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Proyecto de Acuerdo 123 de 2020

Proyecto de Acuerdo 123 de 2020 Concejo de Bogotá, D.C.

Tipo
Proyecto de Acuerdo
Número
123
Año
2020
Fecha
30 de abril de 2020
Entidad
Concejo de Bogotá, D.C
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

1847 EDICIÓN 2997 ABRIL 30 DEL AÑO 2020 ANALES DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.

ANALES DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C. PROYECTOS DE ACUERDO AÑO I N°. 2997 DIRECTORA: ILBA YOHANNA CÁRDENAS PEÑA. ABRIL 30 DEL AÑO 2020 Pág.

TABLA DE CONTENIDO PROYECTO DE ACUERDO Nº 123 DE 2020 PRIMER DEBATE “POR MEDIO DEL CUAL SE ADOPTA EL PLAN DE DESARROLLO ECONÓMICO, SOCIAL, AMBIENTAL Y DE OBRAS PÚBLICAS DEL DISTRITO CAPITAL 2020-2024 “UN NUEVO CONTRATO SOCIAL Y AMBIENTAL PARA LA BOGOTÁ DEL SIGLO XXI”…………………………………………………………………………………………………...

1847 PROYECTO DE ACUERDO Nº 123 DE 2020 PRIMER DEBATE “POR MEDIO DEL CUAL SE ADOPTA EL PLAN DE DESARROLLO ECONÓMICO, SOCIAL, AMBIENTAL Y DE OBRAS PÚBLICAS DEL DISTRITO CAPITAL 2020-2024 “UN NUEVO CONTRATO SOCIAL Y AMBIENTAL PARA LA BOGOTÁ DEL SIGLO XXI”

El expediente original consta de la siguiente documentación:

TOMO I

1. Oficio de radicación suscrito por la Alcaldesa Mayor de Bogotá Claudia Nayibe López Hernández
2. Bases del Plan de Desarrollo a)Diagnostico de infancia y adolecencia b)Dimensión poblacional
3. Exposición de motivos

TOMO II

1. Articulado Proyecto de Acuerdo Plan de Desarrollo 116 artículos
2. Anexo 1 – Metas de programas generales
3. Plan Territorial de Salud a)Anexos

* Atributos * Indicadores morbimortalidad * Decretos y medidas por COVID-19 * Listado de participantes * Soporte normativo *Plan de respuesta COVID-19 *Caracterización de población afiliada 1848 EDICIÓN 2997 ABRIL 30 DEL AÑO 2020 ANALES DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.

4. Informe de Participación Ciudadana
5. Concepto al proyecto, por el Consejo Territorial de Planeación Distrital.
6. Certificación de cumplimiento de requisitos, literal E art. 67 de Acuerdo 741 de 2019
7. Acta No 6 de 2020, de Consejo Distrital de Politica Economica y Fiscal- CONFIS-Plan Plurianual de Inversiones
8. Acta No. 7 de 2020, del Consejo de Gobierno Distrital - aprobación del Plan de Desarrollo.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS:

I. OBJETO DEL PROYECTO DE ACUERDO

El presente Proyecto de Acuerdo busca adoptar el Plan de Desarrollo Económico, Social, Ambiental y de Obras Públicas para Bogotá para el período 2020 – 2024, “Un nuevo Contrato Social y Ambiental para la Bogotá del Siglo XXI”, en cumplimiento de lo dispuesto en la Constitución Política de Colombia y lo reglamentado en la Ley 152 de 1994, entre otras normativas.

El proyecto que se presenta a consideración del Concejo de la ciudad de Bogotá para el período 2020 – 2024 constituye el marco de acción de las políticas, programas, estrategias y proyectos de la Administración Distrital y representa una apuesta para la convivencia, educación, innovación, emprendimiento, cuidado del medio ambiente, cultura ciudadana, reconciliación, cambios de hábitos de vida y de un nuevo contrato social para hacer de Bogotá una ciudad más cuidadora, incluyente, sostenible y consciente.

Frente a los retos planteados por la emergencia del Covid-19, este Plan se convierte en una herramienta para superar las dificultades y convertirlas en oportunidades y, así, avanzar en la construcción de un desarrollo más humano y sostenible según el compromiso suscrito con la humanidad en los Objetivos de Desarrollo Sostenible ODS. Ante la situación crítica derivada del Covid-19, el Plan propone centrar los esfuerzos en la contención y mitigación de la pandemia durante el año 2020, y durante los tres años siguientes, impulsar una estrategia integral de reactivación social y económica.

El Plan se desarrolla a través de cuatro enfoques que determinan la manera cómo desde la administración se comprenden y se atienden las realidades de quienes habitan el Distrito Capital y su región; permitiéndole al gobierno distrital tratar estratégicamente las distintas problemáticas, reconociendo las diferencias de los individuos.

Este Plan tiene cinco grandes prioridades. Como primera medida se busca la construcción de un nuevo Contrato Social que incluya mayor acceso a la educación desde la primera infancia hasta la universidad, más centros de protección de adultos mayores, mayor acceso a la cultura, además de mejorar la experiencia de los ciudadanos en las vías y en el transporte público; lo cual incluye el mejoramiento integral de TransMilenio, la Red Regional de Metro, infraestructura para bicicletas, espacios públicos, entre otros proyectos.

Al mismo tiempo, el Plan que se presenta tiene un énfasis importante en el medio ambiente a fin de lograr Reverdecer Bogotá, sembrando árboles, reforestando los cerros y protegiendo la estructura ecológica principal; y busca hacer realidad una Bogotá - Región con Cundinamarca y lograr un gobierno 1849 EDICIÓN 2997 ABRIL 30 DEL AÑO 2020 ANALES DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C. abierto donde los ciudadanos puedan hacer control político y donde por medio de los presupuestos participativos, decidan en qué se invierten los recursos de sus localidades.

Finalmente, la quinta prioridad del Plan es la seguridad y la justicia para lograr una Bogotá sin miedo, con mayor fuerza policial, pero al mismo tiempo con mejores servicios de los jueces y comisarios de familia para mejorar la confianza entre ciudadanos y reducir las violencias, especialmente contra mujeres, niñas y niños.

Estos énfasis se desarrollan a lo largo del Plan que tiene como objetivo general: Consolidar de un Nuevo Contrato Social y Ambiental para la Bogotá del siglo XXI.

Esto se logra, como se desarrolla en el articulado que se pone a consideración del Cabildo Distrital, mediante la conformación e institucionalización de Bogotá-Región para empezar a ejecutar un nuevo contrato social, ambiental e intergeneracional que permita construir con la ciudadanía de manera progresiva una Bogotá integrada con la región a través de un POT con visión regional, de una red de metro y movilidad sostenible regional y la ampliación de las oportunidades de inclusión social y productiva, en particular de las mujeres y los jóvenes, para superar progresivamente los factores de naturalización de la exclusión, discriminación y segregación socioeconómica y espacial que impiden la igualdad de oportunidades y el ejercicio de una vida libre, colectivamente sostenible y feliz.

II. FUNDAMENTOS NORMATIVOS

a. De orden constitucional:

El artículo 339 de la Constitución Política de 1991 determina:

“Habrá un Plan Nacional de Desarrollo conformado por una parte general y un plan de inversiones de las entidades públicas del orden nacional. En la parte general se señalarán los propósitos y objetivos nacionales de largo plazo, las metas y prioridades de la acción estatal a mediano plazo y las estrategias y orientaciones generales de la política económica, social y ambiental que serán adoptadas por el Gobierno. El plan de inversiones públicas contendrá los presupuestos plurianuales de los principales programas y proyectos de inversión pública nacional y la especificación de los recursos financieros requeridos para su ejecución, dentro de un marco que garantice la sostenibilidad fiscal.

Las entidades territoriales elaborarán y adoptarán de manera concertada entre ellas y el gobierno nacional, planes de desarrollo, con el objeto de asegurar el uso eficiente de sus recursos y el desempeño adecuado de las funciones que les hayan sido asignadas por la Constitución y la ley. Los planes de las entidades territoriales estarán conformados por una parte estratégica y un plan de inversiones de mediano y corto plazo”. (Subraya fuera del texto original).

Por su parte, el artículo 313 Constitucional fija las competencias de los Concejos municipales y distritales, determinando que corresponde a estos, entre otras funciones, la de “2. Adoptar los correspondientes planes y programas de desarrollo económico y social y de obras públicas”.

La misma Carta Política determina en su artículo 315 que son atribuciones de los alcaldes, entre otras:

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“5. Presentar oportunamente al Concejo los proyectos de acuerdo sobre planes y programas de desarrollo económico y social, obras públicas, presupuesto anual de rentas y gastos y los demás que estime convenientes para la buena marcha del municipio”. b. De orden nacional y distrital.

La Ley 152 de 1994 “Por la cual se establece la Ley Orgánica del Plan de Desarrollo” tiene como propósito establecer los procedimientos y mecanismos para la elaboración, aprobación, ejecución, seguimiento, evaluación y control de los planes de desarrollo, así como la regulación de los demás aspectos contemplados por el artículo 342, y en general por el artículo 2 del Título XII de la constitución Política y demás normas constitucionales que se refieren al plan de desarrollo y la planificación.

La misma norma define en su artículo 31 el contenido de los planes de desarrollo de las entidades territoriales y señala:

“Los planes de desarrollo de las entidades territoriales estarán conformados por una parte estratégica y un plan de inversiones a mediano y corto plazo, en los términos y condiciones que de manera general reglamenten las Asambleas Departamentales y los Concejos Distritales y Municipales o las autoridades administrativas que hicieren sus veces, siguiendo los criterios de formulación, establecidos en la presente Ley.

Las autoridades de las entidades territoriales indígenas definirán en los alcances y los procedimientos para la elaboración, aprobación, ejecución, evaluación y seguimiento de los planes, de acuerdo con sus usos y costumbres, atendiendo los principios generales de esta Ley y haciendo compatibles los tiempos de presentación y la articulación con los procesos presupuestales, de tal manera que se logre la coordinación y concertación de la planeación con las autoridades de las demás entidades territoriales y con la Nación”.

Por su parte, el artículo 32 ídem, fija el “Alcance de la planeación en las entidades territoriales”, determinando que “ Las entidades territoriales tienen autonomía en materia de planeación del desarrollo económico, social y de la gestión ambiental, en el marco de las competencias, recursos y responsabilidades que les han atribuido la Constitución y la Ley.

Los planes de desarrollo de las entidades territoriales, sin prejuicio de su autonomía, deberán tener en cuenta para su elaboración las políticas y estrategias del Plan Nacional de Desarrollo para garantizar la coherencia.

La misma norma determina como antes se ha señalado los contenidos, procedimiento e instancias competentes para la formulación, revisión y aprobación de los planes de desarrollo de las entidades territoriales, Así el artículo 38 ídem determina que los Planes “Se adoptarán con el fin de garantizar el uso eficiente de los recursos y el desempeño adecuado de sus funciones. (…)”.

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Y a su turno el artículo 39 de la misma Ley 152 de 1994 define que para la elaboración del proyecto del plan, se observarán en cuanto sean compatibles las normas previstas para el Plan Nacional, y en todo caso deberá tenerse especialmente en cuenta lo siguiente:

“1. El Alcalde o Gobernador elegido impartirá las orientaciones para la elaboración de los planes de desarrollo conforme al programa de gobierno presentado al inscribirse como candidato.

2. Una vez elegido el Alcalde o Gobernador respectivo, todas las dependencias de la administración territorial y, en particular, las autoridades y organismos de planeación, le prestarán a los candidatos electos y a las personas que éstos designen para el efecto, todo el apoyo administrativo, técnico y de información que sea necesario para la elaboración del plan.
Los programas y proyectos de cofinanciación de las entidades territoriales tendrán como prioridad el gasto público social y en su distribución territorial se deberá tener en cuenta el tamaño poblacional, el número de personas con necesidades básicas insatisfechas y la eficiencia fiscal y administrativa.

3. El Alcalde o Gobernador, presentará por conducto del secretario de planeación o jefe de la oficina que haga sus veces en la respectiva entidad territorial, a consideración del Consejo de Gobierno o el cuerpo que haga sus veces, el proyecto del plan en forma integral o por elementos o componentes del mismo.

Dicho Consejo de Gobierno consolidará el documento que contenga la totalidad de las partes del plan, dentro de los dos (2) meses siguientes a la posesión del respectivo Alcalde o Gobernador conforme a la Constitución Política y a las disposiciones de la presente Ley.

4. Simultáneamente a la presentación del proyecto de plan a consideración del Consejo de Gobierno o el cuerpo que haga sus veces, la respectiva administración territorial convocará a constituirse al Consejo Territorial de Planeación.

5. El proyecto de plan como documento consolidado, será presentado por el Alcalde o Gobernador a consideración de los Consejos Territoriales de Planeación, a más tardar dentro de los dos (2) meses siguientes a la fecha de su posesión, para análisis y discusión del mismo y con el propósito de que rinda su concepto y formule las recomendaciones que considere convenientes.

En la misma oportunidad, la máxima autoridad administrativas deberá enviar copia de esta información a la respectiva corporación de elección popular.

6. El respectivo Consejo Territorial de Planeación deberá realizar su labor antes de transcurrido un (1) mes contado desde la fecha en que haya presentando ante dicho Consejo el documento consolidado del respectivo plan.

Si transcurriere dicho mes sin que el respectivo Consejo Territorial se hubiere reunido o pronunciado sobre la totalidad o parte del proyecto del plan, considerará surtido el requisito en esa fecha.

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Tanto los Consejos Territoriales de Planeación, como los Concejos y Asambleas, verificarán la correspondencia de los planes con los programas de gobierno que hayan sido registrados al momento de la inscripción como candidato por el Alcalde o Gobernador electo (…)”.

Finalmente, es importante señalar que conforme a lo dispuesto en el artículo 313 de la Constitución, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley 152 de 1994 y el artículo 12, numeral 2 del Decreto Ley 1421 de 19931 la aprobación del Plan Distrital de Desarrollo corresponde al Concejo de la ciudad, dentro del mes siguiente a su presentación.

A nivel territorial, los Acuerdos 12 de 1994 “Por el cual se establece el Estatuto de Planeación del Distrito Capital y se reglamenta la Formulación, la Aprobación, la Ejecución y la Evaluación del Plan de Desarrollo Económico y Social y de Obras Públicas del Distrito Capital de Santa Fe de Bogotá, y se dictan otras disposiciones complementarias”, y 13 de 2000 “Por el cual se reglamenta la participación ciudadana en la elaboración, aprobación, ejecución, seguimiento, evaluación y control del Plan de Desarrollo Económico y Social para las diferentes localidades que conforman el Distrito Capital y se dictan otras disposiciones regula los procedimientos aplicables a la aprobación de los planes de desarrollo”, regulan el procedimiento de aprobación de los planes de desarrollo en garantía de los derechos de participación de la ciudadanía y el logro de los objetivos propuestos, a fin de contar con instrumentos de planeamiento que permitan un desarrollo adecuado de los derechos de la ciudad y sus habitantes.

III. JUSTIFICACIÓN DEL ACUERDO

Conforme a las normas Constitucionales, nacionales y distritales citadas, se presente a consideración del Concejo de la ciudad, la formulación del Plan Distrital de Desarrollo 2020 -2024: Un Nuevo Contrato Social y Ambiental para la Bogotá del Siglo XXI, que será la hoja de ruta que seguirá el Distrito Capital para cumplir con los propósitos que se ha trazado durante este periodo.

En el Plan están descritos los caminos a manera de propósitos y metas de ciudad a 2030, y programas y metas de gobierno que reflejan el avance en el cumplimiento de las metas de ciudad en este cuatrienio; así como los mecanismos financieros para lograrlo.

El Plan expresa la manera en que el gobierno de Bogotá concibe el nuevo contrato social, la convivencia, la innovación, el emprendimiento, el cuidado del medio ambiente, la cultura ciudadana, la reconciliación, los cambios en los hábitos de vida y para hacer de Bogotá una ciudad, más cuidadora, incluyente, sostenible y consciente.

1

Artículo 12.

Atribuciones. Corresponde al Concejo Distrital, de conformidad con la Constitución y a la ley: (…).
2. Adoptar el Plan General de Desarrollo Económico y Social y de Obras Públicas. El plan de inversiones, que hace parte del Plan General de Desarrollo, contendrá los presupuestos plurianuales de los principales programas y proyectos y la determinación de los recursos financieros requeridos para su ejecución.

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El Plan de Desarrollo se organiza en torno a una visión, unos enfoques y atributos, con un objetivo general y unos estratégicos articulados a hacer de Bogotá un ejemplo nacional y global de cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible en el 2030, estableciendo los programas, recursos y mecanismos de coordinación intersectorial en cadena de valor que la administración distrital debe lograr al 2024.

Se presenta una visión de ciudad, la ciudad-región que será un ejemplo global de reconciliación, cultura ciudadana, y desarrollo sostenible. Este texto expresa la visión de una Bogotá-Región que durante los próximos cuatro años habrá institucionalizado su área metropolitana y reverdecerá en todos los sentidos; que habrá trabajado con empeño para sellar un nuevo contrato social, ambiental e intergeneracional y, así, ser ejemplo global de reconciliación, acción colectiva, desarrollo sostenible e inclusión social y productiva.

Para esto Bogotá Región debe transformarse, necesita superar todas las formas de violencia; brindar mejor salud y educación más pertinente; gestionar y regular mejor los espacios donde hay informalidad; promover la participación y orientarla a la acción colectiva, y habitar el territorio de manera más ordenada y consciente.

Para transformar a Bogotá, el Plan propone un nuevo contrato social, un acuerdo entre el Estado, el mercado y la ciudadanía para cuidar a quienes están en mayor grado de desprotección, especialmente las mujeres, las niñas, los niños, los jóvenes, los adultos mayores y las personas en condición de discapacidad, discriminación o exclusión. Se trata de un pacto entre las instituciones, el sector privado y las comunidades, para saldar la deuda histórica con quienes han estado siempre en situación de desventaja y vulnerabilidad.

Al finalizar el año 2024 Bogotá habrá generado más y mejores oportunidades, en particular para los jóvenes y las mujeres; los ciudadanos: hombres, mujeres, niñas, niños, jóvenes y adultos mayores, tendrán mayor inclusión social, productiva y política, y por lo tanto mayor capacidad y libertad para incidir y decidir sobre su presente y su futuro, y tendrán una mayor consciencia sobre la importancia de cuidar lo público, no solo los recursos, sino todo aquello que pertenece a todos y que es patrimonio colectivo: la calle, los parques, las instituciones, la educación, la salud, el agua, el aire, entre otros. Para reverdecer a Bogotá y enrutarla hacia un nuevo contrato social y ambiental y al cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible -ODS-, este Plan contempla la implementación de políticas públicas integrales, innovadoras e incluyentes.

La Bogotá-Región que se proyecta, es una ciudad región con características y atributos muy concretos, se trata de una ciudad-región que cuida todas las formas de vida, en donde todas y todos podamos vivir 1854 EDICIÓN 2997 ABRIL 30 DEL AÑO 2020 ANALES DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C. sin miedo, una ciudad-región cuidadora, incluyente, sostenible, con ciudadanos conscientes de su capacidad para aprender, cambiar, construir y transformar.

En el Plan se plasma la visión de la Alcaldía sobre aspectos claves para transformar a Bogotá en una ciudad cuidadora, incluyente, sostenible y consciente y expresa unos enfoques para ver y entender a Bogotá con sus problemáticas, intereses y necesidades.

El enfoque de género permite reconocer, entender y atender la situación de desventaja en la que se encuentran millones de mujeres y niñas en la ciudad. El enfoque diferencial permite identificar las barreras que segregan, excluyen o discriminan a grupos de personas porque pertenecen a una etnia o a una raza, o en razón de su orientación sexual, o su identidad de género, o su ubicación geográfica; o porque presentan alguna discapacidad, o por su situación socioeconómica. Este enfoque también permite identificar formas de pensar que discriminan: ideas, prejuicios, imaginarios y estereotipos que justifican comportamientos violentos como el machismo, el racismo, el clasismo, la homofobia y la xenofobia.

El enfoque de cultura ciudadana concibe las creencias, los hábitos y los comportamientos como construcciones culturales que pueden aprenderse y desaprenderse, por eso este plan confía en la capacidad de los ciudadanos de aprender otras maneras de relacionarse y de cambiar para construir una mejor ciudad.

Finalmente, el enfoque territorial permite reconocer diferentes realidades, según cada localidad o contexto territorial. Esta ciudad es enorme y cada territorio expresa unas necesidades distintas. Las rutas trazadas en este plan reconocen esta complejidad y proponen caminos diferenciados sin perder el norte de los propósitos comunes.

IV. ESTRUCTURA DEL PLAN DE DESARROLLO

Para dar cumplimiento a los anteriores retos, y cumplir las apuestas señaladas el Plan presenta la siguiente estructura:

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PROPÓSITOS DE CIUDAD DEL PLAN DE DESARROLLO Para lograr lo planteado, el Plan se ha trazado cinco grandes propósitos de ciudad:

1. Hacer un nuevo contrato social con igualdad de oportunidades para la inclusión social, productiva y política
2. Cambiar nuestros hábitos de vida para reverdecer a Bogotá y adaptarnos y mitigar la crisis climática.

2. Inspirar confianza y legitimidad para vivir sin miedo y ser epicentro de cultura ciudadana paz y reconciliación.
3. Hacer de Bogotá-Región un modelo de movilidad multimodal, incluyente y sostenible.
4. Construir Bogotá-Región con gobierno abierto, transparente, y ciudadanía consciente.

El primer propósito: Hacer un nuevo contrato social con igualdad de oportunidades para la inclusión social, productiva y política, protege a quienes están en mayor desventaja; busca que tengan mayores ingresos, más seguridad social, más salud, más educación y más oportunidades. Quienes viven en extrema pobreza, las mujeres, las niñas, los niños; los jóvenes que no tienen acceso al trabajo y a la educación y los adultos mayores, son prioridad. Se trata de construir las condiciones para que cada quien pueda realizar sus sueños y sea lo que quiera ser.

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El segundo propósito: Cambiar nuestros hábitos de vida para reverdecer a Bogotá y adaptarnos y mitigar la crisis climática, y pretende corregir todo aquello que causa daño a la vida y al medio ambiente, para hacer de esta una ciudad sostenible. Proteger el agua, los páramos, los humedales, los bosques, los ríos y todos los seres que allí habitan; ocupar el territorio de una manera más ordenada y sostenible; cambiar la forma en que nos movilizamos: caminar, montar en bici, usar transporte público y utilizar energías limpias; que las industrias contaminen menos y que los ciudadanos produzcan menos residuos y, en todo caso, los reduzcan, reciclen y reutilicen.

El tercer propósito: Inspirar confianza y legitimidad para vivir sin miedo y ser epicentro de cultura ciudadana, paz y reconciliación, busca hacer de Bogotá una ciudad cuidadora que proteja a las mujeres, niñas y niños, una ciudad de ciudadanos que confíen entre sí y en las instituciones, que respeten las normas y aprendan a convivir mejor en el espacio público, en las calles, en los parques, en el transporte público; pero también en las casas y en los entornos privados. Una ciudad que sea epicentro de paz y reconciliación porque se cumplen los acuerdos de paz con memoria, verdad, justicia, reparación y garantías de no repetición para las víctimas y toda la ciudadanía. Se trata de hacer de Bogotá una ciudad segura porque regula la informalidad y disminuye la ilegalidad y la criminalidad, una ciudad segura porque protege especialmente a las mujeres, niñas y niños, los adultos mayores, los peatones y en general los que se movilizan en diferentes modos de transporte..

El cuarto propósito: Hacer de Bogotá-Región un modelo de movilidad multimodal, incluyente y sostenible, busca tener en Bogotá el mejor hogar, atraer talento y generar oportunidades, se empeña en hacer de esta ciudad un buen lugar para vivir, para innovar y para crear. Pretende mejorar la experiencia de viaje al recorrer la ciudad, especialmente para las mujeres, las niñas y los niños; y para quienes deben recorrer largos trayectos. Se trata de mejorar la calidad del aire y respirar mejor, de promover la movilidad en bicicleta y caminata para no quemar combustibles, de fortalecer el sistema de transporte con nuevos buses que disminuyan la contaminación y sean más cómodos, de fortalecer el sistema de transporte con la red de Metro y de integrar a la ciudad con los municipios vecinos. Se trata de reorganizar la ciudad para que los desplazamientos sean más cortos, de brindar más opciones para disfrutar la oferta cultural y deportiva, y de crear un ambiente propicio para atraer al mejor talento. Se trata de hacer de Bogotá el mejor lugar para vivir, producir, crear, innovar y responder a las necesidades y demandas del siglo XXI.

El quinto propósito: Construir Bogotá-Región con gobierno abierto, transparente, y ciudadanía consciente, propone unirnos y luchar contra la corrupción, construir una ciudad donde somos capaces de confiar en nosotros y en los otros, hacer más transparente y efectiva la gestión pública con la generación de mecanismos que permitan un mayor control ciudadano, a través del sistema de Gobierno Abierto de Bogotá – GABO. Se trata de unirnos con los vecinos y consolidarnos como una Bogotá Región que sea sostenible social, económica, ambiental e institucionalmente. Unirnos y aprovechar la inteligencia colectiva, hacer de Bogotá una ciudad que toma decisiones basadas en datos, información y evidencia, que aprovecha la tecnología y la transformación digital para el beneficio colectivo.

V. PARTICIPACIÓN CIUDADANA

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Con el fin de avanzar en las acciones previstas en el proceso de concertación ciudadana frente a los contenidos del Plan de Desarrollo Distrital 2020-2024, la Secretaría Distrital de Planeación desarrolló un proceso fundamentado en dos objetivos primordiales:

✔ Dar a conocer la propuesta del Plan de Desarrollo Distrital.

✔ Plantear aportes ciudadanos que contribuyan al Plan de Desarrollo bajo una óptica de cooperación y/o corresponsabilidad, alrededor de los cinco propósitos del Plan.

Para lograrlo, se implementaron tres fases a saber con sus correspondientes actividades: a. Alistamiento; b. Participación y Devolución a la Ciudadanía (mes de mayo) y se obtuvieron 22.862 aportes ciudadanos.

FASE DE ALISTAMIENTO: Este primer momento fue desarrollado entre el 1 y el 21 febrero, mediante reuniones con 15 grupos focales poblacionales, la participación de 296 y 733 ideas. Una estrategia de la Secretaría de Educación Distrital con niños, niñas y jóvenes que hicieron sus aportes desde los colegios públicos y privados. De la misma manera, se recibieron 24 requerimientos ciudadanos en la sede de la Secretaría Distrital de Planeación.

B. FASE DE PARTICIPACIÓN:

Teniendo en cuenta las medidas adoptadas por el Gobierno nacional y distrital en el marco de la emergencia sanitaria por causa del Coronavirus COVID-19, referidas al aislamiento preventivo obligatorio de todas las personas habitantes de la República de Colombia. Para la implementación de esta etapa, se llevaron a cabo una serie de acciones, fundamentadas en el despliegue de actividades virtuales a través de los siguientes mecanismos:

Cuadro 2 Fase de Participación 1.894 ESTRATEGIA ACTIVIDADES No. DE APORTES (CORTE 23 DE ABRIL) Portal Bogotá (Instrumento)

4 instrumentos de preguntas de información sobre conocimiento del PDD, corresponsabilidad y emergencia COVID 19.

374 5 foros por propósito en los que se recogen ideas ciudadanas.

Portal Bogotá (foros)

445 Audiencias Públicas CTPD Desarrollo de espacios de encuentro con diversos sectores de la ciudadanía que permitieron recoger preguntas para la Administración Distrital en el marco del PDD.

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603 Correo electrónico plandesarrollobogota@sdp.gov.co Medio de comunicación exclusivo para recoger ideas ciudadanas en torno al PDD.

Requerimientos a través de correspondencia 597 Se han recibido 36 oficios en relación a propuestas o solicitudes ciudadanas en el marco del PDD.

16.725 Eventos sectoriales Se definieron 58 actividades virtuales de socialización y participación ciudadana por parte de las Secretarías de la Mujer, Movilidad, Desarrollo Económico, Educación, Planeación, General y Cultura, Ambiente, Hábitat, Seguridad, Salud, Integración Social..

B.1 Portal Bogotá (Instrumento):

Se implementó a través de cuatro formatos de pregunta selectiva publicados en el sitio de Portal Bogotá https://bogota.gov.co/yo-participo/plan-desarrollo-claudia-lopez-2020-2024/, en donde se encontraban una serie de premisas relacionadas con los cinco propósitos del borrador del Plan de Desarrollo Distrital, así como un instrumento para opinar respecto a las implicaciones de la ciudad a causa de la pandemia ocasionada por causa del COVID19.

Alrededor de estos instrumentos se recibieron 1894 aportes, de los cuales 819 corresponden al instrumento de captura sobre el COVID19 en el Portal Bogotá. El análisis de esta información está siendo tabulada y analizada a la luz del Plan de Desarrollo Distrital.

B.2 Portal Bogotá (Foros):

Los foros ciudadanos se constituyeron en otra alternativa que también se desarrolló a través de la Plataforma Portal Bogotá para la recepción de propuestas ciudadanas en el marco de la construcción del Plan de Desarrollo 2020 – 2024.

La intención de estos espacios fue incentivar a la ciudadanía a expresar ideas para mejorar los ámbitos sociales, ambientales, de seguridad, movilidad, transparencia en el gobierno y una sociedad más consciente. Los aportes giraron alrededor de los cinco propósitos u objetivos del PDD y convocaron la acción colectiva frente a las sugerencias recibidas por la misma población. En esta actividad se lograron reunir cerca de 374 ideas.

B.3 Audiencias públicas – CTPD: La Ley 152 de 1994 reconoce al Consejo Territorial de Planeación Distrital (CTPD) como una autoridad e instancia territorial de planeación, que en los últimos años la reconoce como la entidad más importante de participación ciudadana en la ciudad. El parágrafo del artículo 34 de dicha Ley establece lo siguiente:

“La dependencia de planeación de la correspondiente entidad territorial prestará al respectivo Consejo, el apoyo administrativo y logístico que sea indispensable para su funcionamiento.”

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Dando cumplimiento a esta disposición, la Secretaría Distrital de Planeación (SDP) ha instalado una Secretaría Técnica para el CTPD, la cual se encargó de brindar a esta instancia el apoyo administrativo y logístico, así como conceptual y metodológico. Además de esto, la SDP firmó un convenio interadministrativo con una institución de educación superior para acompañar las diferentes actividades del CTPD; en esta anualidad, el proceso está a cargo de la Universidad Nacional de Colombia.

El 27 de febrero del presente año se instaló oficialmente el CTPD para la vigencia del periodo constitucional que inició el primero de enero. Al día siguiente, la Alcaldesa de Bogotá entregó el borrador de Proyecto de Acuerdo del Plan de Desarrollo Distrital sobre el cual, el Espacio Autónomo emitió su concepto el pasado 31 de marzo.

El CTPD tardó un mes para estudiar el PDD; en este lapso de tiempo se fortaleció el consenso colectivo que la Alcaldía Mayor ha propuesto para trabajar de manera conjunta las problemáticas, los intereses y las necesidades de la población y el territorio durante los próximos cuatro años.

Durante este proceso, específicamente desde el 15 de marzo, las entidades Gubernamentales de orden Distrital y Nacional iniciaron a decretar medidas relacionadas con la emergencia pública ocasionada por el COVID-19. En este contexto la SDP, en el marco de sus funciones, apoyó la estrategia de participación propia del CTPD. Inicialmente se trasladaron todas las actividades del Consejo a la sede de la Alcaldía Mayor con el objetivo de evitar aglomeraciones en lugares que pudieran ser focos de trasmisión del virus. En este espacio se realizó la Plenaria Ordinaria el 16 de marzo, en la que se decidió iniciar el proceso de trabajo virtual para la elaboración del concepto. La SDP acompañó todas las sesiones realizadas, brindando los espacios virtuales y el acompañamiento constante de la Secretaría Técnica y la Universidad Nacional.

I. Audiencia Pactos 19/03

II. Mesa Directiva 20/03

III. Comisión Redactora 24/03

IV. Subcomisión Redactora 25/03

V. Subcomisión Redactora 26/03

VI. Subcomisión Redactora 28/03

VII. Comisión Redactora 28/03

VIII. Mesa Directiva 28/03

IX. Plenaria 30/03

X.

Entrega del concepto 31/03, transmitida en vivo por medio de Facebook Live.

Para el cumplimiento de estas actividades se acordaron estrategias de acompañamiento al Espacio Autónomo, relacionadas con la conectividad y las formas de votación necesarias para aprobar decisiones en el proceso de discusión del borrador de PDD, llegando a la conclusión de usar el correo del CTPD como medio oficial de comunicados (manejado por la Secretaría Técnica), programar reuniones virtuales por la plataforma Google Meet y proporcionar, de ser necesario, aplicativos de Google Forms para las votaciones secretas; todo esto siguiendo el concepto jurídico emitido por la SDP sobre la validez de estas reuniones.

Del total de esos encuentros se produjeron 371 preguntas, de las cuales 320 fueron respondidas por la Administración Distrital en su conjunto, y 54 están en proceso de trámite.

B.4 Correo electrónico:

1860 EDICIÓN 2997 ABRIL 30 DEL AÑO 2020 ANALES DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.

Otra de las vías que se habilitó para recibir preguntas, ideas y aportes fue el correo electrónico plandesarrollobogota@sdp.gov.co, a través del cual se recepcionaron 603 inquietudes que fueron en su totalidad gestionadas, o bien como soporte al Plan, o bien como inquietudes ciudadanas respecto a los diversos temas.

B.5 Requerimientos a través de correspondencia:

Por vía Administrativa se lograron aglutinar cerca de 597 ideas de 38 requerimientos que fueron respondidos en su mayoría por el equipo de la Secretaría Distrital de Planeación y otros que fueron remitidos al sector competente para los fines pertinentes.

B.6 Eventos sectoriales:

Una de las acciones para continuar las dinámicas de diálogo y concertación fue la propuesta que concentró los esfuerzos institucionales en organizar espacios virtuales o Facebook Live, que se reconocen como una herramienta de video en streaming con el fin de realizar transmisiones en vivo.

A partir de esta alternativa, y teniendo en cuenta la organización de la fase de participación que preveía una serie de encuentros masivos interlocales con la presencia de la Alcaldesa Mayor, y eventos sectoriales con el mismo formato, se hizo uso de esta herramienta como una forma de garantizar la interacción ciudadana debido a las medidas de aislamiento contempladas por la a causa del Covid19. Así las cosas, a la fecha de esta respuesta, se desarrollaron 58 eventos con un total de 16.725 aportes.

Todas las acciones adelantadas dan cuenta de la gestión adecuada del proceso de participación, en el marco de la situación de emergencia que actualmente afecta al país y al cual se han adaptado las actuaciones del Distrito Capital, sin que sea una excepción el trámite del Plan Distrital de Desarrollo.

VI. EL PLAN DE DESARROLLO FRENTE A LA EMERGENCIA SANITARIA

La Organización Mundial de la Salud declaró el pasado 11 de marzo de 2020 el brote de COVID-19 como pandemia, debido a la velocidad de su propagación en 114 países, dentro de los cuales se encuentra Colombia, por lo que instó a los países a adoptar medidas y acciones urgentes en materia de identificación, confirmación, aislamiento, monitoreo, tratamiento de casos confirmados y divulgación de medidas preventivas para mitigar el contagio.

Conforme a lo anterior, por medio de la Resolución 385 de 12 de marzo de 2020 del Ministerio de Salud, declaró la emergencia sanitaria en todo el territorio nacional y adicionalmente en la ciudad de Bogotá se declaró la calamidad pública en Bogotá D.C., hasta por el término de seis (6) meses, con ocasión de la situación epidemiológica, causada por el Coronavirus COVID-19, mediante el Decreto Distrital 087 del 16 de marzo de 2020.

1861 EDICIÓN 2997 ABRIL 30 DEL AÑO 2020 ANALES DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.

Posteriormente, mediante el Decreto Nacional 457 de 2020 “Por el cual se imparten instrucciones en virtud de la emergencia sanitaria generada por la pandemia del Coronavirus COVID-19 y el mantenimiento del orden público”, se dictaron diferentes medidas para atender la emergencia sanitaria.

La Administración Distrital ha venido en esa misma medida adoptando y previendo diferentes medidas sociales, económicas, y de salud necesarias para enfrentar esta situación tanto actualmente como frente a sus consecuencias en el mediano y corto plazo y no es ajeno a ello el Plan Distrital de Desarrollo.

En efecto, en paralelo a las medidas de salud pública necesarias para controlar la afectación a la vida por la epidemia que se orientan a controlar la curva epidemiológica y prepara a la red de salud para atender a los afectados, se ha determinado la necesidad de adoptar medidas para reducir la severidad de la crisis social y económica. Parte de estas medidas le corresponden al gobierno nacional, otras al sector privado y otras al gobierno distrital, por lo que se debe propender por una acción coordinada y solidaria entre estos tres actores.

Dentro de la órbita de las medidas distritales, algunas han sido puestas en marcha desde la declaratoria de la emergencia (como la disposición de recursos para el sistema de salud), y otras se asociarán propiamente a la reorientación de los recursos de inversión de la Administración Distrital en el marco del Plan de Desarrollo.

En este sentido, como instrumento para garantizar a la población vulnerable y pobre residente en la ciudad de Bogotá D.C, la salud y el bienestar, en especial la alimentación, por pérdida de sus medios de subsistencia derivados de la declaratoria de pandemia del COVID-19, el Gobierno distrital creó mediante el Decreto Distrital 093 de 2020, el Sistema Distrital Bogotá Solidaria en Casa, sistema que tendrá vocación de permanencia y que se proyectará en este plan como una herramienta fundamental para el periodo siguiente a la declaración de la no pandemia y para enfrentar cualquier otro evento de naturaleza.

1862 EDICIÓN 2997 ABRIL 30 DEL AÑO 2020 ANALES DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.

Para determinar la pertinencia de las medidas tomadas en el Plan de Desarrollo, se identificaron las siguientes fases del manejo de la crisis, según las decisiones de política nacional y distrital tomadas hasta el momento:

Gráfico 7. Fases de atención y reactivación social y económica con COVID-19 Fuente: SDDE y SDP Estos momentos de la crisis, según lo que se vislumbra por las afectaciones en otros países, lleva primero a un shock en la oferta, que paulatinamente, a medida que se pierde empleo y se limita el ingreso de los hogares, a una crisis de la demanda. Por lo tanto, las problemáticas principales por atender en las diferentes fases o momentos se pueden sintetizar de la siguiente manera. Vale aclarar que acá no se detallan las afectaciones de salud pública propias de la estrategia de salud, sino que se hace énfasis en los impactos sobre el bienestar de la población y los impactos sobre las actividades económicas, para identificar los tipos de medidas que debe considerar el Plan de Desarrollo:

Gráfico 8. Problemáticas y tipos de medidas de reactivación socioeconómica en el PDD 1863 EDICIÓN 2997 ABRIL 30 DEL AÑO 2020 ANALES DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.

Resulta preciso indicar en todo caso, que la reactivación socioeconómica implica también medidas del sector privado. Algunas de estas ya han venido siendo desarrolladas según se evidencia en la reciente Encuesta de Ritmo Empresarial, como la adaptación al teletrabajo, el mantenimiento de los precios a pesar de la percepción de aumento del costo de algunos insumos, adopción de estrategias de virtualización y comercio digital.

Vale decir también que, durante la participación del Plan de Desarrollo, desde finales de marzo de 2020 y en vista de la cuarentena y el posible impacto que se avizoraba, la SDP puso a disposición de la ciudadanía una encuesta digital que permitió identificar en 819 participantes las prioridades que la ciudadanía manifestaba en torno a las posibles modificaciones al Plan de Desarrollo en el contexto de la 1864 EDICIÓN 2997 ABRIL 30 DEL AÑO 2020 ANALES DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C. pandemia (ver informe de participación). En este ejercicio, la ciudadanía mostró como principal preocupación el tema económico, ligado principalmente al empleo y oportunidades en la educación. Asimismo, se tuvo un especial interés por mejorar sus relaciones con el medio ambiente y las actividades que para ello se requieren.

Dadas las problemáticas señaladas, el manejo del impacto social y económico por la pandemia de Coronavirus COVID-19 en el Plan de Desarrollo Distrital se organiza en cuatro estrategias:

1. Atención en salud, estrategia que da continuidad a la atención de la emergencia sanitaria y al fortalecimiento del sector salud, para tener capacidad de respuesta ante la evolución de la pandemia y su impacto en el sistema territorial de salud. Se ejecuta bajo el marco del plan de preparación y respuesta que coordina la SDS.

Esta estrategia se implementa en todas las fases de la pandemia, mediante acciones de preparación, contención, mitigación y seguimiento, para lo cual articula actores públicos, privados y las entidades distritales vinculadas al Sistema de Comando de Incidentes y el Número Único de Seguridad y Emergencias NUSE de Bogotá línea 123.

2. Ingreso mínimo garantizado, enfocada en un esquema de subsidios (mediante transferencias monetarias, bonos, subsidios en especie, tarifa diferenciadas, entre otros) y contribuciones que garantizará, progresivamente, un ingreso mínimo a los hogares residentes en Bogotá D.C., para lo cual empleará la focalización del Sistema de Bogotá Solidaria en Casa.

Esta estrategia se complementa con el Sistema de Bogotá Solidaria en Casa y el Sistema Distrital para la Mitigación del Impacto Económico, el Fomento y la Reactivación Económica, dado que estos hacen parte del esquema de subsidios.

3. Sistema Distrital Bogotá Solidaria, que hace parte del Sistema de Subsidios y Contribuciones, mediante tres canales: 1) Transferencias monetarias. 2) Bonos canjeables por bienes y servicios y 3) Subsidios en especie.

A partir de la experiencia del Sistema Distrital Bogotá Solidaria en Casa creado por el Decreto Distrital 093 de 2020, se plantea la permanencia e institucionalización de esta estrategia como mecanismo para asegurar la subsistencia, salud y bienestar de la población vulnerable, durante las fases de la emergencia del COVID-19 (incluyendo post-pandemia) y otros eventos de esta misma magnitud que requieran medidas masivas de redistribución y manejo de contingencias.

4. Sistema Distrital para la Mitigación del Impacto Económico, el Fomento y la Reactivación Económica, a partir del sistema homónimo creado en el Decreto Distrital 093 de 2020, con el fin de mitigar las consecuencias de la crisis y reactivar la economía.

Se enfoca en preservar empleos y el tejido empresarial, en especial de la micro, pequeña y mediana empresa; potencializar el emprendimiento, la creación y reinversión hacia modelos de negocio que aprovechen las nuevas oportunidades de mercado; fortalecer los sistemas 1865 EDICIÓN 2997 ABRIL 30 DEL AÑO 2020 ANALES DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C. productivos locales, desarrollar la comercialización digital, impulsar nuevas competencias y habilidades para el trabajo, la economía circular, el teletrabajo y los empleos verdes.

De manera complementaria al Sistema Distrital para la Mitigación del Impacto Económico, el Plan de Desarrollo Distrital prevé como mecanismos de reactivación económica y social: a) Impulsar, estructurar y ejecutar proyectos urbanísticos e inmobiliarios para la generación de empleo y fomento de actividades económicas, b) Mantenimiento de la sostenibilidad ambiental para prevenir el agravamiento de la crisis climática y el deterioro ambiental durante la reactivación, c) Nuevo modelo de abastecimiento inteligente y sostenible articulado con la RAPE, d) Fondo de reconversión tecnológica, e) Agricultura urbana y periurbana, f) Emprendimiento y empleabilidad para las mujeres, g) Casa de Todas para personas que realizan actividades sexuales pagadas.

