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Resolución 1887 de 2021

Resolución 1887 de 2021 Ministerio de Salud y Protección Social

Tipo
Resolución
Número
1887
Año
2021
Fecha
23 de noviembre de 2021
Entidad
Ministerio de Salud y Protección Social
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

RESOLUCIÓN 1887 DE 2021

(Noviembre 23)

_Por la cual se modifica el numeral 8.7 del Anexo Técnico 1 de la Resolución_ _[1151](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=115597)de 2021, modificado por la Resolución[1866](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=118758)de 2021, en relación con la aplicación de refuerzos en la población priorizada_

EL MINISTRO DE SALUD Y PRÓTECCIÓN SOCIAL

En ejercicio de sus facultades, especialmente de las conferidas por el literal b del artículo 488 de la Ley 9 de 1979, los numerales 3 del artículo 173 de la Ley 100 de 1993, 42.1 del artículo 42 de la Ley 715 de 2001, 3,4 y 9 del artículo 2 del Decreto Ley 4107 de 2011, 19.1 del artículo 19 y parágrafos 6 y 9 del artículo 7 del Decreto 109 de 2021, en desarrollo del inciso segundo del artículo 592 de la Ley 9 de 1979 y del numeral 16.2 del artículo 16 del Decreto 601 de 2021 y

CONSIDERANDO:

Que, con ocasión de la pandemia actual por la que atraviesa el mundo generada por el COVID - 19, el Gobierno Nacional, entre otras medidas, adoptó el Plan Nacional de Vacunación mediante el Decreto [109](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=105589) de 2021, modificado por los Decretos [404](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=110437), [466](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=111717), [630](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=113237) y [744](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=114417), todos de 2021, priorizando la población para la aplicación de la vacuna, de acuerdo con el mayor riesgo de complicaciones o muerte, o de una exposición moderada, con base en la evidencia científica y el consenso de expertos. Que, en desarrollo del Plan Nacional de Vacunación, este Ministerio ha proferido las Resoluciones [197](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=108045), [430](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=109368), [1151](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=115597), todas de 2021, esta última modificada por las Resoluciones [1379](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=116570), [1426](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=116977), [1656](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=118164), [1738](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=118304) y [1866](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=118758), del presente año, Mediante las cuales este Ministerio adoptó y ha venido actualizando los lineamientos técnicos y operativos para la vacunación contra el COVID-19, conforme a la evolución de la pandemia y la evidencia científica sobre la vacuna.

Que se demostró que la aplicación de una tercera dosis incrementa la respuesta inmune y la efectividad de las vacunas contra el COVID-19, incluyendo la protección contra formas graves, pero también contra el contagio y la transmisión, por lo cual dentro de estos lineamientos, se estableció la aplicación de un refuerzo, inicialmente para la población: a) de 12 años en adelante con una condición clínica especial, b) con trasplante de órgano sólido, trasplante de progenitores de hematopoyéticos (durante los primeros 2 años o que reciban tratamiento inmunosupresor), pacientes con neoplasia hematológica en quimioterapia activa y pacientes con inmunosupresión severa, como anti-CD 20 y c) para las personas de 50 años o más, estas últimas a partir de los 4 meses de haber completado el esquema primario, por su mayor riesgo de complicaciones graves y mortalidad.

Que con fundamento en la recomendación de expertos y organizaciones internacionales quienes advirtieron una reducción de la respuesta inmune y de la protección de las vacunas con el tiempo, y ante la evidencia de riesgo de contagio en personas menores de 50 años con ciertas vulnerabilidades, o aquellos cuya exposición al virus sea mayor por razón de su ocupación, se hace necesario aplicar refuerzos a esa población, de forma progresiva, de acuerdo con la disponibilidad de biológicos y tomando como referencia la priorización definida en el Plan Nacional de Vacunación.

Que teniendo en cuenta lo anterior, el Comité Asesor de Vacunas COVID-19 en sesión realizada el 22 de noviembre recomendó la administración de dosis de refuerzo a las personas entre 18 y 49 años a los 6 meses de la culminación del esquema primario de vacunación. Que, por consiguiente, es preciso modificar los lineamientos técnicos y operativos de la vacunación contra el Covid-19 adoptados mediante el Anexo 1 de la Resolución [1151](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=115597) de 2021, modificados por la Resolución [1866](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=118758) de 2021. En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1.** Modificar el numeral 8.7 _"Consideraciones relacionadas con la aplicación de refuerzos en población priorizada",_ del Anexo Técnico 1 _"Lineamientos técnicos y operativos para la vacunación contra el COVID-19"_ de la Resolución [1151](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=115597) de 2021, modificado por la Resolución [1866](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=118758) de 2021 en los siguientes términos:

**_“_

_8.7_ _Aplicación de refuerzos en población priorizada_ __ _Las poblaciones que se enuncian en el presente numeral podrán acceder, a una dosis de refuerzo con un biológico homólogo (cuando el esquema inicial usado fue virus inactivado, vector viral o ARNm), o con un biológico heterólogo con plataforma ARNm o de vector viral (AstraZeneca) (cuando el esquema inicial fue vector de plataforma ARNm, vector viral o virus inactivado), de acuerdo con la siguiente tabla:_ __ _a._ _Población de 12 años en adelante con la siguiente condición clínica:_ __ _\- Trasplante de corazón_ __ _\- Trasplante de riñón_ __ _\- Trasplante de páncreas_ __ _\- Trasplante de pulmón_ __ _\- Trasplante de intestino_ __ _\- Trasplante de hígado_ __ _\- Trasplante de médula - ósea en los 2 años anteriores o que reciben tratamiento de inmunosupresión_ __ _\- Leucemia en quimioterapia_ __ _\- Mieloma en quimioterapia_ __ _\- Linfoma en quimioterapia_ __ _\- Síndrome mielodisplásico en quimioterapia_ __ _\- Pacientes con enfermedades autoinmunes como artritis reumatoide, lupus eritematoso sistémico o esclerosis múltiple que reciben tratamiento inmunosupresor y otras enfermedades que usen: alemtuzumab, abatacept, belatacept, obinutuzumab, rituximab, fin golimod, ocrelizumab, antimetabolicos e inhibidores de la calcineurina en último año_ __ _\- Inmunodeficiencias primarias_ __ _b._ _Población de trasplante de órgano sólido, población de trasplante de progenitores de hematopoyéticos (durante los primeros 2 años o que reciban tratamiento inmunosupresor), pacientes con neoplasia hematológica en quimioterapia activa y pacientes con inmunosupresión severa, como anti-CD 20._ __ _Las poblaciones señaladas en los literales a y b podrán recibir el refuerzo después de 30 días de completar el esquema de vacunación._ __ _c._ _Personas de 50 años o más, a partir de los 4 meses de haber completado el esquema primario._ __ _d.__Personas_ _entre 18 años y 49 años, a partir de los 6 meses de haber completado el esquema primario, de acuerdo con la siguiente priorización:_ __ __ _No se considera necesaria la medición de anticuerpos para determinar la administración de la dosis de refuerzo adicional."_ Artículo 2. Vigencia. El presente acto administrativo rige a partir de la fecha de su expedición, modifica el numeral 8.7 del Anexo Técnico 1 de la Resolución [1151](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=115597) de 2021, modificado por la Resolución [1866](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=118758) de 2021. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.**

Dada en Bogotá, D.C., a los 23 días del mes de noviembre del año 2021.

FERNANDO RUÍZ GÓMEZ

Ministro de Salud y Protección Social

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