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Decreto Local 003 de 2020

Decreto Local 003 de 2020 Alcaldía Local de Antonio Nariño

Tipo
Decreto Local
Número
003
Año
2020
Fecha
13 de enero de 2020
Entidad
Alcaldía Local de Antonio Nariño
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

DECRETO LOCAL 003 DE 2020 (Enero 13) **_Por el cual se convoca a sesiones extraordinarias a la Junta Administradora Local de Antonio Nariño para el periodo comprendido entre el día catorce (14) y el treinta y uno (31) de enero de 2020, inclusive_

**EL ALCALDE LOCAL DE ANTONIO NARIÑO,

En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el artículo 71 del Decreto Ley 1421 de 1993, y

CONSIDERANDO:

Que, el segundo inciso del artículo [71](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=1507#71) de la ley 1421 de 1993, faculta a los Alcaldes Locales para convocar a sesiones extraordinarias de la Juntas Administradoras Locales a fin de que se ocupen de los asuntos que se sometan a su consideración. Que, el artículo [4](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=84666#4). Del Acuerdo Distrital 740 de 2019, sobre los presupuestos participativos, dispone que, con el fin de procurar una participación efectiva de la ciudadanía, la Administración Distrital destinará mínimo un 10% del presupuesto asignado a cada localidad para presupuestos participativos en los Fondos de Desarrollo Local, de conformidad con la reglamentación que expida la Administración Distrital en relación con la identificación de las inversiones priorizadas para cada localidad.

Que mediante el Decreto Distrital [768](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=88448) de 2019, entre otras cosas, se reglamente el Acuerdo No. [740](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=84666) de 2019, por el cual se dictan normas en relación con la organización y el funcionamiento de las localidades de Bogotá, D.C., en lo relativo a los presupuestos participativos de los Fondos de Desarrollo Local.

Que conforme a lo anterior se hace necesario citar a sesiones extraordinarias a la Junta Administradora Local de Antonio Nariño, con la finalidad que se ocupe de manera exclusiva durante dichas sesiones, de las deliberaciones sobre el marco jurídico para la implementación del presupuesto participativo del Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño, de conformidad con las disposiciones contenidas en el Acuerdo Distrital No. 740 de 2019 y el Decreto Distrital 768 de 2019. Que, en mérito de lo anteriormente expuesto,

DECRETA:

Artículo 1º.

Convocar a la Junta Administradora Local de Antonio Nariño, a sesiones extraordinarias para el periodo comprendido entre el catorce (14) de enero y el treinta y uno (31) de enero del 2020, inclusive, a fin de que se ocupe de manera exclusiva, de las deliberaciones sobre el marco jurídico para la implementación del presupuesto participativo del Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño.

Artículo 2°.

Una vez la Junta Administradora Local de Antonio Nariño una vez agote las discusiones sobre el marco jurídico para la implementación del presupuesto participativo del Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño, dentro del periodo fijado para las sesiones en el artículo anterior, cesará el objeto de la presente convocatoria y se darán por terminadas las respectivas sesiones extraordinarias.

Artículo 3°.

El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. **PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

**Dado en Bogotá, D.C, a los 13 días del mes de enero del año 2020.

EDUARDO AUGUSTO SILGADO BURBANO Alcalde Local de Antonio Nariño

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