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Resolución 270 de 2021

Resolución 270 de 2021 Instituto Distrital de Recreación y Deporte - IDRD

Tipo
Resolución
Número
270
Año
2021
Fecha
23 de abril de 2021
Entidad
Instituto Distrital de Recreación y Deporte - IDRD
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

RESOLUCIÓN 270 DE 2021 (Abril 23)

_Por la cual se modifica parcialmente la Resolución[440 ](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=145601)de 2020 "Por la cual es establece el proceso de cualificación en temas bici, referente a la estrategia Bogotá pedalea"_ __ LA SUBDIRECCIÓN TÉCNICA DE RECEACIÓN Y DEPORTES DEL INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE

En uso de sus facultades legales, en especial las que le confiere la Resolución 006 de 2017 de la Junta Directiva del IDRD, las Resoluciones 788 de 2019 y 370 de 2020 de la Dirección General del IDRD

CONSIDERANDO:

Que el artículo [209](http://10.80.50.193:8080/sisjurMantenimiento/normas/Norma1.jsp?i=4125#209) de la Constitución Política establece qué “ _La función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, delegación y desconcentración de funciones”._ __ Que, en desarrollo de dicho postulado constitucional se expidió la Ley [489](http://10.80.50.193:8080/sisjurMantenimiento/normas/Norma1.jsp?i=186) de 1998, que en el artículo [3](http://10.80.50.193:8080/sisjurMantenimiento/normas/Norma1.jsp?i=186#3)º estableció los principios de la función administrativa, así: _“La función administrativa se desarrollará conforme a los principios constitucionales, en particular los atinentes a la buena fe, igualdad, moralidad, celeridad, economía, imparcialidad, eficacia, eficiencia, participación, publicidad, responsabilidad y transparencia. Los principios anteriores se aplicarán, igualmente, en la prestación de servicios públicos, en cuanto fueren compatibles con su naturaleza y régimen_ ”. Que, mediante la Resolución [457](http://10.80.50.193:8080/sisjurMantenimiento/normas/Norma1.jsp?i=49243) de 2012, se creó el programa Promotores de Ciclovía, que tiene como objetivo convocar y de acuerdo con las necesidades de la entidad, podrá seleccionar al personal que podría prestar sus servicios como "_Promotor de Ciclovía",_ según las necesidades del programa Ciclovía-Recreovía, capacitar a los aspirantes en los conocimientos básicos afines al programa y sensibilizarlos en el conocimiento general del programa Ciclovía-Recreovía. Que, se expidió la Resolución No. 440 de 2020, _“Por la cual se establece el proceso de cualificación en temas Bici, referente a la estrategia “Bogotá Pedalea”,_ en la cual en numeral segundo, perfil segundo, artículo tercero, se establecen los requisitos a cumplir para poder tener la posibilidad de ser parte de algunos de los programas de la mencionada estrategia. Que, se expidió la Resolución No. [002](http://10.80.50.193:8080/sisjurMantenimiento/normas/Norma1.jsp?i=104670) del 04 de enero de 2021 _“Por la cual se establecen los valores de referencia aplicables a los Contratos de Prestación de Servicios Profesionales y de Apoyo a la Gestión en el Instituto Distrital de Recreación y Deporte para la vigencia 2021 y se dictan otras disposiciones”_, en la cual en el artículo primero se establecen los valores de referencia para la contratación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión del IDRD con sus correspondientes requisitos. Que, en virtud de lo anterior se hace necesario ajustar los requisitos establecidos en la Resolución No. 440 de 2020, con el fin de ser actualizados conforme a los dispuesto por la Resolución No. [002](http://10.80.50.193:8080/sisjurMantenimiento/normas/Norma1.jsp?i=104670) de 2021. Que, teniendo en cuenta que el Distrito cuenta con la plataforma _www.talentopalanca.com_, por medio de la cual se adelantan los procesos de recepción, revisión de hojas de vida y valoración de experiencias, para hacer parte de los procesos de selección que conllevan a la definición los posibles colaboradores, se hace necesaria su inclusión en la etapa 1- convocatoria del artículo CUARTO de la Resolución 440 de 2020. Por las anteriores consideraciones,

