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Resolución 681 de 2021

Resolución 681 de 2021 Secretaría Distrital de la Mujer

Tipo
Resolución
Número
681
Año
2021
Fecha
10 de diciembre de 2021
Entidad
Secretaría Distrital de la Mujer
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

Microsoft Word - Resolucion CCM -Resolución modifica proceso elec.docx RESOLUCIÓN 681 DE 2021

(Diciembre 10)

_Por medio de la cual se fija un nuevo cronograma para ampliar la participación en el proceso establecido en la Resolución[0599](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=118471#0)de 2021, a través de la cual se determinó el proceso de elección del Consejo Consultivo de Mujeres de Bogotá D.C Espacio Autónomo para el período 2021-2024”_

LA SECRETARIA DISTRITAL DE LA MUJER

En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por los literales b), j) y l) del artículo 5° del Acuerdo Distrital 490 de 2012; el literal u) del artículo 5°, literales c) y e) del artículo 9° y literal c) del artículo 14 del Decreto Distrital 428 de 2013 y los artículos 25 y 26 del Decreto Distrital 364 de 2021, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto Distrital 364 de 2021 _“Por medio del cual se actualiza el Consejo Consultivo de Mujeres de Bogotá, se estructuran los espacios que lo componen, se define el mecanismo de coordinación de la instancia y se dictan otras disposiciones”,_ establece en el artículo [25](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=117599#25) que _"La Secretaría Distrital de la Mujer convocará de manera amplia a las organizaciones, grupos y redes de mujeres para hacer parte del Consejo Consultivo de Mujeres de Bogotá– Espacio Autónomo. La convocatoria a elecciones estará acompañada de un proceso de información sobre el carácter de esta instancia y sus funciones. Así como de los requisitos de inscripción de las organizaciones, grupos y redes de mujeres, quienes inscribirán a las candidatas por derechos, territorio y diferencias y diversidad. Igualmente, se incluirá el procedimiento para la elección"_.

Que mediante Resolución [0599](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=118471#0) del 5 de noviembre de 2021, _“Por medio de la cual se adopta el proceso de elección del Consejo Consultivo de Mujeres de Bogotá D.C Espacio Autónomo para el período 2021-2024”_ expedida por la Secretaría Distrital de la Mujer, se adoptó el proceso de elección de las consejeras que hacen parte del Consejo Consultivo de Mujeres, en el marco del Decreto Distrital [364](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=117599#0) de 2021.

Que el artículo [1](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=118471#1) de la resolución 599 de 2021 estableció _“Convocar de manera amplia a las organizaciones, grupos y redes de mujeres para hacer parte del Consejo Consultivo de Mujeres de Bogotá – Espacio Autónomo”._ Que en cumplimiento del artículo [1](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=118471#1) de la Resolución 599 de 2021, la Subsecretaría del Cuidado y Políticas de igualdad, estableció una estrategia de convocatoria al proceso eleccionario del Consejo Consultivo de Mujeres, disponiendo el día 20 de noviembre de 2021 como _“Plazo para cargar los documentos exigidos como requisitos para la inscripción”,_ de conformidad con el numeral [2.1](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=118471#30) del artículo 30 de la Resolución 599 de 2021.

Que agotado el plazo determinado en la Fase 1, para la actividad prevista en el numeral 2.1 del artículo [30](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=118471#30) de la Resolución 599 de 2021, en el cual se indicó _“Plazo para cargar los documentos_ exigidos como requisitos para la inscripción” “Periodo Del 8 de noviembre al 20 de noviembre de 2021”, la Subsecretaria del Cuidado y Políticas de igualdad certificó que cinco (5) representaciones cargaron documentación, para su posterior verificación, de acuerdo a lo establecido en el cronograma, los días 24 y 25 de noviembre de 2021, cumpliendo el requisito de contar con al menos tres (3) organizaciones y dos (2) candidatas, de acuerdo a lo establecido en el parágrafo [cuarto](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=118471#22.p.4) del artículo 22 de la Resolución Nº 599 de 2021 que indica: _“ARTICULO 22 Asambleas:

Parágrafo 4. La Secretaría Distrital de la Mujer a través de la Subsecretaría de Políticas de Igualdad garantizará que las asambleas se realicen con un amplio número de organizaciones y candidatas. En todo caso, no se realizarán asambleas con una única candidata y el mínimo de candidatas para llevar a cabo las asambleas será de dos (2) candidatas”_ Se describen a continuación, las organizaciones y candidatas inscritas a 20 de noviembre de 2021: Tabla 1 Organizaciones y candidatas inscritas a 20/ 11 /2021 | Representación | Organizaciones | Candidatas
---|---|--- Paz y convivencia con equidad de género | 4 | 3 Chapinero | 4 | 2 Engativá | 7 | 4 Barrios Unidos | 6 | 3 Mujeres cuidadoras | 11 | 2 De igual manera, la Subsecretaria del Cuidado y Políticas de igualdad, certificó que treinta y tres (33) representaciones no cuentan con el mínimo de organizaciones y candidatas inscritas, las cuales se describen:

**_Representaciones que NO cuentan con el mínimo de organizaciones y candidatas inscritas:_

Por derechos:

1. Una vida libre de violencias

2. Participación y representación con equidad

3. Trabajo en condiciones de igualdad y dignidad

4. Cultura libre de sexismo

5. Educación con Equidad

Por localidades:

1. Usaquén

2. Santa Fe

3. Usme

4. Bosa

5. Kennedy

6. Fontibón

7. Suba

8. Mártires

9. Antonio Nariño

10. Puente Aranda

11. Rafael Uribe

12. Ciudad Bolívar

13. Sumapaz

Por diferencias y diversidad:

1. Mujeres indígenas

2. Mujeres afrocolombianas

3. Mujeres Rrom

4. Mujeres por orientación sexual

5. Mujeres transgeneristas

6. Mujeres jóvenes

7. Mujeres con discapacidad

8. Mujeres en actividades sexuales pagadas

9. Mujeres feministas

10. Mujeres víctimas de violencia sociopolítica

11. Mujeres que hacen parte de las juntas de acción comunal

12. Mujeres excombatientes constructoras de paz

13. Representante de los derechos de las mujeres privadas de la libertad

14. Mujeres talla baja

15. Mujeres víctimas del desplazamiento forzado por la violencia

Que es interés de la Secretaría distrital de la mujer promover ejercicios democráticos y de participación, convocantes que consoliden la puesta en marcha de la Política Pública de la Mujer y Equidad de Género, que permitan profundizar las relaciones entre organización y representación de las mujeres, fortalezcan los procesos de participación, y sean consecuentes con los principios que animan la política pública de mujer y equidad de género Que atendiendo esta situación, y en aras de promover y garantizar el derecho a la participación de las mujeres y organizaciones de mujeres en este proceso eleccionario, la Subsecretaría de Políticas de Igualdad resalta la necesidad de modificar las fechas propuestas en el cronograma, teniendo en cuenta que es importante generar estrategias y alternativas que permitan promover una mayor participación de las ciudadanas de Bogotá en este proceso y no limitar su proceso de inscripción, considerando también que al correo eleccionesccm@sdmujer.gov.co, canal dispuesto para dar respuesta a las inquietudes presentadas sobre el proceso, así como de manera verbal a través de las referentas de la entidad, se recibieron solicitudes relacionadas con la ampliación de las fechas, en las cuales manifestaban principalmente que los tiempos no eran suficientes para obtener los documentos necesarios, por ejemplo, las certificaciones que acreditan la experiencia de trabajo en los derechos de las mujeres por parte de la organización y la experiencia comprobada de las candidatas en procesos de participación local y/o distrital en temas de política pública, derechos de las mujeres y en la localidad, derecho, diferencia o diversidad para la cual se inscribió, y de esta manera poder cumplir con los requisitos estipulados para la inscripción Que expuesto lo anterior, se hace necesario ampliar las fases de la convocatoria, información y divulgación y de inscripción de las organizaciones, de tal forma que se promueva un proceso electoral con mayor participación de organizaciones que promueven la defensa de los derechos de las mujeres en Bogotá D.C., lo anterior en concordancia con lo establecido en el parágrafo [4](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=118471#22.p.4) del artículo 22 de la Resolución 0599 de 2021 el cual señala:

ARTICULO 22 Asambleas:

_“(…)

Parágrafo 4. La Secretaría Distrital de la Mujer a través de la Subsecretaría de Políticas de Igualdad garantizará que las asambleas se realicen con un amplio número de organizaciones y candidatas. En todo caso, no se realizarán asambleas con una única candidata y el mínimo de candidatas para llevar a cabo las asambleas será de dos (2) candidatas. En caso de que en una representación no se presentare el número de candidatas requeridas, se ampliará el proceso de inscripción por 15 días corrientes, lo cual se realizará por única vez para dicha representación. Si dentro del término no se cumple con el requisito se declarará desierta dicha representación y se procederá a iniciar un nuevo proceso de elección”._ Negrilla propia Que, ante la falta de participación de algunas organizaciones, se requiere ampliar las fases de convocatoria, información, divulgación y de inscripción para las organizaciones, que al 20 de noviembre de 2021 no cargaron los documentos exigidos como requisitos para la inscripción en la convocatoria programada en la Resolución [0599](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=118471#0) del 5 de noviembre de 2021.

