Resolución 179 de 2021
Resolución 179 de 2021 Instituto Distrital de Recreación y Deporte - IDRD
- Tipo
- Resolución
- Número
- 179
- Año
- 2021
- Fecha
- 15 de marzo de 2021
- Entidad
- Instituto Distrital de Recreación y Deporte - IDRD
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
RESOLUCIÓN 179 DE 2021
(Marzo 15)
_Por la cual se convoca a la elección de los Representantes principales y suplentes de los empleados del Instituto Distrital de Recreación y Deporte ante la Comisión de Personal_**
LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE
En uso de sus facultades legales y estatutarias en especial las que le confiere la Resolución 006 de 2017 de la Junta Directiva del IDRD, la Resolución 788 de 2019, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo [16](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=14861#16) de la Ley 909 de 2004, establece que “ _en todos los organismos y entidades reguladas por la ley deberán existir una comisión de Personal, conformada por dos (2) representantes de la entidad u organismo designados por el nominador o por quien haga sus veces y dos (2) representantes de los empleados quienes deben ser de carrera administrativa y elegidos por votación directa de los empleados”_ y se definen las funciones de la Comisión de Personal.
Que el artículo 2.2.14.1.1 del Decreto [1083](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=62518#2.2.14.1.1) de 2015, establece que “l _os dos (2) representantes de los empleados serán elegidos por votación directa de los empleados públicos del organismo o entidad y cada uno tendrá un suplente que deberá acreditar los mismos requisitos y condiciones del titular. No podrán participar en la votación los empleados cuya vinculación sea de carácter provisional”_.
Que a su vez el artículo [2.2.14.2.13](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=62518#2.2.14.2.13) _ibidem _ establece: “ _los representantes de los empleados en la Comisión de Personal y sus suplentes serán elegidos para periodos de dos (2) años, que se contarán a partir de la fecha de la comunicación de la elección… y no podrán ser reelegidos para el período siguiente_ ”.
Que mediante Resolución interna No.172 de 2021, se acepta la renuncia de los representantes principales y suplentes elegidos por votación por los empleados ante la Comisión de Personal para la vigencia 2019 – 2021, por lo que se hace necesario convocar a nuevas elecciones para conformar la Comisión de Personal para el periodo 2021 – 2023. Que, en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1.
_Convocatoria a elecciones._ Convocar a los funcionarios de carrera administrativa, libre nombramiento y remoción y provisionales del Instituto Distrital de Recreación y Deporte, a la elección de dos (2) representantes principales de los empleados y sus suplentes ante la Comisión de Personal de la Entidad, quienes serán elegidos por un periodo de dos (2) años, contados a partir de la fecha de la comunicación de elección.
Parágrafo. 1: Todos los funcionarios con derechos de carrera administrativa del Instituto Distrital de Recreación y Deporte podrán ser elegidos para la conformación de la Comisión de Personal, excepto los que se encuentren en periodo de prueba y los representantes elegidos en la vigencia anterior.
Artículo 2.
_Funciones de la Comisión de Personal._ Las funciones de la Comisión de Personal se encuentran definidas en el numeral [2](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=14861#16.n.2)°, del artículo 16, de la Ley 909 de 2004.
Artículo 3.
Requisitos de los candidatos. Los candidatos que se deseen postularse como candidatos a representar a los empleados ante la Comisión de Personal del Instituto, deberán reunir los siguientes requisitos, señalados en el artículo [2.2.14.2.3](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=62518#2.2.14.2.3) del Decreto 1083 de 2015, así: 1. No haber sido sancionados disciplinariamente durante el año anterior a la fecha de la inscripción de la candidatura; y 2. Ser empleados de carrera administrativa.
Parágrafo 2. El Área de talento Humano solicitará a la Oficina de Control Disciplinario Interno, certificado de procesos disciplinarios fallados en el último año, de cada uno de los candidatos postulados a fin de verificar el cumplimiento de requisitos.
