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Circular 044 de 2020

Circular 044 de 2020 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Tipo
Circular
Número
044
Año
2020
Fecha
6 de mayo de 2020
Entidad
Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

CIRCULAR 044 DE 2020

**(Mayo 06)

**[Ver Circular Externa 17 de 2020. Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital.](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=92961)

Para: SECRETARIOS DE DESPACHO, DIRECTORES/AS DE DEPARTAMENTOS ADMINISTRATIVOS, PRESIDENTES/AS, DIRECTORES/AS DE ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS, UNIDADES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES, EMPRESAS INDUSTRIALES Y COMERCIALES DEL DISTRITO, SOCIEDADES DE ECONOMIA MIXTA, SOCIEDADES PÚBLICAS, EMPRESAS DE SERVICIOS PÚBLICOS, EMPRESAS SOCIALES DEL ESTADO.

De: SECRETARÍA GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.

Asunto: Aclaración a la circular[043](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=92818#0)de la Secretaria General (Sic) que Directrices para retornar al desempeño presencial de las funciones y obligaciones de los organismos públicos distritales. Reciban un cordial saludo, Por instrucciones de la Alcaldesa Mayor se precisa que el alcance de la circular [043](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=92818#0) en ningún caso implica el retorno inmediato, a partir del 11 de Mayo, de todos los funcionarios del Distrito. El alcance de la circular [043](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=92818#0) solo da instrucciones al equipo directivo de cada entidad de iniciar la implementación de los protocolos de bioseguridad establecidos en las normas nacionales y distritales, la permanencia de teletrabajo y trabajo en casa como medio preferencial, y el establecimiento de turnos de trabajo en diferentes horarios para la reincorporación gradual y segura de funciones presenciales. Esto con el fin de dar cumplimiento a las obligaciones dadas a los entes territoriales de asistencia a la población pobre y vulnerable, las actividades de los servidores públicos y contratistas del Estado que sean estrictamente necesarias para prevenir, mitigar y atender la emergencia sanitaria por causa del Coronavirus COVID-19, para garantizar el funcionamiento de los servicios indispensables del Estado, de verificación de protocolos, establecer los lineamientos de gradualidad y reinicio de las más de 46 actividades económicas autorizadas por el Gobierno Nacional. Cordialmente, MARGARITA BARRAQUER SOURDIS

Secretaria General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

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