Resolución 140 de 2020
Resolución 140 de 2020 Instituto Distrital de Recreación y Deporte - IDRD
- Tipo
- Resolución
- Número
- 140
- Año
- 2020
- Fecha
- 19 de marzo de 2020
- Entidad
- Instituto Distrital de Recreación y Deporte - IDRD
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
[Derogado por la Resolución 284 de 2020](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=150132)**
RESOLUCIÓN 140 DE 2020 (Marzo 19)
_Por la cual se suspenden los términos en los trámites que se adelantan en el Instituto Distrital de Recreación y Deporte_
LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE En uso de sus facultades legales y en especial las que Ie confiere el Acuerdo 4 de 1978, la Resolución 602 de 2015, la Resolución 006 de 2017, la Resolución 788 de 2019, y
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con el artículo 2º de la Constitución Política, las autoridades están instituidas para proteger a todas las personas residentes en Colombia, en su vida, honra, bienes, creencias y demás derechos y libertades.
Que la Constitución Política en su artículo 209 establece que _“La función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficiencia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones_ ”. Que, en el en el Parágrafo 1º del artículo 1º de la Ley 1523 de 2012 “ _Por la cual se adopta la política nacional de gestión del riesgo de desastres y se establece el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres y se dictan otras disposiciones”_, se prevé que la gestión del riesgo se constituye en una política de desarrollo indispensable para asegurar la sostenibilidad, la seguridad territorial, los derechos e intereses colectivos, mejorar la calidad de vida de las poblaciones y las comunidades en riesgo.
Que el artículo 3º ídem dispone que entre los principios generales que orientan la gestión de riesgo se encuentra el principio de protección, en virtud del cual _"Los residentes en Colombia deben ser protegidos por las autoridades en su vida e integridad física y mental, en sus bienes y en sus derechos colectivos a la seguridad, la tranquilidad y la salubridad públicas y a gozar de un ambiente sano, frente a posibles desastres o fenómenos peligrosos que amenacen o infieran daño a los valores enunciados."_ Que, en igual sentido, la citada disposición consagra el principio de solidaridad social, el cual implica que: "_Todas las personas naturales y jurídicas, sean estas últimas de derecho público o privado, apoyarán con acciones humanitarias a las situaciones de desastre y peligro para la vida o la salud de las personas."_ Que atendiendo la declaratoria de ESPII de la OMS de acuerdo con el Reglamento Sanitario 2005, el Ministerio de Salud y Protección Social emitió la Circular [005](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=91399) del 11 de febrero de 2020, mediante la cual imparte a los entes territoriales las directrices para la detección temprana, el control, la atención ante la posible introducción del nuevo coronavirus (2019- nCoV) y la implementación de los planes de preparación y respuesta ante este riesgo.
Que el COVID19 - Coronavirus ha sido catalogado por la Organización Mundial de la Salud (OMS) como una pandemia, lo cual genera una emergencia en salud pública de importancia internacional, por tanto, estamos obligados a la aplicación de todos y cada uno de los protocolos de prevención definidos.
Que la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C. mediante Decreto [081](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=91163) del 11 de marzo de 2020 _“Por la cual se adoptan medidas sanitarias y acciones transitorias de policía para la, preservación de la vida y mitigación del riesgo con ocasión de la situación epidemiológica _causada _por el Coronavirus (COVID-19) en Bogotá, D.C., y se dictan otras disposiciones”, _ha definido acciones ante la reciente confirmación de varios casos COVID-19 en nuestro país.
Que el Ministerio de Salud y Protección Social por medio de Resolución N° [385](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=91249) del 12 de marzo de 2020, _“Por la cual se declara la emergencia sanitaria por causa del coronavirus COVID-19 y se adoptan medidas para hacer frente al virus”,_ declaró la emergencia sanitaria en todo el territorio nacional y se adoptaron medidas sanitarias con el objeto de prevenir y controlar la propagación del COVID-19 en el territorio nacional y mitigar sus efectos.