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO: Modifíquese el [Artículo Tercero](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=145601#3) \- Participantes, de la Resolución 440 del 3 de noviembre de 2020, el cual quedará de la siguiente forma: “ _ARTICULO TERCERO_ _\- Participantes: Para poder tener la posibilidad de ser parte de algunos de los programas de la estrategia “Bogotá Pedalea” se debe cumplir con los siguientes requisitos:_ __ _A. Disposición, actitud, liderazgo y compromiso._ _B. Estar afiliado a una EPS o sistema de salud de régimen subsidiado vigente al momento de la inscripción._ _C. Contar con una bicicleta ‘todoterreno’ en buenas condiciones, al momento y durante todo el proceso de la cualificación._ _D. Para los hombres tener definida la situación militar, de acuerdo a la Ley 1780 del 02 de mayo de 2016 arts. 19 a 21 y el artículo 42 de la Ley 1861 de 2017. Los ciudadanos que accedan a los beneficios previstos en la presente ley deberán tramitar ante las autoridades de reclutamiento una certificación provisional que acredite el trámite de la definición de la situación militar._ _E. Los voluntarios deberán demostrar durante todo el proceso las siguientes competencias: proactividad y vocación de servicio, habilidades comunicativas, empoderar a los otros, organización y planificación, compromiso con la organización, trabajo en equipo, manejo de relaciones interpersonales, aprendizaje continuo, creatividad y liderazgo._ __ _Perfil 1_ _\- Guardianes de Ciclovía Recreativa_ _I) Acreditar ser estudiante de cualquier carrera profesional universitaria, técnica ó tecnológica, sin experiencia (Verificar la resolución vigente del IDRD la cual refiera los honorarios de los contratistas)._ __ _Perfil 2_ _\- Guías de la bicicleta._ __ _l) Titulo Bachiller y 36 meses de experiencia relacionada ó,_ _ll) Título de formación Técnica o Tecnológica y 12 meses de experiencia relacionada (Verificar la resolución vigente del IDRD la cual refiera los honorarios de los contratistas)._ _lll) Disposición de tiempo para la prestación oportuna del servicio de acuerdo con los requerimientos que el IDRD solicite._ __ _Perfil 3_ _\- Mecánicos de la bicicleta._ __ _l) Titulo Bachiller y 36 meses de experiencia relacionada ó,_ _ll) Título de formación Técnica o Tecnológica y 12 meses de experiencia relacionada (Verificar la resolución vigente del IDRD la cual refiera los honorarios de los contratistas)._ _lll) Disposición de tiempo para la prestación oportuna del servicio de acuerdo con los requerimientos que el IDRD solicite._ __ _Perfil 4-__Auxiliares viales y de puntos de atención._ __ _l) Acreditar ser Bachiller sin experiencia (Verificar la resolución vigente del IDRD la cual refiera los honorarios de los contratistas)._ _ll) Disposición de tiempo para la prestación oportuna del servicio de acuerdo con los requerimientos que el IDRD solicite._ _Lll) Para este perfil se dará prioridad a personas en situación de discapacidad: amputación de uno, o de los dos miembros inferiores y/o uno de los superiores, lesión medular o parálisis cerebral, con secuelas de polio, enfermedades motoras asociadas, funcionales, independientes y autónomos con respecto a la movilidad o personas en situación de discapacidad auditiva hipoacúsico, con manejo de lengua de señas colombiana y/o lectura de labios o personas en situación de discapacidad visual de baja visión, que puedan desplazarse sin ayuda de un tercero. Siempre que tales situaciones no sean incompatibles con los objetos y obligaciones contractuales a desarrollar._ __ _En cada tipo de discapacidad la persona debe hacer uso permanente de los elementos