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Decreto Local 008 de 2020

Decreto Local 008 de 2020 Alcaldía Local de Sumapaz

Tipo
Decreto Local
Número
008
Año
2020
Fecha
13 de mayo de 2020
Entidad
Alcaldía Local de Sumapaz
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

DECRETO 008 DE 2020

(Mayo 13)

_Por el cual se ajusta el presupuesto anual de ingresos y gastos del Fondo de Desarrollo Local de Sumapaz, para la vigencia fiscal 2020_

LA ALCALDESA DEL FONDO DE DESARROLLO LOCAL DE SUMAPAZ

En uso de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el artículo 36 del Decreto 372 del 30 de agosto de 2010,

CONSIDERANDO:

Que el decreto 372 del 2010 en su artículo [36](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#36) estipula que los F.D.L. efectuarán el ajuste presupuestal por cierre de la vigencia anterior mediante decreto local previa viabilidad presupuestal de la Secretaria Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto.

Que la Resolución SDH [000191](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=76948) de 2017, por medio de la cual se adopta y consolida el manual de programación, ejecución y cierre presupuestal del Distrito Capital, establece el procedimiento necesario para el Ajuste por Cierre Presupuestal para una vigencia.

Que la Disponibilidad Inicial programada fue de $36.166.686.000, y efectuada la operación presupuestal correspondiente al ajuste de Obligaciones por Pagar, se debe disminuir la Disponibilidad Inicial en -$7.556.106.042, para obtener una Disponibilidad Inicial definitiva de $28.610.579.958. Que, mediante comunicado N° 2020EE53547 del 11 de mayo de 2020, la Secretaria Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuestos, informo sobre el ajuste a la Disponibilidad Inicial, una vez distribuido los excedentes financieros del Fondo de Desarrollo Local por el CONFIS. Que, en merito de lo anteriormente expuesto,

DECRETA:

Artículo 1°.

Ajustar la Disponibilidad inicial en el presupuesto Anual de Rentas e Ingresos del Fondo de Desarrollo Local de Sumapaz para la vigencia fiscal del 2020, conforme al siguiente detalle:

Artículo 2°.

El presente decreto rige a partir de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=93200). **COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, D.C., a los 13 días del mes mayo del año 2020.

FRANCY LILIANA MURCIA DÍAZ

Alcaldesa del Fondo de Desarrollo Local de Sumapaz

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