Jurismart

Resolución 234 de 2021

Resolución 234 de 2021 Instituto Distrital de Turismo - IDT

Tipo
Resolución
Número
234
Año
2021
Fecha
2 de noviembre de 2021
Entidad
Instituto Distrital de Turismo - IDT
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

RESOLUCION 234 DE 2021

**(Noviembre 02)

[Derogada por el art. 8, Resolución 264 de 2022.](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=138477#8) __ _Por el cual se modifica el Manual de funciones y Competencias Laborales del Instituto Distrital de Turismo IDT_**

#

EL DIRECTOR GENERAL (E ) DEL INSTITUTO DISTRITAL DE TURISMO – IDT

En ejercicio de sus facultades Legales y en especial las que le confiere el Artículo 5 del Acuerdo Nro. 275 de 2007 del Concejo de Bogotá, D.C., los Acuerdos Nro. 01 de 2007 y 008 de 2016 de la Junta Directiva, y

CONSIDERANDO:

Que la Constitución Política, en su artículo [122 ](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4125#122)establece que _“No habrá empleo público que no tenga funciones detalladas en ley o reglamento y para proveer los de carácter remunerado se requiere que estén contemplados en la respectiva planta y previstos sus emolumentos en el presupuesto correspondiente”_.

Que la Ley [909 ](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=14861)de 2004 y los Decretos Nacionales [785 ](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=16127)de 2005 y [1083 ](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=62518)de 2015, consagran que las entidades deben expedir sus Manuales Específicos de Funciones y Competencias Laborales, teniendo en cuenta el contenido funcional y las competencias comunes y comportamentales, de los empleos que conforman la planta de personal.

Que por medio de la Resolución [265 ](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=89999)de 2019 se modificó el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales del Instituto Distrital de Turismo.

Que mediante Acuerdo de Junta Directiva No. [09](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=118606)[ ](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=118606)expedido el 21 de octubre de 2021 __ se creó la Oficina de Control Disciplinario Interno en la estructura organizacional del Instituto Distrital de Turismo, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo [93 ](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=82445#93)de la Ley 1952 de 2019, modificada por el artículo [14 ](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=114647#14)de la Ley 2094 de 2021.

Que a través del Acuerdo de Junta Directiva No. 10 expedido el 21 de octubre 2021 se creó el empleo de Jefe de Oficina Código 006 Grado 01, para ejercer las funciones de Control Disciplinario Interno de la planta de personal del Instituto Distrital de Turismo IDT Que el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, mediante oficio de radicado No. _2021EE6166_ fechado el 17 de septiembre de 2021 __ emitió concepto técnico favorable para la adición del Manual de Funciones y Competencias Laborales del Instituto Distrital de Turismo.

Que en el marco de lo señalado en el numeral [8º ](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=41249#8.n.8)del artículo 8 de la Ley 1437 de 2011, Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, el Instituto Distrital de Turismo puso a disposición de los servidores públicos y de la ciudadanía en general, en la página web de la entidad, el proyecto de resolución que adiciona el Manual de Funciones y Competencias Laborales, a partir del día 22 de octubre de 2021 y hasta el día 29 de octubre de la misma anualidad.

Que así mismo, siguiendo los parámetros del Decreto Distrital [69 ](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=108825)de 2021 “Por medio del cual se establece el trámite para la participación ciudadana en los proyectos específicos de regulación y se adoptan otras disposiciones” y la Directiva 004 de 2021 de la Secretaría Jurídica Distrital, el proyecto del presente acto administrativo fue publicado entre el día 22 de octubre de 2021 y el 29 de octubre del año que cursa, en el Sistema LEGALBOG, con el objeto de recibir opiniones, sugerencias o propuestas alternativas, las cuales una vez recibidas, se les dio el trámite correspondiente.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO: Modificar el Manual de Funciones y Competencias Laborales del Instituto Distrital de Turismo IDT, adicionando el perfil del empleo que se indica a continuación: | I. IDENTIFICACIÓN. --- Nivel jerárquico | Directivo Denominación del Empleo | Jefe de Oficina Código | 006 Grado | 01 Nº de cargos | 1 Dependencia | Donde se ubique el cargo Cargo del Jefe inmediato | Quien ejerza la supervisión directa II. ÁREA FUNCIONAL: CONTROL DISCIPLINARIO INTERNO III. PROPÓSITO PRINCIPAL Dirigir la función disciplinaria y fallar en primera instancia los procesos disciplinarios que se adelanten en contra de los servidores y exservidores públicos de la entidad, realizando seguimiento al cumplimiento de las decisiones proferidas, de conformidad con la normatividad vigente sobre la materia. IV. DESCRIPCIÓN DE LAS FUNCIONES ESENCIALES 1. Orientar al Director General del Instituto Distrital de Turismo IDT, en la formulación e implementación de las políticas y estrategias para el ejercicio de la función disciplinaria en la entidad. 2. Adelantar la indagación preliminar, la investigación formal y fallar en primera instancia los procesos disciplinarios contra los/as servidores/as y ex servidores/as del organismo, de conformidad con el Código General Disciplinario o aquella norma que lo modifique o sustituya y las demás disposiciones vigentes sobre la materia. 3. Mantener actualizada la información de los procesos disciplinarios del Instituto Distrital de Turismo, en el Sistema de Información Disciplinaria Distrital o el que haga sus veces, y fijar procedimientos operativos disciplinarios acorde con las pautas señaladas por la Dirección Distrital de Asuntos Disciplinarios de la Secretaría Jurídica Distrital. 4. Efectuar el seguimiento a la ejecución de las sanciones que se impongan a los servidores y ex servidores públicos de la entidad, de manera oportuna y eficaz. 5. Surtir el proceso de notificación y/o comunicación y organización documental de los expedientes disciplinarios en los términos y forma establecida en la normatividad disciplinaria vigente.