Además de las cuatro estrategias referidas, el Plan de Desarrollo incorpora otras líneas de acción en las metas sectoriales orientadas al sostenimiento y bienestar de sus poblaciones de interés, ahorro y eficiencia del gasto, la promoción de infraestructura para generar empleo y la adecuación de su quehacer institucional a la virtualidad y las estrategias de recuperación mencionadas.

Adicionalmente, la Administración Distrital promoverá la participación ciudadana para consultar el impacto de las medidas de atención, mitigación y recuperación con ocasión del COVID-19. También implementará Acuerdos de Acción Colectiva para la apropiación de la ciudad, el aumento de la confianza ciudadana, la solución pacífica de conflictos, las relaciones vecinales, la protección del interés común del espacio público en las actividades económicas informales, con garantía de derechos.

Las estrategias mencionadas son transversales a las metas del Plan de Desarrollo, las cuales se reorientan y otorgan énfasis particulares a los 58 programas generales del Plan, por lo cual, en cada una de las metas del plan se identifican los conceptos de gasto que permiten conocer los enfoques de las metas para contribuir a las estrategias para el manejo del impacto del COVID-19:

Reactivación económica: Consiste en metas del Plan que se dirigirán al apoyo a los diferentes sectores económicos de la ciudad y generación de empleo mediante obras públicas como acción contra-cíclica, ya sea que las metas conserven la magnitud o tengan mayor alcance o recursos.

Salud y protección social: Son metas asociadas a mitigar los efectos adversos de la emergencia sobre la población, a través de asistencia social, el fortalecimiento del sistema de salud distrital y la prestación de servicios sociales, con mayor alcance o recursos.

Mínimo vital: Se trata de las metas orientadas a los subsidios, transferencias, contribuciones para las personas más vulnerables, como focalización de la ayuda para asegurar la subsistencia en el marco de la mitigación de la pandemia.

Adicionalmente, el Plan de Desarrollo incorpora en su estrategia financiera una previsión de reducción de ingresos, la búsqueda de otras fuentes como endeudamiento y una reasignación de presupuesto entre los sectores.

Todo lo anterior, en el marco de los alcances del Plan de Desarrollo en la actual coyuntura mundial.

Teniendo en cuenta todo lo señalado en el presente documento, y partiendo de la iniciativa, necesidad y justificación para presentar el presente Proyecto de Acuerdo contentivo del “PLAN DE DESARROLLO ECONÓMICO, SOCIAL, 1866 EDICIÓN 2997 ABRIL 30 DEL AÑO 2020 ANALES DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.

AMBIENTAL Y DE OBRAS PÚBLICAS DEL DISTRITO CAPITAL 2020-2024 “UN NUEVO CONTRATO SOCIAL Y AMBIENTAL PARA LA BOGOTÁ DEL SIGLO XXI” y del Concejo de la ciudad para darle trámite, lo pongo a consideración del Cabildo Distrital para su evaluación, análisis y aprobación, junto con los soportes y anexos que le dan sustento.

Cordialmente CLAUDIA NAYIBE LÓPEZ HERNÁNDEZ ADRIANA CORDOBA ALVARADO Alcaldesa Mayor de Bogotá, D.C. Secretaria de Planeación Distrital 1867 EDICIÓN 2997 ABRIL 30 DEL AÑO 2020 ANALES DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.

PROYECTO DE ACUERDO Nº 123 DE 2020 PRIMER DEBATE “POR MEDIO DEL CUAL SE ADOPTA EL PLAN DE DESARROLLO ECONÓMICO, SOCIAL, AMBIENTAL Y DE OBRAS PÚBLICAS DEL DISTRITO CAPITAL 2020-2024 “UN NUEVO CONTRATO SOCIAL Y AMBIENTAL PARA LA BOGOTÁ DEL SIGLO XXI”

El Concejo de Bogotá D.C., en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las que le confiere la Constitución Política de Colombia, la Ley 152 de 1994, el artículo 12 del Decreto - Ley 1421 de 1993 y el Acuerdo 12 de 1994,

ACUERDA:

Título I.

PARTE ESTRATÉGICA DEL PLAN

Capítulo ÚNICO.

ADOPCIÓN, OBJETIVO GENERAL, ESTRUCTURA, VISIÓN, PRINCIPIOS, ENFOQUES Y ATRIBUTOS

Artículo 1.

Adopción del Plan. Se adopta el Plan Distrital de Desarrollo Económico, Social, Ambiental y de Obras Públicas y el Plan Plurianual de Inversiones para Bogotá D. C. para el período 2020-2024 “Un Nuevo Contrato Social y Ambiental para la Bogotá del siglo XXI” que constituye el marco de acción de las políticas, programas, estrategias y proyectos de la administración distrital, para lograr una redistribución más equitativa de los costos y beneficios de vivir en Bogotá. Este Plan de Desarrollo representa las transformaciones en oportunidades de educación, salud, cultura, productividad, innovación, generación de ingresos y disminución de la pobreza multidimensional, monetaria, y de feminización de la pobreza, dirigidas a brindar mayor inclusión social y productiva a las poblaciones que tradicionalmente han asumido los mayores costos de vivir en la ciudad. Este Plan de Desarrollo es la apuesta para hacer de Bogotá una ciudad más cuidadora, incluyente, sostenible y consciente, mediante un nuevo contrato social, ambiental e intergeneracional para la Bogotá del siglo XXI.

Artículo 2.

Objetivo general. El presente Plan Distrital de Desarrollo tiene por objetivo consolidar un nuevo contrato social, ambiental e intergeneracional que permita avanzar hacia la igualdad de oportunidades, recuperando la pérdida económica y social derivada de la emergencia del COVID-19, capitalizando los aprendizajes y los canales de solidaridad, redistribución y reactivación económica creados para atender y mitigar los efectos de la pandemia y de esta forma construir con la ciudadanía, una Bogotá donde los derechos de los más vulnerables sean garantizados a través de: la ampliación de las oportunidades de inclusión social y productiva, en particular de las mujeres y los jóvenes, para superar progresivamente los factores de naturalización de la exclusión, discriminación y segregación socioeconómica y espacial que impiden la igualdad de oportunidades y el ejercicio de una vida libre, colectivamente sostenible y feliz.

El plan prevé a Bogotá integrada con la región a través de la creación de la Región Metropolitana Bogotá- Cundinamarca y de un POT con visión regional, devolviéndole a la Estructura Ecológica Principal (EEP) su 1868 EDICIÓN 2997 ABRIL 30 DEL AÑO 2020 ANALES DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C. carácter de principal y en consecuencia de ordenadora del territorio, así como un sistema multimodal de movilidad basado en una red de metro regional, acorde con las proyecciones demográficas del censo 2018 para Bogotá y la región.

Artículo 3.

Estructura del Plan Distrital de Desarrollo. La estructura del Plan Distrital de Desarrollo 2020- 2024 “Un Nuevo Contrato Social y Ambiental para la Bogotá del siglo XXI”, en adelante Plan Distrital de Desarrollo, se concreta gráficamente así:

Gráfico 1.- Estructura del Plan Distrital de Desarrollo

Artículo 4.

Visión de ciudad. En el 2024 Bogotá se habrá recuperado de los efectos negativos dejados por la pandemia global COVID -19 en materia social y económica, capitalizando los aprendizajes y los canales de salud pública, solidaridad y redistribución creados para superarlos. La formulación y ejecución de un nuevo contrato social y ambiental le permitirá a Bogotá no sólo cumplir los Objetivos de Desarrollo Sostenible-ODS en el 2030, sino además ser un ejemplo global en reconciliación, acción colectiva, desarrollo sostenible e inclusión social y productiva para garantizar igualdad de oportunidades para la libertad, en particular para las mujeres y los jóvenes, con enfoque de género, diferencial, territorial, de cultura ciudadana y de participación, que junto con una movilidad sostenible, la disminución de los índices de inseguridad en la ciudad y una institucionalidad fortalecida regionalmente; hará de Bogotá una ciudad más cuidadora, incluyente, sostenible y consciente.

Artículo 5.

Principios. La vocación de servicio y liderazgo público, la ética, la transparencia y rendición de cuentas, la inteligencia y acción colectiva, la corresponsabilidad, la interdependencia e integración, son los principios que guiarán el ejercicio del servicio público del gobierno distrital y que caracterizarán el quehacer de cada una de las personas que conforman el equipo de trabajo.

1869 EDICIÓN 2997 ABRIL 30 DEL AÑO 2020 ANALES DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.

Artículo 6.

Enfoques. Los enfoques que se desarrollan a continuación determinan la manera cómo desde la administración se comprenden y atienden las realidades de quienes habitan el Distrito Capital y su región; por lo tanto, le permiten al gobierno distrital de manera estratégica tratar las distintas problemáticas reconociendo las diferencias de los individuos, el género, la inclusión y la cultura ciudadana, a la luz del ejercicio del servicio público y la participación ciudadana.

Enfoque de género. Permite comprender las relaciones de poder y desigualdad que por razones de género existen entre mujeres y hombres y que se reproducen a través de imaginarios, creencias, roles y estereotipos que afianzan las brechas de desigualdad e impiden el goce efectivo de los derechos de las mujeres a lo largo del curso de su vida, en las diferentes dimensiones del desarrollo y la vida social y comunitaria. Su fin es promover la igualdad de género y el goce efectivo de sus derechos.

Enfoque diferencial. Reconoce que existen grupos y personas que han sido históricamente discriminados debido a su pertenencia étnica o racial, orientación sexual, identidad de género, ubicación geográfica, discapacidad, situación socioeconómica, o de la intersección de diversos sistemas de discriminación que, como el racismo, el clasismo, la homofobia, la transfobia y la xenofobia; impiden el acceso a las oportunidades en igualdad de condiciones. Este tipo de discriminación se sustenta en imaginarios, estereotipos, prejuicios y comportamientos construidos social y culturalmente que impiden la garantía plena de derechos. Su fin es hacer ajustes a la oferta institucional para garantizar adecuadamente el acceso a los bienes y servicios reconociendo las particularidades y especificidades de los distintos grupos sociales o personas.

Enfoque de cultura ciudadana. Reconoce que los comportamientos ciudadanos son multimotivados, obedecen a razones, intereses y emociones y multiregulados por la ley, por reflexión moral y la cultura. También existe autorregulación individual y colectiva y regulación mutua. El enfoque de cultura ciudadana aporta a las políticas públicas, la comprensión de que los comportamientos humanos pueden ser transformados y regulados por la ley, la cultura y la moral. Cultura ciudadana entendida como el conjunto de creencias, hábitos y comportamientos que permiten la convivencia en la ciudad y el reconocimiento de los derechos y deberes ciudadanos.

Concibe los hábitos y comportamientos sociales como construcciones culturales que pueden aprenderse. Desde este enfoque los ciudadanos no solo se guían por el temor al castigo o la multa, sino que existen también normas informales (morales y sociales) que guían el comportamiento de las personas en la ciudad y que delimitan lo que es culturalmente aceptable. Entender la dinámica de estas normas informales es fundamental para incidir en los comportamientos y las actitudes de los ciudadanos.

Este enfoque enfatiza la capacidad de auto transformación y transformación ciudadana, resaltando cuatro aspectos fundamentales: (i) la construcción individual y colectiva de la armonía entre las tres regulaciones: legal, moral y cultural para lograr la convivencia (ii) la educación y la cultura tienen un papel fundamental tanto para explicar la realidad que vivimos como para transformarla; (iii) las personas tienen la capacidad de cooperar en la consecución de bienes colectivos y (iv) el gobierno puede asumir un rol pedagógico proponiendo la participación voluntaria de la ciudadanía en la transformación de ciertos rasgos culturales que afectan el bienestar social, para lo cual se fundamenta en la gobernanza colaborativa enfocada en la responsabilidad de todos en la construcción de ciudad a través de la participación social y decisoria.

1870 EDICIÓN 2997 ABRIL 30 DEL AÑO 2020 ANALES DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.

Enfoque de participación ciudadana. Es un proceso que se entiende como un derecho, mediante el cual, se aproxima la ciudadanía a la construcción del Nuevo Contrato Social y Ambiental, así como la forma, en que el gobierno de manera transversal a su acción entiende su relación con ésta, a través, fundamentalmente, del modelo de gobierno abierto, con el objeto de construir colectivamente, generando confianza y empoderamiento ciudadano para la defensa y reconocimiento de sus intereses y los de la ciudad.

Enfoque territorial. Parte de la comprensión del territorio como una construcción social, que tiene particularidades que no solo derivan de los aspectos biofísicos sino también de las relaciones que sobre él se construyen. Entender y atender tales particularidades contribuye con el logro de una acción de gobierno más integral y de una inversión pública más eficiente, y permite planear más allá de los límites políticoadministrativos del Distrito. Implica una planeación del territorio en los distintos niveles: local, distrital y regional.

Artículo 7.

Atributos. Los atributos son las características esenciales que orientarán el accionar del gobierno distrital y guiarán la resolución de los dilemas a los que se enfrente y, por tanto, son pilares fundamentales de los contenidos de los propósitos y de los logros de ciudad. Los atributos son:

Cuidadora. Una Bogotá - Región cuidadora acoge, respeta y se ocupa deliberadamente de la distribución de la prosperidad colectiva. En ella se (i) construye confianza entre los ciudadanos y las instituciones; (ii) se ejercen libremente los derechos y se cumplen los deberes; (iii) se protegen a las mujeres, niñas y niños, y poblaciones con mayor vulnerabilidad y exclusión; (iv) se regula la informalidad y (v) se disminuye la ilegalidad y la criminalidad. Goza de servidores y servidoras públicos dispuestos a la escucha, que honran en su quehacer el servicio público y actúan con transparencia en defensa del interés colectivo. Quienes habitan y viven la Bogotá - Región son personas solidarias, que se autorregulan y regulan mutuamente y están dispuestas a poner algo de sí para mejorar la vida de todas las personas que la habitan.

Incluyente. Una Bogotá - Región incluyente reconoce y valora las diferencias, hace posible que los grupos poblacionales y los sectores sociales en condiciones de vulnerabilidad, participen creciente y plenamente del bienestar, tengan mejores oportunidades que catalizan la agencia humana y puedan ejercer la libertad, combate la segregación socioeconómica y la naturalización de la discriminación y la exclusión, trabaja por el logro de mayores equilibrios territoriales y distribuye en el territorio sus equipamientos para garantizar un acceso más equitativo a los bienes y servicios, se busca construir las condiciones para que cada quien pueda realizar sus sueños, desarrollar sus capacidades y sea lo que quiera ser. Una Bogotá incluyente lucha por acabar con ideas, prejuicios y comportamientos que excluyen y discriminan, como el machismo, el clasismo, el racismo, la homofobia y la xenofobia.

Sostenible. Una Bogotá-Región sostenible que cambia hábitos de vida la manera en que nos movemos, producimos y consumimos-, satisface las necesidades del presente sin comprometer la posibilidad de las generaciones futuras de satisfacer las suyas. Se trabaja en procura de lograr equilibrio entre el crecimiento económico, el cuidado del ambiente natural y el bienestar social y se generan capacidades de resiliencia para afrontar los cambios en el contexto territorial y ambiental.

Consciente. Una Bogotá - Región consciente y creadora reconoce sus debilidades y sus fortalezas, trabaja por mejorar las primeras y convierte las segundas en oportunidades colectivas; aprovecha sus potencialidades; tiene confianza en sí misma, en su ciudadanía e instituciones y es capaz de agenciar su desarrollo humano, unirse y luchar contra la corrupción, hacer más transparente y efectiva la gestión de la ciudad; pone la 1871 EDICIÓN 2997 ABRIL 30 DEL AÑO 2020 ANALES DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C. creación y la innovación constante al servicio del bienestar común, aprovecha la inteligencia colectiva, la tecnología y la transformación digital para el beneficio colectivo y crece y se desarrolla integralmente.

Título II.

PROPÓSITOS, LOGROS DE CIUDAD Y PROGRAMAS

Capítulo I.

Artículo 8.

Relación Propósitos, Logros de Ciudad y Programas. El Plan Distrital de Desarrollo “Un Nuevo Contrato Social y Ambiental para la Bogotá del siglo XXI” da cuenta de los programas y metas de gobierno que se cumplirán en el presente cuatrienio para avanzar en el logro de los 5 propósitos y 30 logros de ciudad propuestos para que Bogotá sea un ejemplo global de cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible
- ODS en el 2030. Esta visión de metas de gobierno al 2024 y logros de ciudad al 2030 responde a los compromisos consignados en el programa de gobierno, comprometen la gestión del gobierno distrital y la suma de esfuerzos con la ciudadanía, el sector privado, y los demás niveles de gobierno en torno a logros comunes, que permiten una mirada holística y una respuesta integral de las prioridades de la población y el territorio.

Capítulo I.

PROPÓSITOS Y LOGROS DE CIUDAD AL 2030

Artículo 9.

Propósitos y Logros de ciudad. El Plan Distrital de Desarrollo “Un Nuevo Contrato Social y Ambiental para la Bogotá del siglo XXI” se organiza en torno a 5 propósitos que se cumplen a través de 30 logros de ciudad mediante la articulación de acciones materializadas en programas.

Los 5 propósitos y 30 logros de ciudad son los siguientes:

Propósito 1. Hacer un nuevo contrato social con igualdad de oportunidades para la inclusión social, productiva y política.

¿Qué busca? Redistribuir los costos y los beneficios de vivir en Bogotá y su región. Generar condiciones de posibilidad para que las poblaciones que tradicionalmente han sido excluidas de las oportunidades de desarrollo y han asumido los mayores costos vivir en la ciudad, puedan ejercer plenamente sus derechos, realizar sus deberes y disfrutar de los beneficios de vivir en la ciudad. Para quienes han gozado de mayores oportunidades de desarrollo educativo, social y económico, aumentar las oportunidades de solidaridad, generación y redistribución de los beneficios de vivir en la ciudad, en función de disminuir las inequidades y aumentar las oportunidades para todos. Este propósito busca cerrar brechas, nivelar la cancha de las oportunidades y aumentar la disposición de la ciudadanía a ejercer su propia agencia y cooperar en la construcción del proyecto común expresado en la Constitución de 1991 y en sentar las bases en estos 4 años para alcanzar los Objetivos de Desarrollo Sostenible en el 2030. De igual forma busca atender la emergencia social, económica y ambiental derivada de la pandemia por el Covid 19, mitigar sus consecuencias y generar condiciones de reactivación social y económica en el mediano y largo plazo. Para mitigar los efectos negativos que en materia económica genere la pandemia, este propósito también busca aumentar, de manera sostenible, la productividad, la competitividad, la innovación, el bienestar y la distribución equitativa de la prosperidad colectiva.

1872 EDICIÓN 2997 ABRIL 30 DEL AÑO 2020 ANALES DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.

Estrategias del Propósito 1. Este propósito incluye la implementación del sistema distrital de cuidado y la estrategia de transversalización y territorialización de los enfoques de género, diferencial y de cultura ciudadana para garantizar la igualdad de género, los derechos de las mujeres y el desarrollo de capacidades de la ciudadanía en el nivel distrital y local.

Alcanzar este propósito implica ejecutar las estrategias referidas a generar condiciones de posibilidad, en los ámbitos de las relaciones con la educación y el desarrollo humano, el empleo, la inclusión laboral y el mercado, los subsidios y contribuciones, la reducción de la pobreza y de la feminización de la misma, la salud, el hábitat y la vivienda, el capital social y cultural y la participación cívica y desarrollo y movilidad social, para personas de los diferentes sectores sociales y poblaciones vulneradas, que induzcan el fortalecimiento de la capacidad humana para la toma de decisiones en las diferentes transiciones de la vida y actuar con la intención de producir un cambio en los patrones negativos de la segregación socio económica y espacial en la ciudad y la región.

Se hará especial énfasis en la población infantil, a la que se ofrecerán servicios que permitan garantizar el desarrollo integral de las niñas y los niños. Igualmente, las y los jóvenes entre 14 y 28 años serán una población a la que se le brindarán oportunidades de formación y educación, acorde con sus propósitos, y adecuada a las expectativas de desarrollo de la Bogotá - Región. Se avanzará en una transformación pedagógica, que vaya desde el preescolar hasta la educación media y superior.

Frente a la pandemia generada por el COVID-19, se proponen estrategias para recuperar la pérdida económica y social derivada de la emergencia del COVID-19, capitalizando los aprendizajes y los canales de salud pública, solidaridad, redistribución y reactivación económica creados para atender y mitigar los efectos de la pandemia. De igual forma se plantea articular esos aprendizajes y canales con estrategias de mediano y largo plazo que fortalecen la capacidad creadora y transformadora de la ciudadanía y la coloquen al servicio del bienestar colectivo, apuesten al acceso, la permanencia y al mejoramiento de la calidad educativa, transformen los patrones de consumo, la promoción de hábitos de vida saludables. La optimización de las condiciones productivas de los hogares, las industrias y la comunidad que incremente la productividad social y económica en la generación de riqueza y poder distribuir equitativamente la prosperidad que de ella se derive, a través del logro de mayor pertinencia y calidad en la educación y el empleo, y la transformación de los patrones de consumo y de los hábitos de vida.

Logros de ciudad 1 Rediseñar el esquema de subsidios y contribuciones de Bogotá para garantizar un ingreso mínimo por hogar, que reduzca el peso de los factores que afectan la equidad del ingreso de los hogares.

2 Reducir la pobreza monetaria, multidimensional y la feminización de la pobreza.

3 Implementar el sistema distrital de cuidado y la estrategia de transversalización y territorialización de los enfoques de género y diferencial para garantizar la igualdad de género, los derechos de las mujeres y el desarrollo de capacidades de la ciudadanía en el nivel distrital y local.

4 Completar la implementación de un modelo de salud pública con enfoque poblacional diferencial, de género, participativo, resolutivo y territorial que aporte a la modificación de los determinantes sociales de la salud.

5 Cerrar las brechas digitales, de cobertura, calidad y competencias a lo largo del ciclo de la formación integral, desde primera infancia hasta la educación superior y continua para la vida.

1873 EDICIÓN 2997 ABRIL 30 DEL AÑO 2020 ANALES DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.

6 Disminuir el porcentaje de jóvenes que ni estudian ni trabajan con énfasis en jóvenes de bajos ingresos y vulnerables.

7 Aumentar la inclusión productiva y el acceso a las economías de aglomeración con emprendimiento y empleabilidad con enfoque poblacional - diferencial, territorial y de género.

8 Aumentar el acceso a vivienda digna, espacio público y equipamientos de la población vulnerable en suelo urbano y rural.

9 Promover la participación, la transformación cultural, deportiva, recreativa, patrimonial y artística que propicien espacios de encuentro, tejido social y reconocimiento del otro.

10 Apropiar el territorio rural desde su diversidad étnica y cultural como parte de Bogotá - Región.

11 Promover aglomeraciones productivas y sectores de alto impacto con visión de largo plazo en Bogotá región 12 Incrementar la oferta de actividades y la infraestructura para el uso y disfrute del tiempo libre, con enfoque de género, diferencial, e integración territorial Propósito 2. Cambiar nuestros hábitos de vida para reverdecer a Bogotá y adaptarnos y mitigar la crisis climática.

¿Qué busca? Mejorar la calidad del medio ambiente natural y construido de Bogotá y la región, disminuyendo las afectaciones a la salud producidas por la contaminación del aire en niñas, niños, adolescentes, jóvenes y personas vulnerables y espacialmente segregadas y reduciendo los factores de riesgo que inciden en la fragilidad de la población expuesta al riesgo, en el deterioro de los ecosistemas y en la segregación socioeconómica y espacial del área urbana y rural. Implica también ocupar el territorio de una manera más ordenada y sostenible; cambiar la forma en que nos movilizamos, utilizar más energías y formas de movilidad limpias y modificar la manera que producimos, consumimos y reutilizamos.

Estrategias del Propósito 2. Para alcanzar este propósito se deberán desarrollar estrategias que mejoren la calidad del medio ambiente natural, construido y regional desde la perspectiva de la generación de condiciones de bienestar para la población y los demás seres vivos presentes en el territorio; promoviendo la transformación de hábitos y espacios, y la construcción de consciencia sobre nuestros consumos, manejo de residuos y valoración de todas las formas de vida. Para contribuir con la reactivación económica de la ciudad, se desarrollarán proyectos de inversión sostenibles en los sectores relacionados con este propósito, respetando la Estructura Ecológica Principal y cumpliendo a cabalidad la normatividad ambiental correspondiente.

Logros de ciudad 13 Formular y ejecutar estrategias concertadas de adaptación y mitigación de la crisis climática.

14 Implementar estrategias de mantenimiento, recuperación, rehabilitación o restauración de la estructura ecológica principal y demás áreas de interés ambiental en la Bogotá - Región.

15 Intervenir integralmente áreas estratégicas de Bogotá teniendo en cuenta las dinámicas patrimoniales, ambientales, sociales y culturales.

1874 EDICIÓN 2997 ABRIL 30 DEL AÑO 2020 ANALES DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.

16 Aumentar la oferta de espacio público y áreas verdes de Bogotá promoviendo su uso, goce y disfrute con acceso universal para la ciudadanía.

17 Reconocer y proteger todas las formas de vida, en particular la fauna urbana.

18 Reducir la contaminación ambiental atmosférica, visual y auditiva y el impacto en morbilidad y mortalidad por esos factores.

19 Cuidar el Río Bogotá y el sistema hídrico de la ciudad y mejorar la prestación de los servicios públicos.

20 Aumentar la separación en la fuente, reciclaje, reutilización y la adecuada disposición final de los residuos de la ciudad.

Propósito 3. Inspirar confianza y legitimidad para vivir sin miedo y ser epicentro de cultura ciudadana, paz y reconciliación.

¿Qué busca? Aumentar la confianza interpersonal e institucional, la convivencia y la seguridad, consolidando una Bogotá - Región líder en la implementación de los acuerdo de paz, reconciliación y cuidado, caracterizada por aumentar las prácticas de convivencia, la seguridad y la reconciliación en el ámbito individual, familiar, comunitario e institucional, disminuyendo las violencias de género, la inseguridad ciudadana, y la ilegalidad a través de la promoción de la autorregulación, la regulación mutua pacífica, la cultura ciudadana, el acceso a la justicia y la gestión de irregularidad e informalidad, consolidando una Bogotá - Región líder en reconciliación y cuidado. Este propósito implica reducir la aceptación cultural e institucional del machismo y las violencias contra las mujeres y garantizar el acceso efectivo a la justicia con enfoque de género.

Estrategias del Propósito 3. Para alcanzar este propósito se plantean estrategias que construyen y permiten la implementación, de manera creativa, de acuerdos formales e informales orientados a gestionar la irregularidad y a transformar las circunstancias que generan desconfianza entre las personas y las instituciones, a potenciar la capacidad de la ciudadanía para ejercer su agencia en la construcción de su propio desarrollo y el de su entorno, a fomentar el cambio cultural, la convivencia, la justicia formal y de proximidad y a disminuir la violencia de género y el machismo, la impunidad, el todo vale, los atajos y la ilegalidad; lo cual incluye resolver de manera creativa y de la mano de la comunidad los problemas cotidianos y las fronteras difusas entre irregularidad y legalidad, mejorar el acceso a la justicia, fomentar la autorregulación, regulación mutua, la concertación y el diálogo social, mejorar las condiciones y la percepción ciudadana de inseguridad física en la ciudad y aumentar las condiciones de seguridad, prevención y protección a la vida, libertad e integridad personal de grupos poblacionales de especial protección constitucional.

Logros de ciudad 21 Posicionar a Bogotá – Región como el epicentro de paz y reconciliación del país, incluyendo un PDET rural en Sumapaz y un PDET urbano con Soacha.

22 Reducir la aceptación cultural e institucional del machismo y las violencias contra las mujeres, y garantizar el acceso efectivo a la justicia.

23 Fomentar la autorregulación, regulación mutua, la concertación y el diálogo social generando confianza y convivencia entre la ciudadanía y entre esta y las instituciones.

24 Disminuir la ilegalidad y la conflictividad en el uso y ordenamiento del espacio público, privado y en el medio ambiente rural y urbano.

1875 EDICIÓN 2997 ABRIL 30 DEL AÑO 2020 ANALES DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.

25 Reducir los mercados criminales, los delitos, las muertes y hechos violentos con énfasis en los que afectan a mujeres, peatones, biciusuarios y usuarios del transporte público.

Propósito 4. Hacer de Bogotá - Región un modelo de movilidad multimodal, incluyente y sostenible ¿Qué busca? La promoción de modos sostenibles de transporte, el mejoramiento de los tiempos y de la experiencia del desplazamiento, teniendo a la red de metro regional, de buses, y a la red de ciclorutas, como ejes articuladores de la movilidad tanto de la ciudad como de la región.

Estrategias del Propósito 4. Para alcanzar este propósito se formulan estrategias y proyectos para mejorar la experiencia de los tiempos de desplazamiento en Bogotá – Región, teniendo un sistema de transporte masivo multimodal, regional, sostenible, limpio y que cumple con todos los parámetros en materia de bioseguridad, complementado con el mejoramiento integral de la red de ciclorrutas de la ciudad que mejoren las condiciones de accesibilidad y seguridad de la red, aumentando así el número de personas que utilizan la bicicleta para transportarse.

Logros de ciudad 26 Mejorar la experiencia de viaje a través de los componentes de tiempo, calidad y costo, con enfoque de género, diferencial, territorial y regional, teniendo como eje estructurador la red de metro regional y la red de ciclorutas.

Propósito 5. Construir Bogotá - Región con gobierno abierto, transparente y ciudadanía consciente.

¿Qué busca? Garantizar un gobierno empático, íntegro, participativo y transparente que permita la integración del Distrito con la región, a través de la promoción de alianzas orientadas a la acción colectiva y al sentido de la corresponsabilidad, la concurrencia y la subsidiaridad entre todos los actores de Bogotá - Región.

Estrategias del Propósito 5. Alcanzar este propósito implica implementar las estrategias que permiten a la administración caracterizarse por ser proba, transparente e íntegra y por ejecutar procesos de participación ciudadana programas y proyectos de gobierno abierto y de territorios inteligentes, así como alianzas públicas y privadas y de integración regional para el logro de sus propósitos.

Logros de ciudad 27 Posicionar al Gobierno Abierto de Bogotá – GABO – como una nueva forma de gobernanza que reduce el riesgo de corrupción e incrementa el control ciudadano del gobierno.

28 Promover procesos de integración y ordenamiento territorial en la Bogotá -Región sostenibles social, económica, ambiental e institucionalmente.

29 Posicionar globalmente a Bogotá como territorio inteligente (Smart City).

30 Incrementar la efectividad de la gestión pública distrital y local.

Capítulo II.

EJECUCIÓN, SEGUIMIENTO Y RENDICIÓN DE CUENTAS

Artículo 10.

Ejecución y Seguimiento del Plan de Desarrollo Distrital. Los sectores y las respectivas entidades distritales prepararán, con la coordinación de la Secretaría Distrital de Planeación- SDP, el correspondiente plan de acción y lo someterán a la aprobación del Consejo de Gobierno Distrital. Para ello,

1876 EDICIÓN 2997 ABRIL 30 DEL AÑO 2020 ANALES DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C. las entidades distritales serán las responsables de adelantar las acciones misionales e institucionales que permitan dar cumplimiento a los objetivos del Plan de Desarrollo Distrital.

La SDP dispondrá del sistema de información a través del cual se realizará la programación y ejecución del plan de acción del plan de desarrollo y dará los lineamientos que le permitan a las entidades distritales articular sus proyectos de inversión con las metas, programas y propósitos del Plan de Desarrollo Distrital como también programar las actividades y los recursos de inversión a ejecutar durante su vigencia.

La SDP definirá los mecanismos y la periodicidad del seguimiento tanto a los proyectos de inversión como a los indicadores de las metas del Plan de Desarrollo Distrital, para establecer el avance y cumplimiento de los propósitos del plan, que le permita a la administración distrital tener información confiable y oportuna para la toma de decisiones, que hagan posible los logros de los objetivos de plan.

Parágrafo. La Secretaría Distrital de Planeación entregará con corte semestral un informe al Consejo
Territorial de Planeación Distrital del avance de ejecución del presente Plan de Desarrollo Distrital.

Artículo 11.

Implementación y seguimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible- ODS. Con el propósito de avanzar en la implementación, seguimiento, y rendición de cuentas de los ODS en Bogotá D.C, la Secretaría Distrital de Planeación en coordinación con el Departamento Nacional de Planeación y demás instancias involucradas, establecerá los lineamientos metodológicos e instrumentos de información asociados al plan de acción del Plan de Desarrollo Distrital para garantizar su avance y cumplimiento, a través de metas e indicadores con enfoque poblacional, de derechos, género, ambientales, económicos y énfasis territorial, en el marco de la agenda 2030 y en armonía con las recomendaciones del Documento CONPES 3918 de 2018.

Capítulo III.

PROGRAMAS Y METAS DEL CUATRIENIO DEL PLAN DISTRITAL DE DESARROLLO.

Artículo 12.

Metas trazadoras. Las metas trazadoras del Plan de Desarrollo Distrital serán aquellas cuyo logro puede atribuirse a varios programas y metas, las cuales implican la alineación de esfuerzos entre los Gobiernos Distrital y Nacional y el contexto macroeconómico.

Propósito 1: Hacer un nuevo contrato social con igualdad de oportunidades para la inclusión social, productiva y política Metas Trazadoras Indicador Línea Base Fuente y año Meta 2024 4.4% Índice de pobreza multidimensional - IPM Mantener la incidencia de la pobreza multidimensional en Bogotá.

4,4% DANE, cálculos con base en la Encuesta Nacional de Calidad de Vida (ECV), 2018 12,4% DANE - GEIH, 2018 11.4% Incidencia de la pobreza monetaria Reducir la incidencia de la pobreza monetaria en Bogotá NA Beneficiar a familias en pobreza y vulnerabilidad Numero de familias beneficiadas por el SDP-SHD-SDIS 350.000 1877 EDICIÓN 2997 ABRIL 30 DEL AÑO 2020 ANALES DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C. a través del Sistema Distrital Bogotá Solidaria Sistema Distrital Bogotá Solidaria 10.9% Índice de desempleo en Bogotá 10.9% GEIH, 2019 (promedio anual)

Recuperar nivel de desempleo registrado por Bogotá ante la crisis COVID 19 52,1 empresas registradas por cada 52,1 empresas registradas por cada mil personas mil personas (sin personas naturales, Recuperar el número de empresas generadoras de empleo registrado por Bogotá ante la pandemia Porcentaje de empresas registradas por cada mil personas (sin personas naturales 2019)

2019)

Número de empresas, CCB, registros empresariales 2019 (sin incluir personas naturales); población: DANE, 2019.

2.5 billones 301 millones Secretaría de Desarrollo Económico a partir de convenios (Bancoldex)

Valor de apalancamiento en créditos con Bancoldex Apalancar a empresarios para generar liquidez e incrementos en la productividad del aparato productivo bogotano 0 Tasa de mortalidad por DNT en menores de 5 años Cero - año 2018 Bases SDS -RUAF-ND - Sistema de Estadísticas Vitales-ADE preliminares A 2024 Llevar a cero la tasa de mortalidad por 100.000 en menores de 5 años por desnutrición aguda como causa básica.

8,37 A 2024 reducir la tasa de mortalidad infantil Tasa de mortalidad infantil Estadísticas vitales DANE-Cuadro de Defunciones por grupo de edad y causa 2018: 806 casos Tasa: 9,2 x 1000 nacidos vivos 2019: 773 Tasa: 9,1 x 1000 nacido vivos (preliminar)

<127 por 100.000 Tasa de mortalidad por enfermedades crónicas no transmisibles Fuente: Estadísticas Vitales (Actualizado a diciembre de 2019) SDS/EEVV.

A 2024 mantener la tasa de mortalidad por enfermedades crónicas no transmisibles por debajo de 127 por 100,000 personas en edades de 30 a 69 años Tasa 129,48 muertes por condiciones crónicas por 100,000 personas de 30 a 69 años. Año 2017, fuente RUAF - Estadísticas vitales 18,88% Razón de Mortalidad Materna Base de datos SDS y aplicativo Web RUAF_ND A 2024 disminuir en 20% la Razón de Mortalidad Materna por 100.000 nacidos vivos.

El comportamiento de la mortalidad materna en: 2018: razón de 25.2 por 100.000 nacidos vivos (n=22 casos) 2019. Razón de 23.6 por 100.000 nacidos vivos (n=20 casos) (Dato 1878 EDICIÓN 2997 ABRIL 30 DEL AÑO 2020 ANALES DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.

Preliminar)

Reducción en 10% DANE 2019 9.544 nacimientos en mujeres de 15 a 19 años (dato preliminar)

Tasa específica de fecundidad en mujeres de 15 a 19 años.

A 2024 reducir en 10% la maternidad y paternidad temprana en mujeres con edades entre 15 y 19 años, fortaleciendo las capacidades sobre derechos sexuales y reproductivos de adolescentes, jóvenes y sus familias.

Reducción en 20% DANE 2019 Tasa específica de fecundidad en niñas de 10 a 14 años.

207 nacimientos en niñas de 10 a 14 años (dato preliminar)

A 2024 cero tolerancia con la maternidad temprana en niñas de 10 a 14 años reduciéndola en un 20%, previniendo el delito de violencia sexual contra las niñas y fortaleciendo las capacidades sobre derechos sexuales y reproductivos de niños, niñas, adolescentes y sus familias.

95% A 2024 mantener en 95% o más el aseguramiento de la población al SGSSS en el Distrito Capital. (Con base en Censo DANE 2018)

Población asegurada al SGSSS en el DC según Liquidación Mensual de Afiliados (LMA). Año 2019) /Población D.C. según DANE. Censo DANE realizado en 2018.

Población de Bogotá D.C. asegurada en el Sistema General de Seguridad Social en Salud.

% de la Población asegurada al SGSSS en el DC/Población DC según DANE Régimen Contributivo 6.344.968 (Activos 6.244.592 y Suspendidos 100.376); Régimen Subsidiado 1.216.036 y Regímenes Especiales 194.797. Fuente BDUA-MSYPS y Base de Datos SISBEN -DNP. Año 2019 100% del modelo de Salud Ajustado.

Dirección de Provisión de Servicios de Salud y DAEPDSS 100% de EAPB autorizadas para operar en Bogotá D.C., Subredes e IPS priorizadas con seguimiento a la implementación del Modelo Integral de Atención en Salud.

Ajustar el actual Modelo de Salud basado en APS incorporando el enfoque poblacional diferencial, de cultura ciudadana, de género, participativo, resolutivo y territorial que aporte a modificar de manera efectiva los determinantes sociales de la salud en la ciudad.

Porcentaje de avance de ajustar el actual Modelo de Salud basado en APS incorporando el enfoque poblacional diferencial, de cultura ciudadana, de género, participativo, resolutivo y territorial que 1879 EDICIÓN 2997 ABRIL 30 DEL AÑO 2020 ANALES DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C. aporte a modificar de manera efectiva los determinantes sociales de la salud en la ciudad 98,7 SED, 2019 100 Oferta de grado transición 100% de los colegios oficiales con oferta de transición Oferta de jardín 77,5 SED, 2019 90 90% de los colegios oficiales con oferta de jardín Oferta de prejardín 1,3 SED, 2019 10 10% de los colegios oficiales con oferta de prejardín 94.5% (Encuesta GEIH), 2019 98 98% de asistencia escolar Tasa de Asistencia escolar 100 68 ICFES. Cálculos SED- Dirección de Evaluación. 2018 Colegios oficiales clasificados en categorías (A y A+) en las pruebas SABER 11 ICFES Porcentaje de colegios oficiales clasificados en categorías (A+, A) en las pruebas SABER 11 ICFES Encuesta de Movilidad Estrato 1 26% Estrato 2 24% 2019 Peso de gasto en transporte sobre el ingreso de estratos 1 y 2 Porcentaje de gasto en transporte público de hogares estratos 1 y 2 será del 15% Reducir el gasto en transporte público de los hogares de mayor vulnerabilidad económica, con enfoque poblacional, diferencial y de género, para que represente el 15% de sus ingresos 9,5 Encuesta de Consumo Cultural - Dane 2017 10,5 Aumentar el porcentaje de la población que realiza prácticas culturales Promover la participación, la transformación cultural, deportiva, recreativa, patrimonial y artística que propicien espacios de encuentro, tejido social y reconocimiento del otro.

43,7 Encuesta Bienal de Culturas - SCRD 2019 44,0 Promover la participación, la transformación cultural, deportiva, recreativa, patrimonial y artística que propicien espacios de encuentro, tejido Aumentar el porcentaje de la población que realiza al menos una práctica vinculada con el patrimonio cultural inmaterial 1880 EDICIÓN 2997 ABRIL 30 DEL AÑO 2020 ANALES DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C. social y reconocimiento del otro.

13,7 Encuesta Bienal de Culturas - SCRD 2019 14,5% Aumentar el porcentaje de personas que han asistido durante los últimos 12 meses a presentaciones de la OFB Promover la participación, la transformación cultural, deportiva, recreativa, patrimonial y artística que propicien espacios de encuentro, tejido social y reconocimiento del otro.

2,7 Encuesta de Consumo Cultural - Dane 2017 3,0 Aumentar el promedio de libros leídos al año por persona Promover la participación, la transformación cultural, deportiva, recreativa, patrimonial y artística que propicien espacios de encuentro, tejido social y reconocimiento del otro.

34,2 Encuesta Bienal de Culturas - SCRD 2019 35,2 Aumentar el porcentaje de la población que practica algún deporte Promover la participación, la transformación cultural, deportiva, recreativa, patrimonial y artística que propicien espacios de encuentro, tejido social y reconocimiento del otro.

47,67 Encuesta Multipropósito 2017 48,0 Porcentaje de personas que realizan actividad física (población de 15 años y más)

Promover la participación, la transformación cultural, deportiva, recreativa, patrimonial y artística que propicien espacios de encuentro, tejido social y reconocimiento del otro.

Propósito 2: Cambiar nuestros hábitos de vida para reverdecer a Bogotá y adaptarnos y mitigar la crisis climática.

Metas Trazadoras Indicador Línea Base Fuente y año Meta 2024 Reducir en el 8% la concentración de material particulado PM10 y PM2.5.

Niveles de concentración atmosférica de material particulado (PM10-PM 2,5)

Carvajal - Sevillana PM10(µg/m3): 56 PM2.5(µg/m3): 36 Fontibón PM10(µg/m3): 37 Kennedy PM10(µg/m3) 44 PM2.5(µg/m3) 27 SDA, 2019 Carvajal - Sevillana PM10(µg/m3): 51 PM2.5(µg/m3): 33 Fontibón PM10(µg/m3): 34 Kennedy PM10(µg/m3) 40 PM2.5(µg/m3) 23 Puente Aranda PM10(µg/m3) 37 Suba PM10(µg/m3) 42 Tunal PM10(µg/m3) 31 1881 EDICIÓN 2997 ABRIL 30 DEL AÑO 2020 ANALES DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.

