Circular 009 de 2020
Circular 009 de 2020 Secretaría de Educación del Distrito - SED
- Tipo
- Circular
- Número
- 009
- Año
- 2020
- Fecha
- 27 de marzo de 2020
- Entidad
- Secretaría de Educación del Distrito - SED
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
**CIRCULAR 009 DE 2020 (Marzo 27)
PARA: DIRECTIVOS, DOCENTES, FAMILIAS, CUIDADORES Y DEMÁS COMUNIDAD EDUCATIVA DE ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS PRIVADOS DE: SECRETARIA DE EDUCACIÓN DEL DISTRITO ASUNTO: ORIENTACIONES FRENTE AL CALENDARIO ACADÉMICO, CUIDADO Y PROTECCIÓN DURANTE EL ESTADO DE EMERGENCIA POR PANDEMIA DE CORONAVIRUS COVID-19 La Constitución Política de Colombia establece que la educación como derecho, es un servicio público que puede ser prestado por el Estado, directa o indirectamente, por comunidades organizadas o por particulares y que el Estado mantendrá su regulación, control y vigilancia. Para ello, los sectores oficial y privado deben actuar de manera coordinada y controlada, a efectos de atender y cumplir lo dispuesto en la carta magna, la ley y los reglamentos; en este caso, en lo referente a la regulación del derecho a la educación para el acceso y la permanencia de las niñas, niños y jóvenes en los establecimientos educativos. Así las cosas, ante la declaratoria del estado de emergencia nacional, de acuerdo con las medidas preventivas que han tomado tanto la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C. como el Gobierno Nacional para enfrentar la pandemia de coronavirus COVID-19 en Colombia y con el fin de continuar brindando orientación a todos los miembros de la comunidad educativa de los establecimientos educativos privados de la ciudad, la Secretaría de Educación del Distrito -SED reitera las disposiciones expedidas en relación con los mecanismos de prevención y cuidado a tener en cuenta para garantizar la salud y bienestar de estudiantes, docentes, rectores, cuidadores y familias, y a la vez garantizar la prestación del servicio público educativo en las condiciones que las circunstancias lo requieren. En virtud de lo anterior y, en el marco de la declaratoria de emergencia sanitaria decretada mediante _Resolución No.[385](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=91249)del 12 de marzo de 2020 del Ministerio de Salud y Protección Social_, el gobierno nacional ha emitido las siguientes directrices: _* Circulares No.[11](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=94500)del 9 de marzo (conjunta entre Ministerio de Salud y Ministerio de Educación- MEN)_ _en la cual se brindan recomendaciones para prevención, manejo y control de la infección respiratoria aguda por el nuevo coronavirus (COVID- 19), e invitan a la comunidad educativa a continuar la normalidad académica_; _* Circular No. 19 del 14 de marzo de MEN_, _la cual brinda orientaciones para las Secretarías de Educación sobre las recomendaciones para mitigar la propagación del virus en establecimientos educativos y ofrece alternativas para la estructuración de estrategias de apoyo al aprendizaje y la planeación de la prestación del servicio educativo_; _* Circular No. 20 del 16 de marzo de 2020 del MEN_, _para que adopten las medidas correspondientes frente a la modificación de los calendarios académicos de educación preescolar, básica y media para el presente año como medida de prevención ante la propagación del Coronavirus COVID-19_; _* Directiva No.[003](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=93301)del 20 de marzo de 2020 del MEN_, da _orientaciones para el manejo de la emergencia por COVID-19 por parte de los establecimientos educativos privados_. En atención a lo anterior, la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C. y la SED han expedido los actos administrativos relacionados a continuación: _* Circular No.[002](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=94280)del 11 de marzo de 2020 de la SED_, _adopción de acciones preparativas y preventivas contra el COVID-19_; Circular No.005 del 15 de marzo de 2020 de la SED, _orientaciones de cuidado y protección de los estudiantes frente al COVID-19 a través de la estrategia “Aprende en Casa”_; _* Decreto No. 088 del 17 de marzo de 2020 de la SED_, _por el cual se adoptan medidas complementarias para mitigar el riesgo y controlar los efectos del Coronavirus (COVID-19) en los establecimientos educativos de Bogotá, D.C. y se adoptan las medidas necesarias para garantizar la continuidad en la prestación del servicio público educativo en la ciudad_;__ _* Resolución No.[0650](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=93164)del 17 de marzo de 2020 de la SED_ _, por medio de la cual se modifica la Resolución No.