6. Resolver las consultas sobre aspectos relacionados con la acción disciplinaria que se formulen a la entidad, en términos de interpretación y aplicación de las normas sobre la materia. 7. Diseñar e implementar estrategias de difusión de la normatividad disciplinaria a los servidores de la entidad, con el fin de prevenir la ocurrencia de comportamientos o conductas violatorias de las normas que rigen la materia. 8. Atender las peticiones y requerimientos relacionados con asuntos de su competencia, de manera oportuna y eficaz. 9. Las demás funciones que se le asignen y que correspondan a la naturaleza de empleo. --- V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES 1. Constitución Política 2. Código General Disciplinario 3. Derecho Administrativo 4. Estatuto Anticorrupción 5. Derecho Probatorio y Derecho Procesal 6. Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo 7. Ley de Transparencia y Acceso a la Información 8. Herramientas Ofimáticas VI. IDENTIFICACIÓN DE COMPETENCIAS COMPORTAMENTALES COMUNES | POR NIVEL JERÁRQUICO
- Aprendizaje continuo Orientación a resultados · Orientación al usuario y al ciudadano · Compromiso con la organización trabajo en equipo · Adaptación al cambio | · Visión estratégica Liderazgo efectivo Planeación · Toma de decisiones · Gestión del desarrollo de las personas · Pensamiento Sistémico · Resolución de conflictos VIII. REQUISITOS DE FORMACIÓN ACADÉMICA Y EXPERIENCIA ESTUDIO | EXPERIENCIA
- Título Profesional en disciplina académica del núcleo Básico del Conocimiento de Derecho y afines. · Título de Postgrado en la modalidad de especialización. · Requerimiento: Matrícula o Tarjeta Profesional en casos reglamentados por la Ley. | · Cuarenta y ocho (48) meses experiencia profesional relacionada.

NOTA:[Modificado por el art. 1, Resolución 172 de 2022, Instituto Distrital de Turismo.](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=126972#1)

ARTÍCULO SEGUNDO: Suprimir, de las funciones asignadas al empleo que se identifica a continuación, la siguiente función relacionada con el ejercicio de la función disciplinaria:

I. IDENTIFICACIÓN. --- Nivel jerárquico | Directivo Denominación del Empleo | Subdirector Técnico Código | 068 Grado | 01 Nº de cargos | Uno Dependencia | Donde se asigne el empleo Cargo del Jefe inmediato | Quien ejerza la supervisión directa II. ÁREA FUNCIONAL SUBDIRECCIÓN DE GESTIÓN CORPORATIVA FUNCIÓN ESENCIAL QUE SE SUPRIME
4. Conocer y fallar en primera instancia los procesos disciplinarios en contra de los servidores, ex servidores y particulares que ejerzan funciones públicas en la Entidad de acuerdo con lo dispuesto por la ley y las normas vigentes.

Parágrafo. Los demás componentes del manual de funciones: propósito principal, descripción de funciones esenciales, conocimientos básicos o esenciales, competencias comportamentales y requisitos de formación académica y experiencia asignadas al empleo de Subdirector Técnico de la Subdirección Corporativa, continuaran siendo igual a lo establecido en la Resolución 265 de 2019.

NOTA:[Modificado por el art. 2, Resolución 172 de 2022, Instituto Distrital de Turismo.](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=126972#2)

ARTÍCULO TERCERO: Cuando para el desempeño de un empleo se exija una profesión, arte u oficio debidamente reglamentado, la posesión de grados, títulos, licencias, matrículas o autorizaciones previstas en las leyes o en sus reglamentos, no podrán ser compensados por experiencia u otras calidades, salvo cuando las mismas leyes así lo establezcan.

ARTÍCULO CUARTO: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación, adiciona y modifica en lo pertinente la Resolución No. [265 ](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=89999)de 2019.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D.C., a los 02 días del mes de noviembre del año 2021

ANDRES ORLANDO CLAVIJO RANGEL

Director General (E)

¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.

Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.

Preguntar al asistente

Si ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.

También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.

Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.

Documentos relacionados

Preguntar