Puente Aranda PM10(µg/m3) 40 Suba PM10(µg/m3) 46 Tunal PM10(µg/m3) 34 SDA, 2019 Sector transporte: 1.778 Ton Pm10 1.636 Pm2,5 Sector transporte 1.872 Ton Pm10. 1722 de Pm2.5 Inventario de emisiones Reducir el 5% de material particulado (PM10 y PM2.5) generado por fuentes móviles Niveles de concentración atmosférica de material particulado (PM10-PM 2,5) generado por fuentes móviles N° de individuos vegetales plantados ND JBB;2019 755000 individuos vegetales plantados en área urbana y rural en área urbana y Plantar 755.000 individuos vegetales en área urbana y rural rural Metros cuadrados de 4,57 m2/hab DADEP, 2019 4,63 m2/hab espacio público efectivo por habitante Alcanzar 4,63 metros cuadrados de espacio público efectivo por habitante en la ciudad Porcentaje de disminución de 14,30% Censo DANE 2018 11,50% hogares con problemas de eliminación de excretas y acceso a fuente de agua mejorada Disminuir el porcentaje de hogares con problemas de eliminación inadecuada de excretas y acceso a fuente de agua mejorada.

Porcentaje de disminución de los 3,8% Censo DANE 2018 2,70% problemas de hacinamiento crítico y materiales inadecuados de paredes exteriores y Disminuir el porcentaje de problemas de hacinamiento crítico y materiales inadecuados de paredes exteriores y pisos en el área rural. pisos 2,70% UAESP 4% Total toneladas aprovechadas / Total Lograr un 4% de aprovechamiento de residuos solidos toneladas relleno Déficit habitacional 10,50% Censo DANE 2018 7,50% Disminuir el déficit habitacional cualitativo y cuantitativo de Bogotá Residuos Sólidos 334 kgs per cápita UAESP 324 kgs per cápita dispuestos en Ejercer el manejo técnico del relleno Doña Juana y pasar a 1882 EDICIÓN 2997 ABRIL 30 DEL AÑO 2020 ANALES DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C. rellenos sanitarios (kgs año - per cápita) un sistema de separación en la fuente, reciclaje, transformación y reutilización de residuos que disminuya el número de toneladas anuales de residuos sólidos por persona, dispuestos en el relleno sanitario Doña Juana.

Propósito 3: Inspirar confianza y legitimidad para vivir sin miedo y ser epicentro de cultura ciudadana, paz y reconciliación.

Metas Trazadoras Indicador Línea Base Fuente y Meta 2024 año Reducir los mercados criminales, los 13,9 por 100.000 habitantes delitos, las muertes y hechos violentos con énfasis en los que Tasa de homicidios por cada 100.000 habitantes Reducir la tasa de homicidio a 9,9 por cada 100.000 habitantes afectan a mujeres, peatones, biciusuarios y usuarios del transporte público Homicidios fuente SIEDCO (Corte 05/04/2020)
- Censo 2018 1,685 por 100.000 habitantes Disminuir 5% la tasa de hurto a personas (1,600)

Tasa de hurto a personas por 100.000 habitantes Hurto a personas fuente SIEDCO (Corte 05/04/2020)
- Censo 2018 Tasa de hurto en Transmilenio 292 por 100.000 habitantes Disminuir 4% la tasa de hurto en Transmilenio (281)

Hurto a personas en TM fuente SIEDCO (Corte 05/04/2020)
- Censo 2018 Número de hurtos de bicicletas Disminuir 5% los casos de hurto a bicicletas (7,720)

8.126 Hurto de bicicletas fuente SIEDCO (Corte 05/04/2020)

Denuncias por presunto delito sexual 4.384 Instituto Nacional de Disminuir en un 10% los casos de presunto delito sexual.

1883 EDICIÓN 2997 ABRIL 30 DEL AÑO 2020 ANALES DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.

(3,946)

Medicina Legal y Ciencias Forenses- (INMLCF) 2019 2.798 (INMLCF) 2019 Denuncias por violencia contra niños, niñas y adolescentes (VIF)

Disminuir en un 10% los casos de violencia contra niños, niñas y adolescentes (2,518)

Denuncias por violencia de pareja (VIF)

11.855 (INMLCF) 2019 Disminuir en un 10% los casos de violencia de pareja (10,670)

Denuncias por violencia contra la población mayor 489 (INMLCF) Disminuir en un 10% los casos de violencia contra el adulto mayor (440)

11,7 2019 (Encuesta CCB I Semestre)

Porcentaje de personas que reportaron haber sido víctimas directas de hurto Reducir 2 puntos el porcentaje de personas que reportaron haber sido víctimas directas de hurto (9,7)

45% 2019 (Encuesta CCB I Semestre)

Porcentaje de personas que denunciaron el delito del que fueron víctima Aumentar en 5 puntos las personas que denunciaron el delito del que fueron víctima (50%)

63% 2019 (Encuesta CCB I Semestre)

Disminuir en 5 puntos las personas que consideran que la inseguridad en la ciudad ha aumentado (58%)

Porcentaje de personas que consideran que la inseguridad en la ciudad ha aumentado 48% 2019 (Encuesta CCB I Semestre)

Porcentaje de personas que consideran que el barrio en el que habitan es seguro.

Aumentar en 5 puntos las personas que consideran que el barrio en el que habitan es seguro. (53)

65% 2019 (Encuesta CCB I Semestre)

Porcentaje de mujeres que consideran que la inseguridad en la ciudad ha aumentado.

Reducir en 5 puntos el porcentaje de las mujeres que consideran que la inseguridad en la ciudad ha aumentado. (60)

Porcentaje de personas que consideran que el 80% 2019 Reducir en 10 puntos el porcentaje de personas que consideran que el 1884 EDICIÓN 2997 ABRIL 30 DEL AÑO 2020 ANALES DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.

(Encuesta CCB I Semestre) sistema Transmilenio es inseguro o muy Inseguro (70%) sistema Transmilenio es inseguro o muy Inseguro Usuarios atendidos en el sistema de justicia local 163.313 atenciones en los CRI de las Casas de Justicia Sistema de Información de Casas de Justicia - SICAS, 2019 Incrementar en 20% los usuarios atendidos en los Centros de Recepción de Información CRI de Casas de Justicia. (195,976)

Disminuir la ilegalidad y la Violencia interpersonal conflictividad en el uso y ordenamiento del espacio público, privado y en el medio ambiente rural 26,125 registros (INMLCF), 2019 Disminuir en un 10% los casos de violencia interpersonal (23.513) y urbano Propósito 4: Hacer de Bogotá región un modelo de movilidad multimodal, incluyente y sostenible Metas Trazadoras Indicador Línea Base Fuente y año Meta 2024 Transmilenio, 2019 4.664.776 Aumentar en 25% las validaciones en el SITP N°de validaciones en el SITP 3.731.821 validaciones día hábil SIGAT, SDM, 2019 Reducir en 20% el número de jóvenes (entre 14 y 28 años) fallecidos por siniestros viales N° de jóvenes (entre 14 y 28 años) fallecidos por siniestros viales 183 jóvenes fallecidos 146 jóvenes fallecidos Encuesta de Movilidad 2019 Disminuir en un 10% el tiempo promedio en minutos, de acceso al Transporte Público.

Minutos reducidos en el acceso al Transporte Público Total: 20,22 minutos Mujeres: 20,98 minutos Hombres: 19,21 minutos Línea base: 21,29 minutos Mujeres: 22,09 minutos Hombres: 20,23 minutos 280 km construidos y 200 km conservados Intervenir 480 km de cicloinfraestructura de la ciudad km. de ciclorruta intervenida (construidos y mantenidos)

550 km. 2019 Inventario de ciclorrutas del IDU 46,6 min.

46,6 min. 2019 Monitoreo SDM Mantener el tiempo promedio de viaje en los 14 corredores principales de la ciudad para todos los usuarios de la vía Tiempo promedio de viaje en los 14 corredores principales de la ciudad 1 2019 2 Iniciar la construcción de 1 cable aéreo Cables con inicio de construcción 0 IDU, 2019 100 Gestionar el 100% de la inserción urbana del Porcentaje de avance en la gestión 1885 EDICIÓN 2997 ABRIL 30 DEL AÑO 2020 ANALES DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.

Regiotram de Occidente, diseñar una estrategia de apoyo a la estructuración del Regiotram del Norte a la estructuración del Regiotram del sur para la inserción urbana del Regiotram de Occidente, diseñar una estrategia de apoyo a la estructuración del Regiotram del Norte y estructuración del Regiotram del sur Propósito 5: Construir Bogotá-región con gobierno abierto, transparente y ciudadanía consciente Metas Trazadoras Indicador Línea Base Fuente y año Meta 2024 36,7 de 100 puntos Veeduría Distrital, 2019 4 de 100 puntos Índice de innovación pública de Bogotá Aumentar la posición de Bogotá como territorio inteligente -Smart City-: (incluye: Economía 4.0, Educación para la 4ta Revolución Industrial, agendas de transformación digital sectorial y la Agencia de Analítica de Datos del Distrito)

Elevar el nivel de efectividad de la gestión pública distrital y local 71% Función Pública, 2018 80% Índice de desempeño institucional - FURAG 69.56% DNP 2017 80% Elevar el Índice de Medición de Desempeño Municipal Índice de Desempeño Municipal 50.4 billones de pesos constantes de 2020 Lograr el recaudo oportuno y la gestión anti-evasión para la ciudad en 50.4 billones de pesos constantes de 2020 $37.7 billones 2016-2019 Precios constantes 2020 Recaudo tributario por cumplimiento. Mide el periodo completo de 5 años entre los años 2020 y 2024.

Dirección de Impuestos de Bogotá LB 2016-2019, elaborada en Abril de 2020

Artículo 13.

Programas estratégicos. En el marco del presente Plan de Desarrollo Distrital se considera fundamental la ejecución de los siguientes programas estratégicos:

1886 EDICIÓN 2997 ABRIL 30 DEL AÑO 2020 ANALES DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.

Programas Estratégicos Propósito 1: Hacer un nuevo contrato social con igualdad de oportunidades para la inclusión social, productiva y política Meta estratégica Indicador Línea Base Fuente y año Meta 2024 5 programas Estratégicos 0% No aplica 100%

1. Oportunidades de educación, salud y cultura

Porcentaje (%) de avance en la creación de la Misión de educadores

1. Crear y poner en marcha la Misión de educadores y sabiduría ciudadana para la formulación

y sabiduría ciudadana. para mujeres, jóvenes, niños, niñas y adolescentes de la visión de la política pública en educación, en sintonía con los ODS-2030 y Bogotá 2038 100% SED, SEGPLAN

2. 100% de colegios públicos con bienestar estudiantil de

Porcentaje (%) de colegios públicos con 2019 100% calidad con alimentación alimentación escolar escolar SDIS,SEGPLAN

3. Beneficiar a 15.000 mujeres gestantes, lactantes y niños

Número de mujeres gestantes o lactantes o 2019 15.000 niños menores de 2 menores de 2 años con servicios nutricionales, con años con servicios 11.359 mujeres gestantes, niñas y niños nutricionales énfasis en los mil días de oportunidades para la vida menores de dos años en el servicio Creciendo en Familia.

17,65% SED, SEGPLAN 4.Ofrecer al 50% de los estudiantes de los colegios Porcentaje (%) de matrícula oficial en 2019 22,10% jornada única. públicos distritales oportunidades de formación integral:

25% en jornada única 37,15% SED, SEGPLAN 25% en jornada completa a 3 días gradualmente Porcentaje (%) de matrícula oficial en 2019 46,40% jornada completa.

22.400 SED, SEGPLAN

5. Ofrecer 20.000 cupos nuevos en educación

Número de nuevos cupos de educación 2019 42.400 superior. superior 1887 EDICIÓN 2997 ABRIL 30 DEL AÑO 2020 ANALES DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.

19.366 SED,SEGPLAN,

6. Reconocer y apoyar la labor de 7.000 maestras y maestros

Número de maestras y maestros beneficiarios 2019 26.366 a través de programas de de programas de formación docente y la formación docente y la generación de escenarios que generación de escenarios que permitan permitan su vinculación a redes, grupos de investigación su vinculación a redes, grupos de investigación e innovación, y el reconocimiento a docentes. e innovación, y el reconocimiento a docentes.

0 SDDE, 2019 50.000 Número de jóvenes colocados laboralmente

7. Colocar laboralmente a 50.000 jóvenes con focalización en jóvenes que no

que no estudian y no trabajan a través la estudian y no trabajan, en donde mínimo el 60% deben SDDE ser mujeres.

ND No aplica 100%

8. Diseñar y acompañar la estrategia de emprendimiento

y empleabilidad para la autonomía económica de las mujeres Porcentaje (%) de avance en el diseño y acompañamiento de la estrategia de emprendimiento y empleabilidad para la autonomía económica de las mujeres Porcentaje de avance en 0% SDS, 2019 100%

9. Fortalecimiento de la infraestructura y dotación del

construcción de dos (2) instalaciones hospitalarias. sector salud a través de la construcción y dotación de seis (6) CAPS, construcción de dos (2) hospitales nuevos y la ampliación de tres (3)

31 SDS, 2019 37 existentes.

Número de Centros de Atención Prioritaria en Salud Porcentaje de avance en 0% SDS,2020 100% la ampliación de tres (3) hospitales existentes.

1888 EDICIÓN 2997 ABRIL 30 DEL AÑO 2020 ANALES DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.

Número de niños, niñas,

10. Subir 9,45 puntos porcentuales los NNAJ que se

adolescentes y jóvenes 30.810 SDIS, SEGPLAN 2019 33.722 vinculan al Modelo en situación de vulnerabilidad y en calle Pedagógico y son identificados por el IDIPRON vinculados como población vulnerable por las dinámicas del Fenómeno de Habitabilidad en Calle.

Número de jóvenes con 0 No aplica 5.900

11. Implementar una estrategia de oportunidades

alto grado de vulnerabilidad beneficiados con juveniles, por medio de la entrega de transferencias monetarias a 5.900 jóvenes transferencias con alto grado de vulnerabilidad. monetarias condicionadas 650 BDG,SDP, 2019 10 Número de equipamientos artísticos

12. Fortalecer 10 equipamientos artísticos y culturales, multimodales y polivalentes en localidades con ausencia de los mismos.

y culturales, multimodales y polivalentes en localidades fortalecidos 0 SDDE, 2019 50.000

2. Mejores ingresos de los

Número de personas formadas en las nuevas

13. Formar 50.000 personas en las nuevas competencias y habilidades para el trabajo en

el marco de la reactivación competencias y habilidades para el hogares y combatir la feminización de la económica trabajo pobreza Número de soluciones 0 SDHT, 2019 10.000

14. Promover 10.000 soluciones habitacionales,

entregadas a familias vulnerables con enfoques de habitacionales complementarios entregados a familias género, poblacional diferencial y territorial. vulnerables con enfoques de género, poblacional diferencial y territorial.

$125.000 SDIS, 2019 $200.000

15. Incrementar progresivamente el valor del

Valor del apoyo económico a las personas mayores 100% de los apoyos económicos para persona mayor contribuyendo a mejorar su calidad de vida e incrementar su autonomía en el entorno familiar y social 1889 EDICIÓN 2997 ABRIL 30 DEL AÑO 2020 ANALES DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.

EAAB, junio Porcentaje (%) de suscriptores en estratos 2019 100% 100% (Estrato 1: 138.306 suscriptores;

1 y 2 con subsidio de mínimo vital Estrato 2:

16. Transferir utilidades a la Secretaría Distrital de Hacienda para otorgar el beneficio social del mínimo vital a la población de estratos

627.111 suscriptores)

1 y 2 en Bogotá en 6 m3 por suscriptor por mes, en el servicio de acueducto Estrato 1 26% Encuesta de

17. Reducir el gasto en transporte público de los

Porcentaje (%) de gasto en transporte público de Movilidad, Peso de gasto en transporte sobre hogares estratos 1 y 2 2019 hogares de mayor vulnerabilidad económica, con el ingreso de estratos 1 y 2 será del 15% enfoque poblacional diferencial y de género, para que represente el 15% de sus ingresos.

Estrato 2 24% Porcentaje (%) de 0% SDP, 2019 100%

18. Diseñar y coordinar la implementación de una

estrategia distrital de avance en la implementación de una estrategia distrital de Ambientes Laborales Inclusivos, en el Distrito y en Ambientes Laborales Inclusivos, en el Distrito el sector privado, para la transformación de imaginarios y representaciones sociales y en el sector privado, para la transformación negativas que afectan el ejercicio de los derechos de de imaginarios y representaciones sociales negativas que afectan el ejercicio de los sectores LGBTI y la activación de la economía en sectores LGBTI, especialmente los derechos de los en los más vulnerables. sectores LGBTI y la activación de la economía en sectores LGBTI, especialmente en los más vulnerables.

1890 EDICIÓN 2997 ABRIL 30 DEL AÑO 2020 ANALES DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.

Porcentaje (%) de 0% SDHT, 2019 100%

3. Sistema Distrital de

19. Formular e implementar un proyecto

cuidado piloto que desarrolle un avance en la implementación del proyecto piloto "Plan esquema de solución habitacional "Plan Terrazas “ Terrazas"

Porcentaje (%) de 43.594 SDIS, 2019 65.391 Participación de personas mayores en

20. Incrementar en un 50% la participación de personas mayores en procesos que fortalezcan su autonomía, el desarrollo de sus capacidades,

procesos que fortalezcan su autonomía, desarrollo el reentrenamiento laboral para la generación de ingresos de sus capacidades y y la integración a la vida de la reentrenamiento laboral. ciudad a través de la ampliación, cualificación e innovación en los servicios sociales con enfoque poblacional diferencial.

No. de viviendas VIS y 6751 VIS SDHábitat, VIP promovidas en 2019 45.000 21.Promover la iniciación de 45.000 viviendas VIS y VIP en Bogotá.

Bogotá.

35490 No VIS 0% No aplica 100% 22.Formular las bases técnicas y coordinar la implementación Porcentaje (%) de avance en la definición del sistema distrital del cuidado. técnica y coordinación para la implementación del sistema distrital de cuidado 1891 EDICIÓN 2997 ABRIL 30 DEL AÑO 2020 ANALES DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.

Porcentaje (%) de 0% No aplica 100% 23.Formular e implementar una estrategia pedagógica para la valoración, la avance en la formulación e implementación de una estrategia pedagógica para la valoración, la resignificación, el reconocimiento y la redistribución del trabajo de cuidado no remunerado que realizan las mujeres en Bogotá resignificación, el reconocimiento y la redistribución del trabajo de cuidado no remunerado que realizan las mujeres en Bogotá Número de servicios 0 SDS,2019 20

24. A 2024 implementar 20 servicios de atención integral

en salud con enfoque de equidad de género para mujeres. implementados de atención integral en salud con enfoque de equidad de género para mujeres.

2 SDIS, 2019 4 25.Fortalecer la implementación de la Política No. De Centros comunitarios LGBTI en funcionamiento Pública LGBTI a través de la puesta en marcha de 2 nuevos centros comunitarios LGBTI con enfoque territorial para la prestación de servicios sociales bajo modelos flexibles de atención integral en el marco de la PPLGBTI.

Porcentaje (%) de

26. Incrementar en 30% la atención de las personas con

3259 SDIS, SEGPLAN 2019 4237 discapacidad en Bogotá, personas con discapacidad en Bogotá atendidas mediante procesos de articulación intersectorial, con mayor capacidad de respuesta integral teniendo en cuenta el contexto social.

1892 EDICIÓN 2997 ABRIL 30 DEL AÑO 2020 ANALES DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.

0 SDDE, 2019 3.700

27. Brindar acceso a mecanismos de financiación a

4. Reactivación y adaptación económica a

Número de emprendimientos de estilo de vida con acceso a mecanismos de 3.700 emprendimientos de estilo de vida, PYMES acompañadas en programas través de esquemas de productividad financiación acompañadas en sostenible de apropiación y fortalecimiento de nuevas programas de tecnologías y empresas medianas en programas de sofisticación e innovación. apropiación y fortalecimiento de nuevas tecnologías y empresas medianas en programas de sofisticación e innovación.

Porcentaje (%) de 0% SDP, 2020 100%

28. Formular apuestas territoriales para fortalecer las

avance en la formulación de apuestas acciones y políticas de desarrollo económico de sectores estratégicos para la territoriales para fortalecer las acciones y ciudad políticas de desarrollo económico de sectores estratégicos para la ciudad Número de empresas 0 SDDE, 2019 3.500 impactadas de alto

5. Reactivación y adaptación económica a

29. Impactar 3.500 empresas de alto potencial de crecimiento (mayores generadores de empleo), emprendimientos de estilo de

través de la innovación y la creatividad en la vida y PYMES por medio de potencial de crecimiento, emprendimientos de estilo de vida y PYMES Bogotá-Región programas de aceleración, sofisticación e innovación para detonar generación de empleo en industrias de oportunidad para la reactivación económica.

1893 EDICIÓN 2997 ABRIL 30 DEL AÑO 2020 ANALES DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.

Número pymes con 0 SDA, 2019 1000

30. Crear vehículos de financiación para 1.000 pymes

vehículos de financiación que permitan su liquidez y la que permitan su liquidez y la conservación de los empleos en el marco de la emergencia conservación de los empleos en el marco de la emergencia 19 SDDE, 2019 25

31. Potenciar 6 plazas distritales de mercado para el

Número de plazas distritales de mercado turismo y 8 plazas distritales para el turismo potenciadas de mercado para abastecimiento (todas con reforzamiento estructural)

19 SDDE, 2019 27 Número de plazas distritales de mercado para abastecimiento potenciadas 0 SDDE, 2019 60 Número de eventos con prioridad en estrategias

32. Desarrollar 60 eventos dando la prioridad a estrategias virtuales que

virtuales que promuevan la comercialización digital, promuevan la comercialización digital, la creación de nuevos modelos de negocio y el desarrollo de la creación de nuevos modelos de negocio y el desarrollo de soluciones que permitan mitigar el soluciones que permitan mitigar el impacto de crisis bajo modelos de innovación y impacto de crisis. una plataforma de consolidación del ecosistema de emprendimiento e innovación.

Programas Estratégicos Propósito 2. Cambiar nuestros hábitos de vida para reverdecer a Bogotá y adaptarnos y mitigar la crisis climática Meta estratégica Indicador Línea Base Fuente y Meta 2024 3 programas Estratégicos año 100% 87.5% SDA, SEGPLAN, 2019

1. Restauración, preservación y mantenimient o del ambiente natural

33. Cumplir el 100% de las obligaciones en el Plan de Saneamiento y Manejo Básico de Vertimientos (PSMV), para el periodo comprendido 2020-2024.

Porcentaje (%) de cumplimiento de las obligaciones en el Plan de Saneamiento y Manejo Básico de Vertimientos (PSMV), para el periodo comprendido 2020-2024.

1894 EDICIÓN 2997 ABRIL 30 DEL AÑO 2020 ANALES DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.

316 90 SDA, SEGPLAN, 2019 Número de hectáreas con estrategias conservación implementadas

34. Incrementar en 226 hectáreas las áreas con estrategias implementadas para la conservación, en la reserva Thomas van der Hammen-TVDH, parque ecológico distrital de montaña Entrenubes, Cuchilla del Gavilán, zona rural de Usme, Ciudad Bolívar, Cerro Seco y otras áreas de interés ambiental.

0% SDA, 2019 100%

35. Diseñar e Implementar un sistema de incentivos a la conservación ambiental rural (Pago por Servicios Ambientales, acuerdos de conservación)

Porcentaje (%) de avance en el diseño e implementación de un sistema de incentivos a la conservación ambiental rural 4.818.652m2 IDU, 2019 4.220.000 m2 de espacio 36.4.220.000 m2 de espacio público de la ciudad intervenidos Metros cuadrados (m2) de espacio público de la ciudad intervenidos público en mal estado ND JBB, SDA;

37. 755.000 individuos vegetales plantados.

2019 755.000 Número de individuos vegetales nuevos plantados en área urbana y rural 0% No aplica 100%

2. Cuidado y mantenimient o del ambiente construido

38. Formular e implementar un nuevo modelo de manejo, disposición y aprovechamiento de residuos para la ciudad

Porcentaje (%) de avance en la formulación e implementación de nuevol modelo de manejo, disposición y aprovechamiento de residuos para la ciudad 0% 2020 100%

39. Implementar una estrategia de cultura ciudadana para promover la separación en la fuente, el reuso, el reciclaje, valoración y aprovechamiento de residuos ordinarios orgánicos e inorgánicos

Porcentaje (%) de avance en la implementación de la estrategia de cultura ciudadana para promover la separación en la fuente, el reuso, el reciclaje, valoración y aprovechamiento de residuos ordinarios orgánicos e inorgánicos 1895 EDICIÓN 2997 ABRIL 30 DEL AÑO 2020 ANALES DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.

SDA, 2019 Sector transporte:

Sector transporte 1.778 Ton Pm10

40. Reducir el 5% de material particulado (PM10) generado por fuentes móviles

Niveles de concentración atmosférica de material particulado (PM10) generado por fuentes móviles 1.872 Ton Pm10. Inventario de emisiones SDA, 2019 Sector transporte:

1.636 Ton Pm2,5

41. Reducir el 5% de material particulado (PM2.5) generado por fuentes móviles

Niveles de concentración atmosférica de material particulado (PM 2,5) generado por fuentes móviles Sector transporte 1722 Ton de Pm2.5 Inventario de emisiones 100% 13,33% EAAB, SEGPLAN, 31 de diciembre de 2019

42. Construcción de la Estación Elevadora Canoas Porcentaje (%) de avance en la construcción de la estación elevadora Canoas

0% 2020 100%

43. Concesionar la construcción y operación de la planta de tratamiento de aguas residuales de Canoas para el tratamiento de hasta 16m3/s

Porcentaje (%) de avance en el proceso de concesión de la construcción y operación de la planta de tratamiento de aguas residuales de Canoas para el tratamiento de hasta 16m3/s Tibitoc 12 EAAB, 2019 15,5 m3/s Tibitoc 25 m3/s Wiesner m3/s. Wiesner 18

44. Aumentar en 3,5 m3/s la capacidad de tratamiento de la planta Tibitoc y 7 m3/s en Wiesner

m3/s Metros cúbicos por segundo de tratamiento de la planta Tibitoc y Wiesner 2130 IDIGER-CVP, 2019 4280

3. Cuidado todas las formas de vida

45. Reasentar 2.150 hogares localizados en zonas de alto riesgo no mitigable mediante las modalidades establecidas en el Decreto 255 de 2013 o la última norma vigente; o los ordenados mediante sentencias judiciales o actos administrativos Número de hogares reasentados

0% 2020 100%

46. Implementar un (1) programa para la atención integral y especializada de la Fauna Silvestre

Porcentaje de avance en la implementación de un programa para la atención integral y especializada de la Fauna Silvestre 1896 EDICIÓN 2997 ABRIL 30 DEL AÑO 2020 ANALES DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.

0% 2020 100% Porcentaje de avance en el programa de modernización y sostenibilidad de la UAECOB para la respuesta efectiva en la atención de emergencias y desastres

47. Implementar al 100% un programa de modernización y sostenibilidad de la Unidad Administrativa Especial Cuerpo Oficial de Bomberos - UAECOB, para la respuesta efectiva en la atención de emergencias y desastres

Propósito 3: Inspirar confianza y legitimidad para vivir sin miedo y ser epicentro de cultura ciudadana, paz y reconciliación.

Meta estratégica Indicador Línea Fuente y año Meta 2024 4 programas Estratégicos Base Número de adolescentes y 0 2020 800

1. Seguridad, convivencia y

justicia jóvenes atendidos adolescentes y jóvenes a través de las diferentes rutas

48. Atender 800 adolescentes y jóvenes a través de las diferentes rutas del programa distrital

de Justicia Juvenil del programa distrital de Justicia Juvenil Restaurativa Restaurativa Porcentaje (%) de avance en 0% 2020 100%

49. Implementar tres (3) estrategias

la implementación de tres estrategias orientadas al orientadas al mejoramiento de las condiciones personales e interpersonales y al mejoramiento de las condiciones personales e interpersonales y al proceso de justicia restaurativa de las personas privadas de la libertad en Bogotá proceso de justicia restaurativa de las personas privadas de la libertad en Bogotá 0 SDSCJ,2020 2000 Número de policías nuevos para la prevención y control

50. Promover la vinculación de 2.000 policías nuevos para

del servicio policial en la ciudad a través de un plan de promoción e incentivos para la prevención y control del servicio policial en la ciudad a la incorporación través de un plan de promoción e incentivos para su incorporación 1897 EDICIÓN 2997 ABRIL 30 DEL AÑO 2020 ANALES DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.

0% SDSCJ,2020 100%

51. Diseñar e Implementar al 100%

Porcentaje (%) de avance en la implementación de un (1) plan de fortalecimiento al Centro de Comando, Control, un (1) plan de fortalecimiento al Centro de Comando, Comunicaciones y Cómputo (C4)

Control, Comunicaciones y Cómputo (C4)

Porcentaje (%) de avance en 0% SDSCJ,2020 100%

52. Diseñar e implementar al 100%

el diseño e implementación del plan de mejoramiento y ampliación de las Unidades de Reacción Inmediata - el plan de mejoramiento y ampliación de las Unidades de Reacción URIS.

Inmediata - URIS.

1 SDSCJ,2020 3 Número de sedes del Programa Distrital de Justicia

53. Crear dos (2) nuevas sedes del Programa Distrital de

Juvenil Restaurativa Justicia Juvenil Restaurativa.

400 SSCJ, 2019 10000

2. Cambio cultural y diálogo

Número de jóvenes formados en habilidades de social 54.Formar a 10.000 jóvenes en habilidades de tolerancia, empatía, autocontrol y manejo de emociones para prevenir la mediación, tolerancia, empatía, autocontrol y manejo de emociones para vinculación de jóvenes al delito, violencias y consumo de sustancias. prevenir la vinculación de jóvenes al delito, violencias y consumo de sustancias.

0 SDGOB,2019 800

55. Fortalecer 800 grupos de ciudadanos

Número de grupos de ciudadanos vinculados a instancias de participación para la convivencia y vinculados a instancias de participación para la seguridad convivencia y seguridad.

Indicador de confianza 5,43 Encuesta de 5,70 interpersonal

56. Aumentar la confianza interpersonal 5% y la

confianza en las Cultura Ciudadana Bogotá. 2018.

1898 EDICIÓN 2997 ABRIL 30 DEL AÑO 2020 ANALES DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C. instituciones públicas 2,6 Encuesta de 2,68 3% Indicador de confianza en las instituciones públicas Cultura Ciudadana Bogotá. 2018.

0 SDMujer, 2020 7

3. Prevención de violencias de

57. Implementar en 7 casas de justicia

Número de centros de Prevención, Protección a las Mujeres, niñas y niños y Convivencia priorizados con género y reducción de discriminaciones priorizadas un modelo de atención con ruta integral para ruta de atención integral mujeres 30 SED,2019 70 58.. Generar 70 Entornos escolares de Número de entornos escolares de confianza y corresponsabilidad educativa confianza y corresponsabilidad educativa 0 SDS,2019 20 Número de servicios implementados de atención

59. A 2024 implementar 20 servicios de atención integral en salud con

integral en salud con enfoque de equidad de enfoque de equidad género para mujeres. de género para mujeres.

Porcentaje (%) de avance en 0% SDMujer, 2020 1

60. Implementar y monitorear un modelo distrital y

la implementación y monitoreo de un modelo local para la prevención, atención, distrital y local para la prevención, atención, sanción, reparación y sanción, reparación y erradicación de las violencias erradicación de las violencias contra las contra las mujeres mujeres Porcentaje (%) de avance en 0% No aplica 100% la implementación de una

4. Paz y víctimas
61. Formular e implementar una estrategia para la

consolidación de estrategia para la consolidación de Bogotá - Región, como epicentro de paz y reconciliación, a través Bogotá - Región, como epicentro de paz y reconciliación, a de la implementación de los Acuerdos de Paz en el Distrito. través de la implementación de los Acuerdos de Paz en el Distrito.

1899 EDICIÓN 2997 ABRIL 30 DEL AÑO 2020 ANALES DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.

Porcentaje (%) de avance en 0% No aplica 100% la implementación de la

62. Formular e implementar una estrategia para la apropiación social de

estrategia para la apropiación social de la memoria, para la paz y la la memoria, para la paz y la reconciliación reconciliación en los territorios ciudad región a través de la pedagogía social en los territorios ciudad región a través de la pedagogía social y la gestión del y la gestión del conocimiento. conocimiento.

Programas Estratégicos Propósito 4. Hacer de Bogotá - Región un modelo de movilidad multimodal, incluyente y sostenible Meta estratégica Indicador Línea Base Fuente y año Meta 2024 2 programas Estratégicos (15 Indicadores)

Número de validaciones Transmilenio en el SITP 3.731.821 validacione, 2019

1. Sistema de movilidad sostenible

63. Las validaciones en el SITP aumentadas en

s día hábil 4.664.776 25% Porcentaje de avance en 0 SDM

64. Formular e implementar una estrategia integral

la formulación e implementación de una 100% para mejorar la estrategia integral para calidad del transporte público mejorar la calidad del transporte público urbano urbano regional regional Porcentaje (%) de avance 0% EMB, 2020 100%

65. La red de metro regional, conformada por la extensión de la fase

del proceso de contratación para la expansión de la PLMB- Fase 2 II de la Primera Línea del Metro hasta Suba y Porcentaje (%) de avance 60% Engativá.

16,57% EMB, SEGPLAN, del ciclo de vida del proyecto PLMB – Tramo 1 2019 Número de cables Aéreos nuevos con iniciación de la 0 0 IDU, 2019 1 1

66. Iniciar la construcción de un (1) cable aéreo y la

estructuración de construcción Número de cables Aéreos otro nuevos estructurados 1900 EDICIÓN 2997 ABRIL 30 DEL AÑO 2020 ANALES DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.

Porcentaje (%) de avance 0% SDM,2020 100% en la implementación de

67. Definir e implementar un instrumento para la

un instrumento para la medición y seguimiento medición y seguimiento de la experiencia del de la experiencia del usuario y del prestador usuario y del prestador del del servicio en el transporte público individual servicio en el transporte público individual 514 SDM, 2018 411

2. Movilidad segura

Número de víctimas fatales por siniestros

68. 1. Reducir en 20% el número de víctimas fatales por

viales siniestros viales Número de jóvenes (entre 183 SIGAT, SDM, 2019 146

69. Reducir en 20% el número de jóvenes (entre 14 y

14 y 28 años) fallecidos por siniestros viales 28 años) fallecidos por siniestros viales Programas Estratégicos Propósito 5: Construir Bogotá Región con gobierno abierto, transparente y ciudadanía consciente.

3 programas Estratégicos Meta estratégica Indicador Línea Base Fuente y año Meta 2024 0% SDP, 2019 100%

1. Gestión pública efectiva, abierta y transparente

70. Definir e implementar la estrategia, operación, seguimiento y evaluación de los presupuestos participativos en los Fondos de Desarrollo Local.

Porcentaje (%) de avance en la definición e implementación de la estrategia, operación, seguimiento y evaluación de los presupuestos participativos en los Fondos de Desarrollo Local.

0% NA 100% 71.Un (1) modelo de Gobierno Abierto diseñado e implementado[A1] bajo los pilares de transparencia, participación y colaboración Porcentaje de ejecución en la implementación del modelo de Gobierno Abierto, con democracia digital, bajo los pilares de transparencia, participación y colaboración.

41,7

72. Aumentar en 5 puntos el índice de innovación pública

Índice de innovación pública 36,7 Veeduría Distrital, 2019 1901 EDICIÓN 2997 ABRIL 30 DEL AÑO 2020 ANALES DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.

0% SDIS, 2019 100%

73. Diseñar e implementar una (1) solución tecnológica que le permita a la ciudadanía reportar en tiempo real los casos de violencia, trata, maltrato y posible vulneración de derechos de los distintos grupos poblacionales.

Porcentaje (%) de avance en la implementación de una solución tecnológica que le permita a la ciudadanía reportar en tiempo real los casos de violencia, trata, maltrato y posible vulneración de derechos de los distintos grupos poblacionales.

2. Bogotá ciudad inteligente

100% UAECD, 2019 100%

74. Realizar la actualización catastral de los predios del Distrito con enfoque multipropósito (Urbana-Rural)

Porcentaje (%) de actualización de la información catastral de los predios del Distrito con enfoque multipropósito (Urbana-Rural)

0 IDIGER, 2019. 100%

75. Actualizar el 100% de los componentes del Sistema de Información para la Gestión de Riesgos y Cambio Climático - SIRE

Porcentaje (%) de actualización de los componentes del Sistema de Información para la Gestión de Riesgos y Cambio Climático - SIRE 0 NA 100%

76. A 2024 diseñar e implementar la Estrategia de Transformación Digital en Salud.

Porcentaje (%) de diseño e implementación de la Estrategia de Transformación Digital en Salud.

0% SDP, 2019 100%

3. Integración regional

77. Ajustar el Plan de Ordenamiento Territorial - POT- que contemple el desarrollo sostenible desde lo social, económico y ambiental para una ciudad- región de borde, subregional, nacional e internacional.

Porcentaje (%) de avance en el ajuste del Plan de Ordenamiento Territorial - POT que contemple el desarrollo sostenible desde lo social, económico y ambiental para una ciudadregión de borde, subregional, nacional e internacional.

1902 EDICIÓN 2997 ABRIL 30 DEL AÑO 2020 ANALES DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.

0% SDP, 2019 100% Porcentaje (%) de avance en la implementación de una conduzca a la conformación de la creación, institucionalización y reglamentación de la Región Metropolitana y a la armonización de iniciativas de impacto regional.

78. Definir e implementar una estrategia que conduzca a la conformación de la creación, institucionalización y reglamentación de la Región Metropolitana y a la armonización de iniciativas de impacto regional.

0 SDP, 2019 800

79. viabilizar 800 hectáreas para el desarrollo de proyectos en la ciudad, desde los componentes de la estructura ecológica principal, movilidad, espacio público, revitalización, sistema de cuidado, vivienda, servicios urbanos, empleo y productividad, que aporten al desarrollo regional.

Número de hectáreas netas urbanizables de suelo viabilizadas para para el desarrollo de nuevos proyectos en la ciudad, relacionados con la región desde los componentes de la estructura ecológica principal, movilidad, espacio público, revitalización, sistema de cuidado, vivienda, servicios urbanos, empleo y productividad.

Artículo 14.

Metas de los programas generales. En el Plan de Desarrollo Distrital “Un Nuevo Contrato Social y Ambiental para la Bogotá del siglo XXI”, los logros de ciudad se materializan en 58 programas generales, conformados por una agrupación de metas que responden a su cumplimiento, como se identifican en el Anexo No. 1 que hace parte del presente Plan.

Capítulo IV.

DEFINICIÓN DE PROGRAMAS Y CUMPLIMIENTO DE ODS

Artículo 15.

Definición de Programas. Los Programas del Plan Distrital de Desarrollo se definen a continuación, agrupados según el propósito:

Propósito 1: Hacer un nuevo contrato social para incrementar la inclusión social, productiva y política Programa 1. Subsidios y transferencias para la equidad. Garantizar un ingreso mínimo por hogar, que reduzca el peso de los factores que afectan la equidad del ingreso de los hogares. Para ello, el programa tiene previsto fortalecer el esquema de subsidios y contribuciones en forma de transferencias monetarias condicionadas y no condicionadas, bonos canjeables por bienes y servicios, subsidios en especie, entre otros para niños, jóvenes, adultos mayores y familias de Bogotá, a fin de reducir los índices de pobreza monetaria, multidimensional y de feminización de la pobreza, consolidando en el mediano y largo plazo los avances 1903 EDICIÓN 2997 ABRIL 30 DEL AÑO 2020 ANALES DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C. logrados con el Sistema de Bogotá Solidaria en Casa, y fortalecer el modelo de inclusión social y ciudadana que contribuya a la participación y transformación cultural, deportiva, recreativa y artística en la vida cotidiana de los ciudadanos de Bogotá.

Facilitar la adquisición de vivienda en sus diferentes modalidades para los hogares con menores ingresos de la población, promoviendo incentivos para la construcción de vivienda de interés social y prioritario, implementando nuevas alternativas de financiación y adquisición de vivienda nueva, usada, para mejoramiento o arrendamiento. Tales acciones en articulación con los subsidios nacionales y distritales, implementando esquemas de priorización de población beneficiaria y el diseño de instrumentos financieros para la gestión del Hábitat contribuirán con: la generación de empleo por la dinamización del sector de la construcción y la reducción del déficit de vivienda. Así mismo, ser más pertinente en la aplicación de los subsidios para los estratos 1, 2 y 3 en el servicio de acueducto, alcantarillado y aseo, subsidios funerarios, subsidios de transporte y los recursos para Beneficios Económicos Periódicos (BEPS).

Programa 2. Igualdad de oportunidades y desarrollo de capacidades para las mujeres. Empoderar a las mujeres en el ejercicio de sus derechos, fortalecer las capacidades y habilidades para su exigibilidad y territorializar las acciones para prevenir y atender las violencias contra las mujeres, con orientación y acompañamiento psicosocial, fortalecer a grupos, redes y organizaciones de mujeres, desarrollando acciones eficaces para la atención, acompañamiento ante instancias administrativas a las sobrevivientes de las violencias y con orientación e información especializada de la ruta de acceso a la justicia. Así mismo, procurará articular la oferta institucional de servicios para las mujeres e implementar acciones afirmativas en el nivel local mediante la transversalización de la igualdad de género, emprendimiento y empleabilidad para la autonomía económica de las mujeres y la territorialización de la Política Pública de Mujeres y Equidad de Género.

Programa 3. Movilidad social integral. Busca reducir los índices de pobreza monetaria, multidimensional y de feminización de la pobreza con el fin de garantizar igualdad de oportunidades para la inclusión social, productiva y política a través de la movilidad social integral. Es decir, atenderá Niños, Niñas, Adolescentes, y Jóvenes identificados como población vulnerable por las dinámicas del fenómeno de habitabilidad en calle; fortalecerá la prevención y atención de la población habitante de calle y en riesgo de habitar la calle, a través de acciones integrales intersectoriales que promuevan la dignificación de la habitabilidad en calle, respondiendo a las necesidades de la población, desde los enfoques territorial, diferencial y de género; acompañar a hogares pobres y en vulnerabilidad social identificados geográficamente en los barrios con mayor pobreza del distrito; e impulsar la política pública de y para la adultez entre 45 y 60 años que habita en el área urbana y rural de Bogotá, que permita la movilización social y el desarrollo de capacidades, incluyendo los adultos y adultas identificados en pobreza oculta, con el fin de promover y garantizar progresivamente sus derechos.

Contribuir a la construcción de la memoria, la convivencia y la reconciliación en el marco del acuerdo de paz, a través de la atención de las afectaciones por el conflicto armado de niños, niñas y adolescentes víctimas, desde un enfoque territorial, igualmente, con el mínimo vital de la población vulnerable, y con el mantenimiento y/o dotación de infraestructura priorizadas a través de las intervenciones de las Alcaldías Locales de conformidad con la reglamentación vigente.

Programa 4. Prevención de la exclusión por razones étnicas, religiosas, sociales, políticas y de orientación sexual. Garantizar el goce efectivo de los derechos humanos y el ejercicio de las libertades de todas las 1904 EDICIÓN 2997 ABRIL 30 DEL AÑO 2020 ANALES DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C. personas que habitan o transitan Bogotá, previniendo la exclusión por procedencia étnica, religiosa, social, política u orientación sexual, atender la población proveniente de flujos migratorios mixtos, a través de la articulación interinstitucional y ciudadana en el marco del Sistema Distrital de Derechos Humanos.

