Resolución 062 de 2020
Resolución 062 de 2020 Instituto Distrital de Turismo - IDT
- Tipo
- Resolución
- Número
- 062
- Año
- 2020
- Fecha
- 27 de marzo de 2020
- Entidad
- Instituto Distrital de Turismo - IDT
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
RESOLUCIÓN 062 DE 2020
(Marzo 27)
_Por la cual se suspenden los términos procesales en las actuaciones disciplinarias del Instituto Distrital de Turismo_
El DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO DISTRITAL DE TURISMO
En ejercicio de sus facultades Legales y en especial las que le confiere el Artículo 5 del Acuerdo Nro. 275 de 2007 del Concejo de Bogotá, D.C., los Acuerdos Nro. 01 de 2007, 008 de 2016 de la Junta Directiva, y
CONSIDERANDO:
Que el Instituto Distrital de Turismo – IDT es un establecimiento público del orden distrital, con personería jurídica, autonomía administrativa y financiera, y patrimonio propio, adscrito a la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico, creado mediante Acuerdo Distrital Nro. [275](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=23023) de 2007.
Que de conformidad con lo establecido en el Acuerdo [275](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=23023) de 2007, le corresponde al Instituto Distrital de Turismo la ejecución de políticas, planes y programas para la promoción del turismo y el posicionamiento del Distrito Capital como destino turístico sostenible.
Que según el Manual Especifico de Funciones y Competencias Laborales para los empleados de la Planta de Personal del Instituto Distrital de Turismo la Dirección General ejerce la función disciplinara de acuerdo con las normas legales vigentes sobre la materia.
Que según el Acuerdo [008](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=68029) del 2016, la Subdirección de Gestión Corporativa y Control Disciplinario tiene dentro de sus funciones la de conocer y fallar en primera instancia los procesos disciplinarios contra los servidores y ex servidores públicos del Instituto, de conformidad con el Código Disciplinario Único y demás disposiciones vigentes sobre la materia.
Que en ejercicio de las facultades constitucionales y legales a ella conferidas, y con ocasión de la situación epidemiológica causada por el COVID-19 (Coronavirus), la señora Alcaldesa Distrital de Bogotá, declaró la calamidad pública a desde el 16 de marzo del año en curso, para lo cual expidió el Decreto [087](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=91310) de 2020.
Que en desarrollo de las medidas adoptadas por el Decreto [087](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=91310) de 2020, la alcaldesa expidió el Decreto [090](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=91381) de 2020, modificado por el [091](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=91420), a través de los cuales dispuso entre otras medidas, _limitando totalmente la libre circulación de vehículos y personas en el territorio del Distrito Capital de Bogotá, entre el 19 de marzo de 2020 y el 24 de marzo siguiente, a las 23:59 pm._ __ _Que a su vez, el Presidente de la Republica expidió el Decreto[417](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=91449) de marzo 17 de 2020, por el cual declaró el Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica en todo el territorio nacional, por el término de 30 días calendario, con ocasión de la mencionada pandemia, y a partir de esa medida, expidió el Decreto [457](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=91461) de marzo 22 de 2020, a través del cual ordenó el aislamiento preventivo obligatorio de todas las personas habitantes de la Republica de Colombia, entre el 25 de marzo de 2020 (a las 00:00 horas) y el 13 de abril del 2020, contemplando las excepciones dentro de las cuales no se encuentran los servidores públicos del orden distrital del Instituto Distrital de Turismo. _ __ _Que el 25 de marzo, el Gobierno Distrital expidió el Decreto[093](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=91475) de 2020, por el cual adopta medidas adicionales y complementarias con ocasión de la declaratoria del la calamidad pública a través del Decreto [087](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=91310) de 2020, y en su artículo 24, aquel dispone: “suspender los términos procesales de las actuaciones administrativas, sancionatorias, disciplinarias, que adelantan las entidades y organismos del sector central, y de localidades, asi como los asuntos de competencia de los inspectores de policía y su respectiva segunda instancia, a partir del 26 de marzo y hasta el 13 de abril de 2020. Fechas en las que no correrán los términos para todos los efectos de ley”. Y señala que: “al término de este plazo cada entidad será responsable de expedir las decisiones sobre la continuidad de esta medida.”