ortopédicos (silla de ruedas, bastones, caminadores, gafas de aumento, lector o audífonos de aumento de la audición, entre otros) que le permita y garanticen el desplazamiento por sus propios medios y la prestación del servicio._ __ _Este grupo de personas tendrán actividades encaminadas a la atención de los usuarios de la Ciclovía, especialmente ofreciendo información que la entidad requiera dar a conocer y/o controlador de tráfico de usuarios de la Ciclovía de Bogotá._ __ _Cabe resaltar que, si no se presenta ninguna persona con algún tipo de discapacidad, el proceso seguirá en marcha con las personas inscritas._ __ _Perfil 5_ _\- jefes de ruta y Líderes de corredor._ __ _A. Jefes de ruta_ _l) Acreditar ser Bachiller sin experiencia. (Verificar la resolución vigente del IDRD la cual refiera los honorarios de los contratistas)._ _ll) Disposición de tiempo para la prestación oportuna del servicio de acuerdo con los requerimientos que el IDRD solicite._ __ _B. Líderes de corredor_ _l) Acreditar Título de formación Técnica o Tecnológica y 24 meses de experiencia relacionada (Verificar la resolución vigente del IDRD la cual refiera los honorarios de los contratistas)._ _ll) Disposición de tiempo para la prestación oportuna del servicio de acuerdo con los III) requerimientos que el IDRD solicite._ __ _Perfil 6_ _\- Apoyo operativo._ _l) Acreditar y contar con un título de formación técnica o tecnóloga y 36 meses de experiencia relacionada en temas bici (Verificar la resolución vigente del IDRD la cual refiera los honorarios de los contratistas)._ _ll) Disposición de tiempo para la prestación oportuna del servicio de acuerdo con los requerimientos que el IDRD solicite._ __ _Perfil 7_ _\- Instructor de la bicicleta._ _l) Acreditar un título de formación técnica o tecnóloga en áreas de ciencias humanas y 12 meses de experiencia relacionada (Verificar la resolución vigente del IDRD la cual refiera los honorarios de los contratistas)._ _ll) Disposición de tiempo para la prestación oportuna del servicio de acuerdo con los requerimientos que el IDRD solicite"._ ARTICULO SEGUNDO: Modifíquese la Etapa 1 - Convocatoria del [ARTICULO CUARTO](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=145601#4) – Etapas del proceso de vinculados a la estrategia “Bogotá Pedalea” de la Resolución [440](http://10.80.50.193:8080/sisjurMantenimiento/normas/Norma1.jsp?i=145601) del 3 de noviembre de 2020, el cual quedará de la siguiente forma: _"ARTICULO CUARTO_ _Etapa 1 - Convocatoria:_ __ _La Subdirección Técnica de Recreación y Deportes, realizará en coordinación con la Oficina Asesora de Comunicaciones de la entidad, la convocatoria para el desarrollo del taller, de los programas vinculados a la estrategia ”Bogotá Pedalea” a través de la página Web del IDRD _www.idrd.gov.co_, plataforma _www.talentopalanca.com_, redes sociales. Igualmente, el IDRD se reserva la facultad de apoyar la difusión a través de entidades especializadas. En respuesta a dicha convocatoria el participante debe realizar su inscripción mediante el diligenciamiento de un formulario, que será publicado en la página Web del IDRD"._ ARTICULO TERCERO: Los demás artículos de la Resolución No. [440](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=145601) de 2020, que no fueron modificados continuaran vigentes. ARTICULO CUARTO: La presente Resolución rige a partir de su expedición. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D.C., a los 23 días del mes de abril del año 2021.

AURA MARÍA ESCAMILLA OSPINA

Subdirectora Técnica de Recreación y Deportes Nota: Ver norma original en Anexos.

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