - IDT
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
CIRCULAR 014 DE 2020
(Abril 29) | PARA: | Supervisores y Contratistas del Instituto Distrital de Turismo – IDT
---|--- | Directora General ASUNTO:
| Decreto Legislativo[558](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=92263)de 2020. “ _Por el cual se implementan medidas para disminuir temporalmente la cotización al Sistema General de Pensiones, proteger a los pensionados bajo la modalidad de retiro programado y se dictan otras disposiciones en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica.”_
Mediante el Decreto [417](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=91449) del 17 marzo de 2020 el Presidente de la República declaró el estado Emergencia Económica, Social y Ecológica en todo el territorio nacional, debido a la aparición del brote de Coronavirus COVID-19.
En el marco de dicha emergencia, el Gobierno Nacional viene dictando Decretos con fuerza de Ley destinados a conjurar la crisis de salud pública ocasionada por el brote.
El pasado 15 de abril se expidió el Decreto legislativo [558](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=92263) de 2020,“ _Por el cual se implementan medidas para disminuir temporalmente la cotización al Sistema General de Pensiones, proteger a los pensionados bajo la modalidad de retiro programado y se dictan otras disposiciones en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica_.”
Dicha norma implementó una serie de medidas para los trabajadores independientes, relacionadas con las cotizaciones al Sistema General de Pensiones para los periodos de abril y mayo del año que cursa, señalando:
_“Artículo 3. Pago parcial del aporte al Sistema General de Pensiones. En atención a los hechos que dieron lugar a la Emergencia Económica, Social y Ecológica declarada mediante el Decreto[417](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=91449) de 2020, para los períodos de abril y mayo cuyas cotizaciones deben efectuarse en los meses de mayo y junio de 2020, respectivamente, los empleadores del sector público y privado y los trabajadores independientes que opten por este alivio pagarán como aporte el 3% de cotización al Sistema General de Pensiones, con el fin de cubrir el costo del seguro previsional en el Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad o el aporte a los fondos de invalidez y sobrevivencia del Régimen de Prima Media, según corresponda, así como el valor de la comisión de administración. _
__
_La cotización de que trata este artículo será pagada de la siguiente manera: El 75% por el empleador y el 25% restante por el trabajador. Por su parte, los trabajadores independientes pagarán el 100% de esta cotización._
__
_El Ministerio de Salud y Protección Social realizará las modificaciones temporales que correspondan a la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes - PILA, para dar cumplimiento a lo establecido en el presente Decreto Legislativo._
__
_Artículo 4. Ingreso Base de Cotización. El ingreso base para efectuar la cotización de que trata el artículo anterior continuará siendo el establecido en las normas vigentes, y deberá corresponder con el reportado para efectuar el pago al Sistema General de Seguridad Social en Salud._
__
_En todo caso el ingreso base de cotización del Sistema General de Pensiones será como mínimo un salario mínimo legal mensual vigente y máximo de 25 salarios mínimos legales mensuales vigentes”_
Una vez el Ministerio de Salud y Protección Social efectúe las modificaciones a la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes – PILA y si dentro del Instituto alguno de los contratistas, opta por este alivio, debe informarlo al supervisor correspondiente y dejar las constancias respectivas en los informes que dan cuenta del cumplimiento del contrato.
Atentamente,
KAROL FAJARDO MARIÑO
Directora General
Proyectado por: Gustavo Adolfo Salazar. Abogado Oficina Asesora Jurídica Revisado por: Germán Andrés Almeida Valle. Asesor Dirección General Revisado por: Claudia Patricia Cifuentes. Jefe Oficina Asesora Jurídica Revisado por: Edwin Oswaldo Peña Roa. Subdirector de Gestión Corporativa y Control Disciplinario
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