ÁRTÍCULO 4. _Inscripción de los candidatos_. Los candidatos interesados en postularse como representantes de los empleados ante la Comisión de Personal deberán inscribirse y acreditar las calidades exigidas en el artículo 3 de la presente Resolución, ante el Área de Talento Humano del IDRD, desde las 7:00 am del 17 de marzo hasta las 4:00 pm del 26 de marzo de 2021. Las personas que cumplen con los requisitos anteriormente señalados que se encuentren interesadas en postularse como candidatos, deberán remitir un correo electrónico a la cuenta _carol.rincon@idrd.gov.co_ manifestando su interés de postularse como candidato (a) a la Comisión de Personal indicando: nombre completo, número de cédula, cargo, dependencia, número de contacto y anexar una foto fondo blanco tipo documento para el cartón electrónico.
Parágrafo 3. En caso de que, en el término señalado no se inscriban por lo menos cuatro (4) candidatos, o los inscritos no acrediten los requisitos exigidos, este termino se prorrogará por los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha límite de inscripciones definida en el artículo 4 de la presente resolución.
Artículo 5.
_Divulgación de la lista de candidatos_. El Área de Talento Humano realizará la divulgación de la lista de candidatos inscritos que hubieren reunido los requisitos exigidos, mediante los canales de comunicación internos a partir del día hábil siguiente al vencimiento de términos previsto para las inscripciones de candidatos.
Artículo 6.
_Designación de jurados_. Los jurados de votación serán designados por el Área de talento Humano del IDRD, dentro de os tres (3) días siguientes a la divulgación de los candidatos inscritos y serán notificados el día hábil siguiente a su designación. Se podrán designar como jurados de votación, funcionarios de libre nombramiento y remoción o personas que se encuentren vinculadas en calidad de provisionales. La asignación como jurado de votación será de forzosa aceptación, so pena de las correspondientes sanciones disciplinarias. Los jurados de votación tendrán como funciones las siguientes: a). Vigilar el proceso de votación electrónico b). Verificar el registro de votos electrónicos y consignar los resultados en el acta de escrutinios. c). Firmar las actas de escrutinios correspondientes al proceso de votación.
Artículo 7.
_Funcionarios habilitados para ejercer su derecho al voto_. Estarán habilitados para ejercer su derecho al voto y elección de representantes ante la Comisión de Personal, los funcionarios inscritos en carrera administrativa, libre nombramiento y remoción y temporales del IDRD.
Artículo 8.
_Votación_. La votación se realizará de manera electrónica a partir de las 8:00 de la mañana hasta las 4:00 de la tarde del día 12 de abril de 2021, teniendo en cuenta la emergencia sanitaria por la que atraviesa el país, haciendo uso de las herramientas tecnológicas para mitigar los posibles contagios por Covid-19.
Artículo 9.
_Resultados de la votación_. Serán elegidos como representantes principales de los funcionarios ante la Comisión de Personal, los candidatos que obtengan la mayoría de los votos en estricto orden en primer y segundo lugar y como suplentes los candidatos que ocupen el tercero y cuarto puesto en número de votos. En caso de empate se aplicará el procedimiento establecido en el artículo [2.2.14.2.12](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=62518#2.2.14.2.12) del Decreto 1083 de 2015. Los representantes principales de los empleados públicos y sus suplentes ante la Comisión de Personal del instituto Distrital de Recreación y Deporte serán reconocidos mediante acto administrativo.
Artículo 10.
_Reclamaciones_. Los funcionarios votantes y/o candidatos podrán presentar reclamaciones por escrito ante los jurados de votación durante la jornada y hasta un día posterior a la elección, las cuales serán resueltas por el Área de Talento Humano y los jurados de votación.
Artículo 12.
_Vigencia y derogatorias_. La presente resolución rige a partir de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=149858) y deroga las disposiciones que le sean contrarias. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C. a los 15 días del mes de marzo del año 2021.
BLANCA INÉS DURÁN HERNÁNDEZ
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Directora General
Nota: Ver norma original en Anexos.
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