Que de acuerdo con el artículo 1º del Reglamento Sanitario Internacional, se considera emergencia de salud pública de importancia internacional un evento extraordinario que se ha determinado que: i) constituye un riesgo para la salud pública de otros Estados a causa de la propagación internacional de una enfermedad, y ii) podría exigir una respuesta internacional coordinada.
Que en consecuencia, la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., mediante Decreto Distrital [087](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=91310) del 16 de marzo de 2020, _“P_ _or el cual se declara la calamidad pública con ocasión de la situación epidemiológica causada por el Coronavirus (COVID-19) en Bogotá, D.C.”_ _,_ declaró la calamidad pública en Bogotá D.C., hasta por el término de seis (6) meses, con ocasión de la situación epidemiológica, causada por el Coronavirus COVID-19.
Que en virtud del Decreto [417](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=91449) del 17 de marzo del 2020 _“Por el cual se declara un Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica en todo el territorio Nacional”_ la Presidencia de la República de Colombia declaró el estado de emergencia Económico, social y ecológica en todo el territorio nacional por el término de 30 días calendario contados a partir de la vigencia del aludido Decreto.__ Que el artículo [54](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=9027#54) del Decreto 1421 de 1993 “ _Por_ _el cual se dicta el Régimen Especial para el Distrito Capital de Santafé de Bogotá”_ dispuso que la Estructura Administrativa del Distrito capital, se encuentra comprendida por el sector central, el sector descentralizado y el de las localidades.
Que el Instituto Distrital de Recreación y Deporte, como Entidad de carácter público, del orden descentralizado del Distrito Capital de Bogotá, se encuentra en la obligación de adoptar medidas de prevención y mitigación de los eventuales daños que pueda producir la pandemia del virus COVID-19, así como atender las directrices que la Alcaldía Mayor de Bogotá y sus órganos competentes emitan.__ Que con el ánimo de promover acciones que contribuyan a proteger la salud de nuestros funcionarios, contratistas y sus familias, así como de visitantes y demás personas que acuden a diario a las instalaciones de la Entidad, el lnstituto Distrital de Recreación y Deporte en cabeza de su Directora, deberá adoptar medidas tendientes a proteger la vida y la salud pública. Que, en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo primero.
SUSPENDER** los términos procesales de todas las actuaciones administrativas, sancionatorias y disciplinarias que se adelantan en el Instituto Distrital de Recreación de Deporte desde el día diecinueve (19) de marzo de 2020 hasta el primero (1) de abril del mismo año.
ARTÍCULO SEGUNDO – VIGENCIA: La presente Resolución rige a partir de su publicación **PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los 19 días del mes de marzo del año 2020.
BLANCA INÉS DURÁN HERNÁNDEZ.
DIRECTORA GENERAL
¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.
Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.
Preguntar al asistenteSi ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.
También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.
Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.
Documentos relacionados
-
Resolución 860 de 2024
RESOLUCIÓN 860 DE 2024 Por medio de la cual se establecen las medidas de emergencia a mujeres en todas sus diversidades en riesgo de feminicidio, familias y pe…
-
Resolución 20237000700 de 2023
RESOLUCIÓN 20237000700 DE 2023 ( O ctubre 17) P or medio de la cual se declaran concertados los asuntos ambientales del proyecto de Plan Parcial de Desarrollo …
-
Resolución 838 de 2023
RESOLUCIÓN ORGANIZACIONAL OGZ 838 DE 2023 (Septiembre 05) Por medio de la cual se adopta el Diccionario de Competencias Comportamentales de los empleos de la C…
-
Resolución 20223040044858 de 2022
SERVI001 RESOLUCIÓN 20223040044858 DE 2022 Por la cual se prorroga la entrada en vigencia de la Resolución 20223040044585 de 2022, aplicable a sistemas de fren…
-
Resolución 355 de 2021
RESOLUCIÓN 355 DE 2021 Por medio de la cual se delega la participación del Secretario Distrital de Movilidad en los Consejos Distrital y Consultivo de la Bicic…