Jurismart

Decreto Local 010 de 2021

Decreto Local 010 de 2021 Alcaldía Local de Engativá

Tipo
Decreto Local
Número
010
Año
2021
Fecha
15 de octubre de 2021
Entidad
Alcaldía Local de Engativá
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

DECRETO LOCAL 010 DE 2021

(Octubre 15)

_Por medio del cual se designan los Consejeros y Consejeras integrantes del Consejo Local de Sabios y Sabias de Engativá para el periodo 2021-2023, se posesionan en su cargo y se efectúa la instalación de dicha instancia de participación_

LA ALCALDESA LOCAL DE ENGATIVÁ

En uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el Decreto Ley 1421 de 1993 y el Decreto Distrital 599 de 2019”, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto Ley 1421 de 1993 en su artículo [1](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=9027#1) establece que Bogotá, Capital de la República y del Departamento de Cundinamarca, se organiza como Distrito Capital y goza de autonomía para la gestión de sus intereses dentro los límites de la Constitución y la Ley.

Que conforme a lo establecido en los numerales [1](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=9027#60.n.1) al [5](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=9027#60.n.5) del artículo 60 del Decreto Ley 1421, se determina la división del Distrito Capital en localidades que deberán garantizar el adecuado desarrollo socio económico de cada una de ellas. De igual forma el artículo [61](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=9027#61) de la misma Ley determina que a las autoridades locales les compete la gestión de los asuntos propios de su territorio, garantizar el desarrollo integrado de la ciudad y la eficiente prestación de los servicios a cargo del Distrito Capital.

Que el Congreso de la República profirió la Ley [1171](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=27907) de 2007 (7-diciembre) “ _Por medio de la cual se establecen unos beneficios a las personas adultas mayores_ ” tiene por objeto conceder a las personas mayores de 62 años beneficios para garantizar sus derechos a la educación, a la recreación, a la salud y propiciar un mejoramiento en sus condiciones generales de vida. Que, en el mes de diciembre de 2014, el Ministerio de Salud, expidió la Política Nacional de envejecimiento y vejez 2014-2024, en el cual se expresa compromiso simultáneo tanto del Estado como de la Sociedad y de las Familias: el envejecimiento de la sociedad en interacción con los cursos de vida, los derechos humanos, el envejecimiento activo, la longevidad, la protección social integral y la organización del cuidado.

Que el Decreto Distrital [345](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40243) de 2010 “ _Por medio del cual se adopta la política Publica Social para el Envejecimiento y Vejez en el Distrito Capital”,_ la cual tiene por objeto garantizar la promoción, protección, restablecimiento y ejercicio pleno de los derechos humanos de las personas mayores sin distingo alguno, que permita el desarrollo humano, social, económico, político, cultural y recreativo, promoviendo el envejecimiento activo para que las personas mayore (Sic.) de hoy y del futuro en el Distrito Capital vivan una vejez con dignidad, a partir de la responsabilidad que le compete al Estado en su conjunto y de acuerdo con los lineamientos distritales, nacionales e internacionales Que la Resolución No. [0511](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=59238) del 18 de abril de 2011 “ _Por la cual se conforma y reglamenta el Comité Operativo de Envejecimiento y Vejez al interior del Consejo Distrital de Política Social_ ”, modificada por la Resolución No. 0883 del 25 de junio de 2018, expedidas por la Secretaría Distrital de Integración Social, conforma y reglamenta el Comité Operativo de Envejecimiento y Vejez.

Que la Ley [1757](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=62230) de 2015 “ _Por la cual se dictan disposiciones en materia de promoción y protección del derecho a la participación democrática_ ”, tiene por objeto promover, proteger y garantizar modalidades del derecho a participar en la vida política, administrativa, económica, social y cultural, y así mismo a controlar el poder político.

Que el Decreto Distrital 599 de 2019 “ _Por medio del cual se reglamenta el Acuerdo Distrital[608](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=62980) de 2015 “Por el cual se deroga el Acuerdo [284](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=25616) de 2007 y se dictan normas para crear el Consejo Distrital y los Consejos Locales de Sabios y Sabias en Bogotá, D.C.”_ señala en su artículo [31](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=86953#31) “ _Los Consejos Locales de Sabios y Sabias serán apoyados y asesorados por las Alcaldías Locales, las Subdirecciones Locales para la Integración Social y el Instituto Distrital de la Participación y Acción Comunal -IDPAC, respetando la autonomía de los Consejos_ ”. Igualmente, en el capítulo [III](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=86953#C.3) del anterior decreto menciona la definición a nivel local de los consejos y las asambleas locales de sabios y sabias, el procedimiento para la postulación y elecciones a nivel local, así mismo el articulo [21](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=86953#21) (Periodo) “ _Los consejeros Locales de Sabios y Sabias y sus suplentes serán elegidos para un período de cuatro (4) años homologados a los períodos de la administración distrital y podrán ser nuevamente reelegidos, máximo por un período consecutivo. La elección se realizará en los seis (6) primeros meses del primer año de cada administración distrital_ ”.

