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Decreto Local 003 de 2020

Decreto Local 003 de 2020 Alcaldía Local de Barrios Unidos

Tipo
Decreto Local
Número
003
Año
2020
Fecha
14 de enero de 2020
Entidad
Alcaldía Local de Barrios Unidos
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

DECRETO 003 DE 2020

(Enero 14)

_Por medio del cual se convoca a sesiones extraordinarias a la Junta Administradora Local de Barrios Unidos_

El Alcalde local (E) de Barrios Unidos,

en ejercicio de sus atribuciones, en especial las consagradas en el Decreto Ley 1421 de 1993 y considerando que: Que el Concejo de Bogotá, D.C. expidió el Acuerdo No. [740](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=84666) de 2019 “Por el cual se dictan normas en relación con la organización y el funcionamiento de las localidades de Bogotá, D.C.”, el cual estableció que las Juntas Administradoras Locales realizarán la vigilancia y control sobre la inversión y ejecución de los recursos asignados al respectivo Fondo de Desarrollo Local, así como la implementación de los presupuestos participativos con el fin de procurar una participación efectiva de la ciudadanía.

Que Alcalde Mayor reglamentó el Acuerdo Distrital No. [740](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=84666) de 2019 a través del Decreto Distrital No. [768](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=88448) de del 17 de diciembre de 2019, el cual definió las fases del ejercicio de los presupuestos participativos, su esquema de coordinación y lo referente a la atención de las convocatorias efectuadas por las Juntas Administradoras Locales en el marco de la vigilancia y control que les asiste.

Que la Junta Administradora Local de Barrios Unidos expidió su reglamento interno a través del Acuerdo Local No. 1 de 2013, el cual no tiene en cuenta estas atribuciones.

Que durante el primer periodo de sesiones ordinarias la Junta Administradora Local de Barrios Unidos debe abordar de forma prioritaria la conformación de la terna para Alcalde Local y el proceso de formulación del plan de desarrollo local, para lo cual es necesario que la Corporación haya apropiado el nuevo marco normativo local, Acuerdo Distrital No. [740](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=84666) de 2019 y Decreto Distrital No. [768](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=88448) del 17 de diciembre de 2019.
Que la Secretaría Distrital de Gobierno manifestó que de ser necesaria la convocatoria a sesiones extras, para tratar asuntos estratégicos de la localidad de manera prioritaria diferentes al establecido en el Decreto Distrital No. 032 de del 17 de diciembre de 2019 y la Circular No. 01 del 3 de enero de 2020, es conveniente que se trate el nuevo marco normativo local, Acuerdo Distrital No. [740](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=84666) de 2019 y Decreto Distrital No. [768](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=88448) de del 17 de diciembre de 2019 Que el artículo [71](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=9027#71) del Decreto Ley 1421 de 1993 “Por el cual se dicta el régimen especial para el Distrito Capital”, establece que “Las juntas administradoras locales se reunirán… extraordinariamente por convocatoria que les haga el respectivo alcalde. En este evento sesionarán por el término que señale el alcalde y únicamente se ocuparán de los asuntos que él mismo someta a su consideración”

RESUELVE:

Artículo 1. Convocar a los integrantes de la Corporación Junta Administradora local de Barrios Unidos a sesiones extraordinarias a partir del día 15 de enero y hasta el 31 del mismo mes del año 2020, para que adelanten el estudio de los contenidos del Acuerdo [740](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=84666) de 2019 y su Decreto reglamentario [768](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=88448) de 2019 y el Acuerdo local 01 de 2013 a fin de incorporar al reglamento interno de la Corporación el nuevo marco normativo para la gestión local. Artículo 2. El presente Decreto rige a partir de su fecha de expedición. Para efectos de su vigencia se expide en Bogotá D.C., a los 14 días del mes de enero del año 2020. VÍCTOR MANUEL RESTREPO ROJAS

Alcalde Local (E) de Barrios Unidos

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