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Decreto Local 019 de 2021

Decreto Local 019 de 2021 Alcaldía Local de los Mártires

Tipo
Decreto Local
Número
019
Año
2021
Fecha
22 de diciembre de 2021
Entidad
Alcaldía Local de los Mártires
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

DECRETO LOCAL 019 DE 2021

(Diciembre 22)

_Por el cual se liquida el Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Los Mártires para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero al 31 de diciembre del 2022_

EL ALCALDE LOCAL DE LOS MÁRTIRES

En uso de sus facultades legales en especial las conferidas por el artículo 40 del Decreto Ley 1421 de 1993 y las que le confiere el Decreto 372 de 2010 en su artículo 19 y, [Ver Decreto Local 010 de 2022.](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=129901)

CONSIDERANDO:

Que la Junta Administradora Local aprobó el Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos para la vigencia fiscal de 2022 mediante Acuerdo Local No. 005 de diciembre 14 de 2021, el cual fue debidamente sancionado por el Alcalde Local.

Que en virtud de lo establecido en el artículo [19](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#19) del Decreto 372 de 2010, el Alcalde debe liquidar el presupuesto anual de ingresos y gastos a nivel de programas y proyectos. Que, en mérito de lo expuesto,

DECRETA:

Artículo 1. Fijar el Presupuesto Anual de Ingresos del Fondo de Desarrollo Local de Los Mártires para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero y el 31 de diciembre de 2022 por la suma de CUARENTA MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y CUATRO MILLONES QUINIENTOS TRECE MIL PESOS ML ($ 40.984.513. oo), conforme al siguiente detalle:

DISTRIBUCIÓN DE INGRESOS

Artículo 2. Fijar el Presupuesto Anual de Gastos e Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Los Mártires, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero al 31 de diciembre de 2022, por la suma deCUARENTA MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y CUATRO MILLONES QUINIENTOS TRECE MIL PESOS ML ($ 40.984.513.oo), conforme al siguiente detalle: DISTRIBUCIÓN DE GASTOS E INVERSIÓN

Artículo 3. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=119680) y surte efectos fiscales a partir del primero (1°) de enero de 2022. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, D.C., a los 22 días del mes de diciembre del año 2021.

JUAN RACHIF CABARCAS RAHMAN

Alcalde Local de Los Mártires

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