Resolución 585 de 2021
Resolución 585 de 2021 Instituto Distrital de Recreación y Deporte - IDRD
- Tipo
- Resolución
- Número
- 585
- Año
- 2021
- Fecha
- 30 de julio de 2021
- Entidad
- Instituto Distrital de Recreación y Deporte - IDRD
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
RESOLUCIÓN 585 DE 2021
(Julio 30)
_Por la cual se actualizan los protocolos de bioseguridad para mitigar, controlar y realizar el adecuado manejo de la pandemia del Coronavirus COVID-19 en el Instituto Distrital de Recreación y Deporte, establecidos mediante Resolución 167 del 18 de mayo 2020_
LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE
En uso de sus facultades estatutarias y legales y en especial las que le confiere el Acuerdo 4 de 1978, la Resolución de Junta Directiva 005 de 1997, la Resolución 788 de 2019 y
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución 167 del 18 de mayo de 2020, se adoptaron los protocolos de bioseguridad en el Instituto Distrital de Recreación y Deporte.
Que la Organización Mundial de la Salud - OMS, el 7 de enero de 2020, declaró el brote del nuevo coronavirus Covid - 19 como una Emergencia de Salud Pública de Importancia Internacional y el 11 de marzo de 2020, como una pandemia, esencialmente por la velocidad en su propagación, por lo que instó a los Estados a tomar acciones urgentes decididas para la identificación, confirmación, aislamiento, monitoreo de los posibles casos y el tratamiento de los casos confirmados, así como la divulgación de las medidas preventivas, todo lo cual debe redundar en la mitigación del contagio. Que, como consecuencia de ello y con el fin de prevenir y controlar la propagación del COVID-19, el Ministerio de Salud y Protección Social mediante Resolución [385](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=91249) del 12 de marzo de 2020, declaró la emergencia sanitaria en todo el territorio nacional, la cual ha sido prorrogada hasta el 31 de agosto de 2021, mediante Resoluciones [844](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=93501), [1462](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=96146), y [2230](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=101825) de 2020, [222](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=107905) y [738](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=112584) de 2021.
Que en respuesta a la crisis generada por la pandemia del coronavirus COVID – 19, el Ministerio de Salud y Protección Social expidió la Resolución No. [00666](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=92565) de 24 de abril de 2020, por medio de la cual se adopta el protocolo general de bioseguridad para mitigar, controlar y realizar el adecuado manejo de la pandemia, para lo cual se incluyeron medidas tales como: la higiene de manos, la higiene respiratoria, el distanciamiento físico, la limpieza y desinfección y los cuidados generales para continuar mitigando la propagación de la COVID-19 en los ambientes laborales; norma con base en la cual, el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital profirió la Circular Externa No. [017](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=92961) de 2020, emitiendo lineamientos para la implementación de los protocolos en las entidades y organismos distritales.
Que así mismo, la Secretaría Distrital de Salud de Bogotá, profirió la Resolución [208](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=107486) de 2021, por medio de la cual establece las medidas de mitigación comunitaria y poblacional en la ciudad de Bogotá y el Gobierno Nacional expidió la Resolución [223](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=107968) del 25 de febrero de 2021, por medio de la cual sustituye el anexo técnico de la Resolución [0666](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=92565) de 2020 y la Resolución [392](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=109227) de 2021, por medio de la cual se modifica el artículo [2](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=92565#2) de la Resolución 666 de 2020 y los numerales 4.1 y 5 de su anexo técnico, las cuales, tienen como finalidad continuar generando ambientes de trabajo sanos y seguros para los trabajadores, empleadores y demás actores involucrados en el desarrollo de los Sistemas de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST).
Que la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C. mediante Decreto Distrital [199](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=112977) de 2021 _“Por medio del cual se adoptan medidas de reactivación económica segura con ocasión de la emergencia sanitaria producida por el SARS-Co V-2 COVID-19 en la ciudad de Bogotá D.C. y se dictan otras disposiciones”_, definió las acciones a seguir en relación con el COVID-19 en la ciudad de Bogotá.
Que el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, expidió la Circular Externa [010](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=112079) de 2021, mediante la que se da Alcance Circular Externa No. [17](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=92961) De 2020 _“Lineamientos para la Implementación del Protocolo General de Para Mitigar, Controlar y Realizar el Adecuado Manejo de la Pandemia del Coronavirus Covid-19 en las Entidades y Organismos del Distrito Capital”_, en la cual se dan directrices para que todas las Entidades y Organismos del Distrito Capital, a la luz de la Resolución [223](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=107968) de 2021, generen un proceso de revisión y de ser necesario, de actualización del Protocolo de Bioseguridad, limpieza y desinfección, garantizando así, que el mismo, se encuentre adaptado a las particularidades, necesidades y a la naturaleza de las funciones que desempeñe la entidad, con el fin de garantizar la seguridad y salubridad de todos sus colaboradores.
Que de igual manera, se garantice la minimización de los factores que puedan generar la trasmisión de la enfermedad de coronavirus, propendiendo siempre por el mínimo nivel de riesgos para la salud dentro de los ambientes de trabajo distritales, habida cuenta que el empleador está obligado a mantener condiciones adecuadas de higiene y seguridad que se orienten a salvaguardar la salud y la vida de sus colaboradores.
Que de acuerdo con lo anterior, se hace necesario actualizar los protocolos y anexos técnicos de bioseguridad en el Instituto Distrital de Recreación y Deporte, con el fin de mitigar, controlar y realizar el adecuado manejo de la pandemia del Coronavirus COVID-19, de acuerdo con los lineamientos de la Resolución No. [777](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=112801) de 2021 expedida por el Ministerio de Salud y Protección Social. Que, en mérito de lo expuesto, __
RESUELVE:
ARTÍCULO 1.- Actualizar el Protocolo General de Bioseguridad para la Prevención, Contención y Mitigación del Coronavirus (COVID-19) del Instituto Distrital de Recreación y Deporte -IDRD-, de acuerdo con los lineamientos de la Resolución No. [777](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=112801) de 2021 _“Por medio de la cual se definen los criterios y condiciones para el desarrollo de las actividades económicas, sociales y del estado y se adopta el protocolo de bioseguridad para la ejecución de estas”_, cuyo texto y contenido se anexa a la presente resolución y hace parte integral de la misma.
Parágrafo. El IDRD implementará las acciones contempladas en la Circular Externa [010](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=112079) de 2021, expedida por el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital y la Circular [010](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=113497) de 2021, expedida por la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá y el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, en cuanto a las directrices sobre el regreso paulatino de los servidores públicos y contratistas de la entidad a las instalaciones del Instituto. ARTÍCULO 2.- Las modificaciones que deban realizarse a los protocolos, se incluirán en los anexos técnicos que forman parte de estos. ARTÍCULO 3.- Para garantizar el principio de publicidad de la presente resolución, se dispone su divulgación en la página web y correo institucional de la entidad, en coordinación con la Oficina Asesora de Comunicaciones.
Artículo 4.
- La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación. **PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CUMPLASE
Dada en Bogotá, D.C. a los 30 días del mes de julio del año-2021
BLANCA INÉS DURÁN HERNÁNDEZ
Directora General
Nota. Ver norma original en Anexos.
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