Programa 5. Promoción de la igualdad, el desarrollo de capacidades y el reconocimiento de las mujeres. Construir una ciudad que garantice los derechos humanos de todas las mujeres, para lo cual se implementarán acciones dirigidas a desarrollar y fortalecer sus capacidades y habilidades, con el fin de lograr el ejercicio real y efectivo de sus derechos. Para esto se incorporará de manera transversal el enfoque de género en el diseño, ejecución, seguimiento y evaluación de las actuaciones del Distrito. De esta manera, en su conjunto tendrá como prioridad que Bogotá sea un territorio que garantice los derechos de las mujeres, en toda su diversidad, a través del diseño e implementación de acciones afirmativas que permitan el ejercicio pleno de los derechos de las mujeres en toda su diversidad y la eliminación de todas las formas de discriminación y violencias interseccionales que les afectan a lo largo de todo su curso de vida.

Programa 6. Sistema Distrital del Cuidado. Implementar estrategias de cuidado a la población más vulnerable de la ciudad, a fin de aportar a la igualdad de género, los derechos de las mujeres y el desarrollo de capacidades de la ciudadanía. En este sentido, se tiene como propósito reconocer y valorar el trabajo de cuidado no remunerado y el trabajo doméstico no remunerado, así como la implementación de la política pública distrital de atención al pensionado.

Así mismo, fortalecer y ampliar la oferta de servicios para la atención de la población más vulnerable de la ciudad, con especial énfasis en personas con discapacidad, niñas, niños y adolescentes, población migrante en riesgo, adultos mayores y mujeres, con enfoque de derechos, diferencial, poblacional, ambiental, territorial y de género, especialmente con comedores comunitarios, comedores móviles en las localidades definidas por la Estrategia Territorial Integral Social, a la población migrante en riesgo o situación de vulneración de derechos, trabajo infantil y violencia sexual; entrega de kits alimentarios, impulsando las compras locales y el consumo sostenible; y el empoderamiento en prácticas de Cuidado (autocuidado, cuidado mutuo), la participación en redes de apoyo para informar y educar en prácticas de cuidado colectivo y del entorno y la corresponsabilidad social y autogestión para un mejor ejercicio ciudadano individual, familiar y comunitario por un bien colectivo para una ciudad cuidadora, incluyente, accesible y saludable.

Fortalecer las Comisarías de Familia en su estructura organizacional y su capacidad operativa, humana y tecnológica, para garantizar a las víctimas de violencia intrafamiliar el oportuno acceso a la justicia y la garantía integral de sus derechos. Desarrollar estrategias de prevención de la explotación sexual de niños, niñas y adolescentes en el contexto turístico, y de orientación y atención integral para visitantes víctimas de delitos en las Zonas de Interés Turístico.

Programa 7. Mejora de la gestión de instituciones de salud. Llevar la salud a la residencia, barrio y entorno. Desarrollar de manera efectiva un modelo de salud basado en Atención Primaria en Salud (APS) y en la determinación social y ambiental que da cuenta de los fenómenos sociales a través de los enfoques diferencial, territorial, poblacional y de cultura ciudadana. Permite que equipos multidisciplinarios lleguen a los hogares, diagnostiquen e intervengan determinantes protectores y amenazantes con el concurso de los sectores de la administración distrital. En tal sentido, involucra instituciones, recursos y actores del sector salud, de la seguridad social en salud y de otros sectores.

1905 EDICIÓN 2997 ABRIL 30 DEL AÑO 2020 ANALES DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.

Programa 8. Prevención y atención de maternidad temprana. La prevención de la maternidad y paternidad en edades tempranas, en niños, niñas y adolescentes, se abordara comprendiéndolo como un problema de salud pública que, en algunos casos puede llegar a poner en riesgo la salud de la madre gestante o a su bebé; así como hacia una transformación cultural de la sexualidad, la cual será abordada a través de estrategias de prevención del embarazo adolescente en colegios, como con campañas educativas con enfoque de género y diferencial dirigidas a ciudadanos, familias y comunidades en torno al desarrollo de proyectos de vida con responsabilidad y generando mejores oportunidades para esta población.

Programa 9. Prevención y cambios para mejorar la salud de la población. Promover modos, hábitos y estilos de vida que potencien los determinantes protectores y atenúen los determinantes destructores del proceso salud-enfermedad. Se busca detectar oportunamente la enfermedad o fortalecer el proceso de recuperación o rehabilitación del paciente; disminuir la morbilidad por enfermedades transmisibles en control (Tosferina, Varicela, Hepatitis A, parotiditis y meningitis) y controlar la pandemia de CoronavirusCOVID-19. Ello contribuirá a la inclusión social y desarrollo integral de familias, comunidades y población en general, al igual que al mejoramiento de espacios personales y entornos territoriales.

Programa 10. Salud para la vida y el bienestar. Reducir la mortalidad materna promocionando la salud materna, perinatal y de aquellas poblaciones que cuentan con condiciones diferenciales o de vulnerabilidad. Se formula bajo criterios de inclusión, respetando cada contexto social y cultural, teniendo en cuenta las necesidades específicas de cada población y apuntando a una atención con acciones promocionales y preventivas más seguras, eficientes y equitativas.

Programa 11. Salud y bienestar para niñas y niños. Contribuye al desarrollo integral de los niños y niñas de la ciudad en su contexto individual, familiar y comunitario, respetando diversidad, cultura y género con acciones protectoras e incluyentes que apuntan a promocionar la salud y prevenir la enfermedad y la mortalidad en el contexto del modelo de atención integral en salud.

Programa 12. Educación inicial: Bases sólidas para la vida. Ampliar la oferta actual de educación inicial en la ciudad, desarrollando, optimizando y mejorando la infraestructura educativa de Bogotá y adelantando una clara coordinación interinstitucional de estrategias para superar el rezago que se tiene frente a la demanda y avanzar en la atención de niñas y niños en los tres niveles educación inicial. Avanzar en lineamientos pedagógicos que permitan construir unas bases sólidas en la primera infancia para el desarrollo físico, emocional, intelectual y ético de las niños y niñas de la ciudad, así como la integración de la jornada académica con los horarios laborales de las familias y cuidadores con estrategias de educación inclusiva que permitan que todos las niñas y niños de la ciudad tengan igualdad de oportunidades que garanticen su formación integral, unido a acciones artísticas que permitan la construcción de puentes entre niñas, niños, sus familias y comunidades y culturales, con artistas formadores, vehículos de conexión entre los diferentes actores sociales.

Programa 13. Educación para todos y todas: acceso y permanencia con equidad y énfasis en educación rural. Cerrar las brechas de acceso y permanencia en la ciudad que se manifiestan especialmente entre territorios (entre UPZ y entre lo urbano y lo rural) y entre poblaciones (personas con discapacidad, población en extra-edad, minorías étnicas, etc.) de tal manera que se favorezca la permanencia escolar desde la educación inicial hasta la graduación, con servicios de educación inicial pertinentes y de calidad en el marco de la atención integral, con el fin de potenciar su desarrollo, a través de una oferta flexible que tenga en 1906 EDICIÓN 2997 ABRIL 30 DEL AÑO 2020 ANALES DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C. cuenta las dinámicas socioeconómicas de las familias y cuidadores, hasta la implementación de acciones que reduzcan los factores de riesgo de deserción y repitencia escolar.

Programa 14. Formación integral: más y mejor tiempo en los colegios. Aumentar la calidad de la educación, con la pertinencia de la jornada única y completa, a la vez disminuir brechas de inequidad que existen en el sistema educativo. Así, Bogotá debe avanzar paulatinamente para que su fortalecimiento no redunde en impactos negativos sobre la cobertura, de manera integral y con articulación interinstitucional.

Esto significa, por una parte, que se debe garantizar el desarrollo de estrategias de formación integral relacionadas con áreas socio-ocupacionales, deportivas, artísticas, científicas, tecnológicas y ambientales, entre otras, con enfoque de derechos y considerando las condiciones excepcionales y de vulnerabilidad de los estudiantes. Por otra parte, se implementarán estrategias pedagógicas innovadoras dirigidas al desarrollo de habilidades y competencias del Siglo XXI para los niños, niñas, adolescentes y jóvenes de la ciudad en el ámbito urbano y rural. Se afianzará el sentido de apropiación social del patrimonio cultural y natural de la ciudad, mediante estrategias pedagógicas desde el aula de clase y el territorio.

Programa 15. Plan Distrital de Lectura, Escritura y Oralidad: "Leer para la vida". Formar y desarrollar capacidades de lectura, escritura y oralidad, que favorezcan la comprensión y conlleven al mejoramiento de los niveles de lectura, la generación de estrategias que permitan garantizar a los habitantes de la ciudad, el acceso en condiciones de igualdad a la lectura, la escritura, el libro y las bibliotecas y a motivar el uso y apropiación de la lectura y la escritura como prácticas que permean todos los ámbitos de la vida. Se trata de evidenciar el sentido transformador de la lectura en la vida cotidiana, construir un vínculo entre la Lectura y los habitantes de la ciudad y hacer de cada ciudadano un mediador de lectura.

Programa 16. Transformación pedagógica y mejoramiento de la gestión educativa. Es con los maestros y maestras. Realizar acompañamientos especializados para producir transformaciones pedagógicas hacia el fortalecimiento del currículo, la apropiación pedagógica y las estrategias didácticas de los colegios públicos rurales y urbanos de Bogotá desde preescolar hasta educación media. Fortalecer los ambientes de aprendizaje y los procesos pedagógicos y didácticos de las IED para mejorar las habilidades comunicativas, digitales y científicas de los estudiantes y, responder a los cambios sociales, culturales y económicos del Siglo XXI. Focalizar el trabajo basándose en enfoque de desarrollo integral e inclusivo que aborde las diferentes dimensiones del estudiante centradas en el saber (pensamiento crítico, lengua y STEM) y el ser (formación socioemocional, ciudadanía, paz y convivencia, arte y bienestar físico). Mejorar el desarrollo profesional de los maestros y maestras a través de estrategias de formación docente, creación de redes y grupos de investigación y, acciones de reconocimiento social de su labor. Consolidar un Sistema Multidimensional de Evaluación para la calidad educativa, tanto para estudiante como para docentes, que focalizará las atenciones en el desarrollo de las habilidades de los estudiantes con miras en la calidad y pertinencia académica.

Programa 17. Jóvenes con capacidades: Proyecto de vida para la ciudadanía, la innovación y el trabajo del siglo XXI. Reducir el número de jóvenes que ni estudian ni trabajan, impactando especialmente a los jóvenes más pobres y vulnerables del Distrito en un trabajo intersectorial, considerando el fortalecimiento y ampliación de la oferta en educación media que ofrezca oportunidades de exploración, diversificación y orientación socio-ocupacional para los jóvenes, que les permita mejorar su tránsito a la educación superior; así como, una formación para el trabajo que les permita construir trayectorias laborales exitosas. Consolidar una oferta de educación terciaria en Bogotá-región que ofrezca diferentes oportunidades para los jóvenes, 1907 EDICIÓN 2997 ABRIL 30 DEL AÑO 2020 ANALES DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C. a partir de la generación de nuevos cupos en educación superior gratuitos y de calidad, apoyados con el fortalecimiento de la Universidad Distrital, condiciones que contribuyen con colocar laboralmente a los jóvenes con focalización en Ninis.

Programa 18. Cierre de brechas para la inclusión productiva urbano rural. Comprendemos las barreras que afectan particularmente a diferentes grupos de población y nos concentramos en ofrecerle a cada uno la formación, educación, trabajo, salud, bienestar, autonomía e ingresos que requieren para poder ejercer sus libertades, maximizar su talento, ser y ejercer su autonomía individual, y potenciar su acción colectiva en comunidad. Sabemos que la igualdad real en nuestra sociedad pasa por asegurar los derechos, igualdad y oportunidades de las mujeres en general, y en particular de las madres cabezas de familia, de los jóvenes en general, y de los barrios populares en particular, de los pueblos afro e indígenas, de los ciudadanos que sobreviven en condiciones de pobreza extrema, discapacidad, discriminación, o exclusión. Intervenir zonas de la ciudad para la construcción social del espacio público basada en el respeto, el diálogo y el acatamiento voluntario de las normas, en concordancia con las estrategias de recuperación económica de la ciudad.

Programa 19. Vivienda y entornos dignos en el territorio urbano y rural. Superar la baja calidad en el desarrollo de los asentamientos humanos, que está asociada a un déficit en las condiciones del hábitat de la población. Este déficit se encuentra representado en la existencia de precariedades habitacionales asociadas a la vivienda y la informalidad, un entorno urbano y rural que no cumple con estándares que generen bienestar y permitan el adecuado desarrollo del potencial de sus habitantes, realizar las intervenciones encaminadas a mejorar las problemáticas asociadas a la baja calidad de los asentamientos humanos, reducir las dinámicas asociadas al crecimiento de las ocupaciones informales, fortalecer la calidad del espacio público, reducir la permanencia de inequidades y desequilibrios territoriales.

Programa 20. Bogotá, referente en cultura, deporte, recreación y actividad física, con parques para el desarrollo y la salud. Lograr una ciudadanía activa, aumentando la práctica de la actividad física y el deporte, con el fin de contribuir a prevenir enfermedades crónicas no transmisibles y mentales, utilizando el deporte y la recreación para incrementar los comportamientos relacionados con confianza, trabajo en equipo, solidaridad y apropiación del espacio público a través de estrategias de cultura ciudadana e inclusión, donde los parques se constituyan en espacios de convivencia, construcción de tejido social y desarrollo económico. Formar integralmente a niños, niñas, adolescentes y jóvenes escolares de Instituciones Educativas del Distrito a través de la oferta de alternativas de deporte y actividad física, que a su vez permita identificar talentos deportivos que nutran la base deportiva de la ciudad.

Programa 21. Creación y vida cotidiana: Apropiación ciudadana del arte, la cultura y el patrimonio, para la democracia cultural. Superar las barreras culturales, económicas, físicas que dificultan la participación de la ciudadanía en la vida cultural de la ciudad, y obstaculizan la transformación cultural de los ciudadanos para reconocer a los otros. A través de procesos y actividades pertinentes y accesibles en las dimensiones de la creación, la formación, la circulación, la investigación y la apropiación lograr que la ciudadanía incorpore las artes a su vida cotidiana, mediante la práctica y el acceso a la oferta cultural.

Reconocer bienes y manifestaciones culturales para que hagan parte de nuestro patrimonio; oferta de actividades educativas y culturales que integren el patrimonio cultural material, inmaterial y natural; y el fortalecer iniciativas, proyectos y procesos desarrollados por los agentes culturales y patrimoniales de Bogotá con un enfoque participativo e intercultural, para que la ciudadanía pueda tener acceso a su patrimonio, a la historia de su ciudad, comprendiendo la importancia de respetarlo.

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Programa 22. Transformación cultural para la conciencia ambiental y el cuidado de la fauna doméstica. Implementar estrategias de formación ambiental y metodologías de participación y de gestión territorial, que desde las instituciones permitan desarrollar programas de pedagogía y cultura ambiental para generar conocimientos y experiencias en las personas. A través de la participación de cada uno de los actores, con diálogo de saberes del territorio, inclusión social, transformación cultural y la corresponsabilidad de ciudadanos activos, se esperan decisiones incidentes para una ciudadanía consciente de lo ambiental, con hábitos de vida para el cuidado colectivo de los recursos naturales, la conservación de los ecosistemas, la defensa del territorio y el respeto y buen trato a la fauna doméstica.

Programa 23. Bogotá rural. Visibilizar y apropiar el territorio rural desde su diversidad ambiental y desde su multiculturalidad campesina como patrimonio de Bogotá – Región, es el propósito de este programa. Pretende lograr una igualdad de oportunidades y la inclusión social y productiva de cada una de las comunidades rurales, las cuales construirán, a partir del marco que ofrece la política pública de ruralidad y en conjunto con la administración distrital, una variedad de procesos y de alternativas de sostenibilidad que impacten positivamente la conservación de nuestras áreas de especial importancia ecológica.

Programa 24. Bogotá región emprendedora e innovadora. Generar un entorno propicio en el desarrollo social, cultural y económico de Bogotá y la región que requiere la implementación de acciones estratégicas que conlleven a la sostenibilidad y productividad de los artistas, emprendimientos, organizaciones y empresas del sector cultural y creativo, con especial atención por la reactivación de este sector en la fase post-pandemia por COVID-19.

Priorizar estrategias virtuales que promuevan la comercialización digital, la creación de nuevos modelos de negocio y el desarrollo de soluciones que permitan mitigar el impacto de crisis bajo modelos de innovación; estrategias para reconocer, crear, fortalecer, consolidar y/o posicionar Distritos Creativos; impactar empresas de alto potencial de crecimiento con mayores generadores de empleo, emprendimientos de estilo de vida y PYMES con programas de aceleración, sofisticación e innovación para detonar la generación de empleo en industrias de oportunidad; e implementar el programa distrital de agricultura urbana y periurbana articulado a los mercados campesinos, para la reactivación económica.

Programa 25. Bogotá región productiva y competitiva. La administración distrital intervendrá en la reactivación económicamente de Bogotá afectada por la pandemia de COVID-19, para lo cual adelantará actividades que permitan preservar el empleo y el tejido empresarial y en particular de la micro, pequeña y mediana empresa, también promoverá aglomeraciones productivas y sectores de alto impacto en Bogotá región y favorecerá las mejores condiciones para una productividad sostenible; abriendo nuevos mercados comerciales para empresas con potencial exportador y atracción de eventos; actualizando para el efecto la política pública de desarrollo económico, ante la nueva situación económica y social de la ciudad, con el objeto de aumentar la productividad de unidades productivas en 6 zonas de aglomeración especializada por medio de sistemas productivos solidarios locales La administración distrital también brindará mecanismos de financiación a emprendimientos de estilo de vida, PYMES, acompañadas en programas de apropiación y fortalecimiento de nuevas tecnologías y empresas medianas en programas de sofisticación e innovación; poniendo en marcha y fondeando un vehículo financiero de crecimiento, que permita a empresas de alto impacto en etapa de consolidación y/o aceleración, recursos que los ayuden a reinventar, crecer y consolidar sus negocios, disminuyendo su 1909 EDICIÓN 2997 ABRIL 30 DEL AÑO 2020 ANALES DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C. exposición a la tasa de mortalidad empresarial; fortalecer actores del sistema de abastecimiento de alimentos; promover el crecimiento Verde; organizar mercados campesinos; potenciar plazas distritales de mercado para el abastecimiento; y vincular hogares y/o unidades productivas a procesos productivos y de comercialización en el sector rural.

Programa 26. Bogotá y región, el mejor destino para visitar. Reconocer las manifestaciones culturales y artísticas a partir del diseño y puesta en marcha de actividades artísticas, culturales y patrimoniales de alto impacto, teniendo como base la interacción de propios y visitantes con escenarios urbanos característicos del Distrito Capital. Se apuesta a la formulación de la Política Pública Distrital de Turismo que revitalice el sector, oriente el modelo de desarrollo turístico sostenible, propone la construcción e intervención de infraestructura turística y a la implementación de acciones estratégicas que hacen de Bogotá un destino atractivo, que impacta positivamente el desarrollo económico de la ciudad.

Propósito 2: Cambiar nuestros hábitos de vida para reverdecer a Bogotá y adaptarnos y mitigar la crisis climática.

Programa 27. Cambio cultural para la gestión de la crisis climática. Se tiene como fin el auto reconocimiento de Bogotá frente a la dinámica de la crisis climática, su relación con el ambiente y los factores socioculturales de los habitantes, a partir de lo cual, se logra la construcción e implementación colectiva de acciones y/o transformaciones para mitigar los efectos de este fenómeno, motivando la participación, el intercambio de experiencias y la planeación articulada de los diferentes sectores involucrados; consolidar rutas agroecológicas en torno a huertas autosostenibles de la Bogotá región; y la Estrategia Distrital de Crecimiento Verde con enfoque de sostenibilidad ambiental, innovación y economía circular.

Fortalecer la educación ambiental armonizando la relación de los estudiantes y la comunidad educativa con su entorno a través del acompañamiento pedagógico y el fomento del servicio social ambiental.

Programa 28. Bogotá protectora de sus recursos naturales. Administrar, conservar, restaurar, recuperar, rehabilitar, mantener y gestionar integralmente áreas protegidas, humedales, parques ecológicos de montaña, y otras áreas de interés ambiental; recuperar áreas protegidas afectadas o vulnerables para evitar actuales y futuros procesos de ocupación ilegal; implementar proyectos de conectividad ecológica, el Plan de Manejo Ambiental Chingaza, implementar el Plan de Acción de la Sentencia del Consejo de Estado sobre los Cerros Orientales; y ejecutar un programa de evaluación, seguimiento y monitoreo a la biodiversidad.

Programa 29. Asentamientos y entornos protectores. Recuperar y proteger el entorno habitacional, cuyo objetivo es reducir el déficit de viviendas de ocupación informal localizadas en zonas de alto riesgo o en contextos de amenazas naturales, permitiendo un aumento en la calidad de vida y contribuir a un hábitat digno, formal y legalizado, intervenir reasentamientos y mejorar viviendas. Sembrar entornos protectores habitacionales que pretenden abordar los desequilibrios del desarrollo urbano donde se refleja la vida de los habitantes de los barrios vulnerables o de viviendas con ocupación informal y en donde el enfoque estratégico e integral del desarrollo urbano deben incluir a la vivienda como centro de las políticas y los contextos urbanos.

Programa 30. Eficiencia en la atención de emergencias. Reducir la afectación, daño o pérdida de la vida, el ambiente, los bienes, infraestructura y patrimonio en general público o privado en la ciudad de Bogotá y la región a la que pertenece. Establecer de forma integral y transversal una adecuada respuesta, mediante la 1910 EDICIÓN 2997 ABRIL 30 DEL AÑO 2020 ANALES DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C. excelencia en el servicio bajo altos estándares de calidad, la preparación, contando con equipos especializados, medios de comunicación de última generación y personal altamente calificado y capacitado. Integrar planes encaminados a la organización y ejecución de las acciones necesarias para la utilización óptima de los recursos humanos y técnicos disponibles que suplan el fortalecimiento institucional con el fin de garantizar la adecuada gestión del riesgo.

Programa 31. Protección y valoración del patrimonio tangible e intangible en Bogotá y la región. Formular y desarrollar proyectos integrales para la preservación del patrimonio cultural material e inmaterial, para mejorar y transformar positivamente los diferentes componentes o estructuras urbanas y rurales de la ciudad, o de zonas específicas, dando solución a diversas problemáticas de ciudad, con actuaciones e intervenciones inter y multisectoriales que involucran un desarrollo urbano y rural integral y sostenible. Gestionar el modelo jurídico administrativo del Complejo Hospitalario San Juan de Dios.

Programa 32. Revitalización urbana para la competitividad. La Revitalización Urbana se considera como un instrumento moderno de planeación, que interviene estratégicamente, vinculando las dinámicas patrimoniales, ambientales, sociales y culturales, para proteger y garantizar la permanencia y calidad de vida de los pobladores originales de las zonas de intervención, lo que significa atender los espacios de relación y a la calidad del espacio público, contemplando la diversidad social y de usos, la percepción de libertad, el sentimiento de comunidad, respetar todas las formas de vida, junto al cuidado y mantenimiento del ambiente construido, en términos de acceso a la vivienda, servicios públicos domiciliarios, sostenibilidad ambiental, eco urbanismo, y un hábitat digno, impulsando así, la economía y el sentido de pertenencia en los sectores de intervención.

Intervenir con acciones de acupuntura urbana, para impulsar la revitalización o renovación urbana de áreas como estrategia para la transformación de la ciudad construida, trabajando de la mano con la ciudadanía. Trabajar en la construcción de un programa diversificado de soluciones de vivienda digna y de calidad, en las diferentes modalidades: nueva, usada, arrendamiento, terrazas y mejoramiento, acompañado de una intervención integral que garantice un hábitat de calidad en espacio público, zonas verdes, equipamientos acordes a las necesidades, vías y transporte como referentes de revitalización y de competitividad. Gestionar proyectos de revitalización urbana alrededor de los sistemas de transporte.

Hace parte de las apuestas del programa la vinculación de los escenarios deportivos como referente de revitalización urbana y de competitividad. Los escenarios deportivos trasciendan del estado de su infraestructura para adaptarse a las nuevas demandas de uso, infraestructura competitiva al servicio de la Bogotá - Región, garantizando el derecho a su acceso y utilización, convirtiéndose en escenarios sostenibles que contribuyan al cambio cultural de la ciudad, mejoren la confianza ciudadana, la solidaridad y la apropiación del espacio público.

Programa 33. Más árboles y más y mejor espacio público. Reverdecer la ciudad para reducir su vulnerabilidad frente a la crisis climática, a través de la plantación de individuos vegetales y jardinería en la zona rural y urbana e intervención del espacio público, propendiendo por el mantenimiento de lo generado y lo existente usando como instrumento el fortalecimiento de las actuaciones de evaluación, seguimiento, control y prevención, mediante el uso de Sistemas de Información confiables y accesibles. Realizar un ejercicio de construcción social del espacio público basado en el respeto, el diálogo y en el acatamiento voluntario de las normas, promoviendo su uso, goce y disfrute con acceso universal para la ciudadanía.

1911 EDICIÓN 2997 ABRIL 30 DEL AÑO 2020 ANALES DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.

Gestionar iniciativas públicas y/o privadas para la administración del patrimonio inmobiliario distrital y el espacio público.

Programa 34. Bogotá protectora de todas las formas de vida. Avanzar en la protección de las diferentes formas de vida y en particular la fauna urbana, a través de la implementación de planes y proyectos que buscan garantizar la atención integral, especializada y el bienestar de la fauna doméstica y silvestre en el Distrito Capital, así como del fortalecimiento de las acciones de control contra el tráfico ilegal de especies.

Programa 35. Manejo y prevención de contaminación. Reducir la mortalidad por contaminación del aire por material particulado; realizar el manejo y prevención de la contaminación del aire, la contaminación visual y la auditiva del Distrito Capital, mediante el fortalecimiento de la red de monitoreo de la calidad del aire, la realización de acciones de evaluación, control y seguimiento a las fuentes fijas, móviles y a centros de diagnóstico automotor; igual que a las fuentes de generación de ruido y a los elementos visuales de publicidad exterior. Implementar proyectos definidos en el Plan Decenal de Descontaminación del Aire de Bogotá, basado en la articulación interinstitucional y en la participación integral de la comunidad, a través de la aplicación de diferentes enfoques y teniendo en cuenta la incidencia y el aporte regional.

Programa 36. Manejo y saneamiento de los cuerpos de agua. Implementar los mecanismos necesarios para el cuidado del agua tanto en su uso racional como en el manejo de los residuos que le afectan, desarrollando acciones para la descontaminación del Río Bogotá y los afluentes de agua de la ciudad, dando cumplimiento a la sentencia que ordena la recuperación del Río Bogotá en el marco del POMCA adoptado por la CAR, con lo que se mejoraría la calidad hídrica de los cuerpos de agua receptores, coadyuvando a la restauración, preservación y mantenimiento del ambiente natural. Igualmente, se busca realizar obras de saneamiento y tratamiento de los vertimientos, incluyendo la recolección, transporte, tratamiento y disposición final de las aguas residuales descargadas al sistema público de alcantarillado, tanto sanitario como pluvial, además de eliminar conexiones erradas que generan carga contaminante a las fuentes hídricas de la ciudad.

Programa 37. Provisión y mejoramiento de servicios públicos. Fortalecer las empresas y servicios públicos, para que sigan siendo patrimonio público de los bogotanos y soporte de su desarrollo sostenible, compacto, productivo, económico y social, garantizando la disponibilidad de agua y su gestión sostenible y el saneamiento para todos, con criterios de calidad, continuidad, oportunidad y eficiencia. Mantener y mejorar la cobertura del servicio de acueducto, alcantarillado sanitario y pluvial, mediante la incorporación de nuevos suscriptores y la expansión de los servicios con nueva infraestructura de redes, plantas de tratamiento, canales, además del fortalecimiento técnico y organizacional a los prestadores de los sistemas de abastecimiento de agua potable en zona rural del Distrito, como parte del mejoramiento de la calidad de vida de la población atendida.

Programa 38. Ecoeficiencia, reciclaje, manejo de residuos e inclusión de la población recicladora. Desarrollar una estrategia de cultura ciudadana para promover el consumo responsable, el reúso, la separación en la fuente, valoración y aprovechamiento de los residuos ordinarios orgánicos e inorgánicos, contribuyendo a disminuir la huella ambiental de la aglomeración urbana y humana más grande del país. Abordar la gestión sostenible de todos los residuos generados en Bogotá, a través de la articulación de cada actor de la cadena de valor en esquemas de economía circular, ecoeficiencia, reciclaje de residuos sólidos e inclusión de la población recicladora, estrategias de educación a la población y demás elementos necesarios para avanzar en la implementación de una política de desarrollo sostenible. Además, de implementar 1912 EDICIÓN 2997 ABRIL 30 DEL AÑO 2020 ANALES DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C. proyectos de aprovechamiento de residuos para transformación de energía, para enfrentar los impactos del clima a través de su reverdecimiento, un cambio energético y una buena gestión del territorio.

Propósito 3: Inspirar confianza y legitimidad para vivir sin miedo y ser epicentro de cultura ciudadana, paz y reconciliación.

Programa 39. Bogotá territorio de paz y atención integral a las víctimas del conflicto armado. Consolidar a Bogotá Región como líder en la implementación del Acuerdo de Paz, la reconciliación y el cuidado. Para ellos se propone: (1) El desarrollo de acciones y procesos de asistencia y atención, con énfasis en la reparación integral y la participación para las víctimas del conflicto armado, en concordancia con las obligaciones y disposiciones legales establecidas para el Distrito Capital. (2) La formulación y desarrollo de una estrategia que le permita a Bogotá implementar los Acuerdos de Paz, conformada por: dos Planes de Desarrollo con Enfoque Territorial - PDET con carácter reparador (zona rural de Sumapaz y en el borde de Bogotá con Soacha), una política de reconciliación y paz, y la articulación con el Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición (SIVJRNR). (3) La formulación e implementación de una estrategia que permita la apropiación social de la memoria, para la paz y la reconciliación, que contemple la pedagogía social y la gestión del conocimiento en materia de memoria, en coordinación con el Centro de Memoria, Paz y Reconciliación (CMPR).

Programa 40. Más mujeres viven una vida libre de violencias, se sienten seguras y acceden con confianza al sistema de justicia. Prevenir, atender, proteger y sancionar las violencias contra las mujeres en razón del género que habitan en el Distrito Capital, generar las condiciones necesarias para vivir de manera autónoma, libre y segura. Para alcanzar una justicia eficaz, legítima y oportuna y con fundamento en una intervención integral con contundencia, constancia y coordinación del Sistema SOFIA en Bogotá, fortalecer los Consejos Locales de Seguridad para las Mujeres, los Planes Locales de Seguridad para las Mujeres y una estrategia de prevención del riesgo feminicida.

Las estrategias y acciones se desarrollarán en tres niveles; el primero prevenir, que implica la transformación social e institucional de imaginarios que naturalicen o justifiquen la violencia y la discriminación contra las mujeres, así como el fortalecimiento de los canales telefónico y virtual para la prevención de la violencia; el segundo, atender y acceder a la justicia especializada para las mujeres víctimas de violencias a través de la incorporación del enfoque de género, derechos humanos de las mujeres y diferencial en las Casas de Justicia y la prestación de servicios de atención y representación jurídica a mujeres en Unidades de Reacción Inmediata –URI- de la Fiscalía General de la Nación, y tercero, ampliar el modelo de casas refugio en la ciudad para la protección de la vida y la integridad de las mujeres y sus sistemas familiares teniendo en cuenta la ruralidad.

Programa 41. Sin machismo ni violencia contra las mujeres, las niñas y los niños. Fortalecer los mecanismos de cuidado que promuevan la reconciliación y la cultura ciudadana para la convivencia pacífica. Se desarrollará a partir de la formulación e implementación de un Plan Distrital de Prevención Integral de las Violencias contra las niñas, los niños, adolescentes, mujeres y personas mayores, de carácter interinstitucional e intersectorial con enfoque de derechos, diferencial, poblacional, ambiental, territorial y de género; a través del fortalecimiento de las Comisarías de Familia para garantizar a las víctimas de violencia intrafamiliar el oportuno acceso a la justicia y la garantía integral de sus derechos, y mediante la ampliación de acciones para la atención integral en salud de las personas víctimas de la violencia intrafamiliar y violencia basada en género.

1913 EDICIÓN 2997 ABRIL 30 DEL AÑO 2020 ANALES DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.

Programa 42. Conciencia y cultura ciudadana para la seguridad, la convivencia y la construcción de confianza. Permitir a los habitantes del territorio, disfrutar los espacios públicos de una manera segura y libre, para ello se involucra desde la articulación de las artes, la cultura ciudadana y la consideración del patrimonio, que oriente la construcción de escenarios de convivencia, seguridad y confianza.

Así mismo, generar iniciativas de trabajo orientadas a atender hechos asociados a la resignificación de la memoria histórica y a la identificación y atención de conflictividades relacionadas con el patrimonio cultural y natural de la ciudad, que permitan llevar a cabo procesos de reconstrucción del tejido social con la perspectiva de integrar la dimensión del patrimonio cultural en la reconciliación y la convivencia pacífica de la sociedad.

Programa 43. Cultura ciudadana para la confianza, la convivencia y la participación desde la vida cotidiana. Fortalecer estrategias y acciones interinstitucionales orientadas a mejorar la confianza entre la ciudadanía y la institucionalidad a través del fortalecimiento de conductas de autorregulación, regulación mutua, diálogo social y cultura ciudadana que prevengan las conflictividades sociales, la proliferación de conductas contrarias a la convivencia y la seguridad ciudadana. Estas acciones se desarrollarán en el marco de procesos de participación ciudadana incidente y en el reconocimiento de nuevas ciudadanías.

Incluye el reconocimiento de las artes y la cultura como herramientas imprescindibles para la construcción de paz, convivencia y participación. En ese sentido, las artes se orientan a aportar a este propósito generando una estrategia distrital que se fundamenta en la intencionalidad de construcción de la memoria, la reconciliación y reparación simbólica desde las distintas dimensiones, como son la creación, investigación, apropiación, formación y circulación, involucrando de manera activa a todos las y los actores sociales que se necesita para este propósito.

Programa 44. Autoconciencia, respeto y cuidado en el espacio público. Generar un cambio cultural y diálogo social, dirigido a la solución de conflicto ambientales y a la prevención de conductas contrarias contenidas en el código de seguridad y convivencia ciudadana. Lo anterior, disminuye la ilegalidad, la conflictividad y la informalidad en el uso y ordenamiento del espacio público, privado y en el medio ambiente rural y urbano.

Programa 45. Espacio público más seguro y construido colectivamente. Mejorar la percepción de seguridad y la convivencia, y dinamizar las comunidades involucradas en los ámbitos educativo, social, cultural, económico y ambiental, con el desarrollo de acciones de mejoramiento a partir de la intervención pública, la regulación y la concertación con los actores que hacen parte de un determinado territorio. En este sentido, coordinar con las autoridades locales las acciones de inspección, vigilancia y monitoreo a los desarrollos urbanísticos de vivienda ilegal o informal; así como fortalecer el aparato de vigilancia y de control urbano para hacerlo más eficaz, además de desarrollar intervenciones urbanas centradas en optimizar la iluminación, mejorar los andenes, contar con parques más seguros y en general con espacio público seguro y agradable; priorizando territorios y sectores con alta incidencia de violencia sexual.

Programa 46. Atención a jóvenes y adultos infractores con impacto en su proyecto de vida. Presentar opciones que permiten impactar a los adolescentes y jóvenes que se encuentran incluidos en el Sistema de Responsabilidad Penal Adolescentes (SRPA), posibilitando que resuelvan sus conflictos con ley mediante la Justicia Juvenil Restaurativa; enfoque de justicia que se centra en la responsabilización por el delito, la reparación del daño causado, la atención de la víctima y la inclusión social del adolescente / ofensor a su 1914 EDICIÓN 2997 ABRIL 30 DEL AÑO 2020 ANALES DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C. contexto familiar y comunitario. Igualmente incluye que adolescentes y jóvenes que cometen delitos y presentan consumo problemático de sustancias psicoactivas participen de una estrategia de atención que conjuga tratamiento basado en evidencia y el despliegue de un proceso de justicia restaurativa que incida en su responsabilización y en la reparación de las víctimas, bajo un estricto seguimiento de las autoridades judiciales.

Finalmente el programa garantiza que adolescentes y jóvenes que se vinculan al SRPA por la comisión de distintos tipos de delito reciban atención integral acorde a sus características y necesidades, sea que terminen sancionados, que resulten beneficiarios de medidas alternativas o sean reintegrados a su medio familiar con o sin vinculación a un proceso judicial, a la par que trabaja en disminuir la reincidencia en la población pospenada y en las y los adolescentes y jóvenes que egresan del SRPA activando rutas de ingreso con enfoque diferencial y de derechos y el despliegue de un modelo de atención centrado en la reconstrucción de los tejidos familiares y afectivos, la vinculación a la oferta educativa, laboral, recreativa y cultural de la ciudad, la revitalización de su ciudadanía y su adherencia a iniciativas integrales de inclusión social.

Programa 47. Calidad de Vida y Derechos de la Población privada de la libertad. Continuar la atención a la población sindicada, implementando estrategias que permitan mejorar las condiciones que se brindan en Bogotá para la población, es así, que desde la Cárcel Distrital de Varones y Anexo de Mujeres se trabajará en brindar opciones que fortalezcan los proyectos de vida de la personas sindicadas, se mantendrá la calidad en la atención, infraestructura, procesos y procedimientos basados en la re significación de los derechos humanos de la población, permitiendo exaltar desde la responsabilización de las actuaciones el fortalecimiento de las personas. Establecer estrategias que permitan la atención a las personas privadas en la libertad que se encuentran en Estaciones de Policía y Unidades de Reacción Inmediatas – URI.

Programa 48. Plataforma institucional para la seguridad y justicia. Consolidar un sistema de seguridad de alcance distrital que permita atender a todos los ciudadanos en materia de seguridad y hacer frente a todos los factores de riesgo existentes. Ejecutar un plan encaminado a fortalecer la institucionalidad de seguridad, convivencia y justicia a través de inversiones en infraestructura, tecnología, dotación e implementación de estrategias que garanticen un control del territorio de Bogotá, llevando fuerzas capacitadas con respuesta oportuna a todos los lugares y personas de la ciudad que lo requieran. Desarrollar una estructura pública suficiente para una reducción definitiva de los índices de criminalidad en la ciudad basado en el trabajo articulado con organismos de seguridad en temas operativos y de inteligencia, la integración tecnológica preventiva y de soporte a la mitigación de riesgos.

Fortalecer el acceso a la justicia para los ciudadanos que requieren de respuestas frente a servicios de acceso a la justicia, es por ello que se enfoca en mejorar la articulación de los diferentes operadores del nivel nacional y territorial, implementar estrategias para fortalecer la convivencia ciudadana desde la aplicación del Código Nacional de Seguridad y Convivencia, y aportar desde la calidad en el servicio e infraestructura que permita generar condiciones dignas. Integrar la articulación de operadores de justicia formal, no formal y comunitaria, así como el sistema de responsabilidad penal adolescente.

Garantizar y democratizar el derecho de acceso a la justicia para los ciudadanos del distrito capital, a través del Sistema Distrital de Justicia, ampliar y mejorar los equipamientos de justicia, de forma coordinada con los organismos de justicia formal, no formal y comunitaria, y con las comunidades de la ciudad. Contar con mecanismos no presenciales para acceder a la justicia, de forma integral, con enfoque de género, y 1915 EDICIÓN 2997 ABRIL 30 DEL AÑO 2020 ANALES DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C. promoviendo la cultura ciudadana para la dinamización de los conflictos. Ampliar el acceso a la justicia, mediante estrategias de fortalecimiento a los organismos de justicia y a través de equipamientos integrales de seguridad y justicia, de forma que se disminuya la impunidad en la ciudad.

Propósito 4: Hacer de Bogotá Región un modelo de movilidad multimodal, incluyente y sostenible Programa 49. Movilidad segura, sostenible y accesible. Mejorar la experiencia de viaje de los ciudadanos del Distrito Capital para aumentar la productividad y mejorar calidad de vida en la ciudad-región, en los componentes de tiempo, costo y calidad. Priorizar seguridad vial, sostenibilidad y accesibilidad de toda la ciudadanía, aportando a: (i) mejorar las condiciones y calidad del transporte público urbano-regional; iniciar la construcción de cables; mejorar la infraestructura, interoperabilidad, aumentar la confiabilidad del servicio y las validaciones en el SITP; disminuir el tiempo promedio de acceso al transporte público; mejorar la experiencia del usuario y del prestador del servicio de taxis, (ii) consolidar el programa Niños y Niñas Primero, que busca brindar espacios más seguros y eficientes para el desplazamiento diario de la población infantil de Bogotá; mantener el tiempo promedio de viaje en los 14 corredores principales de la ciudad e implementar estrategias de cultura ciudadana para el sistema de movilidad, con enfoque diferencial, de género y territorial; y (iii) construir y conservar integralmente la infraestructura de la malla vial y el espacio público en la zona urbana y rural del Distrito Capital para mejorar la accesibilidad y promover la generación de empleo, en particular orientados a la reactivación socioeconómica ocasionada por la pandemia del Coronavirus COVID-19.

Mejorar el estado de la malla vial local a través de las intervenciones de las Alcaldías Locales, en el marco del proceso de reactivación económica de la ciudad.

Programa 50. Red de metros. Definir la red de metros como el eje estructurador de la movilidad en la ciudad, mediante el avance en el ciclo de vida del proyecto de la Primera Línea del Metro de Bogotá y contratar su expansión. Gestionar la inserción urbana del Regiotram de Occidente, y diseñar una estrategia de apoyo a la estructuración del Regiotram del Norte y del Regiotram del sur.

Propósito 5 Construir Bogotá - Región con gobierno abierto, transparente y ciudadanía consciente.

Programa 51. Gobierno Abierto. Gobernar con la ciudadanía, bajo una estrategia de gestión pública que promueve prácticas de transparencia en el gobierno, canales de participación ciudadana para el diseño e implementación de planes, normas y políticas públicas, y mecanismos que estimulen el aprovechamiento de las capacidades, de la experiencia, del conocimiento y entusiasmo de la ciudadanía para generar soluciones a todo tipo de problemáticas comunes; para lo cual se priorizará el uso intensivo de una plataforma virtual y de herramientas TIC que faciliten y unifiquen la interoperabilidad de los sistemas de información del Distrito.

Estructurar la estrategia bajo tres pilares: 1) Transparencia: rendir cuentas de manera permanente a la ciudadanía, compartir información pública útil para acceder a servicios, trámites, documentos de interés, promover el uso de datos y archivos abiertos, facilitar el control ciudadano al presupuesto y la contratación, implementar medidas para luchar contra la corrupción de la mano de la ciudadanía, modernizar los procesos y canales para interactuar con la ciudadanía y fomentar una cultura de la integridad como servidores públicos; 2) Participación: promover una participación vinculante en la formulación de planes, normas y políticas, la participación con decisión en la orientación del presupuesto, la elaboración de proyectos e 1916 EDICIÓN 2997 ABRIL 30 DEL AÑO 2020 ANALES DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C. iniciativas comunitarias; 3) Colaboración: invitar a la ciudadanía a colaborar en la búsqueda de nuevas soluciones a los retos de Bogotá, se implementarán laboratorios de innovación social y mecanismos de solución compartida, aprovechando la inteligencia cívica, experiencia, conocimientos, creatividad e innovación, para cumplir entre todos los Objetivos de Desarrollo Sostenible.