Que en el Artículo [6](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=86953#6)° del Decreto Distrital 599 de 2019 instituye que el Consejo Local de Sabios y Sabias estará conformado por: a. Un delegado principal y su suplente, elegido democráticamente por cada una de las unidades de planeación zonal (UPZ). b. Delegados principales y sus suplentes en representación de las organizaciones de persona mayor, cuyo número dependerá de las unidades de planeación zonal (UPZ). c. Teniendo en cuenta el crecimiento demográfico de la población de persona mayor, las localidades con un crecimiento mayor al 9% anual tendrán dos (2) representantes adicionales y sus respectivos suplentes, elegidos democráticamente, uno por las Unidades de Planeamiento Zonal -UPZ y otro por las organizaciones sociales. Las localidades con un crecimiento entre el 8% y el 9% tendrán derecho a un representante adicional y su respectivo suplente, elegidos democráticamente por las organizaciones sociales. Las localidades que presenten un crecimiento menor al 8% no tendrán representantes adicionales. En concordancia con lo anterior para la Localidad de Engativá el Consejo Local de Sabios y Sabias de Engativá (CLSSE) estará conformado por dieciocho (18) consejeros y consejeras principales y dieciocho (18) suplentes para un total de (36) consejeros y consejeras, ya que hace referencia a nueve (9) representantes de organizaciones principales, nueve (9) representantes de organizaciones suplentes y nueve (9) representantes no asociados principales, nueve (9) representantes no asociados suplentes en concordancia con las 9 UPZ de la Localidad.

Que de acuerdo con el reglamento interno del Consejo Local de Sabios y Sabias de Engativá dicta los lineamientos y directrices generales de funcionamiento interno.

Que dadas las limitaciones y restricciones adoptadas por la emergencia sanitaria no fue posible adelantar las elecciones previstas para el 2020.

Que el Consejo Distrital y los Consejos Locales de Sabios y Sabias solicitaron al IDPAC el uso de la plataforma VOTEC, con el fin de adelantar el proceso eleccionario de manera virtual por lo restante del período legal, es decir 2021-2023.

Que de acuerdo con la Circular 009 de 2021 expedida por el Instituto Distrital de la Participación y Acción Comunal (IDPAC) compiló los lineamientos para la elección de los consejeros y las consejeras locales de sabios y sabias del Distrito Capital, para el periodo 2021-2023.

Que mediante la Circular 019 del 26 de agosto de 2021 el IDPAC modificó el cronograma consagrado en el numeral 6 de la Circular IDPAC N.º 009 de abril de 2021, mediante la cual se compilaron los lineamientos para la elección de los consejeros y las consejeras locales de sabios y sabias del Distrito Capital, para el periodo 2021-2023.

Que el IDPAC a través Circular N° 23 de 28 de septiembre modificó el cronograma de elección de los Consejeros y las Consejeras Locales de Sabios y Sabias del Distrito Capital contenido en el numeral 6 de la Circular IDPAC No. 009 de abril de 2021 modificado por la Circular IDPAC No. 019 de agosto 2021.