_ __ _Que de acuerdo con lo previsto por el artículo 4 del Acuerdo[008](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=68029) de octubre 21 de 2016, “por el cual se modifica la estructura organizacional del Instituto Distrital de Turismo y se dictan otras disposiciones”, es función del Despacho del director del Instituto: “Expedir los actos administrativos, realizar las operaciones y celebrar los contratos que se requieran para el buen funcionamiento del Instituto, de acuerdo con las normas vigentes.” _ __ _Que, atendiendo a las medidas nacionales y distritales, a las cuales se ha acogido plenamente el Instituto, en procura de la guarda de la salud de los servidores, colaboradores, investigados y demás personas interesadas en los procesos disciplinarios que actualmente se adelantan por las instancias competentes de la entidad, se debe disponer la suspensión de los términos de las actuaciones de los procesos disciplinarios de primera y segunda instancia._ __ _En merito de lo expuesto,_ __
RESUELVE:
Artículo Primero.[Modificado por el art. 1, Resolución 096 de 2020.](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=94415#1)
_< El nuevo texto es el siguiente> _Suspender los términos de las actuaciones disciplinarias que adelanta el Instituto Distrital de Turismo, en primera y segunda instancia a partir del 27 de marzo de 2020 y hasta las cero horas del día 16 de junio de 2020, fechas entre las cuales no correrán los términos para todos los efectos de ley. _El texto original era el siguiente:__Artículo Primero. Suspender los términos de las actuaciones disciplinarias que adelanta el Instituto Distrital de Turismo, en primera y segunda instancia, a partir de la fecha y hasta el 13 de abril de 2020._ _Los términos suspendidos se reanudarán automáticamente a partir del 13 de abril de 2020.__ __Otras modificaciones:_
[Modificado por el art. 1, Resolución 083 de 2020.](http://sisjur.bogotajuridica.gov.co/normas/Norma1.jsp?i=93495#1)__[Modificado por el art. 1, Resolución 078 de 2020.](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=92845#1)
Artículo Segundo. Dejar constancia de la presente decisión en cada uno de los expedientes correspondientes a los procesos disciplinarios. Artículo Tercero. Publicar la presente decisión en la pagina web de la entidad y, en la medida en que sea posible, comunicar a los interesados o a sus apoderados por vía de correo electrónico.
Artículo cuarto. La presente resolución rige a partir de su expedición. COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. Dada en Bogotá D.C, a los 27 días del mes de marzo del año 2020. KAROL FAJARDO MARIÑO
Directora General
¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.
Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.
Preguntar al asistenteSi ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.
También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.
Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.
Documentos relacionados
-
Resolución 860 de 2024
RESOLUCIÓN 860 DE 2024 Por medio de la cual se establecen las medidas de emergencia a mujeres en todas sus diversidades en riesgo de feminicidio, familias y pe…
-
Resolución 20237000700 de 2023
RESOLUCIÓN 20237000700 DE 2023 ( O ctubre 17) P or medio de la cual se declaran concertados los asuntos ambientales del proyecto de Plan Parcial de Desarrollo …
-
Resolución 838 de 2023
RESOLUCIÓN ORGANIZACIONAL OGZ 838 DE 2023 (Septiembre 05) Por medio de la cual se adopta el Diccionario de Competencias Comportamentales de los empleos de la C…
-
Resolución 20223040044858 de 2022
SERVI001 RESOLUCIÓN 20223040044858 DE 2022 Por la cual se prorroga la entrada en vigencia de la Resolución 20223040044585 de 2022, aplicable a sistemas de fren…
-
Resolución 355 de 2021
RESOLUCIÓN 355 DE 2021 Por medio de la cual se delega la participación del Secretario Distrital de Movilidad en los Consejos Distrital y Consultivo de la Bicic…