Programa 52. Integración regional, distrital y local. Promover procesos de integración regional y ordenamiento territorial en la ciudad-región, sostenibles, sociales, económicos, ambientales e institucionales, con el desarrollo de acciones relacionadas con gestión catastral multipropósito a entidades territoriales; acompañar espacios de la democracia representativa de los procesos electorales; reglamentar el Plan de Ordenamiento Territorial - POT -; viabilizar áreas de la estructura ecológica principal, movilidad, espacio público, revitalización, sistema de cuidado, vivienda, servicios urbanos, empleo y productividad, que aporten al desarrollo regional; implementar el banco regional de tierras; realizar agendas participativas concertadas con el Comité de Integración Territorial – CIT; crear, institucionalizar y reglamentar la Región Metropolitana; desarrollar líneas de investigación del Observatorio de Asuntos Políticos; fortalecer ambientalmente la articulación local, regional, nacional, e internacional; una estrategia de desarrollo para el acueducto regional; fortalecer las relaciones con las corporaciones de elección popular del nivel nacional, regional, distrital y local.

Producir información y análisis de economía urbana en instrumentos de planeación sectorial y de ordenamiento territorial; formular actuaciones urbanas integrales para la regeneración urbana, el fortalecimiento de las centralidades y la revitalización socioeconómica; fortalecer políticas de desarrollo económico de sectores estratégicos para la ciudad; e implementar el Distrito Aeroportuario para fortalecer y consolidar la competitividad y productividad de Bogotá y la región.

Programa 53. Información para la toma de decisiones. Producir información y conocimiento para la toma de decisiones en la generación de valor público en las fases de la planeación del desarrollo territorial, ambiental, social, económico, cultural, de la ciudad – región, incluyendo lo rural, asociada a los diferentes instrumentos de la planeación de la ciudad – región, tales como: formulación, seguimiento y evaluación del PDD, POT, equipamientos sociales, culturales, Gestión de Riesgos y Cambio Climático – SIRE; observatorios de Mujer y Equidad de Género; sistema de información para identificar las brechas del mercado laboral; información de Políticas públicas del Sector de Seguridad, Convivencia y Acceso a la Justicia; información ambiental de Bogotá; infraestructura de datos espaciales del Distrito – IDECA, actualización catastral, y demás información de las entidades distritales.

Programa 54. Transformación digital y gestión de TIC para un territorio inteligente. Generar las capacidades necesarias para realizar la adecuada coordinación y articulación de los proyectos de transformación digital y gestión de TIC en el Distrito. Estas capacidades están centradas en talento humano especializado, esquemas de acompañamiento, campañas de comunicación y difusión, habilitación de tecnologías, laboratorios de innovación y demás elementos que permitan generar valor a las iniciativas TIC de los sectores.

La Transformación digital y gestión de TIC para un territorio inteligente, contempla dos ejes de acción: primero, el acompañamiento para la formulación e implementación de las agendas de transformación digital, en los sectores administrativos de la ciudad; segundo, la promoción del fortalecimiento de la gestión de tecnologías al interior de las entidades del Distrito.

1917 EDICIÓN 2997 ABRIL 30 DEL AÑO 2020 ANALES DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.

Programa 55. Construir con inteligencia colectiva. Fortalecer el liderazgo institucional en aras de incentivar e incrementar los procesos y los niveles de interlocución con el sector cultural de la ciudad, en el marco de los procesos de gestión y participación por parte de los agentes del sector, mejorando los niveles de articulación entre el nivel central y local de la administración, promoviendo relaciones informadas, eficientes y eficaces. Diseñar, producir, fortalecer e implementar investigaciones y estudios sobre la economía cultural y creativa, como la Cuenta Satélite de Cultura y Economía Creativa de Bogotá, en el marco de la estrategia de gestión del conocimiento sectorial articulada desde la Secretaría de Cultura Recreación y Deportes.

Programa 56. Fortalecimiento de cultura ciudadana y su institucionalidad. El Plan de Desarrollo Distrital incorpora el enfoque transversal de cultura ciudadana que reconoce el poder de transformación social desde la agencia de la ciudadanía y le apuesta a la transformación social a partir del ejercicio de la auto y mutua regulación. La Cultura Ciudadana es un enfoque, una política y un objetivo de trabajo que promueve en las personas cambios voluntarios de comportamiento para resolver colectivamente los problemas que nos afectan a todos.

En ese sentido, debe promover: - Ejercicio derechos, no abusar de los propios y permitir a otros que los ejerzan. - Aumentar la capacidad de celebrar, cumplir y reparar acuerdos. - Respetar, admirar y valorar la diversidad. -Promover el auto y mutuo cuidado para garantizar una sana convivencia. - Adhesión cultural al cumplimiento de la ley y transformación al cumplimiento de ley. - Promover y aumentar la confianza interpersonal e interinstitucional Programa 57. Gestión Pública Efectiva. Materializar el recaudo oportuno y la gestión anti-evasión para la ciudad. Posicionar la gerencia pública distrital al servicio de la ciudadanía. Lograr una institucionalidad que articule acciones entre Bogotá y la Región. Construir agendas públicas integrales que promuevan el intercambio de saberes para generar bienes y servicios acordes con las necesidades de la ciudadanía. Hacer la gestión pública más transparente, moderna, innovadora y efectiva. Tomar decisiones basadas en datos, información y evidencia, haciendo uso de la tecnología y la transformación digital. Desarrollar estrategias de fortalecimiento de la gestión, la innovación, la creatividad, la gestión documental distrital y la apropiación de la memoria histórica (archivo).

Programa 58. Gestión Pública Local. Recuperar la confianza de la ciudadanía sobre la gestión de las alcaldías locales es uno de los primeros retos, para ello, es necesario desarrollar condiciones de gobernanza y gobernabilidad local, las cuales se traducen en la incorporación de un gobierno abierto participativo, transparente y colaborativo local; en el mejoramiento de la entrega de bienes y servicios de acuerdo con las necesidades territoriales a través de adecuados procesos de territorialización de la inversión y en el fortalecimiento institucional de las alcaldías locales.

Artículo 16.

Contribución a los cinco propósitos y treinta logros de ciudad al cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible –ODS-. Los diferentes Propósitos del Plan de Desarrollo Distrital contienen y visibilizan los Objetivos de Desarrollo Sostenible, proponiendo el cumplimiento de los lineamientos contenidos en el Documento CONPES 3918, y reconoce el valor agregado de alinear e interconectar la agenda de desarrollo Distrital con la Nación y la Región en pos de aumentar los niveles de vida digna, prosperidad y bienestar con un enfoque de protección y garantía del medio ambiente, como se relacionan a continuación:

1918 EDICIÓN 2997 ABRIL 30 DEL AÑO 2020 ANALES DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.

Propósito 1: Hacer un nuevo contrato social con igualdad de oportunidades para la inclusión social, productiva y política ESFERAS ODS #ODS ODS LOGROS DE CIUDAD PROGRAMA Formación integral: más y mejor tiempo en los colegios 2 Hambre Cero Educación inicial: Bases sólidas para la vida Personas 1 Fin de la Pobreza Cerrar las brechas digitales, de cobertura, calidad y competencias a lo largo del ciclo de la formación integral, desde primera infancia hasta la educación superior y continua para la vida.

3 Salud y Bienestar Educación para todos y todas: acceso y permanencia con equidad y énfasis en educación rural 4 Educación de Calidad Plan Distrital de Lectura, Escritura y oralidad: "Leer para la vida"

8 Trabajo decente y crecimiento económico Transformación pedagógica y mejoramiento de la gestión educativa. Es con los maestros y maestras. 9 Industria, Innovación e Infraestructura 10 Reducción de la desigualdad 17 Alianzas para Lograr los Objetivos Prevención y atención de maternidad temprana 9 Industria, Innovación e Infraestructura Mejora de la gestión de instituciones de salud 2 Hambre Cero Salud para la vida y el bienestar Personas 1 Fin de la Pobreza Completar la implementación de un modelo de salud con enfoque poblacional-diferencial, de género, participativo, resolutivo y territorial que aporte a la modificación de los determinantes sociales de la salud Personas 1 Fin de la Pobreza Disminuir el porcentaje de jóvenes que ni estudian ni trabajan con énfasis en jóvenes de bajos ingresos y vulnerables.

Jóvenes con capacidades: Proyecto de vida para la ciudadanía, la innovación y el trabajo del siglo XXI Personas 1 Fin de la Pobreza Promover la participación, la transformación cultural, deportiva, recreativa, patrimonial y artística que propicien espacios de encuentro, Bogotá, referente en cultura, deporte, recreación y actividad física, con parques para el desarrollo y la salud 1919 EDICIÓN 2997 ABRIL 30 DEL AÑO 2020 ANALES DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C. tejido social y reconocimiento del otro.

Creación y vida cotidiana: Apropiación ciudadana del arte, la cultura y el patrimonio, para la democracia cultural Subsidios y transferencias para la equidad 2 Hambre Cero Personas 6 Agua Limpia y Saneamiento Personas 1 Fin de la Pobreza Rediseñar el esquema de subsidios y contribuciones de Bogotá para garantizar un ingreso mínimo por hogar, que reduzca el peso de los factores que afectan la equidad del ingreso de los hogares.

Personas 10 Reducción de la desigualdad Personas 1 Fin de la Pobreza Reducir la pobreza monetaria, multidimensional y la feminización de la pobreza.

Igualdad de oportunidades y desarrollo de capacidades para las mujeres Movilidad social integral 4 Educación de Calidad Igualdad de oportunidades y desarrollo de capacidades para las mujeres 5 Igualdad de Género 8 Trabajo decente y crecimiento económico Sistema Distrital del Cuidado 2 Hambre Cero 3 Salud y Bienestar 5 Igualdad de Género Personas 1 Fin de la Pobreza Implementar el sistema distrital de cuidado y la estrategia de transversalización y territorialización de los enfoques de género y diferencial para garantizar la igualdad de género, los derechos de las mujeres y el desarrollo de capacidades de la ciudadanía en el nivel distrital y local 8 Trabajo decente y crecimiento económico 9 Industria, Innovación e Infraestructura 10 Reducción de la desigualdad 16 Paz, Justicia e Instituciones Solidas Personas 9 Industria, Innovación e Infraestructura Completar la implementación de un modelo de salud con enfoque Mejora de la gestión de instituciones de salud 1920 EDICIÓN 2997 ABRIL 30 DEL AÑO 2020 ANALES DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.

Prevención y atención de maternidad temprana Prevención y cambios para mejorar la salud de la población 3 Salud y Bienestar poblacional-diferencial, de género, participativo, resolutivo y territorial que aporte a la modificación de los determinantes sociales de la salud Salud para la vida y el bienestar Salud y bienestar para niñas y niños Cierre de brechas para la inclusión productiva urbano rural 8 Trabajo decente y crecimiento económico Personas 1 Fin de la Pobreza Aumentar la inclusión productiva y el acceso a las economías de aglomeración con emprendimiento y empleabilidad con enfoque poblacional-diferencial, territorial y de género Personas 4 Educación de Calidad Disminuir el porcentaje de jóvenes que ni estudian ni trabajan con énfasis en jóvenes de bajos ingresos y vulnerables.

Jóvenes con capacidades: Proyecto de vida para la ciudadanía, la innovación y el trabajo del siglo XXI 8 Trabajo decente y crecimiento económico 10 Reducción de la desigualdad Paz 10 Reducción de la desigualdad Prevención de la exclusión por razones étnicas, religiosas, sociales, políticas y de orientación sexual Paz 16 Paz, Justicia e Instituciones Solidas Personas 5 Igualdad de Género Promoción de la igualdad, el desarrollo de capacidades y el reconocimiento de las mujeres Implementar el sistema distrital de cuidado y la estrategia de transversalización y territorialización de los enfoques de género y diferencial para garantizar la igualdad de género, los derechos de las mujeres y el desarrollo de capacidades de la ciudadanía en el nivel distrital y local Prosperidad 11 Ciudades y Comunidades Sostenibles Vivienda y entornos dignos en el territorio urbano y rural Aumentar el acceso a vivienda digna, espacio público y equipamientos de la población vulnerable en suelo urbano y rural Personas 3 Salud y Bienestar Promover la participación, la transformación cultural, deportiva, recreativa, patrimonial y artística que propicien espacios de encuentro, Bogotá, referente en cultura, deporte, recreación y actividad física, con parques para el desarrollo y la salud 1921 EDICIÓN 2997 ABRIL 30 DEL AÑO 2020 ANALES DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.

Planeta 4 Educación de Calidad tejido social y reconocimiento del otro.

Transformación cultural para la conciencia ambiental y el cuidado de la fauna doméstica Personas 8 Trabajo decente y crecimiento económico Bogotá, referente en cultura, deporte, recreación y actividad física, con parques para el desarrollo y la salud 9 Industria, Innovación e Infraestructura 11 Ciudades y Comunidades Sostenibles Creación y vida cotidiana: Apropiación ciudadana del arte, la cultura y el patrimonio, para la democracia cultural Planeta 13 Acción por el clima Bogotá, referente en cultura, deporte, recreación y actividad física, con parques para el desarrollo y la salud Personas 16 Paz, Justicia e Instituciones Solidas Creación y vida cotidiana: Apropiación ciudadana del arte, la cultura y el patrimonio, para la democracia cultural Alianzas 17 Alianzas para Lograr los Objetivos Transformación cultural para la conciencia ambiental y el cuidado de la fauna doméstica Bogotá rural Planeta 11 Ciudades y Comunidades Sostenibles Apropiar el territorio rural desde su diversidad étnica y cultural como parte de Bogotá región Personas 11 Ciudades y Comunidades Sostenibles Bogotá región emprendedora e innovadora Promover aglomeraciones productivas y sectores de alto impacto con visión de largo plazo en Bogotá región Bogotá y región, el mejor destino para visitar Prosperidad 8 Trabajo decente y crecimiento económico Bogotá región emprendedora e innovadora Personas 8 Promover aglomeraciones productivas y sectores de alto Bogotá región productiva y competitiva 1922 EDICIÓN 2997 ABRIL 30 DEL AÑO 2020 ANALES DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C. impacto con visión de largo plazo en Bogotá región Trabajo decente y crecimiento económico Bogotá región emprendedora e innovadora Propósito 2: Cambiar nuestros hábitos de vida para reverdecer a Bogotá y adaptarnos y mitigar la crisis climática.

ESFERAS ODS #ODS ODS LOGROS DE CIUDAD PROGRAMA Manejo y prevención de contaminación Personas 3 Salud y Bienestar Reducir la contaminación ambiental atmosférica, visual y auditiva y el impacto en morbilidad y mortalidad por esos factores Más árboles y más y mejor espacio público Prosperidad 11 Ciudades y Comunidades Sostenibles Aumentar la oferta de espacio público y áreas verdes de Bogotá promoviendo su uso, goce y disfrute con acceso universal para la ciudadanía.

Asentamientos y entornos protectores Intervenir integralmente áreas estratégicas de Bogotá teniendo en cuenta las dinámicas patrimoniales, ambientales, sociales y culturales Eficiencia en la atención de emergencias Protección y valoración del patrimonio tangible e intangible en Bogotá y la región Revitalización urbana para la competitividad Planeta 6 Agua Limpia y Saneamiento Provisión y mejoramiento de servicios públicos Cuidar el Río Bogotá y el sistema hídrico de la ciudad y mejorar la prestación de los servicios públicos.

Manejo y saneamiento de los cuerpos de agua 1923 EDICIÓN 2997 ABRIL 30 DEL AÑO 2020 ANALES DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.

Provisión y mejoramiento de servicios públicos Manejo y saneamiento de los cuerpos de agua Planeta 12 Producción y Consumo Responsable Aumentar la separación en la fuente, reciclaje, reutilización y adecuada disposición final de los residuos de la ciudad.

Ecoeficiencia, reciclaje, manejo de residuos e inclusión de la población recicladora 13 Acción por el clima Formular y ejecutar estrategias concertadas de adaptación y mitigación de la crisis climática.

Cambio cultural para la gestión de la crisis climática 15 Vida de Ecosistemas Terrestres Bogotá protectora de sus recursos naturales Implementar estrategias de mantenimiento, recuperación, rehabilitación o restauración de la Estructura Ecológica Principal y demás áreas de interés ambiental en la Bogotá – Región.

15 Vida de Ecosistemas Terrestres Bogotá protectora de todas las formas de vida Reconocer y proteger todas las formas de vida, en particular la fauna urbana Propósito 3. Inspirar confianza y legitimidad para vivir sin miedo y ser epicentro de cultura ciudadana, paz y reconciliación ESFERAS ODS #ODS ODS LOGROS DE CIUDAD PROGRAMA Personas 5 Igualdad de Género Más mujeres viven una vida libre de violencias, se sienten seguras y acceden con confianza al sistema de justicia Reducir la aceptación cultural e institucional del machismo y las violencias contra las mujeres, y garantizar el acceso efectivo a la justicia.

Sin machismo ni violencia contra las mujeres, las niñas y los niños Paz 16 Paz, Justicia e Instituciones Solidas Disminuir la ilegalidad y la conflictividad en el uso y ordenamiento del espacio público, Espacio público más seguro y construido colectivamente 1924 EDICIÓN 2997 ABRIL 30 DEL AÑO 2020 ANALES DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C. privado y en el medio ambiente rural y urbano Autoconciencia, respeto y cuidado en el espacio público Cultura ciudadana para la confianza, la convivencia y la participación desde la vida cotidiana Fomentar la autorregulación, regulación mutua, la concertación y el dialogo social generando confianza y convivencia entre la ciudadanía y entre esta y las instituciones Bogotá territorio de paz y atención integral a las víctimas del conflicto armado Posicionar a Bogotá – Región como el epicentro de paz y reconciliación del país, incluyendo un PDET rural en Sumapaz y un PDET urbano con Soacha.

Más mujeres viven una vida libre de violencias, se sienten seguras y acceden con confianza al sistema de justicia Reducir la aceptación cultural e institucional del machismo y las violencias contra las mujeres, y garantizar el acceso efectivo a la justicia.

Atención a jóvenes y adultos infractores con impacto en su proyecto de vida Reducir los mercados criminales, los delitos, las muertes y hechos violentos con énfasis en los que afectan a mujeres, peatones, biciusuarios y usuarios del transporte público Calidad de Vida y Derechos de la Población privada de la libertad Plataforma institucional para la seguridad y justicia Atención a jóvenes y adultos infractores con impacto en su proyecto de vida Propósito 4. Hacer de Bogotá Región un modelo de movilidad multimodal, incluyente y sostenible ESFERAS ODS #ODS ODS LOGROS DE CIUDAD PROGRAMA Movilidad, segura, sostenible y accesible Personas 3 Salud y Bienestar Mejorar la experiencia de viaje a través de los componentes de tiempo, calidad y costo, con enfoque de género, diferencial, 9 Industria, innovación e infraestructura 1925 EDICIÓN 2997 ABRIL 30 DEL AÑO 2020 ANALES DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.

11 Ciudades y Comunidades Sostenibles territorial y regional, teniendo como eje estructurador la red de metro regional y de ciclorutas.

Red de Metros 9 Industria, innovación e infraestructura Propósito 5. Construir Bogotá Región con gobierno abierto, transparente y ciudadanía consciente ESFERAS ODS #ODS ODS LOGROS DE CIUDAD PROGRAMA Gobierno Abierto Integración regional, distrital y local Posicionar al Gobierno Abierto de Bogotá-GABO como una nueva forma de gobernanza que reduce el riesgo de corrupción e incrementa el control ciudadano del gobierno.

Información para la toma de decisiones Posicionar globalmente a Bogotá como territorio inteligente (Smart City).

Transformación digital y gestión de TIC para un territorio inteligente Alianzas para Lograr los Objetivos Paz, Justicia e Instituciones Sólidas Producción y Consumo Responsable Industria, Innovación e Infraestructura Construir con inteligencia colectiva Incrementar la efectividad de la gestión pública distrital y local.

Fortalecimiento de Cultura Ciudadana y su institucionalidad Alianzas 17 16 12 9 Gestión Pública Efectiva Gestión Pública Local

Título III.

Capítulo ÚNICO.

PROGRAMA DE EJECUCIÓN DEL PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL

Artículo 17.

Articulación del Plan de Desarrollo Distrital con el Plan de Ordenamiento Territorial. En cumplimiento de los artículos 41 de la Ley 152 de 1994 y 18 de la Ley 388 de 1997, el presente plan enfoca el nuevo ordenamiento territorial a la inclusión y la democracia, bajo los siguientes principios:

1926 EDICIÓN 2997 ABRIL 30 DEL AÑO 2020 ANALES DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.

1. Todas las decisiones relacionadas con la aplicación de normas urbanísticas conducirán a reducir los posibles riesgos por efectos de la crisis climática.
2. La ocupación del territorio distrital se enlazará con la región para fortalecer las dinámicas rurales, ambientales y urbanas, alineadas no solamente al POT, sino a documentos de política como la misión rural y el sistema de ciudades, así como a las determinantes de superior jerarquía del artículo 10 de la Ley 388 de 1997.

A partir de estos principios, se establece las siguientes acciones estratégicas:

1. Proteger la Estructura Ecológica Principal.
2. Planificar asentamientos humanos inclusivos, seguros, resilientes y sostenibles.
3. Establecer el espacio público como tejedor de lazo social de una sociedad.
4. Diseñar una red de modos de transporte limpio, multimodal y regional con aprovechamientos urbanísticos complementarios inclusivos y sostenibles.

Artículo 18.

Programa de ejecución del Plan de Desarrollo Distrital “Un Nuevo Contrato Social y Ambiental para la Bogotá del siglo XXI”. Conforme a lo consagrado por el artículo 18 de la Ley 388 de 1997 y las demás que lo modifiquen y/o sustituyan, y de acuerdo con la evaluación del modelo del plan de ordenamiento territorial actual en concordancia con la estructura del Plan de Desarrollo 2020-2024, a continuación, se señalan los proyectos a ejecutarse del sistema de movilidad, subsistema vial y de transporte, servicios públicos domiciliarios, entre otros. Los proyectos priorizados hacen referencia a los establecidos en el marco del Decreto Distrital 190 de 2004 y sus instrumentos reglamentarios.

Artículo 19.

Proyectos de infraestructura de movilidad priorizados para ejecutar durante la vigencia del Plan de Desarrollo Distrital. A continuación, se relaciona el plan de obras correspondiente al subsistema vial y de transporte, cuya ejecución se proyecta para el período de vigencia del presente Plan de Desarrollo, en el marco del Propósito 4. Hacer de Bogotá - Región un modelo de movilidad multimodal, incluyente y sostenible

Proyectos de la Estructura Funcional y de Servicios -EFS Sistema de movilidad/Subsistema de integración Bogotá – Región Proyecto POT Estado actual Sector responsa ble Costo Total estimado Millones de pesos 2020 1.014.064 Movilidad APP Autopista Norte desde la Calle 192 hasta la Calle 245. Accesos Norte.

Avenida Paseo de Los Libertadores desde la Avenida San José hasta el límite del Distrito con Chía Estudios y Diseños 1.186.037 Movilidad Avenida Centenario, calle 13 desde Avenida Batallón Caldas hasta límite del Distrito con Funza.

1927 EDICIÓN 2997 ABRIL 30 DEL AÑO 2020 ANALES DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.

Incluido en proyecto AV Centenario Ciclorruta Avenida Centenario, desde Avenida Constitución hasta Río Bogotá Avenida José Celestino Mutis desde carrera 114 hasta carrera 122 Proyecto mixto diseños y obra, actualmente se encuentra en diseños.

82.866 Movilidad 9 Contratos de obra y sus interventorias adjudicados 2.627.509 Movilidad Avenida Congreso Eucarístico (Carrera 68) desde la Carrera 9 hasta la Autopista Sur y obras complementarias En construcción Troncal Caracas extensión desde Molinos al portal Usme incluye estación intermedia 410.226 Movilidad Avenida Caracas desde Avenida Ciudad de Villavicencio hasta Avenida del Uval un tramo desde la Caracas hacia la Picota, Avenida Francisco Miranda de la carrera 5 a la Av. Caracas ya se construyó entre la 7 y la Caracas Estudios y diseños por adjudicar construcción entre Avenida Carrera 5 a Avenida Carrera 7. 23.748 Movilidad 72.763 Movilidad Avenida La Sirena entre el Canal Córdoba y la Av. Paseo de Los Libertadores Avenida la Sirena (Cl. 153) desde Autopista Norte hasta Av. Boyacá (Costado Norte)

62.949 Movilidad Estudios y Diseños Ampliación Puente Vehicular Calle 153 x Autopista Norte Avenida de la Sirena, calle 153 (calzada Costado Sur), desde Canal Córdoba hasta Avenida Boyacá.

Avenida Ciudad de Cali desde Avenida Bosa hasta Avenida circunvalar del sur Troncal Avenida Ciudad de Cali desde Avenida Circunvalar del Sur hasta Av. Américas - Tramo CONPES En Ejecución de Estudios y Diseños.

927.806 Movilidad Ciclorruta incluida en proyecto de la Troncal Av. Ciudad de Cali Ciclorrutas Avenida Ciudad de Cali desde Avenida Primero de Mayo hasta Avenida Circunvalar del Sur. Parcial hasta la Av. Bosa, 55.583 Movilidad Ciclorrutas Autopista Norte - Usme desde Avenida San José calle 170 hasta Avenida Medellín calle 80.

Parcialmente Construida desde Calle 185 hasta AV Calle 80. En estudios y diseños Aceras y Ciclorruta Autopista Norte desde la Cl. 128A hasta Héroes Cl 77 (Costado Oriental)

3.696 Movilidad Ciclorruta incluida en proyecto de la Avenida Contador (Cl. 134) desde Av. Carrera 7 hasta la Autopista Norte Actualmente en Ciclorruta Avenida Iberia calle 134 desde Avenida Santa Bárbara carrera 28 hasta Avenida Alberto Lleras Camargo, carrera 7ª.

1928 EDICIÓN 2997 ABRIL 30 DEL AÑO 2020 ANALES DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C. estructuración proceso de contratación.

Construida desde Avenida Ciudad de Cali (por Avenida Manuel Cepeda) hasta Carrera 50.

9.718 Movilidad Ciclorruta Avenida de las Américas, desde Avenida Jorge E, Gaitán Calle 26 hasta Puente Aranda.

En ejecución 166.996 Movilidad Avenida José Celestino Mutis desde Avenida de la Constitución hasta Avenida Boyacá. Incluye Ciclorruta e Intersección Avenida Boyacá por Avenida José Celestino Mutis.

En ejecución 222.007 Movilidad Avenida El Rincón desde Avenida Boyacá hasta Avenida Conejera y El Tabor desde Av. Conejera hasta Av. Ciudad de Cali.

En ejecución 197.629 Movilidad Avenida Tintal desde Avenida Ciudad de Villavicencio hasta Avenida Manuel Cepeda Vargas calzada oriental.

Av. Santa Bárbara (Av. 19) desde Av. Callejas, calle 127 hasta Av. Contador, calle 134.

En ejecución (Reconstrucción) 55.456 Movilidad En ejecución (ampliación, reconstrucción y mejoramiento geométrico)

94.500 Movilidad Avenida Mariscal Sucre, Cra 19 y Avenida Colombia carrera 24 desde calle 62 hasta la Avenida Ciudad de Lima, calle 19..

1.423.000 Movilidad En ejecución tramo Chuzacá a Calle
13. Adquisición Predial Avenida Longitudinal de Occidente (ALO) desde Chuzacá hasta la calle 13 tramo sur.
Avenida Longitudinal de Occidente desde Chuzacá hasta el Límite del Distrito.

V-1 Avenida El Rincón x V-1 Avenida Boyacá (Intersección) En ejecución 159.136 Movilidad Movilidad Ciclorruta Avenida de la Constitución desde Avenida Centenario hasta Avenida Ciudad Montes calle 3ª.

En ejecución como parte del corredor Bosa-Tintal-Alsacia- Constitución. Tramo Avenida Centenario – Avenida Tintal 1929 EDICIÓN 2997 ABRIL 30 DEL AÑO 2020 ANALES DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.

Movilidad Ciclorruta Avenida Congreso Eucarístico de Auto Norte hasta Canal Rio Negro En ejecución como parte de la Troncal AK 68

Artículo 20.

Proyectos vinculados a la Estructura Ecológica Principal. Los principales proyectos a ejecutar durante la vigencia del Plan de Desarrollo Distrital que servirán para el Propósito 2. Cambiar nuestros hábitos de vida para reverdecer a Bogotá y adaptarnos y mitigar la crisis climática, mediante la recuperación, rehabilitación o restauración de la Estructura Ecológica Principal, el aumento en la oferta de espacio público y áreas verdes de Bogotá y el cumplimiento de lo ordenado en la sentencia de descontaminación del Río Bogotá y sistema hídrico de la ciudad:

Proyectos vinculados a la Estructura Ecológica Principal Sistemas de Áreas protegidas, Humedales, Saneamiento río Bogotá, Espacio público verde Proyecto POT Estado actual Costo Total estimado Millones de pesos Sector responsable 2020 Implementación 17.600 Ambiente Plan de manejo de los Cerros Orientales en el marco competencia de la Secretaria Distrital de Ambiente.

Restauración y Equipamiento Parque Ecológico Río Tunjuelo Implementación 178.634 Ambiente 149.626,9 Hábitat Estudios terminados en el brazo del humedal. Pendiente realización de las obras y restauración.

Recuperación Humedal Juan Amarillo (adecuación hidráulica, restauración ecológica, saneamiento ambiental y obras de rehabilitación ZMPA).

17.969,2 Hábitat Recuperación Humedal La Vaca (adecuación hidráulica, restauración ecológica, saneamiento ambiental y obras de rehabilitación ZMPA)

A la fecha surte trámite de suscripción y legación de la minuta de contrato de obra cuyo objeto es " OBRAS PARA LA CORRECCIÓN DE CONEXIONES ERRADAS EN EL ÁREA DE INFLUENCIA DE LOS HUMEDALES DE BURRO, TECHO Y VACA, LOCALIZADOS EN LA LOCALIDAD DE KENNEDY, ZONA 5. “al igual que el proceso correspondiente a la interventoría del mismo.

1930 EDICIÓN 2997 ABRIL 30 DEL AÑO 2020 ANALES DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.

9.087,3 Hábitat Recuperación Humedal Techo (adecuación hidráulica, restauración ecológica, saneamiento ambiental y obras de rehabilitación ZMPA)

A la fecha surte trámite de suscripción y legación de la minuta de contrato de obra cuyo objeto es " OBRAS PARA LA CORRECCIÓN DE CONEXIONES ERRADAS EN EL ÁREA DE INFLUENCIA DE LOS HUMEDALES DE BURRO, TECHO Y VACA, LOCALIZADOS EN LA LOCALIDAD DE KENNEDY, ZONA 5 “ al igual que el proceso correspondiente a la interventoría del mismo.

Implementación 1.300 Ambiente Recuperación Humedal Jaboque (adecuación hidráulica, restauración ecológica, saneamiento ambiental y obras de rehabilitación ZMPA)

Obra terminada en sector medio bajo 28 ha. Pendiente restauración 61.526,5 Hábitat Recuperación Humedal Jaboque (adecuación hidráulica, restauración ecológica, saneamiento ambiental y obras de rehabilitación ZMPA).

Sin ejecutar 4.977 Ambiente Recuperación Humedal Córdoba (adecuación hidráulica, restauración ecológica, saneamiento ambiental y obras de rehabilitación ZMPA).

45.855,9 Hábitat Estudios terminados para el sector 1, el contrato de obra 2019, se encuentra en ejecución. Pendiente restauración Recuperación Humedal Córdoba (adecuación hidráulica, restauración ecológica, saneamiento ambiental y obras de rehabilitación ZMPA)

1931 EDICIÓN 2997 ABRIL 30 DEL AÑO 2020 ANALES DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.

16,047,4 Hábitat Recuperación Humedal El Burro (adecuación hidráulica, restauración ecológica, saneamiento ambiental y obras de rehabilitación ZMPA)

A la fecha surte trámite de suscripción y legación de la minuta de contrato de obra cuyo objeto es " OBRAS PARA LA CORRECCIÓN DE CONEXIONES ERRADAS EN EL ÁREA DE INFLUENCIA DE LOS HUMEDALES DE BURRO, TECHO Y VACA, LOCALIZADOS EN LA LOCALIDAD DE KENNEDY, ZONA 5. “al igual que el proceso correspondiente a la interventoría del mismo.

Implementación 0 Ambiente Recuperación Humedal Torca Guaymaral (adecuación hidráulica, restauración ecológica, saneamiento ambiental y obras de rehabilitación ZMPA)

Artículo 21.

Proyectos del Programa de Producción Eco eficiente. Los principales proyectos a ejecutar en el Plan de Desarrollo Distrital, están orientados a garantizar la transformación de la ciudad en un ecosistema urbano sostenible, productivo y de alta calidad ambiental, en el marco de los Propósitos 1. Hacer un nuevo contrato social con igualdad de oportunidades para la inclusión social, productiva y política, y 2. Cambiar nuestros hábitos de vida para reverdecer a Bogotá y adaptarnos y mitigar la crisis climática:

Proyectos vinculados al Programa de Producción Eco eficiente Sector responsable Proyecto POT Estado actual Costo total Estimado Millones de pesos 2020 Habitad 60 Ejecución. Acompañamiento a proyectos en gestión energética y de producción más limpia para el sector empresarial.

Programas de ecourbanismo (promoción de barrios ecológicos, observatorio de sostenibilidad del hábitat, promoción de tecnologías limpias, ciclo de vías de materiales de construcción con visión regional, pactos de borde).

1932 EDICIÓN 2997 ABRIL 30 DEL AÑO 2020 ANALES DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.

Manejo Agropecuario sostenible Ejecución. Acciones para la implementación del plan de acción de la Política de Ruralidad al final de 2024 13000 Ambiente 16000 Ambiente Manejo del ciclo de materiales- Asegurar la continuidad del servicio de disposición de residuos sólidos no aprovechables en condiciones ambientales altamente técnicas y los hospitalarios Ejecución. Al final de 2024:

Controlar la disposición adecuada de 43.000.000 toneladas de residuos peligrosos y especiales.

Ambiente Manejo integral de escombros en Bogotá y la Región.

10.400 Ejecución. Al final de 2024: Promover el aprovechamiento de 11000000 toneladas de residuos especiales y de manejo diferenciado

Artículo 22.

Proyectos de infraestructura de Alcantarillado y Acueducto. Los principales proyectos a ejecutar en infraestructura para saneamiento básico y acueducto, están relacionados con la adecuación y canalización de quebradas, canales, colectores, estaciones de bombeo, interceptores, sistema de alcantarillado, y Saneamiento del Río Bogotá, de acuerdo con lo ordenado en la sentencia de descontaminación del Río Bogotá, en el marco del Propósito 2. Cambiar nuestros hábitos de vida para reverdecer a Bogotá y adaptarnos y mitigar la crisis climática.

Proyectos vinculados a la Estructura Funcional y de Servicios –EFS Proyecto POT Estado actual Costo total estimado Millones de pesos 2020 Sector responsable Adecuación Quebrada Fiscala Sin ejecución 16.216,9 Hábitat Adecuación Quebrada Fucha Sin ejecución 8.918,2 Hábitat 8.538,4 Hábitat Adecuación Quebrada Yomasa Sin Iniciar está por determinar la terminación del contrato por acercamiento al vencimiento del plazo contractual sin ejecución.

1933 EDICIÓN 2997 ABRIL 30 DEL AÑO 2020 ANALES DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.

99.309,9 Hábitat Adecuación y canalización Quebrada Chiguaza Terminada entre los tramos Av. Caracas - Puente de Meisen desembocadura rio Tunjuelo Tanque Los Soches Diseñado. En compra de predios 25.170,6 Hábitat Línea de Impulsión El Paso - Los Soches Diseñado. En compra de predios 559,2 Hábitat Tanque Mochuelo Diseñado 2.212,3 Hábitat 22.654,7 Hábitat Tanque Suba Medio Sur y estación de bombeo Actualización de diseño en ejecución. Requiere predios Tanque y estación de bombeo El Zuque Diseñado. En compra de predios 265,6 Hábitat Saneamiento del Río Bogotá 426.850,9 Hábitat

Título IV.

Capítulo ÚNICO.

ESTRATEGIAS PARA EL MANEJO DE LOS IMPACTOS SOCIAL Y ECONÓMICO DEL VIRUS COVID-19

Artículo 23.

Estrategia de Atención en Salud. La atención en salud, como continuación de la atención de la emergencia sanitaria y fortalecimiento de los sistemas de atención de emergencias, tiene por objetivo aumentar la capacidad de respuesta ante la evolución de la pandemia y su impacto en el sistema territorial de salud, y se ejecuta bajo el marco del plan de preparación y respuesta que coordina la SDS.

Esta estrategia se desarrolla desde la declaratoria de pandemia mediante acciones de preparación, contención y mitigación, entre actores públicos, privados y las entidades distritales articuladas en el Sistema de Comando de Incidentes y el sistema de activación de emergencias de la línea 123.

Artículo 24.

Ingreso Mínimo Garantizado. Se crea la estrategia integral del Ingreso Mínimo Garantizado para Bogotá, que a través de un esquema de subsidios y contribuciones garantizará, progresivamente, un ingreso mínimo a los hogares residentes en Bogotá D.C.

Serán objeto de subsidios, en la estrategia de Ingreso Mínimo Garantizado, los hogares pobres y vulnerables según criterios de focalización que se definan en la reglamentación de la estrategia.

Los subsidios podrán tomar la forma de transferencias monetarias condicionadas y no condicionadas, bonos canjeables por bienes y servicios, subsidios en especie, subsidios para habitabilidad, tarifas diferenciadas en servicios públicos y de transporte, entre otros.

1934 EDICIÓN 2997 ABRIL 30 DEL AÑO 2020 ANALES DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.

Las contribuciones que hagan parte del cálculo del Ingreso Mínimo tendrán en cuenta las cargas tributarias, las donaciones destinadas para el Ingreso Mínimo, así como las tarifas diferenciadas en servicios públicos y de transporte, entre otros.

El Sistema Distrital Bogotá Solidaria en Casa creado mediante el Decreto Distrital 93 de 2020 y el Sistema Distrital para la Mitigación del Impacto Económico, el Fomento y la Reactivación Económica de Bogotá D.C. creado en virtud del Decreto Distrital 108 de 2020, serán parte constitutiva del esquema de subsidios y contribuciones de la Estrategia integral progresiva del Ingreso Mínimo Garantizado para Bogotá.

El Sistema Distrital Bogotá Solidaria en Casa, se denominará Sistema Distrital Bogotá Solidaria, tendrá como objeto integrarse a la estrategia de Ingreso Mínimo Garantizado y para este fin mantendrá sus fuentes de financiamiento, los mecanismos de focalización, operación y arreglo institucional definidos en los mencionados Decretos Distritales, así como otros que se considere pertinentes para su adecuada operación.

En todo caso, los subsidios deberán otorgarse consultando la sostenibilidad fiscal del Distrito Capital.

Parágrafo. Los planes, programas, proyectos, criterios de focalización, servicios y presupuestos de las
entidades del nivel central y los establecimientos públicos que hacen parte del sistema Bogotá Distrital Solidaria en Casa y los proyectos de inversión cuyos bienes y servicios estén dirigidos a población pobre y/o vulnerable, podrán ser modificados acorde con las nuevas necesidades que surjan como consecuencia de la emergencia por el COVID19 y para atender la estrategia integral del Ingreso Mínimo Garantizado en Bogotá.

Artículo 25.

Acciones enfocadas en contribuir con el Ingreso Mínimo Garantizado En el marco del presente Plan de Desarrollo Distrital y la emergencia generada por la pandemia del COVID-19 en el Distrito Capital y el mundo, se considera que los siguientes programas contienen acciones que contribuirán a garantizar el acceso al ingreso mínimo garantizado y atenuar la pérdida de bienestar y calidad de vida de los ciudadanos debido a las medidas de contención y las consecuencias intrínsecas de la pandemia. Lo anterior en desarrollo de los principios constitucionales de igualdad material, progresividad, solidaridad y redistribución:

PROGRAMA VALOR* Subsidios y transferencias para la equidad $ 1.176.766 Movilidad social integral $ 1.821.097 $ 22.081 Prevención de la exclusión por razones étnicas, religiosas, sociales, políticas y de orientación sexual Sistema Distrital del Cuidado $ 3.822.088 $ 2.628.927 Educación para todos y todas: acceso y permanencia con equidad y énfasis en educación rural 1935 EDICIÓN 2997 ABRIL 30 DEL AÑO 2020 ANALES DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.

$ 48.005 Jóvenes con capacidades: Proyecto de vida para la ciudadanía, la innovación y el trabajo del siglo XXI Gestión Pública Efectiva $ 2.886 TOTAL $ 9.521.850 * Cifras en millones de pesos. Contribución del programa al Ingreso Mínimo Garantizado

Artículo 26.

Sistema Distrital Bogotá Solidaria El Sistema Distrital Bogotá Solidaria en Casa creado por el Decreto Distrital 093 de 2020 con ocasión de la contingencia social de la población pobre y vulnerable residente en la ciudad de Bogotá D.C.- sostenimiento solidario- en el marco de la contención y mitigación del COVID-19, se mantendrá y fortalecerá como una política pública del Distrito con vocación de permanencia y será parte constitutiva del Sistema de Subsidios y Contribuciones que fundamenta la base del Nuevo Contrato Social en Bogotá. El sistema se compone de tres canales: 1) Transferencias monetarias. 2) Bonos canjeables por bienes y servicios y 3) Subsidios en especie.

En ese sentido corresponde a un instrumento para garantizar a la población vulnerable la salud y el bienestar, en especial la alimentación, por pérdida de sus medios de subsistencia derivados no sólo de la declaratoria de pandemia del COVID-19, sino además para el periodo siguiente a la declaración de la no pandemia, e incluso, proyectarse como la herramienta fundamental para enfrentar cualquier otro evento de naturaleza y magnitudes que establezca el Comité Interinstitucional que coordina su funcionamiento. Este Comité está conformado por las Secretarías de Hacienda, Planeación, Gobierno, Integración Social, Hábitat y un delegado del Despacho de la Alcaldesa Mayor. Otras Secretarías podrán ser invitadas según los temas a tratar El Sistema Distrital Bogotá Solidaria en Casa mantendrá los mecanismos de focalización, financiamiento, operación y arreglo institucional definidos en los mencionados Decretos Distritales, así como otros que se considere pertinentes para su adecuada operación.

Su financiación deberá estar garantizada con los recursos apropiados en el presupuesto general del distrito, de los fondos de desarrollo local, con los aportes que haga la nación u otros entes territoriales y con las donaciones de particulares y organismos nacionales e internacionales. Los recursos estarán destinados entre otras cosas, a la redistribución y contingencia para la población vulnerable.

Parágrafo 1. El Sistema Distrital Bogotá Solidaria en Casa a partir de la expedición del presente acuerdo se
denominará Sistema Distrital Bogotá Solidaria.

Parágrafo 2. Se crea el Fondo Cuenta para el Sistema Distrital Bogotá Solidaria, en cabeza de la Secretaría
Distrital de Hacienda, sin personería jurídica, el cual administrará los recursos de este sistema. El Gobierno Distrital reglamentará su funcionamiento y sus procedimientos.

Artículo 27.

Sistema Distrital para la Mitigación del Impacto Económico, el Fomento y Reactivación Económica de Bogotá D.C. El Sistema Distrital para la Mitigación del Impacto Económico creado por el Decreto 108 del 8 de abril de 2020, se mantendrá y fortalecerá como una política pública del Distrito con vocación de permanencia.