Que efectuadas las validaciones y/o verificaciones y cumpliendo las exigencias y requisitos exigidos normativamente (Mesa Técnica), quedaron inscritos en plataforma VOTEC los siguientes candaditos para realizar subsanación de documentos así: CANDIDATOS INSCRITOS EN LA PLATAFORMA VOTEC | | CEDULA | NOMBRES Y APELLIDOS DEL CANDIDATO | UPZ/UPR/BARRIO | OSERVACION/ AJUSTES ---|---|---|--- 20624981 | Martha Bernarda Páez de Arévalo | Minuto de Dios | Subsanó 51567479 | Elcy Mireya Linares | Santa Cecilia | subsanó 21068048 | Myriam Teresa Tovar Velasco | Álamos | subsanó 19370093 | Víctor Manuel Bayona Castro | Boyacá Real | subsanó 17182655 | Nelson Concha Valderrama | Bolivia | subsanó 19217086 | Héctor José Castañeda Nieto | Jardín Botánico | No Subsanó 19291187 | Luis Florindo González Castellanos | Minuto de Dios | Subsanó 41610393 | Elva Lucia Murillo Valderrama | Ferias | Subsanó 41733855 | María de Jesús González Puentes | Minuto de Dios | No Subsanó 17119620 | Ernesto Acero Galindo | Las Ferias | No Subsanó 17114790 | Guillermo Gutiérrez Guerrero | Boyacá Real | No Subsanó 3093921 | Rafael Roa Rodríguez | Jardín Botánico | Subsanó 35321966 | Consuelo Camacho Malaver | Organización Boyacá Real | Ok 14218419 | Orlando Rodríguez Lozano | Jardín Botánico | Subsanó 19114247 | Manuel Vicente Almeida Castro | Garces Navas | No Subsanó 17168069 | Pablo Enrique Acosta Martin | Engativá | Subsanó 41372335 | Brisa María Mendoza de Vargas | Bolivia | Subsanó 17145203 | Carlos Alirio Soacha Mora | Bolivia | No Subsanó 35326641 | Matilde García Calderón | Garcés Navas | Subsanó 41356805 | María Dioselina Cabiativa de Saavedra | Garcés Navas | Subsanó 17062237 | Adolfo Morales Guzmán | Las Ferias | Ok 41763961 | María Lourdes Torres de Diaz | Álamos | Subsanó 41660294 | Blanca Cecilia Mogollón Gordillo | Boyacá Real | Ok 41611880 | Aura Nelly Guacheta Ayanegua | Organización Las Ferias | Subsanó Que teniendo en cuenta el cronograma expedido por la Circular 23 de 2021, el 6 de octubre del presente año, a través de Facebook live del IDPAC se procedió a realizar el escrutinio de las votaciones virtuales para elegir el consejo local de sabios y sabios de Engativá, el cual se soporta mediante el acta E4 “ _acta de escrutinio Consejo Local de sabios y Sabias_ ” y la conformación del Consejo Local de Sabios y Sabias para el periodo 2021-2023, por el Instituto de participación y acción comunal IDPAC registrándose la siguiente votación.

PRINICPALES NO ASOCIADOS(Sic.):

CEDULA | NOMBRES Y APELLIDOS DEL CANDIDATO | NÚMERO DE VOTOS | UPZ/UPR/BARRIO ---|---|---|--- 41610393 | Elva Lucia Murillo Valderrama | 8 | Las Ferias 19291187 | Luis Florindo González Castellanos | 31 | Minuto de Dios 19370093 | Víctor Manuel Bayona Castro | 19 | Boyacá Real 51567479 | Elcy Mireya Linares | 7 | Santa Cecilia 41372335 | Brisa María Mendoza de Vargas | 43 | Bolivia 41356805 | María Dioselina Cabiativa de Saavedra | 17 | Garcés Navas 17168069 | Pablo Enrique Acosta Martin | 1 | Engativá 14218419 | Orlando Rodríguez Lozano | 50 | Jardín Botánico 41763961 | María Lourdes Torres de Díaz | 9 | Álamos

SUPLENTES NO ASOCIADOS

CEDULA | NOMBRES Y APELLIDOS DEL CANDIDATO | NÚMERO DE VOTOS | UPZ/UPR/BARRIO ---|---|---|--- 17062237 | Adolfo Morales Guzmán | 3 | Las Ferias 20624981 | Martha Bernarda Páez de Arévalo | 3 | Minuto de Dios 41660294 | Blanca Cecilia Mogollón Gordillo | 3 | Boyacá Real | NO CANDIDATO | 0 | Santa Cecilia 17182655 | Nelson Concha Valderrama | 5 | Bolivia 35326641 | Matilde García Calderón | 4 | Garcés Navas | NO CANDIDATO | 0 | Engativá 3093921 | Rafael Roa Rodríguez | 12 | Jardín Botánico 21068048 | Myriam Teresa Tovar Velasco | 1 | Álamos

ORGANIZACIONES PRINCIPALES

CEDULA | NOMBRES Y APELLIDOS DEL CANDIDATO | NÚMERO DE VOTOS ---|---|--- 41611880 | Aura Nelly Guacheta Ayanegua | 76 35321966 | Consuelo Camacho Malaver | 26

ORGANIZACIONES SUPLENTES

CEDULA | NOMBRES Y APELLIDOS DEL CANDIDATO | NÚMERO DE VOTOS ---|---|--- | NO ORGANIZACION | Que de acuerdo con la normativa, con los antecedentes detallados y preceden en los párrafos anteriores, se hace necesario designar a través de acto administrativo, a los Consejeros y Consejeras del Consejo local de Sabios y Sabias de Engativá para el periodo 2021-2023, a la vez, realizar la posesión de los mismos en su cargo y efectuar la instalación de las sesiones de dicha instancia de participación.