[2841](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=88654) de 2019 la cual establece el Calendario Académico para el año 2020 en los establecimientos educativos oficiales de educación preescolar, básica y media y jardines infantiles en convenio SDIS-SED de Bogotá D.C._; _* Circular No. 006 del 17 de marzo de 2020 de la SED_ _, lineamiento para la prestación del servicio en modalidad no presencial;_ _* Decreto[090](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=91381)del 19 de marzo de 2020 de la Alcaldía Mayor,__por el cual se adoptan medidas transitorias para garantizar el orden público en el Distrito Capital, con ocasión de la declaratoria de calamidad pública efectuada mediante Decreto Distrital No.[087](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=91310) del 2020;_ _* Decreto No._[091](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=91420) _del 22 de marzo de 2020 de la Alcaldía Mayor_, _por medio del cual se modifica el Decreto[090](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=91381) y se toman otras disposiciones;_ _* Decreto No.[092](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=91454)del 24 de marzo de 2020 de la Alcaldía Mayor,__por el cual se imparten las ordenes e instrucciones necesarias para la debida ejecución de la medida de aislamiento obligatorio ordenada mediante Decreto[457](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=91461) del 22 de marzo de 2020;_ _* Decreto No.[093](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=91475)del 25 de marzo de 2020 de la Alcaldía Mayor,_ _por el cual se adoptan medidas adicionales y complementarias con ocasión de la declaratoria de calamidad pública efectuada mediante Decreto Distrital[087](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=91310) de 2020_.__ Es muy importante hacer extensivas las directrices y recomendaciones a toda la oferta privada en educación formal, incluyendo los establecimientos que atienden matrícula mediante contratación del servicio educativo en el marco del Decreto [1851](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=63048) de 2015. Se invita a los directivos, docentes y comunidad educativa a revisar la normatividad vigente, incluidos los actos administrativos recientemente expedidos, que brindan orientaciones para adoptar las mejores decisiones y garantizar la prestación adecuada del servicio público educativo, implementando nuevas formas de estudio y de trabajo con los docentes, familias, niñas, niños, adolescentes y jóvenes, teniendo en cuenta las condiciones particulares de cada colegio y escuchando a los integrantes de la comunidad educativa. Conviene, para los propósitos de la presente circular, recordar a las directivas de las instituciones educativas privadas, el alcance de la _Directiva Ministerial No.[03](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=93301)del 20 de marzo de 2020_ y la _Circular 006 del 17 de marzo de la SED_, que contienen directrices para los establecimientos educativos. Enseguida, se transcriben las más relevantes: * Ningún colegio privado puede adelantar clases presenciales hasta el 20 de abril de 2020. * Sobre el calendario académico, los colegios particulares pueden acogerse al calendario definido por la Secretaría de Educación para el sector oficial, conforme a los lineamientos el Gobierno Nacional, en el caso de Bogotá, se expidió la Resolución [0650](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=93164) y la Circular 06, ambas del 17 de marzo. Podrán adoptar calendarios diferentes, en el marco de la Resolución [1730](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=13995) de 2004 del MEN. * Al adoptar el calendario, el colegio debe informar de manera debida a las familias y cuidadores de los estudiantes para que las mismas sepan con claridad, cuál es el proceso pedagógico que se adelantará y apoyen el desarrollo de este. * Si la decisión es adoptar el calendario de los colegios oficiales de Bogotá, las instituciones educativas privadas deberán garantizar las metodologías y herramientas apropiadas para que los docentes acompañen en casa las actividades pedagógicas con los estudiantes. * La emergencia sanitaria no implica la suspensión o terminación anticipada de los contratos que se suscriben entre los colegios privados y las familias o cuidadores. * En relación con los cobros periódicos, que voluntariamente hayan aceptado pagar los padres de familia o acudientes por concepto de transporte escolar, alojamiento escolar y alimentación, sólo deben estar vinculados a la prestación efectiva del servicio. * En cuanto a la prestación del servicio educativo, no se interrumpe con ocasión de la emergencia, ésta no constituye por sí sola una causal para terminar o modificar los contratos con el personal docente y administrativo. Los colegios privados tienen autonomía, la cual no es absoluta, en tanto deben ajustarse al ordenamiento jurídico y a las directrices del