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Decreto Local 012 de 2021

Decreto Local 012 de 2021 Alcaldía Local de Fontibón

Tipo
Decreto Local
Número
012
Año
2021
Fecha
23 de noviembre de 2021
Entidad
Alcaldía Local de Fontibón
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

DECRETO LOCAL 012 DE 2021

(Noviembre 23)

_Por medio del cual se efectúa un Traslado Presupuestal en el Presupuesto de Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Fontibón para la vigencia fiscal 2021_

EL ALCALDE LOCAL DE FONTIBÓN

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el Artículo 31 del Decreto 372 de 2010 y,

CONSIDERANDO:

Que el Decreto 372 del 2010 en su artículo [31](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#31) estipula: Cuando fuere necesario aumentar o disminuir la cuantía de las apropiaciones, cancelar las aprobadas o establecer otras nuevas, podrán hacerse las correspondientes modificaciones al presupuesto mediante traslados, créditos adicionales, reducciones y suspensión temporal de apropiaciones, según lo siguiente: 1. Traslado Presupuestal: Es la modificación que disminuye el monto de una apropiación para aumentar, en la misma cuantía, la de otra del mismo agregado presupuestal o entre agregados presupuestales aprobados por la JAL. La disponibilidad de las apropiaciones para efectuar los traslados presupuestales, será certificada por el Responsable de Presupuesto del respectivo F.D.L.F Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se harán mediante Decreto expedido por el Alcalde Local. Estos actos administrativos requerirán para su validez del concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto. Los traslados entre agregados presupuestales se aprobarán por la Junta Administradora Local previo concepto favorable del CONFIS Distrital, para lo cual el Alcalde Local deberá presentar el Proyecto de Acuerdo respectivo a la JAL. Todos los traslados de gastos de inversión requerirán del concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Planeación”. (…).

Que el artículo [10](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=112838#10) del Decreto 192 del 02 de junio de 2021, estipula sobre las Modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación: “Las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación de los órganos y entidades que hacen parte del presupuesto anual, incluidos los organismos de control, y los Fondos de Desarrollo Local que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto agregado de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión aprobados por el Concejo de Bogotá D.C. y las Juntas Administradoras Locales, se harán mediante resolución expedida por el representante de la entidad respectiva o por decreto del Alcalde Local. En el caso de los establecimientos públicos del Distrito estas modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación se harán por resolución o acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos. Estos actos administrativos requieren para su validez del concepto previo y favorable de la Secretarla Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto. Si se trata de gastos de inversión se requerirá, además, del concepto favorable de la Secretarla Distrital de Planeación. Que, dando cumplimiento a la Circular conjunta [009](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=41960) de 2011 y Circular conjunta 012 de 2011, de la Secretaría Distrital de Gobierno y Secretaría de Hacienda Distrital, se requiere realizar en cada vigencia la depuración de las Obligaciones por Pagar, ya sea a través de la liquidación de compromisos, fenecimiento y/o anulación de saldos de estas, para el respectivo saneamiento financiero de los Fondos de Desarrollo Local, lo cual da lugar a la liberación de recursos que permiten la optimización en la ejecución de inversiones. Que, las actas de liberación de recursos, suscritas el 9 de noviembre de 2021, con la cual se liberan los saldos sin ejecutar a favor del FDLF, por valor de TRESCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA Y UN MIL TRESCIENTOS SESENTA Y OCHO PESOS M/CTE ($ 359.431.368)., recursos que en la actualidad, hacen parte de la apropiación disponible del presupuesto de obligaciones por pagar de inversión de la vigencia 2021, y constituyen un saldo de apropiación libre de afectación susceptible de traslado. Que, en consideración a lo expuesto la Administración Local requiere efectuar el traslado presupuestal por valor de TRESCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA Y UN MIL TRESCIENTOS SESENTA Y OCHO PESOS M/CTE ($ 359.431.368) a los Proyectos de Inversión 1770 Un nuevo contrato para los parques de Fontibón, 1783 Un nuevo contrato para fortalecimiento institucional en Fontibón, 1782 Un nuevo contrato para la participación ciudadana en Fontibón.

Que mediante oficios No. 2-2021-102599 del 16 de noviembre de 2021, la Secretaría Distrital de Planeación, emite concepto previo y favorable para el traslado presupuestal relacionado con los gastos de inversión.

