Proyecto de Acuerdo 337 de 2021
Proyecto de Acuerdo 337 de 2021 Concejo de Bogotá, D.C.
- Tipo
- Proyecto de Acuerdo
- Número
- 337
- Año
- 2021
- Entidad
- Concejo de Bogotá, D.C
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
PROYECTO DE ACUERDO No. _____337_ _____ DE 2021
[Ver Acuerdo Distrital 844 de 2022 Concejo de Bogotá, D.C.](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=127180) “POR EL CUAL SE ESTABLECE EL DÍA DISTRITAL DEL GOBIERNO SERVIDOR EN LA CIUDAD DE BOGOTÁ” 1. OBJETO DEL PROYECTO DE ACUERDO: General: Establecer de manera institucional en la ciudad de Bogotá el día distrital del gobierno servidor como una medida tendiente a generar la cultura de excelencia en el servicio al ciudadano por parte de la administración distrital. Específicos • Establecer un mecanismo de cercanía entre el gobierno distrital y la ciudadanía • Fomentar el cuidado y sentido de pertenencia por la ciudad de Bogotá. • Promover la oferta de bienes y servicios por parte de cada de una de las entidades del Distrito hacia la ciudadanía **2.
SUSTENTO JURÍDICO DE LA INICIATIVA. Constitución Política de 1991. Artículo 125. Se define la carrera administrativa como el sistema de gestión de personal de la función pública en Colombia. Ley 909 de 2004. Art. 2. Establece los principios que rigen el ejercicio de la función pública Justificación del Proyecto de Acuerdo En el paradia del nuevo institucionalismo mediante el cual lo público obedece a una racionalidad enmarcada entre otros por el proceso de modernización del Estado, la relación Gobierno-Ciudadano se convierte en un factor clave para lograr mejores niveles de legitimidad, gobernabilidad y legalidad. En este orden de ideas la tesis respecto a la cual el Estado debe girar en torno al ciudadano y no el ciudadano en torno al Estado, parece tomar cada día mayor fuerza y vigencia en economías locales dónde el ejercicio del control fiscal y la veeduría ciudadana parecen no ser recaudos suficientes para una ciudadanía cada vez más empoderada, crítica y propositiva respecto a los problemas que afectan a las comunidades. La lectura de los gobiernos para el caso de Colombia no ha dado mayor alcance a lo que el ambiente ciudadano expresa de diversas formas con el objeto no solamente de ser escuchado sino de lograr incidir de manera efectiva en el proceso de toma de decisiones en la esfera de lo público. Dinámicas como la planeación y el presupuesto participativo tratan de interpretar el mensaje ciudadano sin embargo no dejan de ser desapercibidos intentos de populismo post electoral de derecha e izquierda dónde se subastan respuestas sin criterio técnico a los estructurales problemas planteados por la ciudadanía. Sin embargo esta relación que además toca a las empresas ha requerido desde el punto de vista económico, la expansión del gasto público, la aparición de nuevas regulaciones y el activismo estatal en sectores que para el Estado eran jurídicamente incompatibles. El Estado ha aumentado su presencia en la sociedad y eso ha significado que los ciudadanos y las empresas tienen que interactuar con sus gobiernos con mayor frecuencia. Como consecuencia, los servicios transaccionales (conocidos popularmente como “trámites”) se han incrementado tanto en volumen como en complejidad. Los trámites gubernamentales son necesarios para formalizar eventos tan dispares como el registro de nacimiento de un hijo, la apertura de una empresa, o el ejercicio de una actividad profesional. (Farías y Zanabria, 2018) La realidad es que los trámites generan costos de transacción que de alguna manera pagamos todos: el Estado, las empresas y los ciudadanos. La [Unión Europea, ](http://europa.eu/rapid/press-release_MEMO-06-425_en.htm?locale=en)por ejemplo, midió en 2016 cuanto le costaban los procedimientos administrativos a las empresas y ciudadano en 13 sectores económicos clave, y llegó a estimar que en algunos países la factura era equivalente al 6.8% del Producto Interno Bruto (PIB). Usando la misma metodología y mediciones realizadas por México, el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) ha estimado que esos costos administrativos pueden ser superiores al 10% de PIB en América Latina y el Caribe. (Farías y Zanabria, 2018). Esta relación ciudadano-Estado dada la demanda de servicios por parte del ciudadano se construyó en Colombia en el ordenamiento jurídico posterior a la Constitución Política de 1991. De manera particular se hace necesario citar la ley 134 de 1994 o también llamada ley estatutaria de participación. A partir de la Ley de Mecanismos de Participación Ciudadana se superó la perspectiva instrumental de relacionamiento Estado-ciudadano marcado por lo procedimental y se avanzó hacia una efectiva participación en materia de derechos políticos, económicos y sociales. El ciudadano en este caso se convertía en un sujeto activo en el proceso de toma decisiones a través de los múltiples espacios e instancias de participación directa creados en la