Circular 032 de 2020
Circular 032 de 2020 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
- Tipo
- Circular
- Número
- 032
- Año
- 2020
- Fecha
- 17 de marzo de 2020
- Entidad
- Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
CIRCULAR 032 DE 2020
(Marzo 17)
**Para:
SECRETARIOS/AS DE DESPACHO, DIRECTORES/AS DE DEPARTAMENTOS ADMINISTRATIVOS, GERENTES/AS, PRESIDENTES/AS, DIRECTORES/AS DE ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS, UNIDADES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES, EMPRESAS INDUSTRIALES Y COMERCIALES DEL DISTRITO, SOCIEDADES DE ECONOMÍA MIXTA, SOCIEDADES PÚBLICAS, EMPRESAS DE SERVICIOS PÚBLICOS, EMPRESAS SOCIALES DEL ESTADO.**
De: SECRETARÍA GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTA, D.C.
Asunto: LINEAMIENTOS PARA LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA.
Radicado No. 2-2020-7802 del 17/03/2020 La Alcaldesa Mayor expidió el Decreto [081](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=91163) de 11 de marzo de 2020 "Por el cual se adoptan medidas sanitarias y acciones transitorias de policía para Ia preservación de Ia vida y mitigación del riesgo con ocasión de Ia situación epidemiológica causada por el Coronavirus (COVID-19) en Bogotá, D.C., y se dictan otras disposiciones". En el mismo sentido, Ia Secretaría General profirió Ia Circular [024](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=91306) de 12 de marzo de 2020, por medio de Ia cual se establecieron lineamientos para Ia contención del virus COVID-19 en entidades y organismos distritales. Sin embargo, dada Ia dinámica de Ia situación epidemiológica, se vienen adoptando nuevas medidas temporales y excepcionales de carácter preventivo para los ambientes laborales públicos de Bogotá, D.C. En consecuencia, atendiendo Ia situación excepcional y solo mientras esta se mantenga, se promoverá con las Organizaciones Sindicales acuerdos para suspender los procesos de negociación colectiva que se vienen desarrollado dentro del marco del Decreto [160](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=57218) de 2014. Durante el lapso de suspensión, no correrán los términos previstos para Ia negociación. Cordialmente, MARGARITA BARRAQUE SOURDIS
Secretaria General Proyectó: Oscar Guillermo Niño del Rio - Director Distrital de Desarrollo Institucional Luis Alejandro Fernández Vargas - Secretaria Genera Revisó y Aprobó: Luz Karime Fernández Carrillo \- Jefe Oficina Asesora de Jurídica. Gloria Patricia Rincón Mazo - Subsecretaria Técnica.
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