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Resolución 022 de 2021

Resolución 022 de 2021 Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal - CONFIS

Tipo
Resolución
Número
022
Año
2021
Fecha
7 de diciembre de 2021
Entidad
Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal - CONFIS
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

RESOLUCIÓN 022 DE 2021

(Diciembre 07)

_Por la cual se aprueba una adición en el Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones 2021 de la Empresa Capital Salud EPS-S_

EL CONSEJO DISTRITAL DE POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL - CONFIS

En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas en el artículo 10 del Decreto Distrital 714 de 1996, el artículo 27 del Decreto Distrital 662 de 2018 modificado por el artículo 3° del Decreto Distrital 191 de 2021, y,

CONSIDERANDO:

Que conforme a lo estipulado en el literal [e](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=1693#10.l.e)) del artículo 10° del Decreto Distrital 714 de 1996, corresponde al CONFIS “ _aprobar y modificar mediante Resolución el Presupuesto de Ingresos y Gastos de las Empresas Industriales y Comerciales del Distrito Capital y de las Sociedades de Economía Mixta con el régimen de aquellas_ ”.

Que conforme a lo establecido en el artículo [27](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=81431#27)° del Decreto Distrital 662 de 2018, modificado por el artículo [3](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=112778#3)° del Decreto Distrital 191 de 2021: _“Las modificaciones presupuestales que afecten el valor total de los ingresos, gastos de funcionamiento, servicio de la deuda y gastos de inversión serán aprobadas por el CONFIS Distrital, previo concepto favorable de la Junta o Consejo Directivo de la empresa y de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto.”_ Que conforme a lo establecido en artículo [10](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=112778#10)° del Decreto Distrital 191 de 2021:_“La distribución de la Disponibilidad Final será aprobada por el CONFIS Distrital, previo concepto favorable de la junta o consejo directivo de la empresa y de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto. En el caso de las Empresas Sociales del Estado, adicionalmente se requerirá el concepto previo de la Secretaría Distrital de Salud”._ Que de acuerdo con el numeral 4 del reglamento interno del Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal - CONFIS aprobado en sesión N° 01 del 31 de enero de 2020, las decisiones del CONFIS se notificarán _“Mediante Resoluciones suscritas por la Secretaría Técnica y el Secretario Distrital de Hacienda, cuando las decisiones sean de carácter aprobatorio y modificatorio del Presupuesto de Ingresos y Gastos de las Empresas industriales y Comerciales del Distrito Capital y la Empresas Sociales del Estado”._ Que el Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal - CONFIS, mediante Resolución No. [016](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=100832) del 29 de octubre de 2020, aprobó _“el Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de las Empresas Distritales: Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá ESP, Aguas de Bogotá ESP, Empresa de Renovación y Desarrollo Urbano, Lotería de Bogotá, Canal Capital, Capital Salud EPS-S, Transmilenio S.A. y Metro de Bogotá S.A para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero y el 31 de diciembre de 2021”_.

Que la Empresa Capital Salud EPS-S requiere efectuar una adición en el Presupuesto de Rentas e Ingresos de la vigencia 2021 en el rubro _Ingresos Corrientes_ por valor total de $87.511.484.880 y en el Presupuesto de Gastos e Inversiones 2021 por el mismo monto en el rubro _Gastos de Funcionamiento._ Que los recursos a adicionar provienen de asignaciones del Ministerio de Salud y Protección Social, así: (i) $16.802.419.173 como reconocimiento de la ADRES (Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud) a Capital Salud EPS-S por concepto de las canastas de servicios y tecnologías para la atención del Coronavirus COVID-19 por los meses de mayo y junio del 2021, según Resolución del Ministerio de Salud y Protección Social No. [01585](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=117861) del 13 de octubre del 2021 y (ii) $70.709.065.707 como valor a girar a Capital Salud EPS-S producto del ajuste definitivo al presupuesto máximo de la vigencia 2020, según Resolución del Ministerio de Salud y Protección Social 01743 del 29 de octubre del 2021.

Que los recursos se requieren adicionar en el Presupuesto de Gastos e Inversiones 2021 de la Empresa Capital Salud EPS-S, en _Gastos de Funcionamiento_ en el rubro “medicamentos” en la suma de $17.000.000.000 y en el rubro de “servicios prestados a empresas y servicios de producción” en la suma de $70.511.484.880.

Que la Junta Directiva de la Empresa Capital Salud EPS-S en sesión ordinaria No. 134 del 16 de noviembre de 2021, aprobó la adición descrita en precedencia y su presentación para aprobación del CONFIS Distrital, de acuerdo con la constancia suscrita el 17 de noviembre del 2021 por la Directora Jurídica de la Empresa Capital Salud EPS-S en calidad de Secretaria Técnica de la mencionada Junta Directiva.

Que el CONFIS Distrital en sesión No.19 realizada el 29 de noviembre de 2021, de acuerdo con el análisis de las justificaciones aportadas y la recomendación de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto, aprobó la adición en el Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones para la vigencia 2021, de la Empresa Capital Salud EPS-S por valor de $87.511.484.880. Que la observancia de los procedimientos legales y presupuestales a que haya lugar por efecto de la adición presupuestal aprobada, es responsabilidad y competencia exclusiva de Empresa Capital Salud EPS-S.

RESUELVE:

Artículo 1. Aprobar una adición en el Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones para la vigencia 2021 de la Empresa Capital Salud EPS-S, por valor de $87.511.484.880, así: | RUBRO | ADICIÓN ($) ---|--- 1.0 INGRESOS | 87.511.484.880 1.1 Ingresos Corrientes | 87.511.484.880 2.0 GASTOS | 87.511.484.880 2.1 Gastos de Funcionamiento | 87.511.484.880

Artículo 2. La presente resolución rige a partir del día siguiente a la fecha de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=119137) en el Registro Distrital.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D.C., a los 07 días del mes de diciembre del año 2021.

JUAN MAURICIO RAMÍREZ CORTÉS

Secretario Distrital de Hacienda

MARÍA MERCEDES JARAMILLO GARCÉS

Secretaria Técnica de CONFIS

Secretaria Distrital de Planeación

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