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Resolución 024 de 2020

Resolución 024 de 2020 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Tipo
Resolución
Número
024
Año
2020
Fecha
7 de abril de 2020
Entidad
Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

RESOLUCIÓN 024 DE 2020

(Abril 07)

_Por la cual se delega la participación de la alcaldesa mayor de Bogotá D.C. en el Comité Organizador de la Elección de Consejos de Juventud_

LA ALCALDE/SA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.

En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el artículo 9 de la Ley 489 de 1998, el artículo 17 del Acuerdo Distrital 257 de 2006, y: **

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con el artículo [49B](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=52971#49B) de la Ley Estatutaria 1622 de 2013, adicionado por el artículo [12](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=75805#12) de la Ley 1885 de 2018 que establece: _“El Comité Organizador de la Elección de Consejos de Juventud es la instancia encargada de la organización logística de las elecciones, de realizar campañas pedagógicas que faciliten el ejercicio del voto a los jóvenes electores, designación de claveros, de realizar la difusión de las direcciones de los puestos de votación y de designar los delegados de las comisiones escrutadoras, municipales y auxiliares, este comité se construirá en el nivel municipal y local y estará conformado porAlcalde Municipal o Local o su delegado encargado de los temas de juventudes, el Registrador del Estado Civil o su delegado, el Personero Municipal o su delegado, el Defensor del Pueblo o su delegado y un delegado de la Policía Nacional."_ (Negrilla por fuera del texto original) Que, el artículo [9](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=186#9) de la Ley 489 de 1998 establece que las autoridades administrativas, en virtud de lo dispuesto en la Constitución Política, y de conformidad con la ley, podrán mediante acto de delegación, transferir el ejercicio de sus funciones a sus colaboradores o a otras autoridades, con funciones afines o complementarias. Que, en concordancia con lo anterior, el artículo [17](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=22307#17) del Acuerdo Distrital 257 de 2006, dispone que las autoridades administrativas del distrito capital podrán delegar el ejercicio de sus funciones a sus colaboradores o a otras autoridades con funciones afines o complementarias, de conformidad con la Constitución Política y la ley, específicamente con la Ley [489](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=186) de 1998. En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1.

\- Delegar en el Secretario Distrital de Gobierno, la participación de la alcaldesa mayor de Bogotá D.C. en el Comité Organizador de la Elección de Consejos de Juventud. Artículo 2º.- La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga las disposiciones que le sean contrarias. COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE. Dada en Bogotá D.C., a los 07 días del mes de abril del año 2020.

CLAUDIA NAYIBE LÓPEZ HERNÁNDEZ

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