Que en cumplimiento con lo prescrito en el numeral (Sic) artículo [8](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=41249#8) de la Ley 1437 de 2011[1], el proyecto del presente acto administrativo fue publicado el día primero (01) de diciembre del 2021, en la Página de la Secretaría Distrital de la Mujer y en el portal LegalBog para recibir observaciones de la ciudadanía, y estuvo disponible para cometarios hasta el día nueve (9) de diciembre de 2021, que una vez vencido el término indicado y verificado por la Secretaria Distrital de la Mujer, no se allegaron observaciones.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1. Convocatoria. Convocar a las organizaciones sociales que no cargaron los documentos exigidos como requisitos para la inscripción en la convocatoria definida en la Resolución [0599](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=118471#0) del 5 de noviembre de 2021, con el fin de que se inscriban al proceso eleccionario del Consejo Consultivo de Mujeres de Bogotá para el periodo 2021- 2024, la convocatoria aplica para las representaciones que se describen a continuación:

Por derechos:

1. Una vida libre de violencias

2. Participación y representación con equidad

3. Trabajo en condiciones de igualdad y dignidad

4. Cultura libre de sexismo

5. Educación con Equidad

Por localidades:

1. Usaquén

2. Santa Fe

3. Usme

4. Bosa

5. Kennedy

6. Fontibón

7. Suba

8. Mártires

9. Antonio Nariño

10. Puente Aranda

11. Rafael Uribe

12. Ciudad Bolívar

13. Sumapaz

Por diferencias y diversidad:

1. Mujeres indígenas

2. Mujeres afrocolombianas

3. Mujeres Rrom

4. Mujeres por orientación sexual

5. Mujeres transgeneristas

6. Mujeres jóvenes

7. Mujeres con discapacidad

8. Mujeres en actividades sexuales pagadas

9. Mujeres feministas

10. Mujeres víctimas de violencia sociopolítica

11. Mujeres que hacen parte de las juntas de acción comunal

12. Mujeres excombatientes constructoras de paz

13. Representante de los derechos de las mujeres privadas de la libertad

14. Mujeres talla baja

15. Mujeres víctimas del desplazamiento forzado por la violencia

ARTÍCULO 2.[Modificado por el art. 1, Resolución 686 de 2021.](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=138178#1) _< El nuevo texto es el siguiente> _Cronograma general del proceso de elección para las representaciones señaladas en el artículo anterior.

El cronograma general del proceso de elección del Consejo Consultivo de Mujeres - Espacio Autónomo, para las representaciones señaladas en el artículo 1 de la presente resolución es el siguiente:

Fase 1| Período ---|---
1. Fase Convocatoria, información y divulgación.| **_Inició desde el 8 de_

_noviembre de 2021, de_

acuerdo con lo

_establecido en la_

_Resolución 599- 2021 y se_

_amplía su plazo al 27 de_ diciembre de 2021** Fase 2|
2. Fase de cargue de documentos y verificación de requisitos de organizaciones votantes y candidatas| Inició desde el 8 de noviembre de 2021, de acuerdo con lo establecido en la Resolución 599- 2021 y se amplía su plazo al 11 de febrero de 2022 2.1 Plazo para cargar los documentos exigidos como requisitos para la inscripción.| _Del 8 de noviembre al 27_ de diciembre de 2021 2.2 Proceso de información a las candidatas.| Del 17 y 18 de enero de 2022 2.3 Verificación de requisitos| Del 19 al 21 de enero de 2022 2.4 Publicación de las organizaciones que cumplen requisitos y de las organizaciones que deben subsanar.| El 24 de enero de 2022 2.5 Plazo para subsanar requisitos.| Del 25 al 28 de enero de 2022 2.6 Publicación listados parciales.| Del 31 de enero de 2022 2.7 Observaciones al listado parcial.| Del 1 al 3 de febrero de 2022 2.8 Respuesta a las observaciones de los listados parciales.| El 4 de febrero de 2022 2.9 Publicación de listados finales de las organizaciones habilitadas para participar en las asambleas.| El 7 de febrero de 2022 2.10 Campaña candidatas.| Del 8 al 11 de febrero de 2022 Fase 3|
3. Fase realización de asambleas y observaciones| Del 14 de febrero al 3 de marzo de 2022 3.1 Asambleas| Del 14 de febrero al 22 de febrero de 2022 3.2 Publicación de los resultados de las asambleas.| El 25 de febrero de 2022 3.3 Observaciones a los resultados de las asambleas.| Del 28 de febrero al 2 de marzo de 2022 3.4 Respuesta a las observaciones de los resultados de las asambleas.| El 3 de marzo de 2022 Fase 4| 4.Fase reconocimiento y posesión de las consejeras consultivas.| Del 7 al 8 de marzo de 2022 4.1 Publicación del acto administrativo de reconocimiento de las consejeras consultivas electas.| El 7 de marzo de 2022 4.2 Acto de reconocimiento de las consejeras consultivas electas.| El 8 de marzo de 2022 Parágrafo 1. Para las demás representaciones, se aplica el cronograma establecido, en el parágrafo [4](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=118471#22.p.4) del artículo 22 de la resolución 599 de 2021.