1936 EDICIÓN 2997 ABRIL 30 DEL AÑO 2020 ANALES DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.

El sistema será considerado un instrumento para orientar las acciones para atender las emergencias, mitigar las consecuencias de las crisis y reactivar la economía de la ciudad, enfocado, entre otros temas, en preservar los empleos y el tejido empresarial, en especial de la micro, pequeña y mediana empresa, potencializar el emprendimiento, la creación y reinversión de nuevos modelos de negocio alineados a las nuevas oportunidades de mercado, fortalecer los sistemas productivos locales, desarrollar estrategias de comercialización digital, impulsar las nuevas competencias y habilidades para el trabajo, la economía circular, el teletrabajo y los empleos verdes. Todo lo anterior sobre la base del cuidado del medio ambiente.

Podrá recomendar a las instancias del Distrito pertinentes, las acciones necesarias, incluso aquellas que requieran algún tipo de modificación o expedición de normas distritales.

Parágrafo 1. El Sistema operará tanto para la declaratoria de pandemia por COVID-19, como para el periodo
de declaración de la no pandemia, y como herramienta fundamental para enfrentar cualquier otro evento de naturaleza y magnitudes que establezca su comité interinstitucional.

Parágrafo 2. La financiación del Sistema deberá estar garantizada con los recursos apropiados del
presupuesto general de Distrito, de los fondos de desarrollo local, además de los aportes que pueda destinar la Nación, otros entes territoriales, el sector gremial y privado, y organismos internacionales. Los recursos estarán destinados entre otras cosas, al crédito y liquidez del aparato productivo.

Parágrafo 3. El Sistema tendrá un comité interinstitucional, encargado de definir los ejes estratégicos de
funcionamiento y las acciones que permitan cumplir con su objetivo y estará conformado por las Secretarías Privada, de Hacienda, de Movilidad y de Desarrollo Económico, Invest-in Bogotá, y un delegado de la Alcaldesa Mayor quien ejercerá la Secretaría Técnica. La Secretaría Distrital de la Mujer será invitada permanente y otras Secretarías podrán ser invitadas según los temas a tratar.

La Administración Distrital reglamentará los demás aspectos de este Sistema.

Artículo 28.

Acciones enfocadas en reactivación social y económica. En el marco del presente Plan de Desarrollo Distrital y la emergencia generada por la pandemia del COVID-19 en el Distrito Capital y el mundo, se considera que los siguientes programas contienen acciones que contribuirán a la reactivación social y económica de la ciudad, la preservación de los empleos, capacidad económica de los hogares y el tejido empresarial a través de un proceso de reactivación y adaptación social y económica de la ciudad:

PROPÓSITO LOGROS DE CIUDAD PROGRAMA VALOR* Subsidios y transferencias para la equidad $ 261.879 Rediseñar el esquema de subsidios y contribuciones de Bogotá para garantizar un ingreso mínimo por hogar, que reduzca el peso de los factores que afectan la equidad del ingreso de los hogares.

Hacer un nuevo contrato social con igualdad de oportunidades para la inclusión social, productiva y política.

1937 EDICIÓN 2997 ABRIL 30 DEL AÑO 2020 ANALES DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.

$ 146.882 Reducir la pobreza monetaria, multidimensional y la feminización de la pobreza.

Igualdad de oportunidades y desarrollo de capacidades para las mujeres Sistema Distrital del Cuidado $ 1.250.000 Implementar el sistema distrital de cuidado y la estrategia de transversalización y territorialización de los enfoques de género y diferencial para garantizar la igualdad de género, los derechos de las mujeres y el desarrollo de capacidades de la ciudadanía en el nivel distrital y local Mejora de la gestión de instituciones de salud $ 2.018.296 Completar la implementación de un modelo de salud con enfoque poblacional-diferencial, de género, participativo, resolutivo y territorial que aporte a la modificación de los determinantes sociales de la salud $ 1.613.775 Cerrar las brechas digitales, de cobertura, calidad y competencias a lo largo del ciclo de la formación integral, desde primera infancia hasta la educación superior y continua para la vida.

Educación para todos y todas: acceso y permanencia con equidad y énfasis en educación rural $ 7.600 Plan Distrital de Lectura, Escritura y oralidad: "Leer para la vida"

Disminuir el porcentaje de jóvenes que ni estudian ni trabajan con énfasis en jóvenes de bajos ingresos y vulnerables.

$ 1.354.844 Jóvenes con capacidades: Proyecto de vida para la ciudadanía, la innovación y el trabajo del siglo XXI $ 151.040 Cierre de brechas para la inclusión productiva urbano rural Aumentar la inclusión productiva y el acceso a las economías de aglomeración con emprendimiento y empleabilidad con enfoque poblacional-diferencial, territorial y de género $ 340.596 Vivienda y entornos dignos en el territorio urbano y rural Aumentar el acceso a vivienda digna, espacio público y equipamientos de la población vulnerable en suelo urbano y rural 1938 EDICIÓN 2997 ABRIL 30 DEL AÑO 2020 ANALES DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.

$ 500.359 Promover la participación, la transformación cultural, deportiva, recreativa, patrimonial y artística que propicien espacios de encuentro, tejido social y reconocimiento del otro.

Bogotá, referente en cultura, deporte, recreación y actividad física, con parques para el desarrollo y la salud $ 437.985 Creación y vida cotidiana: Apropiación ciudadana del arte, la cultura y el patrimonio, para la democracia cultural Bogotá rural $ 3.924 Apropiar el territorio rural desde su diversidad étnica y cultural como parte de Bogotá región $ 76.337 Promover aglomeraciones productivas y sectores de alto impacto con visión de largo plazo en Bogotá región Bogotá región emprendedora e innovadora Bogotá región productiva y competitiva $ 399.667 Bogotá y región, el mejor destino para visitar $ 97.540 Incrementar la oferta de actividades y la infraestructura para el uso y disfrute del tiempo libre, con enfoque de género, diferencial, e integración territorial TOTAL PROPÓSITO No.1 $8.660.764 $ 12.340 Formular y ejecutar estrategias concertadas de adaptación y mitigación de la crisis climática Cambio cultural para la gestión de la crisis climática Bogotá protectora de sus recursos naturales Cambiar nuestros hábitos de vida para reverdecer a Bogotá y adaptarnos y mitigar la crisis climática $ 519.061 Implementar estrategias de mantenimiento, recuperación, rehabilitación o restauración de la Estructura Ecológica Principal y demás áreas de interés ambiental en la ciudadregión Asentamientos y entornos protectores $ 45.188 Intervenir integralmente áreas estratégicas de Bogotá teniendo en cuenta las dinámicas patrimoniales, ambientales, sociales y culturales Eficiencia en la atención de emergencias $ 135.395 1939 EDICIÓN 2997 ABRIL 30 DEL AÑO 2020 ANALES DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.

$ 16.302 Protección y valoración del patrimonio tangible e intangible en Bogotá y la región Revitalización urbana para la competitividad $ 276.225 Más árboles y más y mejor espacio público $ 2.776.414 Aumentar la oferta de espacio público y áreas verdes de Bogotá promoviendo su uso, goce y disfrute con acceso universal para la ciudadanía.

Reconocer y proteger todas las formas de vida, en particular la fauna urbana Bogotá protectora de todas las formas de vida $ 32.000 Manejo y saneamiento de los cuerpos de agua $ 316.578 Cuidar el Río Bogotá y el sistema hídrico de la ciudad y mejorar la prestación de los servicios públicos.

Provisión y mejoramiento de servicios públicos $ 3.934.615 $ 315.738 Aumentar la separación en la fuente, reciclaje, reutilización y adecuada disposición final de los residuos de la ciudad.

Ecoeficiencia, reciclaje, manejo de residuos e inclusión de la población recicladora TOTAL PROPÓSITO No.2 8.379.856 $ 72.360 Espacio público más seguro y construido colectivamente Disminuir la ilegalidad y la conflictividad en el uso y ordenamiento del espacio público, privado y en el medio ambiente rural y urbano.

Inspirar confianza y legitimidad para vivir sin miedo y ser epicentro de cultura ciudadana, paz y reconciliación.

$ 53.500 Calidad de Vida y Derechos de la Población privada de la libertad Reducir los mercados criminales, los delitos, las muertes y hechos violentos con énfasis en los que afectan a mujeres, peatones, biciusuarios y usuarios del transporte público Plataforma institucional para la seguridad y justicia $ 1.141.293 TOTAL PROPÓSITO No.3 $1.271.729 1940 EDICIÓN 2997 ABRIL 30 DEL AÑO 2020 ANALES DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.

Movilidad segura, sostenible y accesible $ 27.551.759 Hacer de Bogotá Región un modelo de movilidad multimodal, incluyente y sostenible.

Mejorar la experiencia de viaje a través de los componentes de tiempo, calidad y costo, con enfoque de género, diferencial, territorial y regional, teniendo como eje estructurador la red de metro regional y la red de ciclorutas.

Red de Metros 6.946.357 TOTAL PROPÓSITO No.4 $ 34.498.116 Gobierno Abierto $ 3.900 Construir Bogotá Región con gobierno abierto, transparente y ciudadanía consciente.

Posicionar al Gobierno Abierto de Bogotá- GABO como una nueva forma de gobernanza que reduce el riesgo de corrupción e incrementa el control ciudadano del gobierno.

Integración regional, distrital y local $239.763 Promover procesos de integración y ordenamiento territorial en la ciudadregión sostenibles social, económica, ambiental e institucionalmente.

Posicionar globalmente a Bogotá como territorio inteligente (Smart City).

Información para la toma de decisiones $ 45.711 84.300 Transformación digital y gestión de TIC para un territorio inteligente Incrementar la efectividad de la gestión pública distrital y local.

Gestión Pública Efectiva $ 178.148 TOTAL PROPÓSITO No.5 $ 551.822 TOTAL GENERAL DE INVERSIONES PARA LA REACTIVACIÓN SOCIAL Y ECONÓMICA 53.357.711 * Cifras en millones de pesos. Contribución del programa a la reactivación económica.

Artículo 29.

Apoyo al tejido productivo. La Administración Distrital, a través del Sector Desarrollo Económico podrá desarrollar programas de otorgamiento de garantías, seguros, financiamiento mediante subsidio de la tasa de interés y/o la operación de líneas de crédito, con el fin de proveer a las empresas de Bogotá, en particular las afectadas por las consecuencias del COVID-19, diferentes mecanismos para facilitar su recuperación. Para tales efectos, se autoriza a las entidades del sector Desarrollo Económico suscribir, ceder o modificar convenios con entidades públicas o privadas, conforme a la normatividad aplicable vigente.

1941 EDICIÓN 2997 ABRIL 30 DEL AÑO 2020 ANALES DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.

Artículo 30.

Reactivación económica a partir de la construcción de obra, infraestructura pública, e impulso a la construcción privada en el marco de la emergencia de la pandemia por COVID-19. Como estrategia de reactivación económica, la administración distrital impulsará el sector de la construcción a través de la contratación oportuna de las obras públicas previstas en el plan de inversiones del presente Acuerdo, y promoverá la construcción de obras privadas a través de la agilización en la expedición de normas y trámites a cargo de las entidades distritales, que para el efecto coordinará la Secretaría Distrital del Hábitat.

Parágrafo 1. Las entidades encargadas de estructurar los proyectos de contratación deberán velar por la
inclusión de parámetros de empleabilidad local bajo los lineamientos que para el efecto expida la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico.

Parágrafo 2. La ejecución de obras públicas y privadas deberá seguir estrictamente los protocolos de
bioseguridad que las autoridades sanitarias expidan para tal fin.

Parágrafo 3. Las entidades distritales podrán requerir información en cualquier momento a los contratistas
de obra pública y empresas del sector construcción, que consideren relevante para mitigar los efectos de la pandemia originada por COVID-19, garantizando el cumplimiento de la Ley 1581 de 2012.

Artículo 31.

Proyectos urbanísticos e inmobiliarios que contribuyan al desarrollo económico de Bogotá. Con la finalidad de contribuir a la reactivación económica y social de Bogotá, la Empresa de Renovación y Desarrollo Urbano de Bogotá D.C. -ERU- podrá estructurar y ejecutar proyectos urbanísticos e inmobiliarios que propendan por la generación de empleo y el fomento de nuevas industrias y actividades económicas, incluyendo nuevas formas de emprendimiento social, y otras actividades desarrolladas por los diferentes sectores administrativos del Distrito.

Parágrafo. La ERU podrá vincularse con otras entidades del Distrito Capital para lograr la integralidad de los
proyectos a que hace referencia el presente artículo.

Artículo 32.

Mantenimiento de la sostenibilidad ambiental. La recuperación social y económica como consecuencia de la pandemia del Coronavirus COVID-19, en ningún momento podrá agravar la crisis climática y generar factores de deterioro ambiental. Por el contrario los programas, proyectos y toda decisión de reactivación social y económica deberá considerar, su contribución a la mitigación de los impactos de la crisis climática, aplicar los criterios de ecourbanismo, promover transformaciones en los patrones y hábitos de consumo y relación con el ambiente natural y construido, y aprovechar las oportunidades de economía circular. En ese sentido, las decisiones en el marco de los planes de recuperación social y económica deberán adecuarse al principio de desarrollo sostenible, buscando generación de acciones que permitan prevenir, adaptar y mitigar la crisis climática.

El Distrito Capital profundizará procesos de gestión del conocimiento ambiental del territorio, implementando modelos continuos de monitoreo ambiental de Bogotá /Región (ciencia ciudadana, academia y ciudadanía activa) y actualizará los instrumentos de gestión ambiental con miras a buscar soluciones de adaptación y mitigación de la crisis climática.

El Distrito Capital implementará en cada uno de sus proyectos, programas y planes de acción las siguientes temáticas:

1942 EDICIÓN 2997 ABRIL 30 DEL AÑO 2020 ANALES DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.

1. Los recursos de la recuperación deben presentar oportunidades para la creación de empleos y negocios verdes.
2. Los alivios que se financien con recursos públicos deben incluir medidas de sostenibilidad social y ambiental.
3. La política fiscal debe promover la transición de las economías de “grises” a “verdes” para que las personas y las sociedades sean más resilientes
4. La inversión pública se debe hacer en el futuro y no en el pasado: los subsidios a los combustibles fósiles deben reemplazarse por subsidios a tecnologías limpias.
5. El distrito trabajará con el sistema financiero para integrar los riesgos climáticos para financiar proyectos sostenibles.
6. Los gases de efecto invernadero no tienen fronteras, en ese sentido, las transiciones energéticas de los diferentes sectores son indispensables para lograr las reducciones propuestas en el marco de mecanismos internacionales y lograr la mejora en la calidad de aire de los bogotanos.

Artículo 33.

Medidas para la recuperación económica. El Distrito Capital priorizará la generación de empleos verdes, que permitan reverdecer espacios y la recuperación, restauración, reforestación de la estructura ecológica principal, así como, la construcción y operación de viveros, zonas de agricultura urbana, techos verdes y jardines verticales.

La generación de la estrategia distrital de economía circular permitirá generar incentivos por la reincorporar los residuos a la economía. Dicha estrategia apoyara la formalización, emprendimiento y tecnología para los recicladores de oficio; la Logística y generación de suelo para la reincorporación de los residuos de la construcción y demolición (RCDs) y activación mediante estrategias de economía colaborativa para la gestión de RCDs de origen residencial.

Se promoverá la Alianza regional para el compostaje y uso de residuos orgánicos, permitiendo la Asistencia para pequeñas empresas gestoras para el aprovechamiento de residuos electrónicos y químicos provenientes del sector productivo.

Se establecerá un nuevo modelo de abastecimiento inteligente y sostenible, permitiendo las compras públicas de quienes implementen buenas prácticas agropecuarias. Así mismo, la logística de abastecimiento debe disminuir las emisiones de material particulado y gases de efecto invernadero.

En el marco de la RAPE se incentivarán cadenas de abastecimiento que promuevan compra local, productos de economías campesinas y conservación de ecosistemas estratégicos, para lo cual se priorizarán aquellos que implementen innovación en la internalización de costos de transporte, operador logístico y mercadeo.

Artículo 34.

Fondo de Reconversión Tecnológica de Bogotá. Crease el Fondo de Reconversión Tecnológica de Bogotá, en el cual el distrito y los empresarios se desarrollarán e implementarán de manera conjunta un fondo público privado que ofrezca diversas garantías y oportunidades que permitan:

a. La transición justa del transporte de carga. b. La reconversión tecnológica de las industrias contaminantes en el Distrito. c. La construcción de los bienes públicos necesarios para completar los procesos de transición. d. El uso de nuevas tecnologías para el cuidado del recurso hídrico. e. La posibilidad de emitir bonos atados a la sostenibilidad.

1943 EDICIÓN 2997 ABRIL 30 DEL AÑO 2020 ANALES DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.

Artículo 35.

Programa distrital de agricultura urbana y periurbana. Se promoverá la conformación de huertas orgánicas en espacios urbanos institucionales y comunitarios, a través de la implementación de un programa distrital de agricultura urbana y periurbana, articulado a los mercados campesinos, así como en terrazas, patios de viviendas, balcones de edificios y en huertas de campesinos periurbanos.

La práctica de la agricultura urbana y periurbana será a través de la siembra de especies alimenticias, medicinales y condimentarias por medio de técnicas agroecológicas y orientadas a mejorar el acceso a una alimentación sana y nutritiva que fortalezca la seguridad alimentaria de sus practicantes.

Artículo 36.

Urgencia manifiesta en la actividad contractual. Durante el segundo semestre de 2020, las entidades y fondos de desarrollo local, que integran el presupuesto general del Distrito, podrán contratar a través de urgencia manifiesta en los términos del artículo 42 de la Ley 80 de 1993.

En esos casos, los contratos tendrán como finalidades remediar o evitar daños presentes o futuros pero inminentes ocasionados por la pandemia por COVID-19 y aportar de manera efectiva a la reactivación económica del Distrito. Así mismo, tendrán como propósito la satisfacción de necesidades como: a) Infraestructura y espacio público, en cualquiera de las etapas del ciclo de vida del proyecto, b) Construcción, dotación y operación de la red hospitalaria distrital, c) Operación y logística, d) Seguridad alimentaria en toda la cadena productiva, e) Proyectos dirigidos a aumentar el empleo, a ampliar las oportunidades de producción y comercialización en cualquier sector de la economía, f) Proyectos de industrias creativas, economías de innovación y cultura y g) Procesos de renovación tecnológica, formación virtual y desarrollo digital.

Artículo 37.

Priorización de las acciones del sector Cultura, Recreación y Deporte en la ejecución del Plan de Desarrollo Distrital. A fin de aportar de manera eficiente y articulada, al cumplimiento de los propósitos, logros, programas y metas contenidas en este Plan de Desarrollo en el marco de la emergencia y posemergencia sanitaria por el Covid 19, las entidades del sector Cultura, Recreación y Deporte, deberán ejecutar prioritaria y prevalentemente las acciones y recursos a su cargo, que den cumplimiento a las tres finalidades - líneas de impacto que se señalan a continuación:

1.- Finalidad - línea de impacto 1: Activación y reactivación económica y social del sector y sus actores 2.- Finalidad - línea de impacto 2: Sostenimiento humanitario y digno de las poblaciones vulnerables que hacen parte o integran el sector cultura (entre los que se incluyen, grupos etarios, grupos étnicos y sectores socioeconómicamente vulnerables)

3.- Finalidad - línea de impacto 3: Construcción, adecuación, mantenimiento, dotación y prestación del servicio, asociado a infraestructuras culturales que a partir de las directrices del gobierno distrital, permita la activación y reactivación económica y social de la ciudad.

Para el cumplimiento de las tres finalidades - líneas de impacto aquí señaladas se deberán ejecutar actividades y destinar presupuesto en:

1944 EDICIÓN 2997 ABRIL 30 DEL AÑO 2020 ANALES DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C. a.- El fortalecimiento de las líneas de estímulos, apoyos concertados y alianzas estratégicas para dinamizar la estrategia sectorial dirigida a fomentar los procesos culturales, creativos, artísticos, patrimoniales, del deporte y recreativos, b.- Las intervenciones de bienes de interés cultural en función de la reactivación comunitaria, partiendo de la recuperación de fachadas o micro urbanismo en escala de barrios, c.- La ejecución de programas y proyectos que desde el sector cultural, permitan apoyar económica y socialmente a las poblaciones que hacen parte del sector en condición de vulnerabilidad, d.- El reconocimiento, creación - estructuración, consolidación y/o posicionamiento de Distritos Creativos, así como de espacios adecuados para el desarrollo de actividades culturales, creativas, artísticas y del deporte, para fortalecer los programas de la cadena de valor de las industrias culturales, creativas y artísticas, así como la creación de clústers de la economía del deporte, la recreación y la actividad física. e.- La implementación de procesos integrales de formación a lo largo de la vida con énfasis en el arte, la cultura, la creación, el patrimonio, la recreación y el deporte; f.- La cualificación de agentes del sector y demás talento humano en el marco de la estrategia de mediadores culturales, y la estrategia del deporte en el Distrito Capital, para el desarrollo en la base deportiva, fortaleciendo la virtualización de contenidos, incentivando la creación y circulación mediante nuevas plataformas. g.- El diseño y acompañamiento en la implementación de estrategias asociadas a la cultura ciudadana, en torno a los temas priorizados de ciudad, así como, la creación de contenidos y fortalecimiento de medios alternativos y comunitarios, y el desarrollo de estrategias interculturales para fortalecer los diálogos con la ciudadanía en sus múltiples diversidades poblacionales, tareas de genero y territoriales, promoviendo, la inclusión, la confianza y el respeto por el otro, así como el cuidado de lo público. h.- La promoción, consolidación, mantenimiento y sostenibilidad de equipamientos artísticos y culturales, multimodales y polivalentes, i.- La intervención de Bienes de Interés Cultural de Bogotá que fortalezcan el patrimonio cultural de la ciudad, j.- El mantenimiento y sostenibilidad física, ambiental y social de parques y escenarios deportivos y la construcción de escenarios deportivos que cumplan la reglamentación internacional de acuerdo al deporte, que permita contar con más y mejores infraestructuras recreativas y deportivas para los habitantes de la ciudad.

Parágrafo. La reactivación social y económica del sector cultura, será necesaria para la resiliencia social y
aportará a la construcción de un pacto ciudadano corresponsable, solidario y consciente.

1945 EDICIÓN 2997 ABRIL 30 DEL AÑO 2020 ANALES DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.

Título V.

PLAN PLURIANUAL DE INVERSIONES

Capítulo I.

CALIDAD DEL GASTO PARA CREAR CONFIANZA CIUDADANA

Artículo 38.

Calidad del Gasto. Para efectos del presente acuerdo se entenderá por calidad del gasto aquel que se realiza aplicando los criterios que lo hacen más eficiente, eficaz y efectivo, con el objetivo de generar un impacto positivo sobre la calidad de vida de la población. Para elevar la calidad del gasto, la administración distrital, fortalecerá los mecanismos de planificación y programación presupuestaria, a través, entre otros, de la herramienta Productos, Metas y Resultados – PMR.

Para el control social y rendición de cuentas a la ciudadanía, sobre la calidad del gasto público distrital, se implementarán indicadores de desempeño con acceso libre a la ciudadanía y en documentos con datos abiertos.

La Secretaría Distrital de Hacienda para elevar la calidad del gasto en el Distrito deberá:
1. Establecer los criterios relevantes, los lineamientos, indicadores de desempeño, estrategias y el modelo de gestión de calidad de gasto, que deberán cumplir las entidades públicas distritales del nivel central y los establecimientos públicos o asimilados presupuestalmente a estos.

2. Construir un tablero de control del gasto fiscal y los resultados de los programas prioritarios de la Administración Distrital.

3. Implementar el Observatorio de Calidad de Gasto Público para la toma de decisiones en materia de asignación y evaluación del Presupuesto en el Distrito Capital.

4. Realizar evaluaciones de calidad del gasto, selectivas y periódicas, de conformidad con los requerimientos de la Administración Distrital.

5. Establecer un modelo de reconocimiento público para las entidades según ranking de Calidad de Gasto Público.

6. Diseñar un programa de acompañamiento técnico para elevar la calidad del gasto público en estas entidades.

Parágrafo 1. Las funciones asignadas en el presente artículo se realizarán de manera progresiva, de
conformidad con las prioridades del presente Plan Distrital de Desarrollo.

Parágrafo 2. La Secretaría Distrital de la Mujer y la Secretaría Distrital de Hacienda, en el marco de la calidad
del gasto, construirán una estrategia de implementación, costeo y seguimiento del presupuesto con enfoque de género, dirigidos a mitigar los factores que causan la feminización de la pobreza.

Artículo 39.

Trazador Presupuestal. Las entidades que conforman el Presupuesto Anual del Distrito Capital, de acuerdo con sus competencias, reportarán el cumplimiento de las políticas transversales,

1946 EDICIÓN 2997 ABRIL 30 DEL AÑO 2020 ANALES DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C. mediante un marcador presupuestal, definido para equidad de género, jóvenes, territorialización y cultura ciudadana.

Durante el proceso de programación presupuestal, se identificarán los proyectos de inversión que dispondrán de los nuevos trazadores presupuestales a que hace referencia el inciso anterior.

La Secretaría Distrital de Hacienda definirá la metodología para el reporte y consolidación de los trazadores presupuestales.

Artículo 40.

Gestión de cobro y movilización de cartera. Para fortalecer la gestión de cobro de las acreencias a favor de las entidades distritales del nivel central y de las localidades, la administración distrital podrá concentrar la actividad de cobro persuasivo y coactivo, en relación con las acreencias a favor de las entidades distritales del sector central y del sector descentralizado por servicios, previa realización de los respectivos estudios técnicos.

Parágrafo. Se autoriza a las entidades de la administración central y a los establecimientos públicos del
distrito capital para que procedan a realizar la enajenación de la cartera de acreencias. Así mismo, las entidades distritales podrán enajenar la cartera de naturaleza coactiva a la Central de Inversiones S.A. – CISA, siguiendo los lineamientos establecidos en el inciso 4 del artículo 66 de la Ley 1955 de 2019.

Artículo 41.

Depuración de cartera. En términos de eficiencia institucional y siguiendo los criterios legales en materia de remisión de deudas, prescripción, pérdida de fuerza ejecutoria del acto administrativo o por la inexistencia probada del deudor o su insolvencia demostrada, en virtud de los cuales no sea posible ejercer los derechos de cobro o bien porque la relación costo-beneficio al realizar su cobro no resulta eficiente, las entidades distritales deberán realizar acciones de depuración y saneamiento de la cartera a su cargo de cualquier índole en cualquiera de las etapas del cobro, mediante el castigo de la misma, realizando un informe detallado de las causales por las cuales se depura.

Artículo 42.

Fondo de Solidaridad y Redistribución de Ingresos. El Fondo de Solidaridad y Redistribución del Ingreso (FSRI), creado mediante el artículo 1 del Acuerdo Distrital 31 de 2001, será trasladado a la Secretaría Distrital del Hábitat a partir de la vigencia fiscal 2021, para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 368 de la Constitución Nacional y los artículos 89 y 99 de la Ley 142 de 1994 o a las normas que los modifiquen o deroguen.

De conformidad con lo anterior, la Secretaría Distrital de Hábitat, a partir de la vigencia fiscal 2021, asumirá las funciones para el cumplimiento de los objetivos del fondo, entre ellas las que venía ejerciendo la Secretaría Distrital de Hacienda en relación con las normas que regulan este Fondo, para lo cual se deberán realizar los ajustes administrativos y presupuestales a que haya lugar.

Parágrafo. Durante la vigencia 2020, la Secretaría Distrital de Hábitat realizará, previa su remisión a la
Secretaría Distrital de Hacienda, la revisión de los requisitos legales de las entidades prestadoras de servicios públicos y de los actos administrativos que se deben suscribir para el giro de recursos de subsidios del Fondo de Solidaridad y Redistribución de Ingresos, así como de las cuentas de cobro presentadas por dichas entidades.

1947 EDICIÓN 2997 ABRIL 30 DEL AÑO 2020 ANALES DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.

De igual manera, la Secretaría Distrital de Hábitat solicitará a las entidades prestadoras que presenten superávit, la información a que haya lugar para realizar el respectivo control sobre los recursos girados a la Dirección Distrital de Tesorería, por este concepto.

Artículo 43.

Recursos adicionales por Transferencias de la Nación y financiación Régimen Subsidiado. Los recursos adicionales a los previstos en el presupuesto aprobado de cada vigencia por concepto de Transferencias de la Nación y Rentas de destinación específica que financian el Régimen Subsidiado se incorporarán al Presupuesto Distrital mediante Decreto Distrital.

La Secretaría Distrital de Hacienda, informará de estas operaciones a la Comisión de Presupuesto del Concejo Distrital, dentro de los treinta (30) días siguientes a la incorporación de dichos recursos.

Artículo 44.

Adquisiciones públicas eficientes y efectivas. La administración distrital establecerá un modelo de adquisiciones de bienes, servicios y obras, sobre el cual deben converger progresivamente las entidades distritales que se rijan por el derecho público presupuestal.

El modelo deberá tener en cuenta la economía de escala, la transparencia y las mejores prácticas.

Para efectos de la ejecución eficiente, se autoriza al Gobierno Distrital para que asigne funciones especiales a entidades distritales y a través del Presupuesto Anual del Distrito Capital, les apropie recursos para que adquieran bienes, servicios y obras que requieran otra u otras entidades distritales.

Parágrafo. Las entidades públicas del Distrito Capital deberán planear las adquisiciones de manera que
puedan consolidarlas y realizarlas haciendo uso de las vigencias futuras.

Artículo 45.

Gestión de obligaciones pensionales a cargo del fondo de prestaciones económicas, cesantías y pensiones –FONCEP. Asígnese al FONDO DE PRESTACIONES ECONÓMICAS, CESANTÍAS Y PENSIONES –FONCEP-, la administración de los activos y fuentes de financiación que respaldan la reserva pensional y el reconocimiento y pago de las obligaciones pensionales actualmente a cargo del Distrito Capital.

Para lo anterior, FONCEP ejercerá todas las gestiones inherentes a la administración de las bases de datos, y en general, a todo el proceso de gestión documental que involucre nóminas, expedientes pensionales de bonos y cuotas partes y la revisión de las pensiones en los términos del artículo 20 de la Ley 797 de 2003.

El FONCEP sustituirá y subrogará progresivamente a las entidades Distritales que actualmente cumplen las funciones mencionadas en el inciso primero del presente artículo. Por lo tanto, dichas entidades realizarán las cesiones y transferencias de los activos y fuentes de financiación que respalden la reserva pensional. En el evento que las entidades en referencia no alcancen la cobertura del pasivo, en los términos de ley, deberán informar el estado en que se encuentra y la fuente de financiación que soportará el pago de las obligaciones pensionales asumidas por FONCEP.

También el FONCEP realizará las gestiones necesarias para trasladar la representación legal en lo judicial y extrajudicial en los litigios que versen sobre prestaciones pensionales de las entidades distritales.

Las entidades del Distrito Capital que, de acuerdo con lo establecido en la Ley, estén obligadas a concurrir con otras entidades del Distrito al pago de las pensiones, y que sean asumidas por el FONCEP, suprimirán las 1948 EDICIÓN 2997 ABRIL 30 DEL AÑO 2020 ANALES DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C. obligaciones recíprocas que por concepto de cuotas partes hayan asumido, efectuando en sus estados financieros los respectivos registros contables.

De acuerdo a la asignación establecida por el presente artículo, el FONCEP gestionará el cobro y pago de las cuotas partes ante entidades del orden nacional y del orden territorial.

Parágrafo. Para el cumplimiento e implementación de la asignación realizada por el presente artículo, el
Gobierno Distrital reglamentará todo lo pertinente para el desarrollo y ejecución de las funciones atribuidas al Fondo de Pensiones y Cesantías de Bogotá –FONCEP, así como el régimen de transición, las condiciones y parámetros que garanticen el correcto traslado de las funciones al FONCEP, por cada una de las entidades cuyas funciones serán asumidas.

Articulación de las Políticas Públicas para los Pensionados del Distrito Capital. Adicionar el literal e) al artículo 65 del Acuerdo 257 de 2006, el cual quedará así: e. Se asigna al FONDO DE PRESTACIONES ECONÓMICAS, CESANTÍAS Y PENSIONES – FONCEP- la función de liderar y articular la construcción, implementación y ejecución de las políticas públicas de atención a sus pensionados, que contribuyan con el pleno y activo disfrute de su pensión, en el ámbito social, económico, cultural y recreativo, promoviendo que los pensionados del Distrito Capital tengan acceso a servicios de apoyo de calidad, incluyendo la participación de las diferentes entidades del Distrito y las instituciones de seguridad social y de salud en el marco de un estado de bienestar consolidado.

Para el efecto, el Gobierno Distrital determinará las políticas públicas dirigidas a los pensionados del Distrito y reglamentará el ejercicio de la función asignada al FONCEP.

Capítulo II.

ESTRATEGIA FINANCIERA DEL PLAN DISTRITAL DE DESARROLLO

Artículo 46.

Estrategia financiera del Plan Distrital de Desarrollo. Las principales estrategias definidas en la estructura de financiación del Plan Distrital de Desarrollo son las siguientes:

1. Optimización de los Ingresos Tributarios. La gestión de recursos tributarios para la financiación del Plan Distrital de Desarrollo se realizará a través de acciones como:

a) Tributación para el crecimiento sostenido y la inclusión productiva. La administración tributaria distrital fortalecerá el recaudo tributario mediante la adopción de medidas sustanciales y procedimentales que permitan simplificar el ciclo tributario. De la misma manera se propondrán nuevas fuentes de financiación estables y sostenidas.

Con el objeto de avanzar en la inclusión productiva de los contribuyentes bogotanos se estudiarán y valorarán la adopción de incentivos fiscales que permitan la formalización y el impulso a emprendedores e innovadores. b) Renovación del pacto tributario. Con el objetivo de renovar el pacto tributario distrital, se buscará mantener la cultura tributaria bajo el principio de transparencia y la constante rendición de cuentas que permitirá el acceso a la información pública tributaria, mediante el reporte de informes y estadísticas sobre los resultados de la gestión tributaria.

1949 EDICIÓN 2997 ABRIL 30 DEL AÑO 2020 ANALES DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C. c) Eficiencia Tributaria, y servicios al contribuyente. La administración tributaria hará explícitos los deberes y derechos de los contribuyentes, avanzará en el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias, ofreciendo para ello acceso a servicios electrónicos, así como aplicaciones digitales seguras que permitan la atención e información tributaria confiable.

Se buscarán alianzas para el intercambio de información con entidades del nivel nacional y de los diferentes niveles territoriales con el fin de entender y conocer mejor a los contribuyentes. Se plantean la ejecución de acciones de mejoramiento en el intercambio de información con la adopción de incentivos a las entidades públicas distritales para el envío en debida forma de la información.

Dentro de la eficiencia tributaria la evasión en la ciudad, al finalizar el cuatrienio se reducirá a niveles más bajos, en comparación con los últimos dos cuatrienios.

Para la reducción de la evasión se hará uso de la información disponible para valorar su riesgo de incumplimiento, se implementarán modelos de minería de datos y de inteligencia artificial para la selección de casos a fiscalizar; así como la detección temprana y en línea de las inconsistencias, la implementación de lógicas de control avanzadas, los estudios económicos que faciliten el reconocimiento de los sectores con mayor riesgo de evasión, elusión, la revisión de la tributación y el control de sectores económicos que tienen un peso específico en la economía bogotana como la economía digital. d) Formalización, aprovechamiento espacial y nuevos mecanismos de financiación. Se presentará un proyecto de acuerdo consolidando las tarifas del impuesto de industria y comercio y el complementario de avisos y tableros, ICA, con el fin de acoger y promover en el territorio mediante la educación fiscal, capacitación y el otorgamiento de las herramientas necesarias para que los contribuyentes puedan tomar las mejores decisiones acerca de su tránsito hacia el régimen SIMPLE.

Se fomentará mediante la cultura y educación tributaria la ruta hacia la legalidad y el crecimiento sostenido de las pequeñas y medianas empresas en acompañamiento con las diferentes entidades del nivel nacional y distrital.

Se estudiará la adopción de incentivos tributarios que generen emprendimientos en sectores económicos de alto valor agregado que aprovechen nuevas dinámicas del uso del suelo. Así mismo, mediante incentivos se buscará mayor edificabilidad en aquellas zonas en que se identifique especial interés en razón a su potencial de economías de aglomeración y se implementarán nuevos instrumentos de financiación de la renovación urbana con el fin de financiar las inversiones estratégicas de la ciudad.

2. Cofinanciación con recursos del nivel nacional. La Administración Distrital gestionará ante la Nación mayores recursos para atención Integral de la primera infancia, calidad de la educación básica y media, atención de población en situación de desplazamiento, migración y refugio; atención, asistencia y reparación integral a las víctimas del conflicto armado interno de conformidad con lo señalado en la Ley 1448 de 2011; subsidios para vivienda de interés social y/o prioritario, así como para el Sistema Integrado de Transporte Público Masivo mediante el esquema de cofinanciación Nación (70%), Distrito (30%), entre otros. Para ello fortalecerá los canales de comunicación y coordinación interinstitucional con las entidades del orden nacional, así como la gestión y formulación de proyectos para acceder a recursos del orden nacional.

1950 EDICIÓN 2997 ABRIL 30 DEL AÑO 2020 ANALES DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.

Así mismo, la Administración Distrital fortalecerá la gestión para la consolidación de recursos provenientes del Sistema General de Regalías – SGR, en el marco de la normatividad legal vigente.

3. Gestión de recursos adicionales. La Administración Distrital podrá gestionar diferentes mecanismos que permitan complementar la financiación del Plan Distrital de Desarrollo, tales como: cobros por congestión, contribución a parqueaderos, instrumentos de financiación del desarrollo urbano, entre otros.

4. Asociaciones público- privadas – APP. La participación del sector privado se constituirá en uno de los mecanismos de cofinanciación de las inversiones más importantes para la ciudad. Se intensificará la gestión conjunta con el sector privado en la financiación de los programas y proyectos del Plan Distrital de Desarrollo.
El sector privado será un apoyo estratégico a la Administración Distrital en la construcción de la infraestructura requerida, con lo cual se aprovecharán las eficiencias y ventajas competitivas y operativas derivadas de su conocimiento y experiencia.

Para cumplir las metas del presente Plan Distrital de Desarrollo se podrán utilizar las Asociaciones Público- Privadas de que tratan las Leyes 1508 de 2012, 1753 de 2015, 1882 de 2018 y 1955 de 2019 y demás normas que las modifiquen, complementen, sustituyan o se dispongan en el presente Plan.

Dichas Asociaciones Público - Privadas podrán emplearse para el diseño, construcción, restitución, mejora, mantenimiento, remodelación, operación, dotación y prestación de los servicios asociados, incluyendo, entre otras, infraestructura social de educación y salud, atención a primera infancia y persona mayor, garantizando los más altos estándares de calidad y tecnología.

5. Concurrencia y complementariedad con la gestión local. La inversión en las localidades se optimizará a través de esquemas de cofinanciación entre el gobierno distrital y los gobiernos locales en los cuales se potencializarán los recursos de los Fondos de Desarrollo Local como contrapartidas en proyectos de gran impacto social que guarden coherencia entre la planeación local y distrital, los cinco propósitos y 30 metas de ciudad establecidas en el presente Plan.

Parágrafo. Autorícese a Transmilenio S.A., o a la entidad que el gobierno distrital designe en la
reglamentación que expida sobre la materia, para que a través de terceros y mediante mecanismos como concesiones o Asociaciones Público Privadas, entre otros, adelante la construcción y operación de los intercambiadores modales del Distrito Capital y demás infraestructura relacionada con transporte o movilidad, entendidos como puntos de integración operacional y de articulación del transporte intermunicipal con el transporte urbano. Así mismo, la Terminal de Transporte S.A podrá ser la empresa proveedora de la red de estaciones de transferencia y cabecera, de conformidad con lo previsto en el artículo 99 de la Ley 1955 de 2019.

Artículo 47.

Objetivos de la estrategia financiera del Plan Distrital de Desarrollo. La estrategia financiera del Plan de Desarrollo contempla los siguientes objetivos:

1. Fortalecer la gestión integral de las finanzas distritales de tal forma que permita incrementar sus principales ingresos, implementar nuevas fuentes de carácter permanente, establecer alianzas para atraer capital e inversión privada en los proyectos estratégicos del Plan de Desarrollo, y realizar un manejo responsable del endeudamiento y de los créditos de presupuesto y de tesorería que otorgue conforme a

1951 EDICIÓN 2997 ABRIL 30 DEL AÑO 2020 ANALES DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C. la reglamentación presupuestal, preservando la capacidad de pago de la ciudad, la liquidez y la sostenibilidad de las finanzas distritales.

2. Modernizar la estructura de la administración pública distrital en sus componentes intersectoriales (transversales) y sectoriales (verticales), así como su infraestructura física.

3. Lograr la Sostenibilidad del Sistema Contable Público Distrital, para lo cual, las entidades distritales deben realizar las gestiones administrativas, técnicas y jurídicas pertinentes, para que los Estados Financieros cumplan con las características fundamentales de relevancia y representación fiel.

Para lograr este objetivo, deben disponer de herramientas que contribuyan a la depuración, mejora continua y sostenibilidad de la información financiera, tales como conformación de Comités Técnicos de Sostenibilidad, metodologías, procedimientos, directrices, controles, estrategias de análisis, reglas de negocio u otros lineamientos.

Artículo 48.

Proyectos Estratégicos. Se consideran proyectos estratégicos para Bogotá D.C. que garantizan la prestación de servicios a la ciudadanía y que por su magnitud son de impacto positivo en la calidad de vida de sus habitantes y en el logro de los propósitos y metas de ciudad y de gobierno. Dichos proyectos incluyen, entre otros:

En desarrollo del Propósito 1 - Hacer un nuevo contrato social con igualdad de oportunidades para la inclusión social, productiva y política, se prioriza: una Agencia De Educación Superior, Ciencia y Tecnología de Bogotá. Una Misión de Sabios educadores y sabiduría ciudadana. Infraestructura educativa para el desarrollo de la jornada única, la primera infancia y educación inclusiva. Incrementar gradualmente la oferta de los tres grados de educación preescolar con ampliación de la cobertura y calidad. Un proyecto de inclusión, social, productiva y de empleo para mujeres, jóvenes y personas con discapacidad o en condición de discriminación o exclusión. El sistema distrital de cuidado implementado en el 100%. El embarazo adolescente e indeseado reducido. Soluciones habitacionales complementarios entregados a familias vulnerables con enfoques de género, poblacional y territorial. Estrategia Bogotá 24 horas implementadas. Laboratorios de innovación social en los que se identifique proyectos que fomenten la recuperación del tejido social y la empleabilidad implementados. Solicitudes de pequeñas y medianas empresas rurales acompañadas para mejorar su competitividad y acceder al mercado de la Bogotá - Región. Los proyectos de los Sistemas de Bogotá Solidaria y de la Mitigación del Impacto Económico, el Fomento y Reactivación.

En desarrollo del Propósito 2 - Cambiar nuestros hábitos de vida para reverdecer a Bogotá y adaptarnos y mitigar la crisis climática, se prioriza: cumplimiento de los compromisos derivados de la sentencia del Río Bogotá y protección del sistema hídrico de la ciudad. Incrementar áreas con estrategias implementadas para la conservación, en la reserva Thomas van der Hammen-TVDH, parque ecológico distrital de montaña Entrenubes, Cuchilla del Gavilán, zona rural de Usme, Ciudad Bolívar, Cerro Seco y otras áreas de interés ambiental. Un modelo de ordenamiento territorial que protege el agua y la estructura ecológica principal de Bogotá - Región.

