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Resolución 199 de 2021

Resolución 199 de 2021 Fundacion Gilberto Alzate Avendaño - FUGA

Tipo
Resolución
Número
199
Año
2021
Fecha
10 de noviembre de 2021
Entidad
Fundacion Gilberto Alzate Avendaño - FUGA
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

RESOLUCIÓN 199 DE 2021

(Noviembre 10)

_Por la cual se designa el Defensor de la Ciudadanía en la Fundación Gilberto Álzate Avendaño_

LA DIRECTORA GENERAL, DE LA FUNDACIÓN GILBERTO ÁLZATE AVENDAÑO

En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en el Acuerdo 12 de 1970 del Concejo de Bogotá y el Acuerdo 004 de 2017 expedido por la Junta Directiva de la entidad y,

CONSIDERANDO:

Que con Resolución interna 197 de 2018, se delegó y reglamentó la figura del Defensor del Ciudadano en la Fundación Gilberto Álzate Avendaño, teniendo en cuenta lo establecido en el Decreto Distrital [392](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=63143) de 2015.

Que con Decreto Distrital [847](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=88588) de 2019, que derogó el Decreto [392](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=63143) de 2015, se establecen y unifican lineamientos en materia de servicio a la ciudadanía y de implementación de la Política Pública Distrital de Servicio a la Ciudadanía, y se dictan otras disposiciones.

Que en el Decreto 847 anteriormente mencionado, se indica en el artículo [13](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=88588#13) que en todas las entidades y organismos del Distrito se deberá implementar la figura del Defensor de la Ciudadanía, a través de la designación, por parte del representante legal, de un servidor público del más alto nivel dentro de la estructura jerárquica de la entidad perteneciente a un área misional o estratégica. Que, en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1. Designar al subdirector/a de Gestión Corporativa como Defensor de la Ciudadanía de la Fundación Gilberto Álzate Avendaño. Artículo 2. Funciones. El Defensor de la Ciudadanía de la Fundación Gilberto Álzate Avendaño tendrá como funciones las establecidas en el artículo [14](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=88588#14) del Decreto Distrital 847 de 2019 o las normas que lo modifiquen, adicionen o sustituyan. Artículo 3.** El Defensor de la Ciudadanía deberá presentar el informe de gestión teniendo en cuenta el Manual Operativo del Defensor de la Ciudadanía, socializado mediante la Circular [055](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=114543) de 2021 de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá o la que la modifique, adicione o sustituya.

Parágrafo. Este informe también se deberá presentar al comité directivo o el que haga sus veces en la Fundación Gilberto Álzate Avendaño. Artículo 4. Publicar la presente resolución en la intranet y en la sección de transparencia de la página web de la entidad, así como en el Registro Distrital. Artículo 5. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga la Resolución Interna 197 de 2018. **PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D.C., a los 10 días del mes de noviembre del año 2021.

MARGARITA DIAZ CASAS

Directora General

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