mencionada norma. Con el tiempo, estos mecanismos deberían constituirse en puentes para hacer tránsito desde ejercicios propios de la democracia representativa hacia otros más participativos, facilitando la convergencia entre el Estado y la sociedad civil y convirtiéndose en piedra angular de los propios cambios institucional y social. Tal como lo afirman varios autores estos procesos de democratización y re-institucionalización vía participación ciudadana, no han estado exentos de obstáculos de los más variados tipos, como la falta de voluntad política, de expedición oportuna de normativas o de provisión de recursos financieros, los cuales han aplazado el empoderamiento de los derechos políticos participativos así como los resultados que de dicha actividad política pudieran derivarse. El ejemplo más ilustrativo de este fenómeno es la limitación a la participación que el mismo Congreso de la República hizo a través de la Ley Estatutaria de la Participación (134 de 1994), donde se establecieron exigentes requisitos para garantizar su legalidad. La Ley Estatutaria se expidió en 1994, pero otro año más tuvo que pasar para que se asimilaran las normas y se comenzaran a ver intentos de aplicación y uso de algunos mecanismos participativos. La participación ha tenido un extenso camino de aprendizaje ciudadano, sin duda tortuoso, cuyo recorrido ha estado sembrado de trabas e inconvenientes (Cogollos y Ramírez, 2007). Percepción ciudadano frente al Estado La Encuesta de percepción ciudadana implementada en el 2018 por el Departamento Nacional de Planeación DNP, arrojó resultados interesantes que suponen diversos retos para la institucionalidad frente a alcanzar una mayor cercanía con el ciudadano. De acuerdo con el DNP (2018) en Bogotá, los ciudadanos señalaron las filas y congestiones como la principal dificultad en el momento de acudir ante la administración pública para realizar diligencias. Los módulos sobre los cuales se hizo la encuesta para conocer la percepción de los ciudadanos sobre la calidad y acceso a los servicios, y sus expectativas y necesidades sobre la interacción con las entidades públicas, fueron percepción, canales de atención, trámites y quejas y reclamos. El índice de percepción ciudadana se midió a partir de la calificación de 34 atributos del servicio, entre ellos, calidad, tiempo de espera, costos, lenguaje claro, respeto por el turno, agilidad de los procedimientos, confianza en los funcionarios, veracidad de la información y acceso igualitario. De acuerdo con los resultados de la encuesta, los canales tradicionales como el presencial (puntos de atención), siguen siendo preferidos por los ciudadanos para realizar los trámites pese a la existencia de medios alternativos como Internet y el teléfono. Principales resultados La encuesta realizada por el PNSC constituye una fuente única de información sobre la percepción del servicio y de trámites de manera particular para Bogotá, y es utilizada para orientar políticas, evaluar el impacto de intervenciones como los Centros Integrados de Servicios (CIS) y medir el cumplimiento del Código de Integridad. Mejora calificación La calificación, en una escala de 1 a 10, dada por los ciudadanos en los diferentes atributos del servicio aumentó en promedio un 23% respecto a 2016. Calidad (calificación promedio 6); Tiempo de espera (calificación promedio 5,5); Costo del trámite o servicio (6,1): los ciudadanos de estratos bajos califican como bueno o aceptable el costo de los trámites (6,2). Lo contrario ocurre con los estratos altos (4,9); Amabilidad (calificación promedio 6,5); Lenguaje Claro (calificación promedio 6,5); Agilidad y rapidez (6): la población joven es la que mejor califica la agilidad y rapidez de los procesos de la administración pública (6,1). Percepción positiva El índice de percepción ciudadana (IP), que se calcula a partir de la calificación de 34 aspectos del servicio y se mide en una escala de 0 a 100, pasó de 58,9 en 2014, a 61,7 en 2018. Un resultado para resaltar es que la población joven reportó el mejor índice de percepción (64,5), en promedio un 5% más alto que los demás grupos etarios. Los estratos altos reportaron el peor índice de percepción (59,9), en promedio un 3% más bajo que los demás estratos (medio y bajo). Canal presencial, el preferido Los canales para interactuar con las entidades públicas y preferidos por los ciudadanos para buscar información y hacer trámites son: puntos presenciales (67% y 62%, respectivamente) y páginas web (20% y 13%, respectivamente). Los canales favoritos para recibir información: televisión (34%), páginas web (25%), redes sociales (9%) y emisoras de radio (9%) Aumentó la preferencia por realizar trámites en centros de atención especializados como los Rapicades, Centros de Recaudo y CIS: pasó del 11% al 13% entre 2016 y 2018. Menos dificultades para trámites El porcentaje de población que asocia trámite o servicio a palabras negativas como congestión, demoras, filas, pérdida de