En desarrollo del Propósito 3 - Inspirar confianza y legitimidad para vivir sin miedo y ser epicentro de cultura ciudadana, paz y reconciliación, se prioriza: estrategias de cultura ciudadana desarrolladas e implementadas. Plan de Respuesta Integral de Orientación y Convivencia Escolar implementado. Centros de Prevención, Protección a las Mujeres, niñas y niños y Convivencia creados. Centros de Seguridad y Justicia - URI creados 1952 EDICIÓN 2997 ABRIL 30 DEL AÑO 2020 ANALES DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C. en zonas de mayor ocurrencia de delitos. Un programa de justicia restaurativa que se centre en la responsabilización por la conducta delictiva de las personas privadas de la libertad en Bogotá implementado.

En desarrollo del Propósito 4 - Hacer de Bogotá - Región un modelo de movilidad multimodal, incluyente y sostenible, se prioriza: la red de metro regional, conformada por la construcción de la fase I y la extensión de la fase II de la Primera Línea del Metro hasta Suba y Engativá, el Regiotram de Occidente, y el Regiotram del Norte, estructurada y en avance de construcción. Cable de San Cristóbal construido y cable en Usaquén estructurado. Iniciativas de ampliación de vías y acceso a la ciudad como son: AutoNorte, ALO Sur, Avenida Centenario, Av. 68, Av. Ciudad de Cali, extensión troncal Caracas, corredor ecológico de la carrera Séptima, Avenida Circunvalar de Oriente, proyectos de infraestructura cicloinclusiva como la Medio Milenio y espacio público. Una estrategia de centros de des-consolidación de carga implementada. Ampliación y mejoramiento de la red de ciclorrutas. Estaciones del sistema Transmilenio ampliadas y/o mejoradas.

En desarrollo del Propósito 5 - Construir Bogotá - Región con gobierno abierto, transparente y ciudadanía consciente, se prioriza: la conformación de la Región Metropolitana de Bogotá – Cundinamarca. Un modelo de asociatividad regional conformado con los municipios y departamentos vecinos para la preservación del mayor sistema de páramos del mundo. Un modelo de gobierno abierto de Bogotá al servicio de la ciudadanía con transparencia y participación implementado. Implementar el observatorio de gasto público en el marco de un programa distrital de transparencia que fortalezca y promueva el control social, el manejo transparente del presupuesto y el fortalecimiento fiscal de la ciudad. Un modelo de abastecimiento regional y compras institucionales de la Alcaldía a la agricultura campesina, familiar y la pequeña producción rural como un medio para mejorar las capacidades productivas y de generación de ingresos implementado.

Artículo 49.

Endeudamiento. El endeudamiento es una de las alternativas que complementan a los ingresos corrientes en la financiación de las obras de infraestructura y proyectos de inversión del Plan Distrital de Desarrollo. Es así como los recursos del crédito estimados para el período 2020-2024 se obtendrían tras finalizar el análisis de fuentes y usos, tanto a nivel presupuestal como a nivel fiscal. Dado esto, la Administración presentará al Honorable Concejo Distrital un proyecto de acuerdo con un cupo de endeudamiento global y flexible que se armonice con los cupos previamente aprobados dando continuidad a los proyectos financiados con los mismos. Así, las proyecciones del endeudamiento se ajustan plenamente a los límites y criterios de sostenibilidad de la deuda establecidos por la Ley 358 de 1997, cuyo límite es de 80% del saldo de la deuda sobre los ingresos corrientes ajustados, y el de capacidad de pago, que fija un nivel máximo de 40% de los intereses sobre el ahorro corriente ajustado.

La estructuración del nuevo endeudamiento se desarrollará bajo el principio de diversificación, a través de las fuentes que históricamente le han otorgado financiación al Distrito Capital tanto a nivel local como internacional, siguiendo lineamientos técnicos de gestión financiera, en un contexto de minimización del costo y de los riesgos asociados, que contempla la distribución de los recursos de acuerdo con los cupos disponibles, plazos acordes a las políticas de los prestamistas, naturaleza de los proyectos a financiar, esquemas de amortización que no generen fuertes presiones futuras sobre una vigencia en particular y desembolso de recursos acordes con el flujo de caja del Distrito Capital. Además, se propenderá por buscar 1953 EDICIÓN 2997 ABRIL 30 DEL AÑO 2020 ANALES DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C. una cobertura natural en la moneda de denominación de la deuda con la generación de ingresos del Distrito Capital, siempre y cuando las condiciones financieras del mercado financiero, ya sea intermediado o desintermediado, lo permitan.

Artículo 50.

Financiación del Plan. Los recursos disponibles para la ejecución del Plan de inversiones dependerán de la implementación de las acciones planteadas en la estrategia financiera. En el evento que los ingresos proyectados, no alcancen los niveles aquí establecidos, el Gobierno Distrital ajustará el plan de inversiones a los recursos disponibles en el Marco Fiscal de Mediano Plazo y los presupuestos anuales, para lo cual considerará la importancia que cada programa tenga en la priorización de la mitigación de la emergencia resultado del COVID-19 y del Contrato Social promoviendo la asignación eficiente de los recursos y el impacto en la entrega de bienes y servicios.

Artículo 51.

Plan Plurianual de Inversiones. Adóptese el Plan Plurianual de Inversiones, que estará conformado de la siguiente manera:

Consolidado de Inversión Millones de $ de 2020 cal 2020 2021 2022 2023 2024 2020-2024 Administración Central 14.435.831 16.567.751 16.092.480 14.384.341 13.369.744 74.850.146 Establecimientos Públicos 2.271.204 1.482.230 1.448.694 1.467.228 1.505.530 8.174.885 Empresas Industriales y Comerciales 3.446.801 2.964.922 2.571.196 2.897.987 3.340.970 15.221.877 Fondos de Desarrollo Local 872.014 840.165 865.968 893.333 921.723 4.393.204 Sistema General de Regalías 99.078 94.493 89.212 90.745 86.764 460.293 Sector Privado (APP)1 0 0 6.183.159 0 6.183.159 Total 21.124.928 21.949.561 27.250.710 19.733.635 19.224.732 109.283.564 Administración Central Millones de $ de 2020 Concepto 2020 2021 2022 2023 2024 2020-2024 Ahorro Corriente*/ 6.778.474 6.494.707 6.443.887 6.638.497 6.507.748 32.863.312 Transferencias 3.445.233 3.653.134 3.931.412 4.172.946 4.437.759 19.640.483 Recursos de Capital 3.347.908 2.391.381 1.775.670 1.199.569 1.209.824 9.924.351 Recursos del Crédito 864.216 2.498.529 3.941.512 2.373.329 1.214.414 10.892.000 0 1.530.000 0 0 0 1.530.000 Gestión de recursos adicionales Total 14.435.831 16.567.751 16.092.480 14.384.341 13.369.744 74.850.146 */ Ingresos Corrientes descontados los gastos de funcionamiento y el servicio de la deuda 1954 EDICIÓN 2997 ABRIL 30 DEL AÑO 2020 ANALES DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.

Establecimientos Públicos – Recursos Propios Millones de $ de 2020 Concepto 2020 2021 2022 2023 2024 2020-2024 Ahorro Corriente 196.633 326.905 346.906 354.135 358.715 1.583.293 Valorización Ac./ 724 de 2018 233.597 34.797 22.469 10.347 15.138 316.348 Transferencias 962.894 994.384 1.024.435 1.055.168 1.086.823 5.123.704 Recursos de Capital 878.080 126.144 54.884 47.577 44.854 1.151.540 Total 2.271.204 1.482.230 1.448.694 1.467.228 1.505.530 8.174.885 Empresas Industriales y Comerciales del Distrito – Recursos Propios Millones de $ de 2020 Concepto 2020 2021 2022 2023 2024 2020-2024 1.740.815 1.556.707 850.682 459.008 485.017 5.092.228 Acueducto y Alcantarillado de Bogotá Transmilenio 489.818 1.286.220 1.480.121 1.538.537 1.193.172 5.987.868 Metro de Bogotá 1.196.653 105.458 189.798 853.000 1.634.878 3.979.788 Canal Capital 10.355 7.068 8.081 7.915 7.768 41.187 Lotería de Bogotá 692 692 692 692 692 3.459 8.469 8.777 41.822 38.836 19.444 117.347 Renovación y Desarrollo Urbano Total 3.446.801 2.964.922 2.571.196 2.897.987 3.340.970 15.221.877 Tabla 2: Consolidado de Inversión Presupuesto por propósito Valor $52.738.664 Hacer un nuevo contrato social con igualdad de oportunidades para la inclusión social, productiva y política $9.469.119 Cambiar nuestros hábitos de vida para reverdecer a Bogotá y adaptarnos y mitigar la crisis climática 1955 EDICIÓN 2997 ABRIL 30 DEL AÑO 2020 ANALES DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.

$2.777.079 Inspirar confianza y legitimidad para vivir sin miedo y ser epicentro de cultura ciudadana, paz y reconciliación Hacer de Bogotá Región un modelo de movilidad multimodal, incluyente y sostenible $34.886.159 Construir Bogotá Región con gobierno abierto, transparente y ciudadanía consciente $4.929.721 Otras transferencias $4.482.822 Total general $109.283.564 *Cifras en millones de pesos Sector Valor Ambiente $1.345.877 Cultura $2.237.368 Desarrollo Económico $778.188 Educación $23.740.594 Gestión Pública $548.000 Gobierno $6.131.207 Hábitat $7.206.050 Hacienda $544.876 Integración Social $6.486.848 Jurídica $44.736 Movilidad $36.919.236 Mujer $414.685 1956 EDICIÓN 2997 ABRIL 30 DEL AÑO 2020 ANALES DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.

Planeación $219.434 Salud $16.286.123 Seguridad $1.879.387 Veeduría $18.134 Otras transferencias $4.482.822 Total general $109.283.564 *Cifras en millones de pesos PROPÓSITO SECTOR VALOR Hacer un nuevo contrato social con igualdad de oportunidades para la inclusión social, productiva Ambiente $60.700 y política.

Cultura $1.874.263 Desarrollo Económico $718.057 Educación $23.631.915 Gobierno $2.553.694 Hábitat $1.721.891 Hacienda $45.427 Integración Social $6.281.000 Movilidad $78.379 Mujer $172.500 Planeación $10.773 Salud $15.590.066 Total 1 $52.738.664 Cambiar nuestros hábitos de vida para reverdecer Ambiente $1.049.287 a Bogotá y adaptarnos y mitigar la crisis climática Cultura $107.794 1957 EDICIÓN 2997 ABRIL 30 DEL AÑO 2020 ANALES DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.

Educación $3.996 Gobierno $1.510.933 Hábitat $5.204.291 Movilidad $1.208.770 Salud $212.403 Seguridad $171.645 Total 2 $9.469.119 Ambiente $2.830 Inspirar confianza y legitimidad para vivir sin miedo y ser epicentro de cultura ciudadana, paz y Cultura $19.174 reconciliación.

Desarrollo Económico $43.131 Educación $96.683 Gestión Pública $154.805 Gobierno $291.812 Hábitat $54.829 Movilidad $345.416 Mujer $178.230 Salud $64.200 Seguridad $1.525.969 Total 3 $2.777.079 Gobierno $834.223 Hacer de Bogotá Región un modelo de movilidad multimodal, incluyente y sostenible.

Movilidad $34.051.936 Total 4 $34.886.159 Construir Bogotá Región con gobierno abierto, Ambiente $233.060 transparente y ciudadanía consciente.

Cultura $236.137 Desarrollo Económico $17.000 Educación $8.000 1958 EDICIÓN 2997 ABRIL 30 DEL AÑO 2020 ANALES DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.

Gestión Pública $393.195 Gobierno $940.545 Hábitat $225.039 Hacienda $499.449 Integración Social $205.848 Jurídica $44.736 Movilidad $1.234.735 Mujer $63.955 Planeación $208.661 Salud $419.454 Seguridad $181.773 Veeduría $18.134 Total 5 $4.929.721 Otras Transferencias $4.482.822 Total general $109.283.564 Cifras en millones de pesos

Título VI.

PROCESOS DE COORDINACIÓN, ASPECTOS NORMATIVOS E INSTITUCIONALES Y DISPOSICIONES

GENERALES

Capítulo I.

PROCESOS DE COORDINACIÓN

Artículo 52.

Coordinación interinstitucional distrital. La acción administrativa que para la debida ejecución del Plan Distrital de Desarrollo ejecuten los servidores públicos que integran los organismos y entidades Distritales que conforman los Sectores de Organización Central, Descentralizado y de las Localidades de Bogotá; además de realizarse con base en los principios que inspiran este Plan: honradez, vocación de liderazgo, inteligencia intelectual y afectiva y, orientación a la acción colectiva; con sentido de corresponsabilidad e interdependencia e integración, deberán ser realizadas consultando el necesario deber

1959 EDICIÓN 2997 ABRIL 30 DEL AÑO 2020 ANALES DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C. de articulación efectiva y eficaz en los escenarios reales que en Bogotá se traduce en los diversos escenarios inter e intrasectoriales que conforman Sistema de Coordinación de la Administración del Distrito Capital.

La Alcaldesa Mayor de Bogotá D.C. definirá las actuaciones necesarias para mejorar el funcionamiento de las instancias de coordinación de la administración distrital, de acuerdo con el análisis que se requiera para el caso.

Parágrafo 1. En el marco de la presente administración deberá implementarse integralmente el Capítulo II –
Seguimiento a las instancias de coordinación de la Resolución de fecha 8 de junio de 2016 “Por la cual se expiden lineamientos para el funcionamiento, operación, seguimiento e informes de las instancias de coordinación del Distrito Capital”, emitida por la Secretaría General, debiéndose mantener actualizado y en línea (publicación y acceso en página web) el inventario único distrital de las instancias de coordinación – IUDIC, así como los reportes de los asuntos sometidos a ellas, con detalle de las acciones, decisiones o recomendaciones que se tomen en su interior, debiéndose publicar los reportes con una periodicidad máxima de un trimestre entre publicaciones.

Parágrafo 2. El IUDIC, deberá implementar un desarrollo, que permita a la Alcaldesa en ejercicio de funciones
y a su equipo de gobierno, esto es, gabinete y en general a los funcionarios de primer y segundo nivel de la totalidad de entidades y organismos del sector central, descentralizado y de Localidades, tener acceso en línea de los asuntos debatidos en dichas instancias, que además, se puedan integrar a los diversos esquemas de seguimiento – tableros de control que tengan implementados, a fin de lograr mejores y mayores niveles de control de los asuntos de su competencia.

Parágrafo 3. Será una obligación de la totalidad de los secretarios, directores, gerentes y demás funcionarios
de primer nivel de las entidades y organismos, del nivel central, descentralizado y de las Localidades, garantizar que los asistentes a las diversas instancias de coordinación, tengan la posibilidad de toma de decisiones de los asuntos que deban ser discutidos o analizados, garantizar el análisis previo al interior de cada entidad u organismo a fin de que en dichos escenarios, se expongan posiciones institucionales debidamente revisadas y que reduzcan los posibles riesgos de dilación que se pueden presentar en dichos escenarios de articulación.

Parágrafo 4. En la estrategia Bogotá D.C. ciudad inteligente, IDECA es la herramienta unificada del manejo
de la información geográfica y espacial del Distrito Capital. Para este fin, las bases de datos de entidades distritales que contengan información pertinente y relevante, se integrarán a la infraestructura IDECA, conforme a la temática, parámetros de seguridad de la información, los estándares de calidad, los principios y lineamientos establecidos por la Comisión de Infraestructura Integrada de Datos Espaciales.

Artículo 53.

Instancias para los derechos de las víctimas, la paz y la reconciliación. La Secretaría General, a través de la Alta Consejería para los Derechos de las Víctimas, la Paz y la Reconciliación –ACDVPR-, coordinará las gestiones necesarias para formular las modificaciones a los Acuerdos Distritales 17 de 1999 y 491 de 2012, para dar cumplimiento al Acuerdo final para la terminación del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera.

Artículo 54.

Estrategia transversal para territorialización del Acuerdo final para la terminación del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera. En virtud del inciso segundo del artículo transitorio de la Constitución Política, incorporado en el artículo 1º del Acto Legislativo 002 de 2017, la Administración

1960 EDICIÓN 2997 ABRIL 30 DEL AÑO 2020 ANALES DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.

Distrital ejecutará una estrategia transversal que permita contribuir a la implementación del “Acuerdo final para la terminación del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera”.

Para el efecto, se establecerán las estrategias que respondan a las particularidades de la ruralidad en Bogotá y a la articulación entre las entidades del orden distrital y nacional las cuales serán lideradas por la Alta Consejería para los Derechos de las Víctimas, la Paz y la Reconciliación, de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor.

Artículo 55.

Programas de Desarrollo con Enfoque Territorial – PDET-. Bogotá - Región será epicentro de paz y reconciliación, mediante la incorporación del enfoque PDET contemplado en el punto 1.2 del Acuerdo Final, como un instrumento con carácter reparador que busca implementar de manera prioritaria, los planes y programas del Distrito con enfoque territorial, y de construcción de paz para promover el desarrollo integral de las comunidades.

Para esto, se diseñarán e implementarán los PDET para Sumapaz y el borde suroccidental de Bosa y Ciudad Bolívar en límites con el municipio de Soacha. Los compromisos adquiridos por las entidades en los PDET deberán reflejarse en su presupuesto anual y en sus indicadores de ejecución de sus proyectos.

Artículo 56.

La política de paz, reconciliación, convivencia y no estigmatización en Bogotá. Las entidades distritales, de manera coordinada y armónica, desde el ámbito de sus competencias legales y funcionales, adelantarán acciones que respondan a las necesidades particulares de la ciudad para la implementación de la “política de paz, reconciliación, convivencia y no estigmatización”, de conformidad con lo establecido en el artículo 1º de la Ley 434 de 1998, modificada por el Decreto 885 de 2017.

En concordancia con lo anterior, la Administración Distrital podrá diseñar una estrategia transversal para la apropiación social y la promoción de los espacios locales y distritales de memoria para la paz y la reconciliación.

La incorporación de esta política deberá ser gradual, participativa, y solidaria, contemplando un conjunto de medidas integrales de carácter socio-económico, cultural y político que combatan eficazmente las causas de la violencia.

Artículo 57.

Atención, asistencia y reparación integral. Se fortalecerán las instancias de adopción y ejecución de las medidas de asistencia, atención y reparación integral a las víctimas del conflicto armado, en cumplimiento de las competencias de la Ley 1448 de 2011 para las entidades territoriales, y demás normas reglamentarias.

En razón a lo anterior, a través de las instancias de articulación creadas con ocasión a la Ley 1448 de 2011, se consolidarán acciones con las entidades que conforman el Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición -SIVJRNR- que permitan aportar a la materialización de los derechos a la verdad, justicia y reparación integral.

En todo caso, se dará aplicación a lo establecido en los Decretos Ley étnicos, para la materialización de las medidas para pueblos y comunidades indígenas (Decreto 4633 de 2011) comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras (Decreto 4635 de 2011) y víctimas pertenecientes al pueblo Rrom o Gitano (Decreto 4634 de 2011), como una política pública diferencial de atención, protección, reparación 1961 EDICIÓN 2997 ABRIL 30 DEL AÑO 2020 ANALES DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C. integral y restitución de derechos territoriales, con el objetivo de garantizar el goce efectivo de sus derechos territoriales.

Artículo 58.

Comisión Distrital de Transformación Digital. Créese la Comisión Distrital de Transformación Digital como instancia de coordinación y articulación de las iniciativas de transformación digital en la ciudad. Harán parte de la Comisión los Directores de Tecnología e Información de las entidades cabeza de cada uno de los sectores del distrito capital.

La presidencia de la comisión estará en cabeza de la Alcaldesa Mayor o quien esta designe y la secretaría técnica de la comisión será ejercida por la Alta Consejería Distrital de Tecnologías de la Información y Comunicaciones - TIC de la Secretaria General.

Los Directores(as) o Jefes(as) de tecnologías e información de los organismos de control y el Subsecretario(a) Técnico de la Secretaría General, serán invitados permanentes de la Comisión. Los demás directores(as) o Jefes(as) de Tecnología e Información de las entidades del distrito capital, podrán ser invitados a la Comisión.

Así mismo, podrán ser invitados a la Comisión, en calidad de asesores o consultivos, representantes de la academia, los gremios, el sector privado y las organizaciones de la sociedad civil. La Comisión tendrá la facultad de dictar su reglamento.

Artículo 59.

Participación ciudadana. Este Plan de Desarrollo Distrital en concordancia con el artículo 2º de la Ley 1757 de 2015 formula como medida específica orientada a promover la participación de todas las personas en las decisiones de la administración distrital, la implementación de escenarios de encuentro constantes con la ciudadanía y, a través de la Secretaría Distrital de Gobierno, la operación de un mecanismo digital que permita a la ciudadanía promover y tramitar causas o iniciativas locales en torno a las decisiones que los afecten y consultar las políticas públicas que cada entidad desarrolle.

Esta plataforma digital deberá permitir la identificación de la ciudadanía participante con el fin de que las causas o decisiones de política pública que las entidades opten por abrir a consulta deban ser tramitadas por las entidades distritales que resulten competentes de conformidad con los resultados participativos que sean obtenidos.

Esta plataforma digital deberá permitir identificar y visibilizar causas ciudadanas, generar redes de cooperación social, y consultar el impacto de las medidas que se tomen en el marco de la atención, mitigación y recuperación de la emergencia sanitaria con ocasión del COVID-19.

Parágrafo. La Secretaría Distrital de Gobierno establecerá los lineamientos de funcionamiento de la
plataforma digital con el propósito de utilizar este mecanismo de participación para cumplir con los programas que establece el presente Plan de Desarrollo Distrital.

Artículo 60.

Protección de la primera infancia y adolescencia. El presente plan en cumplimiento de la Ley 1098 de 2006 incorpora dentro de los cinco propósitos y los logros de ciudad la protección a los derechos de la primera infancia y la adolescencia y define los siguientes Programas:

1. Salud y bienestar para niñas y niños.
2. Sin machismo ni violencia contra las mujeres, las niñas y los niños.

1962 EDICIÓN 2997 ABRIL 30 DEL AÑO 2020 ANALES DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.

3. Educación inicial: bases sólidas para la vida.
4. Educación para todos y todas: acceso y permanencia con equidad y énfasis en educación rural.
5. Formación Integral: más y mejor tiempo en los colegios.
6. Transformación pedagógica y mejoramiento de la gestión educativa. Es con los maestros y las maestras.
7. Prevención y atención de maternidad temprana.
8. Atención a jóvenes y adultos infractores con impacto en su proyecto de vida.
9. Jóvenes con capacidades: proyecto de vida para la ciudadanía, la innovación y el trabajo del siglo XXI

Los que incluyen en sus metas acciones para niños, niñas y adolescentes:

1. Salud para la vida y el bienestar.
2. Sistema Distrital de Cuidado.
3. Plataforma institucional para la seguridad y justicia.
4. Bogotá territorio de paz y atención integral a las víctimas del conflicto armado.
5. Conciencia y cultura ciudadana para la seguridad, la convivencia y la construcción de confianza,
6. Gobierno Abierto.
7. Movilidad social integral

Artículo 61.

Política de trabajo decente. El Distrito Capital de Bogotá, adicional a la Política Pública de gestión integral de talento humano y dentro de la propuesta del Plan de Desarrollo adelantará las acciones tendientes hacia la garantía del derecho al trabajo decente, buscará disminuir las brechas de desigualdad laboral entre mujeres y hombres y el diseño de estrategias para el primer empleo en los jóvenes. Son parte de este Plan las siguientes acciones a desarrollar:

1. Diseñar e implementar una estrategia de formalización, dignificación y acceso público y/o meritocrático a la Administración Distrital.
2. Diseñar e implementar una estrategia para fortalecer la gestión, la innovación y la creatividad en la administración distrital, generando valor público al servicio de la ciudadanía
3. Colocar laboralmente a 70.000 mujeres, con énfasis en sectores de oportunidad y sectores afectados por la emergencia, con servicios diferenciales
4. Colocar laboralmente a 50.000 jóvenes con focalización en NINIs, énfasis en sectores de oportunidad y en sectores afectados por la emergencia, en donde mínimo el 60% deben ser mujeres.
5. Colocar laboralmente a 80.000 personas, con énfasis en sectores de oportunidad y en empleos verdes.
6. Desarrollar habilidades financieras y digitales a 72.900 emprendedores de subsistencia o pequeños empresarios, con especial énfasis en sectores afectados por la emergencia.
7. Formar 50.000 personas en las nuevas competencias y habilidades para el trabajo en el marco de la reactivación económica.
8. Aumentar en un 30% el número de mujeres formadas en los centros de inclusión digital
9. Diseñar y acompañar la estrategia de emprendimiento y empleabilidad para la autonomía económica de las mujeres.
10. Formular e implementar una estrategia pedagógica para la valoración, la resignificación, el reconocimiento y la redistribución del trabajo de cuidado no remunerado que realizan las mujeres en Bogotá.
11. Garantizar en los colegios públicos la implementación de estrategias en educación media, que permitan una formación acorde a los retos del siglo XXI, la orientación socio-ocupacional y el fortalecimiento de sus capacidades y competencias para que puedan elegir su proyecto de vida.

1963 EDICIÓN 2997 ABRIL 30 DEL AÑO 2020 ANALES DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.

12. Ofrecer 20.000 cupos nuevos en educación superior.

Artículo 62.

Utilización de vigencias futuras para rubros de funcionamiento e inversión. Con el fin de lograr una mayor eficiencia en el gasto público, la aplicación de economías de escala y en cumplimiento a los principios de economía y eficiencia que rigen la gestión contractual de las entidades distritales, la ejecución de los rubros de funcionamiento a cargo de las mismas, especialmente los relacionados con operación, tecnología y gasto de funcionamiento estratégico, tales como contratos de compraventa, suministros y servicios integrales de: aseo y cafetería, vigilancia y seguridad privada en las modalidades de vigilancia fija y móvil, medio tecnológicos, servicios de atención o mesa de servicios entre otros relacionados, se podrá realizar mediante el esquema de vigencias futuras. En todo caso, para la aprobación de vigencias futuras se requerirá previo estudio y aprobación del Concejo.

Artículo 63.

Transversalización de los enfoques poblacional-diferencial y de género. Las entidades distritales y Alcaldías Locales deberán incorporar los enfoques poblacional-diferencial y de género en toda su gestión e intervenciones a la ciudadanía, en el marco de sus competencias.

Para el caso de los instrumentos de planeación, los enfoques se deberán incorporar atendiendo las metodologías establecidas por la Secretaría Distrital de Planeación. Estos instrumentos deberán considerar las particularidades y necesidades de los grupos poblacionales y sectores sociales que habitan la ciudad, de tal forma que se generen acciones diferenciales que permitan el goce efectivo de sus derechos.

Parágrafo. La estrategia de transversalización del enfoque de género y diferencial para las mujeres se
implementará bajo el apoyo técnico de la Secretaría Distrital de la Mujer.

Artículo 64.

Reestructuración de la Secretaría Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia. Revístase de facultades a la Alcaldesa Mayor de Bogotá D.C. por el término de seis (6) meses contados a partir de la entrada en vigencia del presente Acuerdo, para reestructurar la Secretaría Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia, con el fin de asegurar una oportuna, rápida y cumplida prestación de las atribuciones en materia de autoridad de Policía otorgadas mediante Acuerdo Distrital 735 de 2019, incluyendo las que pueden pertenecer a otras entidades del Distrito que guarden relación con las funciones a su cargo.

En todo caso la reestructuración administrativa de la Secretaría Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia no podrá superar el monto total del presupuesto anual aprobado para la vigencia 2020.

Parágrafo. La modificación a la estructura organizacional a que se refiere este artículo contará con el
concepto técnico favorable del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital.

Artículo 65.

CONPES Distrital. Modifíquese el artículo 25A del Acuerdo 257 de 2006, adicionado por el artículo 127 del Acuerdo 645 de 2016, el cual quedará así:

"Créase el Consejo de Política Económica y Social del Distrito Capital, como autoridad de planeación territorial, presidido por la Alcaldesa Mayor y conformado por los Secretarios de Despacho, el cual ejercerá las siguientes funciones:

1. Orientar y asesorar los aspectos relacionados con el desarrollo económico y social del Distrito Capital.

1964 EDICIÓN 2997 ABRIL 30 DEL AÑO 2020 ANALES DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.

2. Analizar, identificar y priorizar las necesidades de la ciudad a ser atendidas mediante políticas públicas u otros instrumentos de planeación.
3. Estudiar, analizar y aprobar las políticas públicas y los planes de acción que sean presentados para su aprobación, así como sus modificaciones.
4. Estudiar, analizar y aprobar los planes y programas relacionados con las necesidades de la ciudad priorizadas.
5. Estudiar los informes que se le presenten a través de su Secretaría Técnica, sobre la ejecución y evaluaciones de las políticas públicas, los planes y programas, y recomendar las medidas que deban adoptarse para su cumplimiento.
6. Dar las directrices y definir la agenda de evaluación de las políticas públicas, los planes y programas del Distrito Capital.

La Secretaría Técnica del Consejo de Política Económica y Social del Distrito Capital estará a cargo de la Secretaría Distrital de Planeación”.

Artículo 66.

Plan Estadístico del Distrito. Todos los sectores de la administración distrital deberán seguir los lineamientos establecidos en el Plan Estadístico Distrital (PED) y definir Planes de Acción Anuales para mejorar la calidad de la información estadística del distrito.

Parágrafo. La Secretaría Distrital de Planeación realizará el seguimiento a los compromisos establecidos por
todos los sectores en el marco del PED y socializará los lineamientos metodológicos para el cumplimiento de estos.

Artículo 67.

Coordinación con el nivel nacional. Para la debida ejecución del presente Plan Distrital de Desarrollo, los escenarios y canales de relacionamiento con los organismos y entidades del orden nacional bien sea del sector central o descentralizado, se debe caracterizar por:

a. El desarrollo de agendas claras y debidamente informadas y socializadas. b. El rigor frente a los asuntos a debatir o desarrollar de manera conjunta, en un escenario de corresponsabilidad y ejercicio transparente y ético en la acción pública, atendiendo a los principios de concurrencia y complementariedad propios de la función administrativa. c. Desarrollar las agendas estratégicas previa puesta en conocimiento y coordinación con los demás sectores, entidades y organismos de la Administración Distrital que tengan que ver con los asuntos, acciones o aspectos a revisar con el orden nacional, que permitan no solo la articulación escalar: nación territorio, sino la articulación intersectorial, con enfoque territorial que impone el hacer público.

Parágrafo 1. Dentro del marco de la coordinación Nación – territorio, el Distrito Capital adelantará todas las
gestiones que permitan implementar para la zona rural de Sumapaz y para Soacha, el modelo de acción integral previsto para los planes de Desarrollo con Enfoque Territorial – PDET.

En el marco de formulación y adopción de dichos instrumentos, se busca garantizar acciones, acuerdos y recursos financieros, técnicos e institucionales conjuntos que permitan la incorporación y debida gestión de la totalidad de acciones previstas en el marco de la reforma rural integral – RRI, señaladas en el punto 1 del Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera, cuyo objetivo corresponde a un proceso de construcción y participación que refleje la visión colectiva de los actores del territorio y que se convierta en laboratorio de participación comunitaria activa en la visión y 1965 EDICIÓN 2997 ABRIL 30 DEL AÑO 2020 ANALES DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C. promoción de su desarrollo, donde se implementaran: ordenamiento social de la propiedad; infraestructura; salud; educación y primera infancia; vivienda agua potable y saneamiento; reactivación económica y producción; derecho a la alimentación y; reconciliación, convivencia y paz.

Parágrafo 2. Para garantizar la articulación entre las autoridades distritales y el nivel nacional, los entes
gestores, concesionarios de operación y recaudo, y las empresas operadoras del servicio de transporte que presten servicios en la ciudad y demás actores del sector movilidad que incluye plataformas de servicios de mensajería y logística, plataformas de información de tráfico, plataformas de movilidad, deberán suministrar en debida forma la información requerida por el Gobierno Distrital.

Artículo 68.

Coordinación con el nivel territorial. Al ser una apuesta del presente Plan Distrital de Desarrollo la integración territorial, el desarrollo de agendas conjuntas, el enfrentar las problemáticas comunes y/o compartidas de forma coordinada, y aprovechar las ventajas comparativas de nuestro territorio y de las personas que lo habitamos, se hace necesario desarrollar agendas territoriales en cuatro escalas:

1.- Escala de borde: Esto es, las relaciones territoriales entre Bogotá y los municipios del: a.- Borde urbano: (20 Municipios de Cundinamarca) Mosquera, Soacha, Funza, Chía, Tocancipá, Cota, Sibaté, Cajicá, Madrid, Bojacá, El Rosal, Fusagasugá, Gachancipá, Sopó, Tenjo, Tabio, La Calera, Facatativá, Zipaquirá y Subachoque. b.- Borde rural: (13 Municipios en 3 Departamentos) Ubaque, Chipaque, Une, Choachí, Pasca, San Bernardo, Cabrera, Gutiérrez y Arbeláez (Cundinamarca); Guamal, Cubarral y La Uribe (Meta) y; Colombia (Huila).

Es importante señalar que la agenda y plan de acción conjunto en escala de borde no excluye la posibilidad e incluso la necesidad de que otras entidades o autoridades como la Corporación Autónoma, el Departamento, etc., puedan concurrir coordinadamente a atender las problemáticas o desarrollar las potencialidades que se identifiquen.

2 y 3.- Escala Regional y Subregional: que implica un relacionamiento no solo con los Municipios vecinos, sino con: a.- El Departamento de Cundinamarca y los demás que integran la Región Administrativa y de Planificación Especial – RAP-E Región Central (Tolima, Huila, Meta y Boyacá) y con la RAPE misma. b.- Con los Municipios, Departamento, y Autoridad Ambiental que integran el Comité de Integración Territorial – CIT Gran Sabana, con el CIT del que Bogotá hace parte; y en general con las diversas figuras asociativas que se adopten en el marco del territorio regional o subregional en el futuro. c.- Escala nacional: además de desarrollar un trabajo intenso y coordinado con el nivel nacional, se debe buscar una estrategia y acciones de relacionamiento con entidades territoriales (Municipios y Distritos) que si bien distantes geográficamente comparten dinámicas comunes como las ciudades capitales integradas en Asocapitales y que en el marco del presente Plan Distrital de Desarrollo, impone en el corto plazo definir una hoja de ruta con acciones, tiempos y responsables que en un trabajo en red permite avanzar en acciones concretas de reducción de brechas y tránsito hacia entornos de desarrollo robusto en un marco de sostenibilidad ambiental, social y productiva.

1966 EDICIÓN 2997 ABRIL 30 DEL AÑO 2020 ANALES DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.

Artículo 69.

Autoridad Regional de Transporte. Con el propósito de asegurar el correcto desarrollo de los proyectos de transporte masivo regionales y urbanos y con base en lo establecido el artículo 183 de la Ley 1753 de 2015 o la norma que lo modifique, adicione o sustituya, la Administración Distrital, propenderá por la creación de la autoridad regional de transporte.

Así mismo, el Distrito Capital, podrá participar, con los municipios de la Bogotá - Región, en la constitución de un ente gestor del transporte masivo para la región.

Bajo el liderazgo de la Secretaría Distrital de Movilidad como cabeza de sector y autoridad de transporte de Bogotá D.C., se deberá recurrir a los espacios interinstitucionales existentes, como el Comité de Integración Territorial, la Región Administrativa y de Planeación Especial, o a la creación de nuevos espacios para realizar la coordinación requerida en la planeación, estructuración, construcción, operación y demás actividades necesarias para los sistemas de transporte regionales.

Artículo 70.

Metas compartidas Distrito – escalas territoriales de Borde, Subregional y Regional. Adóptense las metas de la agenda compartida entre Bogotá y el Departamento de Cundinamarca en escala Subregional, así como las temáticas prioritarias de impacto regional del Plan de Desarrollo Distrital en las escalas de Borde y Regional, que se articularán según sea requerido en las diferentes instancias de integración conformadas, en sus planes de acción y mediante los mecanismos de coordinación requeridos por el marco aplicable:

Escala de Borde No Temática Prioridades del PDD Escala 1 Ambiente – Agua Acueducto y saneamiento Borde 2 Ambiente – Agua Descontaminación del río Bogotá y POMCA Borde 3 Hábitat y vivienda Bordes urbanos y reasentamiento Borde 4 Movilidad Infraestructura vial y férrea Borde 5 Movilidad Sistema aeroportuario Borde 6 Ordenamiento Articulación de POT y agenda Comité de Integración Territorial Borde Escala Subregional No Temática Meta Producto Indicador Valor Meta a 2023 Escala 1 Región Estrategia implementad 100% Subregion al a Implementar una estrategia para la creación y puesta en marcha de una estructura de gobernanza subregional 2 Región Estrategia implementad 100% Subregion al Implementar una estrategia técnica, financiera y de gestión para fortalecer los espacios de a 1967 EDICIÓN 2997 ABRIL 30 DEL AÑO 2020 ANALES DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C. coordinación regional existentes CIT - RAPE y otros 3 Región Programa desarrollado 100% Subregion al Desarrollar un programa de cooperación horizontal para apoyar a Cundinamarca como gestor catastral 4 Región IDER Actualizada 100% Subregion al Mantener actualizada la Infraestructura de Datos Espaciales Regional 5 Región Indicadores actualizados 100% Subregion al Mantener actualizados los indicadores de hechos regionales a través del ODUR 6 Región Estudios realizados 12 Subregion al Desarrollar 12 estudios soporte para la formulación de políticas públicas regionales 1 Subregion 7 Región Estructurar un Banco de Proyectos Regionales al Banco de Proyectos Regionales Estructurado 8 Articulación POT Pot armonizados 12 Subregion al Armonizar 45 planes de ordenamiento Territorial de la región (Depto, municipios y Bogotá) en el marco de la sentencia del río Bogotá Estrategia de 9 Articulación 100% Subregion POT apoyo implementad al Implementar una estrategia de estructuración de proyectos de manera integral en los corredores férreos regionales a 10 Articulación 100% Subregion POT al Crear una estrategia para la conformación de un banco regional de tierras Banco regional de tierras creado 11 Articulación Estrategia implementad 100% Subregion POT al Ejecutar una estrategia identidad apropiación y conocimiento de la Región a 19 Ambiente - Agua Proyecto articulado 1 Subregion al Articular una estrategia conjunta Bogotá - Cundinamarca, para la implementación de 1 proyecto del POMCA del Río Bogotá 20 Ambiente - Articular los planes de gestión de calidad de aire de la región Bogotá.

Agua Plan articulado 1 Subregion al

- Cundinamarca

21 Ambiente - Agua Plan formulado 1 Subregion al Ejecutar el plan de acción de crisis climática para la región Bogotá – Cundinamarca 1968 EDICIÓN 2997 ABRIL 30 DEL AÑO 2020 ANALES DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.

22 Ambiente - Agua Entregar la estación elevadora Canoas Obra terminada 1 Subregion al 23 Ambiente - Agua Contratar e iniciar la construcción de la PTAR Canoas Avance ejecución Subregion al Competitivid Plan de abastecimient 24 1 plan Subregion al Implementar un plan de abastecimiento y comercialización de alimentos regional o implementad ad - Seguridad Alimentaria o % cumplimiento 100% Subregion 25 Seguridad ciudadana Implementar un plan de seguridad regional al del plan 26 Movilidad 1 estrategia formulada 1 Subregion al Formular e implementar una estrategia para mejorar la movilidad de Bogotá - Región 27 Movilidad 1 instancia de coordinación 1 Subregion al creada Crear una Instancia de coordinación interinstitucional para la articulación de los proyectos de movilidad y transporte e infraestructura vial, Bogotá – Región.

28 Movilidad 20% Subregion 20% de reducción de siniestralidad al vial Coordinar la estrategia conjunta para reducir en un 20% la siniestralidad vial en los corredores urbano regionales, articulando esfuerzos en seguridad vial 29 Movilidad 1 Subregion 1 estrategia diseñada e implementad al Diseñar una estrategia de apoyo a la estructuración del Regiotram del Norte y estructuración del Regiotram del sur a 1 Subregion 30 Movilidad Gestionar de la inserción urbana del Regiotram de Occidente al 100% proyecto gestionado Escala Regional (RAPE)

No Temática Prioridades del PDD Escala 1 Ambiente - Regional Agua Acciones de conservación y restauración de los complejos de páramo, bosque altoandino y servicios ecosistémicos. “Implementación de acciones de conservación y restauración de los complejos de páramo, bosque altoandino y servicios ecosistémicos de la región central”

2 Turismo Fortalecimiento del turismo de bicicleta Regional 1969 EDICIÓN 2997 ABRIL 30 DEL AÑO 2020 ANALES DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.

Regional 3 Conformación de un equipo profesional de ciclismo de la Región Central para su participación en competencias del calendario UCI tanto masculino como femenino.

4 Ambiente - Agua Incentivos a la conservación de ecosistemas estratégicos asociados al recurso hídrico Regional 5 Plan de abastecimiento con promoción de mercados campesinos y reducción de intermediación Regional 6 Plan de seguridad hídrica regional Regional Competitivida 7 Cambio Verde Regional d - Seguridad Alimentaria 8 Alimentos para la paz Regional 9 AGRO 3.0 (Compras institucionales) Regional 10 Implementación ODS Regional 11 Corredores Turísticos Regional 12 Plan Logístico Regional Regional 13 Ganadería baja en carbono Regional

Capítulo II.

ASPECTOS NORMATIVOS E INSTITUCIONALES

Artículo 71.

Declaratoria de Desarrollo y Construcción Prioritaria y de Bienes en Desuso. Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 52 y siguientes de la Ley 388 de 1997, se declara el desarrollo prioritario de los predios o inmuebles urbanizables no urbanizados, o urbanizados no edificados, o abandonadas, subutilizadas o no utilizadas en más de un 60% de su área, en los términos definidos en la citada ley.

La Secretaría Distrital de Hábitat, identificará los terrenos, inmuebles y edificaciones, a que hace referencia el presente artículo y expedirá los actos administrativos de declaratoria de desarrollo y construcción prioritaria, o de habilitación y uso de edificaciones, según corresponda, en los cuales enlistará los predios, publicará dichas decisiones en la Gaceta de Urbanismo y Construcción de Obra y las notificará en los términos legales.

Parágrafo 1. En firme el acto administrativo de identificación del predio, respecto de cada uno, empezará a
correr el plazo de que trata el artículo 52 de la Ley 388 de 1997, adicionado por el artículo 64 de la Ley 1537 de 2012.

Vencido el término de la declaratoria sin que se adelanten actos inequívocos respecto del cumplimiento de la función social que le corresponde al inmueble, este quedará afecto a la generación de suelo, así como a la construcción de vivienda y usos complementarios. Este evento dará lugar a la iniciación del proceso de enajenación forzosa en pública subasta en los términos que para el efecto establezca la Secretaría de Hábitat con sujeción a la normatividad aplicable.

1970 EDICIÓN 2997 ABRIL 30 DEL AÑO 2020 ANALES DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.

Parágrafo 2. La Secretaría Distrital del Hábitat adelantará el proceso de enajenación forzosa en pública
subasta de los inmuebles que no cumplan con las obligaciones derivadas de lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley 388 de 1997, conforme a lo señalado en el presente acuerdo, que no sean habilitadas y destinadas a los usos establecidos en el Plan de Ordenamiento Territorial o los instrumentos que lo desarrollen y complementen dentro de los plazos legales aplicables, con sujeción al procedimiento legal.