En mérito de lo expuesto,

DECRETA:

Artículo 1. OBJETO. Designar como Consejeros y Consejeras principales y suplentes al Consejo Local de Sabios y Sabias de Engativá (CLSSE) para el periodo 2021-2023, a las siguientes personas en representación de los (as) ciudadanos (as) y habitantes de la localidad de Engativá, así:

PRINICPALES NO ASOCIADOS(Sic.):

CEDULA | NOMBRES Y APELLIDOS DEL CANDIDATO | NÚMERO DE VOTOS | UPZ/UPR/BARRIO ---|---|---|--- 41610393 | Elva Lucia Murillo Valderrama | 8 | Las Ferias 19291187 | Luis Florindo González Castellanos | 31 | Minuto de Dios 19370093 | Víctor Manuel Bayona Castro | 19 | Boyacá Real 51567479 | Elci Mireya Linares | 7 | Santa Cecilia 41372335 | Brisa María Mendoza de Vargas | 43 | Bolivia 41356805 | María Dioselina Cabiativa de Saavedra | 17 | Garcés Navas 17168069 | Pablo Enrique Acosta Martina | 1 | Engativá 14218419 | Orlando Rodríguez Lozano | 50 | Jardín Botánico 41763961 | María Lourdes Torres de Diaz | 9 | Álamos

SUPLENTES NO ASOCIADOS

CEDULA | NOMBRES Y APELLIDOS DEL CANDIDATO | NÚMERO DE VOTOS | UPZ/UPR/BARRIO ---|---|---|--- 17062237 | Adolfo Morales Guzmán | 3 | Las Ferias 20624981 | Martha Bernarda Paez | 3 | Minuto de Dios 41660294 | Blanca Cecilia Mogollón Gordilo | 3 | Boyacá Real | NO CANDIDATO | 0 | Santa Cecilia 17182655 | Nelson Concha Valderrama | 5 | Bolivia 35326641 | Matilde García Calderón | 4 | Garcés Navas | NO CANDIDATO | 0 | Engativá 3093921 | Rafael Roa Rodríguez | 12 | Jardín Botánico 21068048 | Miriam Teresa Tovar Velazco | 1 | Álamos

ORGANIZACIONES PRINCIPALES

CEDULA | NOMBRES Y APELLIDOS DEL CANDIDATO | NÚMERO DE VOTOS ---|---|--- 41611880 | Aura Nelly Guacheta Ayanegua | 76 35321966 | Consuelo Camacho Malaver | 26

ORGANIZACIONES SUPLENTES

CEDULA | NOMBRES Y APELLIDOS DEL CANDIDATO | NÚMERO DE VOTOS ---|---|--- | NO ORGANIZACION | Artículo 2. PERIODO: Los Consejeros y Consejeras del Consejo Local de Sabios y Sabias de Engativá desempeñarán su cargo por un periodo de tres (3) años (2021-2023) teniendo en cuenta lo señalado en el art [21](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=86953#21) del decreto 599/2019 y cumplirán sus funciones ad-honorem, es decir, sin retribución alguna y sin generarse ningún tipo de vinculación laboral o de servicios con el Fondo de Desarrollo Local de Engativá - Alcaldía Local de Engativá.

Artículo 3. INSTALACIÓN Y POSESIÓN. El Consejo Locales de Sabios y Sabias, será instalado por la Alcaldesa Local de Engativá dentro de los quince (15) días siguientes al escrutinio de las elecciones locales del CLSSE, en ceremonia especial, a la cual asistirán y se posesionarán en su cargo los Consejeros y Consejeras entrantes al CLSE y a la misma serán invitados los Consejeros y Consejeras salientes.

Artículo 4. VIGENCIA. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=118037) y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, D.C., a los 15 días del mes de octubre del año 2021.

ÁNGELA MARÍA MORENO TORRES

Alcaldesa Local de Engativá

¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.

Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.

Preguntar al asistente

Si ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.

También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.

Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.

Documentos relacionados

Preguntar