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Decreto Local 012 de 2021

Decreto Local 012 de 2021 Alcaldía Local de Teusaquillo

Tipo
Decreto Local
Número
012
Año
2021
Fecha
21 de septiembre de 2021
Entidad
Alcaldía Local de Teusaquillo
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

**DECRETO LOCAL 012 DE 2021 (Septiembre 21)

_Por medio del cual se efectúa un Traslado Presupuestal en el Presupuesto de Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Teusaquillo para la vigencia fiscal 2021_

LA ALCALDESA LOCAL DE TEUSAQUILLO (E)

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el artículo 31 del Decreto 372 de 2010 y,

CONSIDERANDO:

Que en el párrafo [tercero](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#31.p.3) del artículo 31 del Decreto 372 de 2010, estipula: “Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se harán mediante Decreto expedido por el Alcalde Local”.

Que el [parágrafo único ](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=88449#9.p)del artículo 9 del Decreto 777 de 2019, dispone que _“Se exceptúan del concepto previo y favorable de la Secretaría de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto, las modificaciones en gastos de funcionamiento de los traslados presupuestales al interior de cada uno de los rubros que componen Factores constitutivos de salario, Contribuciones inherentes a la nómina, Remuneraciones o constitutivas de factor salarios siempre que correspondan al mismo tipo de vinculación, Honorarios, Activos Fijos, Materiales y suministros, Adquisición de servicios, FONPET, Obligaciones por Pagar (Adquisición de Bienes, Adquisición de servicios y Otros Gastos Generales)”._ Que mediante Circular Externa No. DDP - 000008 del 31 de diciembre de 2019 proferida por la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto, se dieron lineamientos para los traslados presupuestales en gastos de funcionamiento, señalando que los mismos deberán ser presentados de manera individual, cuando se requieran modificaciones presupuestales que afecten otros niveles de desagregación, conforme a lo establecido en el Manual Operativo Presupuestal.

Que el saldo de apropiación disponible para el rubro 131020202020202 Servicios de administración de bienes inmuebles, es de $118.000.000 de los cuales se van a comprometer al contrato de arriendo de la nueva sede la alcaldía local de Teusaquillo un valor de $100.000.000 quedando con un saldo disponible de $18.000.000.

Que el FDLT solicitó a Secretaría Distrital de Hacienda la homologación del rubro 13102020208 Salud ocupacional, por medio del cual el FDLT realizará la adquisición de un desfibrilador externo automático para lugares de alta concurrencia de público en cumplimiento de la normatividad vigente (Decreto [1465](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=86036#9.p) de 2019). En consecuencia, es necesario realizar el traslado a la apropiación del rubro 13102020208 Salud ocupacional del rubro 131020202020202 Servicios de administración de bienes inmuebles por valor de $6.913.000. Que, en mérito de lo anteriormente expuesto,

DECRETA:

Artículo 1. Efectúese un contra crédito al Presupuesto de Gastos de la vigencia 2021 del Fondo de Desarrollo Local de Teusaquillo de acuerdo con el siguiente detalle: | CONTRACRÉDITO --- CÓDIGO| CONCEPTO| VALOR 13| GASTOS| **$ 6.913.000

131| GASTOS DE FUNCIONAMIENTO| $ 6.913.000 13102 | Adquisición de bienes y servicios | $ 6.913.000 1310202 | Adquisiciones diferentes de activos no financieros | $ 6.913.000 131020202 | Adquisición de servicios | $ 6.913.000 13102020202 | Servicios financieros y servicios conexos, servicios inmobiliarios y servicios de leasing | $ 6.913.000 1310202020202 | Servicios inmobiliarios | $ 6.913.000 131020202020202| Servicios de administración de bienes inmuebles a comisión o por contrato | $ 6.913.000 | TOTAL CONTRACRÉDITO| $ 6.913.000 Artículo 2. Efectúese un crédito al Presupuesto de Gastos de la vigencia 2021 del Fondo de Desarrollo Local de Teusaquillo de acuerdo con el al siguiente detalle:

CRÉDITOS --- CÓDIGO| CONCEPTO| VALOR 13 | GASTOS| $ 6.913.000 131 | GASTOS DE FUNCIONAMIENTO| $ 6.913.000 13102 | Adquisición de bienes y servicios | $ 6.913.000 1310202 | Adquisiciones diferentes de activos no financieros | $ 6.913.000 131020202 | Adquisición de servicios | $ 6.913.000 13102020208 | Salud ocupacional | $ 6.913.000 | TOTAL CRÉDITO| $ 6.913.000 Artículo 3. Comunicación. Una vez expedido el presente Decreto, deberán ser informadas las Secretarías Distritales de Hacienda, y de Gobierno y la Junta Administradora Local, para lo de su competencia.

Artículo 4. Publicación. Publíquese el presente Decreto en la Gaceta Distrital, de conformidad con el artículo [65](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=41249#65) de la Ley 1437 de 2011.

Artículo 5. Vigencia y Derogatorias. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su [publicación.](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=117137)

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, D.C., a los 21 días del mes de septiembre del año 2021.

ANA DUNIA PINZÓN BARÓN

Alcaldesa Local de Teusaquillo (E)

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