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Decreto Local 009 de 2021

Decreto Local 009 de 2021 Alcaldía Local de Puente Aranda

Tipo
Decreto Local
Número
009
Año
2021
Fecha
4 de agosto de 2021
Entidad
Alcaldía Local de Puente Aranda
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

DECRETO LOCAL 009 DE 2021

(Agosto 04)

_Por medio del cual se efectúa un Traslado Presupuestal en el Presupuesto de Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Puente Aranda para la vigencia fiscal 2021_

LA ALCALDESA LOCAL DE PUENTE ARANDA

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el Artículo 31 del Decreto 372 de 2010 y,

CONSIDERANDO:

Que en virtud de lo establecido en el artículo [31](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#31) del Decreto 372 de 2010, el Alcalde Local mediante Decreto puede realizar los traslados presupuestales dentro del mismo agregado, previo concepto favorable de la Secretaria Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto.

Que se hace necesario efectuar un traslado en el Agregado de Funcionamiento del Presupuesto de Gastos de la Alcaldía local de Puente Aranda para la vigencia fiscal 2021.

Que la administración Local requiere efectuar un traslado presupuestal de CUARENTA MILLONES DE PESOS ($40.000.000) MCTE, al rubro presupuestal 131020202030502 _“Servicios de limpieza general”_, recursos necesarios para garantizar la prestación del servicio integral de Aseo y Cafetería mediante la Adición y Prórroga al Contrato N° 162 de 2021.

Que el Fondo de Desarrollo de Puente Aranda, en el rubro presupuestal 13101040102 _“Honorarios Ediles”_, cuenta con recursos suficientes, los cuales la administración no tiene previsto ejecutarlos en la presente vigencia, por lo que pueden trasladarse para financiar la apropiación de otro rubro.

Que mediante oficio N° 2021EE194598O1 del 03 de agosto de 2021, la Dirección Distrital de Presupuesto, emite concepto de viabilidad considerando que el Fondo de Desarrollo Local efectuó los estudios técnicos, legales y financieros exigidos para realizar el traslado presupuestal, por valor CUARENTA MILLONES DE PESOS ($40.000.000) MCTE. Que, en mérito de lo anteriormente expuesto,

DECRETA:

Artículo 1. Efectúese un contra crédito al Presupuesto de Gastos de Funcionamiento de la vigencia 2021 del Fondo de Desarrollo Local de Puente Aranda, conforme al siguiente detalle: Artículo 2. Efectúese un crédito al Presupuesto de Gastos de Funcionamiento de la vigencia 2021 del Fondo de Desarrollo Local de Puente Aranda, conforme al siguiente detalle: Artículo 3. Comunicación. Una vez expedido el presente Decreto, comuníquese inmediatamente el contenido del mismo a la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto y la Secretaría Distrital de Planeación, para lo de su competencia. Artículo 4. Publicación. Publíquese el presente Decreto en la Gaceta Distrital, de conformidad con el artículo [65](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=41249#65) de la Ley 1437 de 2011. Artículo 5. Vigencia y Derogatorias. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=115817). COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. Dado en Bogotá, D.C., a los 04 días del mes de agosto del año 2021.

ROSA ISABEL MONTERO TORRES

Alcaldesa Local (E) de Puente Aranda

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