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Resolución 2563 de 2020

Resolución 2563 de 2020 Registraduría Nacional del Estado Civil

Tipo
Resolución
Número
2563
Año
2020
Fecha
11 de marzo de 2020
Entidad
Registraduría Nacional del Estado Civil
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

RESOLUCIÓN 2563 DE 2020

(Marzo 11)

_Por la cual se modifica parcialmente la Resolución No.[2031](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=91102)del 27 de febrero de 2020 "Por la cual se modifica y adiciona la Resolución[1074](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=90659)del 4 de febrero de 2020 “Por la cual se establece la fecha de realización de Consejos Municipales y Locales de Juventud y se dicta un calendario electoral””_ _ _ EL REGISTRADOR NACIONAL DEL ESTADO CIVIL Y EL PRESIDENTE DEL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL

En uso de las atribuciones constitucionales y legales y en especial las consagradas en el artículo 265 y 266 Constitución Política, el artículo 26 Numeral 20 del Código Electoral y el Numeral 1 1 del artículo 50 del Decreto Ley 1010 de 2000, la Ley Estatutaria 1885 de 2018, y

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución No. [2031](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=91102) del 27 de febrero de 2020, se modificó y adicionó la Resolución No. [1074](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=90659) del 4 de febrero de 2020.
Que los artículos [31](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=43332#31) y [33](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=43332#33) de la Ley Estatutaria de 1475 de 2011 establecieron el periodo de modificación de la inscripción de candidatos (al día siguiente hábil del cierre de la inscripción), la publicación de la relación de los candidatos inscritos y la remisión de los mismos a los organismos competentes para certificar las causales de inhabilidad (dentro de los dos días calendario siguientes al vencimiento del término del periodo de modificación).

Que el artículo [20](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=75805#20) de la Ley Estatutaria 1885 de 2018 establece que los aspectos no regulados por esta Ley que se refieran a temas electorales, se regirán por las disposiciones vigentes. En consecuencia y de conformidad con lo dispuesto en el artículo [45](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=41249#45) de la Ley 1437 de 2011, es necesario modificar en el calendario electoral las fechas de las actividades aludidas en el considerando anterior. Que, con fundamento en lo anterior,

RESUELVE:

Artículo primero.

MODIFICAR** el artículo segundo de la Resolución [2031](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=91102) del 27 de febrero de 2020 proferida por el Registrador Nacional del Estado Civil y el Presidente del Consejo Nacional Electoral, en las fechas que a continuación se relacionan: | | SOPORTE | ---|---|--- 10 de agosto de 2020 | Art. 31 Ley Estatutaria 1475 de 2011 Art. 20 Ley 1885 de 2018 | Inicia el período de modificación de inscripción de candidatos de los Partidos y Movimientos Políticos, Procesos y Prácticas Organizativas y Listas Independientes (Día hábil siguiente al cierre de inscripción de candidatos) 14 de agosto de 2020 | Art. 31 Ley Estatutaria 1475 de 2011 Art. 20 Ley 1885 de 2018 | Finaliza el período de modificación de inscripción de candidatos de los Partidos y Movimientos Políticos, Procesos y Prácticas Organizativas y Listas Independientes (5 días hábiles siguientes al cierre de inscripción de candidatos) 16 de agosto de 2020 | Art. 33 Ley Estatutaria 1475 de 2011 | Publicación del listado de candidatos inscritos en un lugar visible de sus dependencias y en la página oficial de la Registraduría y remisión a los organismos competentes para certificar sobre las causales de inhabilidad. 2 días calendario al vencimiento de la modificación

Artículo segundo.

La presente resolución rige a partir de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, D.C., a los 11 días del mes de marzo del año 2020.

ALEXANDER VEGA ROCHA

Registrador Nacional del Estado Civil

HERNÁN PENAGOS GIRALDO

Presidente del Consejo Nacional Electoral

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