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Decreto Local 018 de 2021

Decreto Local 018 de 2021 Alcaldía Local de los Mártires

Tipo
Decreto Local
Número
018
Año
2021
Fecha
17 de diciembre de 2021
Entidad
Alcaldía Local de los Mártires
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

DECRETO LOCAL 018 DE 2021

(Diciembre 17)

_Mediante el cual se sanciona el acuerdo local no. 005De 2021 “por la cual se expide el presupuesto de ingresos y gastos del fondo de desarrollo local de los mártires para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2022”_

EL ALCALDE LOCAL DE LOS MÁRTIRES

En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el artículo 71 del Decreto Ley 1421 de 1993, y

CONSIDERANDO:

Que la Junta Administradora Local de Los Mártires, el 14 de diciembre de 2021, expidió el Acuerdo Local No.005 de 2021 _“POR LA CUAL SE EXPIDE EL PRESUPUESTO DE INGRESOS Y GASTOS DEL FONDO DE DESARROLLO LOCAL DE LOS MÁRTIRES PARA LA VIGENCIA FISCAL COMPRENDIDA ENTRE EL 1 DE ENERO Y EL 31 DE DICIEMBRE DE 2022”._ Para efecto de que este Despacho proceda a sancionarlo o a formular las objeciones a que haya lugar.

Que el artículo [81](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=9027#81) de Decreto 1421 de 1993, indica que una vez aprobado en segundo debate el proyecto de acuerdo pasará al alcalde local para su sanción.

Que una vez revisado el Acuerdo Local Nº 005 de 2021, se debe dar aplicación a lo establecido en el Artículo [82](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=9027#82) del Decreto 1421 de 1993. En mérito de lo anteriormente expuesto el Alcalde Local de Los Mártires,

DECRETA:

Artículo 1. Sancionar el Acuerdo Local No. 005 de 2021 “POR LA CUAL SE EXPIDE EL PRESUPUESTO DE INGRESOS Y GASTOS DEL FONDO DE DESARROLLO LOCAL DE LOS MÁRTIRES PARA LA VIGENCIA FISCAL COMPRENDIDA ENTRE EL 1 DE ENERO Y EL 31 DE DICIEMBRE DE 2022”.

Artículo 2. Remitir el Acuerdo Local No. 005 de 2021, debidamente sancionado a la Junta Administradora Local, a la oficina Jurídica de la Secretaria Distrital de Gobierno, para lo de su competencia y a la Imprenta Distrital para su publicación.

Artículo 3. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su [publicación.](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=119694) PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D.C., a los 17 días del mes de diciembre del año 2021.

JUAN RACHIF CABARCAS RAHMAN

Alcalde Local de Los Mártires

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