**_El texto original era el siguiente:_

__**

_Artículo 2. Cronograma general del proceso de elección para las representaciones señaladas en el artículo anterior_ __

_El cronograma general del proceso de elección del Consejo Consultivo de Mujeres - Espacio Autónomo, para las representaciones señaladas en el artículo 1 de la presente resolución es el siguiente:___

Fase 1 | Período ---|---
1. Fase Convocatoria, información y divulgación. | Inició desde el 8 de noviembre de 2021, de acuerdo con lo establecido en la Resolución 599- 2021 y se amplia su plazo al 17 de diciembre de 2021 Fase 2 |
2. Fase de cargue de documentos y verificación de requisitos de organizaciones votantes y candidatas | Inició desde el 8 de noviembre de 2021, de acuerdo con lo establecido en la Resolución 599- 2021 y se amplía su plazo al 11 de febrero de 2022 Fase 1 | Período 2.1 Plazo para cargar los documentos exigidos como requisitos para la inscripción. | Del 8 de noviembre al 17 de diciembre de 2021 2.2 Proceso de información a las candidatas. | Del 17 y 18 de enero de 2022 2.3 Verificación de requisitos | Del 19 al 21 de enero de 2022 2.4 Publicación de las organizaciones que cumplen requisitos y de las organizaciones que deben subsanar. | El 24 de enero de 2022 2.5 Plazo para subsanar requisitos. | Del 25 al 28 de enero de 2022 2.6 Publicación listados parciales. | Del 31 de enero de 2022 2.7 Observaciones al listado parcial. | Del 1 al 3 de febrero de 2022 2.8 Respuesta a las observaciones de los listados parciales. | El 4 de febrero de 2022 2.9 Publicación de listados finales de las organizaciones habilitadas para participar en las asambleas. | El 7 de febrero de 2022 2.10 Campaña candidatas. | Del 8 al 11 de febrero de 2022 Fase 3 |
3. Fase realización de asambleas y observaciones | Del 14 de febrero al 3 de marzo de 2022 3.1 Asambleas | Del 14 de febrero al 22 de febrero de 2022 3.2 Publicación de los resultados de las asambleas. | El 25 de febrero de 2022 3.3 Observaciones a los resultados de las asambleas. | Del 28 de febrero al 2 de marzo de 2022 3.4 Respuesta a las observaciones de los resultados de las asambleas. | El 3 de marzo de 2022 Fase 4 |
4. Fase reconocimiento y posesión de las consejeras consultivas. | Del 7 al 8 de marzo de 2022 4.1 Publicación del acto administrativo de reconocimiento de las consejeras consultivas electas. | El 7 de marzo de 2022 4.2 Acto de reconocimiento de las consejeras consultivas electas. | El 8 de marzo de 2022

_Parágrafo 1.__Para las demás representaciones, se aplica el cronograma establecido, en el parágrafo 4 del artículo 22 de la resolución 599 de 2021._

__ ARTÍCULO 3. A excepción del cronograma, las demás disposiciones consagradas en la Resolución [0599](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=118471#0) del 5 de noviembre de 2021 aplican para el presente proceso de elección.

ARTÍCULO 4. Publicación. Publicar el presente acto administrativo en la página Web de la Secretaría Distrital de la Mujer en el enlace _“Transparencia y Acceso a la información”_, en cumplimiento de lo establecido en el artículo [4°](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=60556#4) del Decreto Nacional 103 de 2015 y en el sitio habilitado para el proceso de elección 2021.

ARTÍCULO 5 La presente Resolución rige partir de la fecha de publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá D.C., a los 10 días del mes de diciembre del año 2021.

DIANA RODRÍGUEZ FRANCO

Secretaria Distrital de la Mujer

**NOTAS DE PIE DE PÁGINA:

* * * [1] Por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

Nota: Ver norma original en Anexos.

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