Gobierno Nacional – MEN y del Gobierno Distrital – SED, a efectos de adoptar las decisiones y ajustes frente a temas como el calendario académico, costos y contratos educativos, teniendo en cuenta el contexto de la emergencia sanitaria; cuidando al máximo, la salud y la vida de los niños, niñas, adolescentes y jóvenes e integrantes de la comunidad educativa. La SED, cumpliendo sus funciones, ejercerá la Suprema Inspección y Vigilancia, conforme lo establece la Constitución Política, la Ley General de Educación y el Decreto Único de Educación, para orientar, acompañar, colaborar, y cuando sea el caso, hacer las investigaciones correspondientes y adoptar los correctivos frente a errores o presuntas faltas que se puedan cometer. Las instituciones educativas privadas, que, en el marco de su autonomía, decidan adoptar el calendario de los colegios oficiales de Bogotá e implementar metodologías para el desarrollo de actividades educativas no presenciales, están invitadas a implementar la estrategia _“Aprende en casa”_, para que los maestros, maestras, directivos docentes y orientadores puedan planear y aplicar acciones que permitan a los estudiantes continuar con sus procesos de aprendizaje desde sus hogares, con el acompañamiento de padres de familia, tutores o cuidadores, de acuerdo con las orientaciones establecidas en la Circular 005 del 15 de marzo de 2020. La estrategia _“Aprende en casa”_ es una herramienta para orientar y organizar las actividades pedagógicas de flexibilización escolar que se necesitan implementar durante la emergencia decretada por el COVID -19. Dirigida a toda la comunidad educativa, esta estrategia busca fortalecer el hogar como un ambiente de aprendizaje intencionado, de co-responsabilidad, autonomía, cuidado y protección para los niños, niñas, adolescentes y jóvenes. En el micrositio [www.redacademica.edu.co/estrategias/aprende-en-casa](http://www.redacademica.edu.co/estrategias/aprende-en-casa), existen orientaciones dirigidas a cada uno de los actores de la comunidad educativa: * Estudiantes: Recursos académicos y herramientas para apoyar el proceso de aprendizaje en casa de los niños, niñas, adolescentes y jóvenes y el aprovechamiento del tiempo en casa. * Docentes: Orientaciones pedagógicas, contenidos de enseñanza, actividades de aprendizaje y materiales de apoyo. * Orientadores: Información sobre protocolos de atención integral, sistema de alertas y orientaciones pedagógicas para el aprendizaje continuo. * Directivos docentes: Recursos y herramientas para apoyar la gestión directiva y el liderazgo institucional. * Familias y cuidadores: Orientaciones, recursos y herramientas para fortalecer el proceso de acompañamiento a niños, niñas, adolescentes y jóvenes en este tiempo de cuidado y aprendizaje en casa, basadas en el respeto, el cuidado y el afecto. Con el objetivo de complementar estos materiales y recursos educativos, la SED en asocio Canal Capital ha dispuesto una franja de televisión educativa a partir del 23 de marzo, la cual permitirá potenciar esta estrategia. Con base en la retroalimentación de la comunidad educativa y las nuevas necesidades e intereses de las instituciones educativas, la estrategia _“Aprende en casa”_ se valida, actualiza y fortalece permanentemente para garantizar los aprendizajes de los estudiantes desde sus hogares entendiendo la situación. Agradecemos a los directivos, docentes y comunidad educativa de los colegios privados el compromiso y la responsabilidad que han asumido en estos momentos, en los que se requiere promover y fortalecer el trabajo en casa para garantizar los derechos a la educación y la salud de los niños, niñas, adolescentes y jóvenes de la ciudad. Sin embargo, es importante mencionar que la estrategia no significa trasladar el colegio a la casa. Lo importante es acompañar y seguir el proceso, organizar las instrucciones y orientaciones entendiendo los roles de la familia, los cuidadores y estudiantes para el trabajo en casa paulatino y mesurado. Si trabajamos colaborativamente en equipo, con creatividad, disciplina, empatía y solidaridad, podremos como sociedad superar esta emergencia y garantizar la vida de todos los ciudadanos de Bogotá. Cordial saludo, EDNA CRISTINA BONILLA SEBÁ Secretaria de Educación del Distrito** Revisó: Angela María González L - Contratista apoyo del Despacho Revisó: Fernando Augusto Medina G. - Jefe Oficina Asesora Jurídica Elaboró y revisó: Deidamia García Quintero - Subsecretaria de Integración Interinstitucional Elaboró y revisó: Andrés Mauricio Castillo - Subsecretario de Calidad y Pertinencia Elaboró y revisó: Rocío Jazmín Olarte Tapia - Directora de Relaciones con el sector Educativo Privado Elaboró y revisó: Hernán Trujillo Tovar - Director de Inspección y Vigilancia
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