Parágrafo 3. - La Secretaría de Educación del Distrito, tendrá las mismas facultades señaladas en el presente
artículo, respecto de los predios en los que se busque desarrollar proyectos de construcción de infraestructura pública para la prestación del servicio público de educación.

Artículo 72.

Porcentajes de suelo con destino al desarrollo de Programas de Vivienda de Interés Social Prioritaria (VIP) y Vivienda de Interés Social (VIS). De conformidad con lo dispuesto en el numeral 5° del artículo 13 y los artículos 8, 18 y 92 de la Ley 388 de 1997, se autoriza a la Administración Distrital para que establezca los porcentajes mínimos de suelo destinado a la construcción de vivienda de interés social y vivienda de interés social prioritario y las condiciones para su cumplimiento en la ciudad, en suelos de expansión urbana y en suelos urbanos en cualquiera de sus tratamientos urbanísticos. La Administración Distrital podrá establecer incentivos y mecanismos que garanticen la construcción efectiva de las Viviendas de Interés Social Prioritaria (VIP) y Viviendas de Interés Social (VIS), en los términos del parágrafo del artículo 15 de la Ley 388 de 1997.

Parágrafo. Los predios que conformen el Banco de Tierras Distrital, incluyendo aquellos que se encuentren
en cabeza de patrimonios autónomos y que hayan sido aportados por entidades u organismos del orden nacional o distrital del nivel central o descentralizado, estarán exentos del pago del impuesto predial unificado, de la contribución por valorización y del pago de la participación en el efecto plusvalía, siempre y cuando cumplan su finalidad para la construcción de Vivienda de Interés Social Prioritaria o Vivienda de Interés Social.

Artículo 73.

Oferta preliminar. La vivienda de interés prioritario y la vivienda de interés social que se genere en Bogotá, antes de su comercialización, deberá ser ofertada a la Secretaría Distrital del Hábitat entidad que tendrá el derecho inicial de reservar un porcentaje de unidades de vivienda con destino a los hogares priorizados en sus programas habitacionales que cumplan los requisitos para la asignación de subsidios y que cuenten con cierre financiero, de conformidad con la reglamentación que expida el gobierno distrital.

Artículo 74.

Transferencia de dominio de bienes inmuebles fiscales entre entidades del orden distrital. Los bienes inmuebles fiscales de propiedad de las entidades centralizadas y descentralizadas del orden distrital podrán ser transferidos a título gratuito a otras entidades del distrito que los requieran para el ejercicio de sus funciones, sin importar el resultado de la operación en la entidad cedente.

Artículo 75.

Enajenación a título oneroso de bienes inmuebles fiscales de propiedad del Distrito. Autorícese a la Alcaldesa Mayor de Bogotá D.C., durante el período de vigencia del presente plan, para realizar de conformidad con las normas que regulan la materia, la enajenación a título oneroso de los bienes inmuebles fiscales de propiedad del Distrito, que no sean necesarios para el funcionamiento administrativo de entidades distritales.

1971 EDICIÓN 2997 ABRIL 30 DEL AÑO 2020 ANALES DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.

Artículo 76.

Instrumentos de financiación. El Distrito Capital formulará y adoptará los instrumentos de gestión y financiación para el cumplimiento de los propósitos estratégicos en el presente Plan, incluidos los de financiación de accesos a la ciudad, pignoración predial, aportes por edificabilidad, aprovechamiento económico del espacio público y obra por tu lugar y los demás instrumentos que se necesiten y se encuentren habilitados.

Parágrafo. El Distrito Capital adoptará los instrumentos de gestión, financiación, incentivos e instrumentos
para facilitar el acceso a la vivienda de interés social y prioritario. La Secretaría Distrital del Hábitat, diseñará la Política de Hábitat y Vivienda.

Artículo 77.

Indexación del valor de los subsidios. Los subsidios asignados para los proyectos de vivienda de interés social y prioritario se indexarán a la vigencia en la cual se suscriba la escritura de transferencia de las unidades habitacionales, con el propósito de garantizar el poder adquisitivo de los recursos entregados a las entidades ejecutoras para el desarrollo de dichos proyectos.

Artículo 78.

Devolución de recursos en proyectos ejecutados a través de la Empresa de Renovación y Desarrollo Urbano - ERU. La totalidad de los gastos, obligaciones y gravámenes generados con ocasión de la devolución al tesoro distrital de recursos administrados en patrimonios autónomos constituidos por la Empresa de Renovación y Desarrollo Urbano - ERU, se asumirán con cargo a los rendimientos financieros de los recursos objeto de devolución y de no ser suficientes se asumirán con cargo a estos recursos.

Artículo 79.

Destinación Ingresos por Operaciones Urbanas. La empresa de Renovación y Desarrollo Urbano de Bogotá, D.C. - ERU- incorporará presupuestal y contablemente como recursos propios, los ingresos que se obtengan por la compensación derivada de la obligación urbanística de destinar porcentajes mínimos de suelo para el desarrollo de programas de Vivienda de Interés Social -VIS- y/o Vivienda de Interés Prioritario -VIP-, en operaciones urbanas desarrolladas por la empresa y se destinarán a la estructuración y desarrollo de proyectos misionales, incluyendo, entre otros, proyectos para el desarrollo de vivienda VIS o VIP.

Artículo 80.

Contribución por estacionamiento en vía y fuera de vía. De conformidad con lo establecido en el artículo 33 de la Ley 1753 de 2015 modificado por el artículo 97 de la Ley 1955 de 2019, se adopta la contribución por el servicio de parqueadero fuera de vía o de estacionamiento en vía, a favor de Bogotá Distrito Capital, y tendrá como elementos constitutivos los siguientes:

a) Sujeto activo: Bogotá, Distrito Capital b) Hecho generador: Uso del servicio de parqueaderos fuera de vía o estacionamiento en vía. c) Sujeto pasivo: Usuario del servicio de parqueaderos fuera de vía o estacionamiento en vía. d) Base gravable: será el valor que pague el usuario por hacer uso del servicio de parqueaderos fuera de vía o estacionamiento en vía de acuerdo con el esquema tarifario que se encuentra vigente. e) Tarifa: La tarifa de la contribución será un aporte de la base gravable y es adicional al valor que se paga por hacer uso del servicio de parqueadero fuera de vía o estacionamiento en vía de acuerdo con el esquema tarifario que se encuentra vigente. Esta tarifa será definida por la administración distrital dentro de los seis (6) meses siguientes a la expedición del presente acuerdo y de conformidad con los estudios técnicos que se realicen al respecto. La Administración Distrital deberá considerar los casos en que la base gravable sea cero pesos ($0) o artificialmente bajo, para evitar que en estos casos la tarifa de la contribución sea cero pesos ($0) o artificialmente baja.

1972 EDICIÓN 2997 ABRIL 30 DEL AÑO 2020 ANALES DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.

Parágrafo 1. Los propietarios, administradores y operadores del servicio de parqueadero fuera de la vía o de
estacionamiento en vía en el Distrito Capital serán agentes retenedores de la contribución y como tal, responsables del cobro, declaración y consignación al Distrito Capital.

Parágrafo 2. Los recursos captados serán destinados a la sostenibilidad del Sistema Integrado de Transporte
Público, por lo que deberán ser canalizados a través del Fondo de Estabilización Tarifaria.

Parágrafo 3. La Administración Distrital deberá adelantar un estudio para definir los usuarios que serán
sujetos del cobro, considerando las vulneraciones de siniestralidad vial y la promoción de energéticos y tecnologías de cero o bajas emisiones.

Parágrafo 4. Puesto que la tarifa de la contribución de la que trata el presente artículo es adicional a la tarifa
del servicio de estacionamiento en la vía pública y fuera de vía, la Administración Distrital podrá redefinir y actualizar la metodología para establecer un esquema tarifario del estacionamiento fuera de vía que contemple el cobro de dicha contribución.

Artículo 81.

Coordinación, registro y saneamiento de las obras producto de la aplicación de cargas urbanísticas. La Administración Distrital adoptará dentro de los seis (6) meses siguientes a la publicación del presente Plan los instrumentos, procedimientos, gestiones y actuaciones administrativas y/o judiciales que se requieran, para racionalizar, simplificar y garantizar el cumplimiento y recibo de las obras de cargas urbanísticas generales o locales y/o acciones de mitigación, contenidas en los instrumentos de planeación, definidos en el artículo 43 del Decreto Distrital 190 de 2004 o la norma que lo modifique o lo sustituya.

Artículo 82.

Alternativas de movilidad en el sector norte de la ciudad. Modificar el artículo 1 y el Anexo de Zonas de Influencia del Acuerdo 523 de 2013, en el sentido de reemplazar la obra con código 169 denominada “Avenida San José (AC 170) desde la Avenida Cota (AK 91) hasta Avenida Ciudad de Cali (AK 106)”, con el fin de garantizar las alternativas de movilidad en el sector norte de la ciudad, en un marco de respeto por la estructura ecológica distrital en el área de la reserva forestal Thomas Van der Hammen, la cual se identificará así:

Código Tipo de Obra Obra 513 Movilidad Avenida Cota (Desde la Avenida San José (AC 170) hasta límite del Distrito Capital (Río Bogotá).

Parágrafo. La presente autorización y orden se circunscribe estrictamente al reemplazo técnico de la obra a
financiar con el código 169 dicha obra y ninguna circunstancia autoriza modificación al monto distribuible, la zona o área de influencia, o cobros nuevos o adicionales a los ya causados.

Artículo 83.

Unificación de plazos para inicio de obras. Unificar en tres (3) años los plazos máximos para iniciar la etapa de construcción, de la totalidad de las obras que se autorizan financiar con la contribución especial de valorización, definidos en el artículo 4 del Acuerdo 724 de 2018, contado a partir de la sanción del citado acuerdo.

1973 EDICIÓN 2997 ABRIL 30 DEL AÑO 2020 ANALES DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.

Parágrafo. Los demás contenidos del artículo 4 del Acuerdo 724 de 2018 se mantienen vigentes, salvo la
unificación de que trata el presente artículo.

Artículo 84.

Instituto de desarrollo Urbano IDU. El Instituto de Desarrollo Urbano - IDU, sin perjuicio de las competencias que los diferentes sectores y entidades de la Administración Distrital tengan en materia de formulación, respecto de los bienes de propiedad de la Entidad, podrá participar y desarrollar estrategias, planes y proyectos urbanos integrales.

En ese mismo sentido podrá desarrollar las competencias otorgadas en materia de gestión de suelo y financiación del desarrollo para apoyar la estructuración – ejecución de dichos proyectos previo acuerdo que se suscriba en tal sentido con el sector o la entidad respectiva.

Artículo 85.

Sostenibilidad del Sistema Integrado de Transporte Público -SITP-. El Sistema Integrado de Transporte Público -SITP- deberá ser sostenible en los aspectos técnicos y fiscales, basado en la calidad en la prestación del servicio. Las tarifas que se cobren por la prestación del servicio, sumadas a otras fuentes de financiación si las hubiere, deberán ser suficientes para cubrir los costos de operación, administración, mantenimiento y reposición de los equipos, para lo cual el Gobierno Distrital establecerá los parámetros que garanticen la efectiva implementación y priorización de los subsidios autorizados y tarifas diferenciales adoptadas por el Concejo Distrital, siempre y cuando se cuente con una fuente presupuestal para la respectiva vigencia fiscal.

Artículo 86.

Modificación del objeto de la empresa Transmilenio S.A. Adiciónese al artículo 2 del acuerdo 4 de 1999 un último inciso del siguiente tenor:

“También formará parte del objeto social de la entidad liderar, promover, desarrollar y ejecutar proyectos urbanísticos, en especial de renovación urbana, así como la construcción y mejoramiento de espacio público en las áreas de influencia de los componentes troncal, zonal y cable del Sistema Integrado de Transporte Público de Bogotá, así como en las áreas de influencia de la infraestructura soporte de su componente zonal.”

Artículo 87.

Titularización del futuro recaudo de los proyectos de transporte masivo. La Administración Distrital implementará instrumentos de captura de valor del suelo para la financiación de infraestructura de transporte masivo de los componentes troncal, zonal y metro, a partir de los mecanismos establecidos en las Leyes 9 de 1989, 3888 de 1997 y 1955 de 2019 y demás actos administrativos aplicables.

Con fundamento en el artículo 278 de la Ley 1955 de 2019 y en la reglamentación que el Gobierno Nacional expida para ello, la Administración Distrital podrá titularizar la totalidad o parte de los mayores valores de recaudo futuro del impuesto predial que se genere en las zonas de influencia de los proyectos de transporte masivo, los cuales serán considerados como proyectos estratégicos de renovación urbana.

Los proyectos estratégicos susceptibles de este mecanismo serán los relacionados con el Sistema de Transporte Masivo, el SITP, la red de metro regional y los que la Administración Distrital defina.

Con fundamento en el artículo 33 de la Ley 1753 de 2015, modificado por el artículo 97 de la Ley 1955 de 2019, la Administración Distrital explorará la utilización de los derechos reales en las áreas disponibles en la 1974 EDICIÓN 2997 ABRIL 30 DEL AÑO 2020 ANALES DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C. infraestructura de transporte, de manera que se pueda promover su aprovechamiento inmobiliario a cambio de generar recursos a favor del Sistema Integrado de Transporte Público.

Parágrafo. Los recursos captados mediante estos mecanismos serán destinados a la sostenibilidad del
Sistema Integrado de Transporte Público, por lo que deberán ser canalizados a través del Fondo de Estabilización Tarifaria y/o destinados a través de proyectos de infraestructura de transporte.

Artículo 88.

Autorización para constituir operador público. Se autoriza al Distrito Capital o TRANSMILENIO S.A., para participar en la creación de una sociedad por acciones cuyo objeto contemple, entre otros, la prestación del servicio público de transporte masivo, y realizar los respectivos aportes a que haya lugar. La nueva sociedad tendrá personería jurídica, autonomía administrativa, contable, financiera, presupuestal y patrimonio propio.

Artículo 89.

Modificación y ampliación de las funciones de Transmilenio S.A. Modifíquese el numeral 6 del artículo 3 del Acuerdo Distrital 4 de 1999, y adiciónese los numerales 10, 11 y 12, los cuales quedarán así:

“6. TRANSMILENIO S.A., podrá prestar el servicio público de transporte masivo directa o indirectamente a través de personas que se encuentren habilitadas por la autoridad competente.

TRANSMILENIO S.A., en su calidad de ente gestor y en el marco de sus competencias, será responsable de la prestación del servicio cuando se declare desierto un proceso de selección o cuando se suspendan o terminen anticipadamente los contratos o se declare la caducidad de los contratos con los operadores privados por las causas previstas en la ley o los contratos.”

(...)

“10. TRANSMILENIO S.A. podrá planear, gestionar, promocionar y ejecutar proyectos urbanísticos en las áreas de influencia del componente troncal y cable del Sistema Integrado de Transporte Público de Bogotá, así como en las áreas de influencia de la infraestructura soporte de su componente zonal, directamente o a través de terceros.
11. TRANSMILENIO S.A., podrá adelantar las acciones necesarias que le permitan realizar el mantenimiento y adecuación de la infraestructura de transporte asociada al SITP en sus diferentes componentes.
12. TRANSMILENIO S.A., podrá gestionar, coordinar y planear el componente de cables en el Distrito Capital, así como la integración con la infraestructura actual y la operación dentro del SITP.”

Artículo 90.

Trámites de derechos de tránsito. Toda entidad y/o persona natural o jurídica del derecho privado que solicite a la Secretaría Distrital de Movilidad derechos de tránsito, tales como: planes de manejo de tránsito (PMT), estudios de tránsito, estudios de cierres viales por eventos, diseños de señalización, estudios de atención y demanda a usuarios y los trámites para su recibo, deberá asumir los costos según corresponda en cada caso, conforme a la metodología que se establezca.

Parágrafo. La Administración Distrital definirá la destinación de los recursos recaudados por trámites de
derechos de tránsito.

1975 EDICIÓN 2997 ABRIL 30 DEL AÑO 2020 ANALES DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.

Artículo 91.

Naturaleza jurídica, objeto y funciones básicas de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial. El artículo 109 del Acuerdo 257 de 2006 quedará así:

“Artículo 109. Naturaleza jurídica, objeto y funciones básicas de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial. La Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial está organizada como una Unidad Administrativa Especial del orden distrital del Sector Descentralizado, de carácter técnico, con personería jurídica, autonomía administrativa y presupuestal y con patrimonio propio, adscrita a la Secretaría Distrital de Movilidad.

Tiene por objeto programar y ejecutar las obras necesarias para garantizar la rehabilitación y el mantenimiento periódico de la malla vial local, intermedia y rural; así como la atención inmediata de todo el subsistema de la malla vial cuando se presenten situaciones que dificulten la movilidad en el Distrito Capital.

La Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial en desarrollo de su objeto institucional tendrá las siguientes funciones: a. Programar y ejecutar los planes y proyectos de rehabilitación y mantenimiento de la malla vial intermedia, local y rural construidas y ejecutar las acciones de mantenimiento que se requieran para atender situaciones que dificulten la movilidad en la red vial de la ciudad. b. Suministrar la información para mantener actualizado el Sistema de Gestión de la Malla Vial del Distrito Capital, con toda la información de las acciones que se ejecuten. c. Atender la construcción y desarrollo de obras específicas que se requieran para complementar la acción de otros organismos y entidades del Distrito. d. Ejecutar las obras necesarias para el manejo del tráfico, el control de la velocidad y la seguridad vial cuando se le requiera. e. Ejecutar las acciones de adecuación y desarrollo de las obras necesarias para la circulación peatonal, rampas y andenes, alamedas, separadores viales, zonas peatonales, pasos peatonales seguros y tramos de ciclorrutas cuando se le requiera. f. Ejecutar las actividades de conservación de la cicloinfraestructura de acuerdo con las especificaciones técnicas y metodologías vigentes y su clasificación de acuerdo con el tipo de intervención y tratamiento requerido (intervenciones superficiales o profundas).

Parágrafo 1. En el caso de las intervenciones para mejoramiento de la movilidad de la red vial arterial, éstas
deberán ser priorizadas de manera conjunta con el Instituto de Desarrollo Urbano.

Parágrafo 2. Las obras a las que hacen mención los literales c, d y e responderán a la priorización que haga
la Secretaría Distrital de Movilidad y deberán cumplir con las especificaciones técnicas establecidas por esta y/o por el Instituto de Desarrollo Urbano cuando no existan las especificaciones técnicas requeridas. Así mismo la Secretaría Distrital de Movilidad regulará lo pertinente frente a las características de los proyectos de acuerdo a la escala de intervención”.

Artículo 92.

Empresa Metro. Modificase el artículo 2º del Acuerdo Distrital 642 de 2016 el cual quedará así:

“ARTÍCULO 2. OBJETO. Corresponde a la empresa METRO DE BOGOTÁ S.A. realizar la planeación, estructuración, construcción, operación, explotación y mantenimiento de las líneas férreas y de metro que 1976 EDICIÓN 2997 ABRIL 30 DEL AÑO 2020 ANALES DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C. hacen parte del Sistema Integrado de Transporte Público de Bogotá, así como la adquisición, operación, explotación, mantenimiento, y administración del material rodante.

También hace parte del objeto social de la entidad, liderar, promover, desarrollar y ejecutar proyectos urbanísticos, en especial de renovación urbana, así como la construcción y el mejoramiento del espacio público en las áreas de influencia de las líneas del metro, con criterio de sostenibilidad.

Todo lo anterior, en las condiciones que señalen las normas vigentes, las autoridades competentes y sus propios estatutos”.

Artículo 93.

Meritocracia. Promover la meritocracia como un mecanismo de igualdad, generación de valor público y fortalecimiento institucional. La Administración Distrital, con el liderazgo del Sector de Gestión Pública, avanzará en la promoción de procesos meritocráticos para la provisión de cargos de carrera administrativa que se encuentren en vacancia definitiva.

Artículo 94.

Entidad de Gestión Administrativa y Técnica – EGAT. La Entidad de Gestión Administrativa y Técnica - EGAT, será el ente responsable de la contratación de bienes y servicios no misionales para el sector de la salud en el Distrito Capital, y su objeto principal será desarrollar e impulsar herramientas orientadas a la organización y articulación de los partícipes en procesos de compras y contratación de bienes y servicios del sector salud, con el fin de lograr una mayor eficiencia, transparencia y optimización de los recursos del estado, enmarcado siempre en los principios de la contratación pública.

Las Empresas Sociales del Estado del Distrito, así como las Empresas Industriales y Comerciales del Distrito y todas aquellas del sector salud que tengan participación del Distrito, están obligadas a asesorarse y contratar con la EGAT, todos los bienes y servicios no misionales que le correspondan, incluyendo los temas de infraestructura, dotación, medicamentos y todo tipo de insumos farmacológicos.

Parágrafo 1. La EGAT podrá prestar sus servicios a entidades públicas o privadas del nivel distrital o nacional
y a cualquier persona natural o jurídica que lo requiera, Parágrafo 2. La EGAT, para la gestión de las necesidades de las personas arriba descritas, implementará su manual de contratación bajo los preceptos y principios propios de la Ley 80 de 1993.

Parágrafo 3. Las Empresas Sociales del Estado del Distrito, las Empresas Industriales y Comerciales del Distrito
y todas aquellas del sector salud en las que tenga participación el Distrito, tendrán la obligación de presentar a la EGAT la necesidad del bien o servicio a contratar, así como la disponibilidad presupuestal, y ésta será la responsable de adelantar todas las etapas del proceso desde la estructuración de estudios previos, hasta la liquidación.

Artículo 95.

Funciones esenciales de la Entidad de Gestión Administrativa y Técnica. La entidad asesora de gestión administrativa y técnica desarrollará las siguientes actividades principales:

a. Desarrollar e impulsar herramientas orientadas a la organización y articulación de los partícipes en procesos de compras y contratación de bienes y servicios del sector salud.

1977 EDICIÓN 2997 ABRIL 30 DEL AÑO 2020 ANALES DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C. b. Solicitar, analizar y centralizar las necesidades en materia de contratación de las Empresas Sociales del Estado del Distrito, las Empresas Industriales y Comerciales del Distrito y todas aquellas del sector salud que tengan participación del Distrito y estén obligadas a asesorarse y contratar con la EGAT, con el fin de hacer la programación de la adquisición de bienes o servicios no misionales que éstas requieran. c. Liderar el proceso de estandarización de necesidades de las Empresas Sociales del Estado del Distrito, las Empresas Industriales y Comerciales del Distrito y todas aquellas del sector salud que tengan participación del Distrito y estén obligadas a asesorarse y contratar con la EGAT. d. Contratar bienes y servicios no misionales para el sector de la salud en el Distrito Capital, incluyendo los temas de infraestructura, dotación, medicamentos y todo tipo de insumos farmacológicos. e. Adelantar acciones de inteligencia de mercados con el fin de identificar a nivel nacional e internacional las mejores prácticas y procesos administrativos relacionados con el funcionamiento de los prestadores de servicios de salud. f. Asesorar el proceso de integración informática del sector salud en el Distrito Capital que incluya tanto a las entidades de aseguramiento como a las de prestación de servicios de salud. g. Asesorar el proceso de compras conjuntas de insumos y medicamentos para las ESE del Distrito. h. Asesorar para las ESE distritales los procesos de facturación, call center, agendamiento de citas médicas por medios electrónicos, referencia y contra referencia de pacientes y negociación para la venta de servicios de salud. i. Asesorar respecto a los servicios administrativos a cargo de las ESE en los cuales por economías de escala o estandarización de la calidad sea recomendable adelantar en forma conjunta. j. Asesorar a las subredes de prestación de servicios de salud en la creación y puesta en marcha de mecanismos efectivos de defensa de los derechos de los usuarios en salud de conformidad con lo establecido en la ley. k. Las demás actividades que señalen los estatutos y que sean conexas con su objeto social.

Artículo 96.

Plan Territorial de Salud. En cumplimiento de lo establecido en el artículo 45 de la Ley 152 de 1994, el artículo 6 de la Ley 1438 de 2011 y los artículos 25 y 27 de la Resolución 1536 de 2015 del Ministerio de Salud y Protección Social, se incorpora como parte integral del Plan de Desarrollo Distrital para Bogotá D.C. 2020-2024, el Plan Territorial de Salud, el cual es concordante con el mismo y está armonizado con el Plan Decenal de Salud Pública y los Objetivos de Desarrollo Sostenible ODS.

Artículo 97.

Funciones esenciales del Instituto Distrital de Ciencia, Biotecnología e Innovación en Salud. Modifíquese el artículo 18 del Acuerdo 641 de 2016 el cual quedará así:

Artículo 18.

El Instituto Distrital de Ciencia, Biotecnología e Innovación en Salud –IDCBIS- desarrollará las siguientes actividades principales:

1978 EDICIÓN 2997 ABRIL 30 DEL AÑO 2020 ANALES DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C. a). Fortalecer y fomentar una cultura ciudadana para la donación de sangre, componentes sanguíneos, órganos y tejidos humanos y células con propósitos de trasplante, medicina regenerativa o investigación. b). Obtener, procesar, almacenar y distribuir componentes sanguíneos, tejidos y células humanas con propósitos de trasplante, medicina regenerativa o investigación. c). Ofrecer servicios altamente especializados y de referencia, en banco de sangre, banco de tejidos humanos, banco de sangre de cordón umbilical, terapias avanzadas, medicina transfusional, medicina regenerativa y laboratorio de inmunología de transfusión y trasplantes. d). Formar, capacitar y entrenar talento humano en las áreas de conocimiento desarrolladas por la entidad, con énfasis en investigación. e). Gestionar líneas de investigación e innovación tecnológica en diversos campos de las ciencias de la salud humana, con énfasis en medicina transfusional, ingeniería tisular, terapias avanzadas y medicina regenerativa, en coordinación con centros académicos y de investigación nacionales e internacionales. f). Servir como entidad asesora, consultora y de referencia, para entidades nacionales e internacionales en los aspectos relacionados con el desarrollo de su objeto social. g). Desarrollar y gestionar un Registro de Donantes de Progenitores Hematopoyéticos, con propósitos de investigación y trasplante. h). Desarrollar actividades encaminadas a la apropiación social del conocimiento en el área de la salud, así como la difusión de la ciencia. i). Las demás actividades que señalen los estatutos y que sean conexas con su objeto social.

Artículo 98.

Financiación para el Fortalecimiento de la Investigación. Modifíquese el artículo 21 del Acuerdo 641 de 2016, el cual quedará así:

Artículo 21.

Financiación para el Fortalecimiento de la Investigación. Las labores adelantadas por el Instituto serán remuneradas por las Empresas Sociales del Estado del orden Distrital y por las demás entidades a las cuales le preste sus servicios. En todo caso, podrá recibir aportes del Distrito Capital para la financiación de sus proyectos específicos, así como otras fuentes como cooperación o transferencias del presupuesto nacional.

Artículo 99.

Corredor Verde de la Carrera 7ª. De acuerdo con el valor patrimonial y representativo del corredor de la Carrera Séptima “Alberto LLeras Camargo” para el Distrito Capital y con el objetivo de consolidar esta Carrera como un corredor ecológico, sostenible y emblemático, la Administración Distrital desarrollará un proyecto de movilidad con tecnologías verdes que dé continuidad a los viajes propios del corredor, en donde se privilegien formas de movilidad alternativa, verde y sostenible como la peatonal y de bicicletas, y se recuperen las zonas verdes. El corredor verde de la carrera 7ª, buscará contribuir a la optimización del transporte público, la arborización, espacio público, el mobiliario urbano y la mejora en calidad del aire.

La Administración Distrital definirá las características y condiciones del corredor y presentará en el término de seis meses la propuesta a la ciudadanía.

Artículo 100.

Fortalecimiento del Fondo Cuenta Distrital de Innovación, Tecnología e Industrias Creativas (FITIC). Amplíese el objeto del Fondo Cuenta Distrital de Innovación, Tecnología e Industrias Creativas -FITIC- en el sentido de promover la inclusión financiera y productiva que apalanque las intervenciones que desde la Alcaldía se realicen para promover el emprendimiento por subsistencia, potenciar la productividad de comercios y pequeñas unidades productivas (aglomeradas y no aglomeradas

1979 EDICIÓN 2997 ABRIL 30 DEL AÑO 2020 ANALES DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C. en el territorio), incubar emprendimientos de estilo de vida, acompañar PYMES en programas de apropiación y fortalecimiento de nuevas tecnologías, y empresas medianas en programas de sofisticación e innovación en Bogotá a través de los mecanismos legales que sean del caso.

En el mismo sentido, el FITIC se considerará un fondo acumulativo, el cual además podrá tener como fuente adicional del fondo, aquellos que por el Sistema General de Regalías puedan destinarse en el marco de los proyectos que sean aprobados para su respectiva ejecución. Así mismo todos aquellos recursos que no se utilicen en desarrollo de un convenio o contrato, y que hayan sido aportados desde el Fondo Cuenta, deberán reingresar a dicho Fondo y ser reinvertidos en sus programas.

Artículo 101.

Asociación para el desarrollo económico a través de vehículos especiales. Durante el término de vigencia del presente acuerdo, la alcaldesa, a través de la Secretaría de Desarrollo Distrital, en los términos de las disposiciones legales vigentes, podrá buscar la forma de asociarse con otras entidades públicas o con particulares con el objeto de movilizar financiamiento para empresas que tengan como característica la innovación, el valor agregado o el alto impacto en la generación de empleo. Para ello deberá establecer que las personas naturales o jurídicas beneficiarias estén en etapa de consolidación y/o aceleración de su negocio según las especificaciones técnicas que así lo reglamente.

Con el fin de lograr lo anterior y con ello disminuir la exposición de estas iniciativas económicas a estar dentro de las tasas de mortalidad, se podrán destinar recursos del Distrito en armonía con los programas del plan de inversiones del presente plan de desarrollo.

Para garantizar el principio de eficiencia del gasto público y de vigilancia, en los órganos de dirección y en los comités de vigilancia de dichos organismos asociativos, debe existir participación del Distrito en proporción directa al aporte realizado y en todo caso no podrá ser menor a un (1) representante, para el efecto en caso de requerirse se deberán adelantar las modificaciones estatutarias a las que haya a lugar.

Parágrafo. En el marco de lo establecido en el presente artículo, la Administración Distrital podrá participar
de vehículos de inversión o fondos de capital nacionales o internacionales siempre y cuando dichos vehículos o fondos de inversión inviertan en empresas con operaciones en el Distrito Capital conforme a lo aquí establecido.

Artículo 102.

Funciones del IPES en materia de aprovechamiento económico del espacio público y plazas de mercado. Modificase el literal d) del artículo 79 del Acuerdo 257 de 2006 así:

Artículo 79.

Funciones del Instituto para la Economía Social - IPES. De conformidad con lo establecido en el artículo anterior adicionase los Acuerdos 25 de 1972 y 04 de 1975 con las siguientes funciones: (...)

d. Administrar las plazas de mercado en coordinación con la política de abastecimiento de alimentos y las políticas de industria, turismo y promoción de la ciudad.

Artículo 103.

Modelo de Administración para la Prestación y Operación Integral. La Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos – UAESP formulará, diseñará y adoptará el Modelo de Administración para ejercer el manejo técnico del relleno Doña Juana y asegurar la prestación y operación integral, sostenible y eficiente de aprovechamiento, tratamiento y disposición final de residuos, el cual contemplará el plan de contingencia dirigido a la continua e ininterrumpida operación del servicio público de

1980 EDICIÓN 2997 ABRIL 30 DEL AÑO 2020 ANALES DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C. aseo en la actividad complementaria de disposición final. Para garantizar la prestación efectiva y continua del servicio público de competencia de la UAESP, ésta podrá dirigir, coordinar, contratar o prestar el servicio directamente o a través de terceros, de conformidad con la normatividad vigente.

Artículo 104.

Modificación y ampliación del objeto y funciones de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital. Adicionar los siguientes parágrafos al artículo 63 del Acuerdo 257 de 2006:

Parágrafo Primero. La Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital tendrá a su cargo el ejercicio de
las funciones de autoridad, gestor y operador catastrales, a que hacen referencia el artículo 79 de la Ley 1955 de 2019 y sus disposiciones reglamentarias.

La Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital podrá prestar los servicios de gestión y operación catastral en cualquier lugar del territorio nacional. Para este efecto, podrá establecer sedes, gerencias o unidades de negocio en las jurisdicciones de las entidades territoriales con las que contrate la prestación de estos servicios. Las sedes, gerencias o unidades de negocio que se establezcan podrán disponer de un presupuesto y de la facultad de contratación mediante delegación que efectúe el Director General.

Para el ejercicio de las funciones a que se refiere el presente artículo, la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital podrá suscribir convenios o contratos para el acceso a los bienes y servicios relacionados con la infraestructura de servicios espaciales y/o los sistemas de información que posea, con el propósito de facilitar el acceso de las entidades territoriales que requieran estos servicios.

Parágrafo Segundo. Para el cumplimiento de las funciones de gestor y operador catastrales, la Unidad
Administrativa Especial de Catastro Distrital podrá asociarse o conformar esquemas societarios con entidades públicas de cualquier nivel de gobierno, o con personas de derecho privado y efectuar las transferencias o aportes correspondientes, con sujeción a lo dispuesto en la Ley 489 de 1998 y las demás normas legales que regulen la materia.

Artículo 105.

Ingresos por la prestación de servicio público catastral. Los ingresos que la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital perciba como remuneración por la prestación del servicio público catastral, en su condición de gestor u operador catastral, harán parte de su presupuesto como rentas propias, serán recaudados directamente por la entidad y apropiados en su presupuesto mediante Decreto.

La entidad podrá realizar gastos de preinversión, diseño, alistamiento y ejecución en el desarrollo de los contratos o convenios interadministrativos que suscriba en ejercicio de las funciones relacionadas con el catastro multipropósito.

Artículo 106.

Coordinación de la gestión jurídica pública. La acción jurídica distrital en todos sus órdenes se encuentra bajo la coordinación de la Secretaría Jurídica Distrital con el objeto de materializar los principios de eficiencia, eficacia, seguridad jurídica, transparencia y moralidad pública mediante el ejercicio unificado y coherente de la defensa de los intereses distritales, la recuperación del patrimonio público, la prevención del daño antijurídico y la lucha contra la corrupción administrativa.

La Secretaría Jurídica Distrital como ente rector y cabeza del sector jurídico de Bogotá puede disponer del ejercicio del poder preferente a nivel central, descentralizado y local para dirigir la defensa judicial y 1981 EDICIÓN 2997 ABRIL 30 DEL AÑO 2020 ANALES DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C. extrajudicial de los intereses del distrito capital, para lo cual podrá asumir directamente la representación judicial en los casos que así lo considere.

Cuando opere el poder preferente la entidad representada deberá asumir los gastos procesales y poner a disposición de la Secretaría Jurídica Distrital los recursos técnicos, logísticos y profesionales idóneos para llevar a cabo dicha defensa. En todo caso, la responsabilidad patrimonial o de cualquier otro tipo que se derive de la sentencia judicial sólo comprometerá al sector o a la entidad demandada y/o a las que se vinculen al cumplimiento de la obligación judicial a través de acto administrativo de ejecución.

Artículo 107.

Agencia Distrital para la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología. Se faculta a la Administración Distrital por el término de seis (6) meses a partir de la publicación del presente Acuerdo, para crear la Agencia Distrital para la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología, con autonomía administrativa, financiera y presupuestal, y para definir su naturaleza jurídica, patrimonio, funciones y adscripción o vinculación con la Secretaría de Educación Distrital y su relacionamiento con otras entidades distritales. Esta agencia se encargará de fortalecer, promover, financiar y propiciar oferta educativa del nivel superior, desde la educación media a la técnica, tecnológica y universitaria, de articular la oferta educativa con la demanda laboral del sector privado, el sector público y las organizaciones sociales y culturales de la ciudad, así como de la promoción de la ciencia y la tecnología en el Distrito Capital.

Artículo 108.

Acuerdos de acción colectiva. Las entidades distritales, bajo la coordinación de la Secretaría Distrital de Gobierno, promoverán acuerdos de acción colectiva dirigidos a la generación de condiciones que fortalezcan la apropiación de la ciudad, el aumento de la confianza ciudadana en los entornos públicos y privados entre los diferentes actores que confluyan en ellos, la solución pacífica de conflictos comunitarios, las relaciones vecinales, así como la protección del interés común del espacio público en el marco del desarrollo de actividades económicas informales.

Los acuerdos de acción colectiva propenderán y deberán estar guiados bajo el principio de proporcionalidad en la garantía de los derechos fundamentales, la protección de derechos colectivos, el aumento de la protección social de los sujetos de especial protección que ejercen actividades en el espacio público y la eliminación de situaciones de convivencia con actividades ilegales y criminales.

Estos acuerdos serán implementados de manera prioritaria, dentro de las medidas tomadas por la administración distrital para afrontar los impactos sociales y económicos del COVID-19 en la población más vulnerable.

Artículo 109.

Sedes Administrativas. La gestión de sedes administrativas de las entidades públicas del Distrito Capital podrá ser ejercida por la Secretaría General y por la Secretaría Distrital de Hacienda, entidades que podrán ser receptoras de recursos apropiados para la gestión de sedes de otras entidades públicas distritales y de los inmuebles transferidos de manera gratuita.

Esta gestión se podrá adelantar mediante la construcción, adquisición, arrendamiento o comodato de inmuebles, y otras modalidades asociativas o contractuales, poniéndolos a disposición de las entidades para el desarrollo de sus respectivas funciones, bajo criterios de unificación de sedes, mejoramiento del servicio al ciudadano, eficiencia administrativa y el aprovechamiento de los activos disponibles.

1982 EDICIÓN 2997 ABRIL 30 DEL AÑO 2020 ANALES DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.

Se faculta a las entidades distritales para enajenar a título gratuito a favor de la Secretaría General o de la Secretaría Distrital de Hacienda, cuando estas lo soliciten, los inmuebles requeridos para la gestión de las sedes administrativas, los cuales podrán servir como sede de una o varias entidades, previas adecuaciones o transformaciones, o utilizarlos como medio de pago o garantía.

Artículo 110.

Disposición de Bienes, Acciones y Participaciones de Entidades del Presupuesto Anual del Distrito Capital. Se autoriza a las entidades, empresas y sociedades del Distrito Capital, salvo a las empresas de servicios públicos, para que durante la vigencia del presente Plan, enajenen los bienes muebles e inmuebles recibidos en Dación en Pago, por concepto de cualquier clase de obligación, disposición legal o que se hayan originado en procesos de liquidación de personas jurídicas públicas o privadas o juicios de sucesión

Artículo 111.

Actualización de las Políticas Públicas Distritales. Con el fin de fortalecer la capacidad de respuesta de la Administración Distrital ante eventos críticos y sus efectos sociales y económicos en el territorio, como lo ocurrido con la pandemia por COVID-19, los sectores administrativos del Distrito Capital, en coordinación con la Secretaría Distrital de Planeación, realizarán una evaluación y definirán la necesidad de actualizar las políticas públicas de Productividad, Competitividad y Desarrollo Socioeconómico, Trabajo Decente y Digno que deberá prever en su plan de acción la dignificación del empleo y promoción de la formalización laboral; de Ciencia, Tecnología e Innovación; de Economía Cultural y Creativa; las políticas públicas de los grupos poblacionales más afectados por la pandemia, de forma que se permita fortalecer la gestión del riesgo y la sostenibilidad de la oferta institucional para la atención y la reactivación social y económica de las personas y sectores más afectados por la crisis.

Artículo 112.

Agencia de Analítica de Datos del Distrito. Autorizar la conformación de una sociedad de economía mixta por acciones, Agencia de Analítica de Datos del Distrito, cuyo objeto social es la adquisición, recolección, obtención, almacenamiento y analítica de datos del Distrito Capital tanto pública como privada. Podrán formar parte de esta sociedad, la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, la Empresa de Telecomunicaciones de Bogotá S.A. ESP – ETB, la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá ESP, la Empresa de Energía de Bogotá y las demás entidades o empresas del orden distrital de nivel central y descentralizado que, por competencia, estatutos y productos, estén autorizadas para hacer parte de esquemas societarios y fortalezcan la nueva sociedad.

La organización interna de la sociedad, las actividades de su objeto social, tipo societario, sus órganos de dirección, funciones, capacidad, representación legal, normas de disolución y liquidación deberán expresarse en sus Estatutos Sociales. El domicilio de la nueva sociedad será la ciudad de Bogotá D.C.

Parágrafo 1. Los aportes de las entidades o empresas distritales podrán consistir en aportes de bienes,
servicios o recursos financieros, tecnológicos, aportes económicos, derechos, ventajas financieras o fiscales, garantía de las obligaciones de la sociedad o los que se determinen en el acto de conformación, conforme al artículo 463 del Código de Comercio, el artículo 100 de la Ley 489 de 2001 y demás normas concordantes.

Parágrafo 2. Para los efectos previstos en el presente artículo, autorizase al director de la Unidad
Administrativa Especial de Catastro Distrital para celebrar los acuerdos, convenios o contratos necesarios para la conformación de la sociedad, así como para suscribir sus respectivas escrituras y estatutos sociales, así como para efectuar las transferencias y/o aportes requeridos al capital social.

1983 EDICIÓN 2997 ABRIL 30 DEL AÑO 2020 ANALES DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.

Parágrafo 3. Autorizase a la Alcaldesa Mayor para realizar todas las acciones administrativas y ajustes
presupuestales para crear las partidas necesarias en cumplimiento del presente acuerdo, lo mismo que para realizar las transferencias, aportes, movimientos, traslados presupuestales, adiciones, créditos, contra créditos y demás operaciones presupuestales requeridas para el cumplimiento del presente acuerdo.

Artículo 113.

Exención de impuesto predial unificado para inmuebles donde se realicen y produzcan espectáculos públicos de artes escénicas, de manera exclusiva habitual y continua. La Administración Distrital podrá establecer exenciones en el impuesto predial unificado, por un plazo de 10 años, para aquellos predios destinados de manera habitual a la producción de las artes escénicas, que no sean predios declarados como de interés cultural, exenciones armonizadas con los porcentajes y requisitos establecidos por el Acuerdo 756 de 2019 y previo análisis del impacto fiscal.

Capítulo III.

DISPOSICIONES FINALES

Artículo 114.

Documentos del Plan de Desarrollo Distrital. Hacen parte del presente Plan de Desarrollo Distrital: el documento “Bases del Plan de Desarrollo”, el documento de Anexo No. 1 Metas de los Programas Generales, y “Participación del Plan” y sus documentos anexos.

Artículo 115.

Cumplimiento de la normatividad. Los contenidos del Plan Distrital de Desarrollo se plantean atendiendo el marco normativo que le es aplicable, especialmente las Leyes 115 de 1994, Ley 731 de 2002, Ley 1098 de 2006, Ley 1176 de 2007, Ley 1257 de 2008, Ley 1448 de 2011 y los Acuerdos de Paz.

Artículo 116.

Vigencia y derogatorias. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación, modifica las disposiciones en él señaladas y deroga expresamente el Acuerdo Distrital 645 de 2016 salvo los artículos 18, 74, 76, 78, 82, 84, 104, 106, 119, 127, 128 y 136; el artículo 4 del Acuerdo 31 de 2001, modificado por el artículo 72 del Acuerdo 645 de 2016; el parágrafo del artículo 63 del Acuerdo Distrital 257 de 2006 y los artículos 8 y 9 del Acuerdo 641 de 2016.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

CARLOS FERNANDO GALÁN PACHÓN Presidente Concejo CLAUDIA NAYIBE LÓPEZ HERNÁNDEZ Alcaldesa Mayor de Bogotá, D.C.

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