tiempo, reclamos y problemas, disminuyó a la mitad, pasando de 36% en 2016 a 18% en 2018. El porcentaje de personas que considera que la lentitud es la principal dificultad para realizar trámites pasó de 15% en 2016, a 8% en 2018, para una caída del 47%; y el porcentaje de ciudadanos que considera como principal dificultad la falta de amabilidad de los servidores pasó de 12% en 2016, a solo el 9% en 2018. De otro lado, la percepción sobre las dificultades para comunicarse vía telefónica y por Internet desmejoró, pasando de 15% a 21% (aumentó un 40%). Los trámites más realizados son: la solicitud de citas médicas, impuesto predial, cédula de ciudadanía (solicitud, renovación o duplicado), y quejas, reclamos y solicitudes frente a servicios públicos. Los que requieren de más de una visita son: el Registro de tierras despojadas y abandonadas forzosamente (6 visitas), y Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social Rural (5 visitas). El 2,2% de los ciudadanos acudió a un tramitador para obtener o agilizar su trámite. Pagaron por un cupo en una fila de espera o por la realización del trámite sin cumplir los tiempos o requisitos. Disminuyen quejas y reclamos Tan solo el 13% de los ciudadanos presentó una queja o reclamo en el último año. Los que no lo hicieron consideraron en algunos casos que no iban a obtener respuesta (16%); que les iba a tomar mucho tiempo (15%); no sabían que podían quejarse (4%); no encontraron mecanismos para hacerlo (4%). En 6 de las 10 ciudades en las que se hizo la encuesta se redujo la proporción de quejas interpuestas con respecto a 2016. Valores de los servidores públicos Honestidad: * 62 % confía en funcionarios públicos (55 % en 2016). * 71 % considera que las entidades dan información clara, completa y actualizada (63 % en 2016). Respeto: * 71 % considera que los servidores públicos son amables (66 % en 2016) * 75 % califica bueno el respeto por el turno (64% en 2016). Justicia: * 60 % considera que las entidades atienden a todos por igual (55 % en 2016). * 71 % considera que los espacios físicos de las entidades son accesibles (63 % en 2016). Compromiso: * 61 % considera que las entidades tienen en cuenta la opinión ciudadana (56 % en 2016). * 61 % recibe la misma información si se contacta con distintos servidores (55 % en 2016). Diligencia: * 62 % considera ágiles los procesos (56 % en 2016). * 65 % percibe coordinación entre entidades para un buen servicio (58 % en 2016). Estos resultados ponen de manifiesto una mejoría respecto a la percepción que el ciudadano tiene del Estado sin embargo es necesario que el aparato estatal en este caso desde el Distrito genere otros mecanismos que permitan crear una nueva cultura del servicio público destinada no solo a mejorar aspectos de trámites entre la ciudanía y el Estado sino también a consolidar una cultura de oferta institucional y de cuidado de la ciudad por parte del servidor público. IMPACTO FISCAL De conformidad con lo anterior y en cumplimiento del Artículo 7° de la Ley 819 de 2003, aclaramos que la presente iniciativa no genera un impacto fiscal que implique una modificación en el marco fiscal de mediano plazo, toda vez que no se incrementará el Presupuesto del Distrito, ni ocasionará la creación de una nueva fuente de financiación. Adicionalmente, En este punto es de resaltar, que la Honorable Corte Constitucional mediante Sentencia C- 911 de 2007, puntualizó que el impacto fiscal de las normas, no puede convertirse en óbice, para que las corporaciones públicas ejerzan su función legislativa y normativa. En conclusión, el impacto fiscal del presente proyecto de acuerdo en nada modifica el marco fiscal de mediano plazo presentado por la Administración Distrital PROYECTO DE ACUERDO No. __________ DE 2021 “POR EL CUAL SE ESTABLECE EL DÍA DISTRITAL DEL GOBIERNO SERVIDOR EN LA CIUDAD DE BOGOTÁ” EL CONCEJO DE BOGOTÁ En uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el Decreto Ley 1421 de 1993, artículo 12 numeral 1 y considerando:**
Que un objetivo inmediato del Distrito es prestar un servicio moderno y de calidad a sus ciudadanos.
Que la administración pública distrital debe construir una cultura de excelencia y de servicio al ciudadano a través de sus instituciones y funcionarios.
Que en concordancia con lo anterior, se hace necesario establecer el día del gobierno servidor. En virtud de lo anterior;
ACUERDA:
Artículo 1.** Día del gobierno servidor. Se designará el día 1 de agosto de cada año como el día
distrital del gobierno servidor. Artículo 2. La administración distrital podrá estructurar una agenda del día Distrital del Gobierno Servidor que propenderá por adelantar acciones afirmativas en pro de socializar la oferta de trámites y servicios de las entidades del distrito a la ciudadanía, a través de mecanismos presenciales y/o virtuales. Artículo 3.
_Vigencia._
El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dado en Bogotá D. C.
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