Que mediante oficio No. 2021EE257009O1 del 23 de noviembre de 2021, la Dirección Distrital de Presupuesto, emite concepto de viabilidad considerando que el Fondo de Desarrollo Local efectuó los estudios técnicos, legales y financieros exigidos para realizar el ajuste presupuestal mediante la cual se efectúa un traslado del agregado de Inversión de la vigencia 2021, por valor TRESCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MILLONES CUATROCIENTOS VENTINUEVE MIL TRESCIENTOS SESENTA Y OCHO PESOS M/CTE ($ $359.429.368). En mérito de lo anteriormente expuesto,

DECRETA:

Artículo 1. Efectúese un contracrédito al Presupuesto de Gastos de la vigencia 2021 del Fondo de Desarrollo Local de Fontibón conforme al siguiente detalle: | CÓDIGO | DESCRIPCIÓN | CONTRACRÉDITO ---|---|--- 13 | GASTOS | 359.429.368 133 | INVERSIÓN | 359.429.368 13306 | OBLIGACIONES POR PAGAR VIGENCIA ANTERIOR | 359.429.368 1330615 | Bogotá Mejor para todos | 6.008.322 133061501 | Pilar Igualdad de calidad de vida | 601.667 13306150103 | Igualdad y autonomía para una Bogotá incluyente | 99.467 133061501030000001453 | Fontibón, incluyente, digno y feliz para personas mayores y en condición de discapacidad | 99.467 13306150111 | Mejores oportunidades para el desarrollo a través de la cultura, la recreación y el deporte | 502.200 133061501110000001458 | Fontibón, territorio de oportunidades artísticas, culturales, recreativas y deportivas para todos | 502.200 133061502 | Pilar Democracia urbana | 159.434 13306150217 | Espacio público, derecho de todos | 159.434 133061502170000001462 | Fontibón mejores parques para todos | 159.434 133061503 | Pilar Construcción de comunidad y cultura ciudadana | 58.521 13306150319 | Seguridad y convivencia para todos | 58.521 133061503190000001467 | Fontibón, territorio seguro y en convivencia para todos | 58.521 133061507 | Eje transversal Gobierno legítimo, fortalecimiento local y eficiencia | 5.188.700 13306150745 | Gobernanza e influencia local, regional e internacional | 5.188.700 133061507450000001473 | Fontibón, ciudadanía co-creando la localidad | 315.067 133061507450000001474 | Fontibón, gestión publica eficiente y transparente | 4.873.633 1330690 | OBLIGACIONES POR PAGAR VIGENCIAS ANTERIORES | 353.421.046

Artículo 2. Efectúese un crédito al Presupuesto de Gastos de la vigencia 2021 del Fondo de Desarrollo Local de Fontibón conforme al siguiente detalle:

CODIGO | DESCRIPCIÓN | CRÉDITO ---|---|--- 13 | GASTOS | 359.429.368 133 | INVERSIÓN | 359.429.368 13301 | DIRECTA | 359.429.368 1330116 | Un nuevo contrato social y ambiental para la Bogotá del siglo XXI | 359.429.368 133011602 | Cambiar nuestros hábitos de vida para reverdecer a Bogotá y adaptarnos y mitigar la crisis climática | 17.250.000 13301160233 | Más árboles y más y mejor espacio público | 17.250.000 133011602330000001770 | Un nuevo contrato para los parques de Fontibón | 17.250.000 133011605 | Construir Bogotá Región con gobierno abierto, transparente y ciudadanía consciente | 342.179.368 13301160555 | Fortalecimiento de Cultura Ciudadana y su institucionalidad | 213.121.692 133011605550000001782 | Un nuevo contrato para la participación ciudadana en Fontibón | 213.121.692 13301160557 | Gestión Pública Local | 129.057.676 133011605570000001783 | Un nuevo contrato para fortalecimiento institucional en Fontibón | 129.057.676 Artículo 3. Comunicación. Una vez expedido el presente Decreto, comuníquese inmediatamente el contenido del mismo a la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto y la Secretaría Distrital de Planeación, para lo de su competencia.

Artículo 4. Publicación. Publíquese el presente Decreto en la Gaceta Distrital, de conformidad con el artículo [65](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=41249#65) de la Ley 1437 de 2011.

Artículo 5. Vigencia y Derogatorias. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=118897).

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, D.C., a los 23 días del mes de noviembre del año 2021.

ANDERSON ACOSTA TORRES

Alcalde Local de Fontibón (E)

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