Resolución 329 de 2021
Resolución 329 de 2021 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
- Tipo
- Resolución
- Número
- 329
- Año
- 2021
- Fecha
- 12 de julio de 2021
- Entidad
- Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
RESOLUCIÓN 329 DE 2021
(Julio 12)
_Por la cual se efectúan unas modificaciones en el Presupuesto de Gastos e Inversión de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., para la vigencia fiscal de 2021_
LA SECRETARIA GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.
En ejercicio de las atribuciones conferidas en el artículo 87 del Decreto Distrital 714 de 1996, el artículo 60 del Decreto Distrital 854 de 2001 y, el Decreto Distrital 001 de 2020
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo con el principio de especialización consagrado en el literal [g)](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=1693#13.l.g) del artículo 13 del Decreto Distrital 714 de 1996[1], “las apropiaciones deben referirse en cada entidad de la Administración a su objeto y funciones y se ejecutarán estrictamente conforme al fin para el cual fueron programadas.”
Que el artículo [63](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=1693#63) del mencionado Decreto Distrital 714 de 1996, dispone que "cuando fuere necesario aumentar o disminuir la cuantía de las apropiaciones, cancelar las aprobadas o establecer otras nuevas, podrán hacerse las correspondientes modificaciones al presupuesto mediante traslados, créditos adicionales y la cancelación de apropiaciones (…)"
Que mediante el Decreto Distrital No. [328](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=104050) del 29 de diciembre de 2020, se liquidó el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2021 y se dictaron otras disposiciones, en cumplimiento del Acuerdo Distrital [788](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=103427) del 22 de diciembre de 2020.
Que el artículo [10º](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=112838#10) del Decreto Distrital No. 192 de 2021 “ _Por medio del cual se reglamenta el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital y se dictan otras disposiciones_ ”, establece que: “ _Las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación de los órganos y entidades que hacen parte del presupuesto anual, incluidos los organismos de control, y los Fondos de Desarrollo Local que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto agregado de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión aprobados por el Concejo de Bogotá D.C. y las Juntas Administradoras Locales, se harán mediante resolución expedida por el representante de la entidad respectiva o por decreto del Alcalde Local. En el caso de los establecimientos públicos del Distrito estas modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación se harán por resolución o acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos._ __ _Estos actos administrativos requieren para validez del concepto previo y favorable de la Secretarla Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto. Si se trata de gastos de inversión se requerirá, además, del concepto favorable de la Secretarla Distrital de Planeación._ __ _Parágrafo_ _. Se exceptúan del concepto previo y favorable de la Secretaria Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto, las modificaciones en Gastos de Funcionamiento de los traslados presupuestales al interior de cada uno de los rubros que componen Factores constitutivos de salario, Contribuciones inherentes a la nómina, Remuneraciones no constitutivas de factor salarial siempre que correspondan at mismo tipo de vinculación, Honorarios, Activos Fijos, Materiales y suministros, Adquisición de servicios, FONPET, Obligaciones por Pagar (Adquisición de Bienes, Adquisición de Servicios y Otros Gastos Generales).”_ __ Que la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D. C., mediante oficio con radicado 2-2021-22363 del 09 de Julio de 2021, solicitó concepto a la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda, para proceder con el traslado presupuestal entre los rubros 1310101010101-“Sueldo básico”, 1310101010110-“Prima de navidad”, 1310101010111- “Prima de vacaciones”, 1310101010202-“Prima Técnica”, 1310101020101-“Aportes a la seguridad social en pensiones públicas”, 1310101020202-“Aportes a la seguridad social en salud privada”, 1310101020301-“Aportes de cesantías a fondos públicos”, 1310101020401- “Compensar”, 1310101020501-“Aportes generales al sistema de riesgos laborales públicos”, 1310101020601-“Aportes al ICBF de funcionarios”, 1310101020701-“Aportes al SENA de funcionarios”, 1310101020801-“Aportes a la ESAP de funcionarios”, 1310101020901- “Aportes a escuelas industriales e institutos técnicos de funcionarios”, 13101010301 -“Indemnización por vacaciones”, 13101010302-“Bonificación por recreación”, 1310102010101-“Sueldo básico”, 1310102010110-“Prima de navidad”, 1310102010111- “Prima de vacaciones”, 1310102010202-“Prima Técnica”, 1310102020101-“Aportes a la seguridad social en pensiones públicas”, 1310102020202-“Aportes a la seguridad social en salud privada”, 1310102020301-“Aportes de cesantías a fondos públicos”, 1310102020401- “Compensar”, 1310102020501-“Aportes generales al sistema de riesgos laborales públicos”, 1310102020601-“Aportes al ICBF de funcionarios”, 1310102020701-“Aportes al SENA de funcionarios”, 1310102020801-“Aportes a la ESAP de funcionarios”, 1310102020901- “Aportes a escuelas industriales e institutos técnicos de funcionarios”, y 13101020302- “Bonificación por recreación”, por valor de Noventa y Tres Millones Cuatrocientos Noventa y Nueve Mil Setecientos Sesenta y Cinco pesos ($ 93.499.765) mcte.
Que mediante comunicación No. 2021EE116947O1 del 12 de julio de 2021, la Directora Distrital de Presupuesto emitió concepto favorable para el trámite de la presente modificación. Que, en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1º-: Efectuar el siguiente traslado presupuestal en el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., para la vigencia 2021, por valor de Noventa y Tres Millones Cuatrocientos Noventa y Nueve Mil Setecientos Sesenta y Cinco pesos ($ 93.499.765) mcte, así: CRÉDITO | RUBRO PRESUPUESTAL | DESCRIPCION RUBRO | CONTRACREDITO ---|---|--- 13 | GASTOS | 93.499.765 131 | GASTOS DE FUNCIONAMIENTO | 93.499.765 13101 | Gastos de personal | 93.499.765 1310101 | Planta de personal permanente | 93.499.765 131010101 | Factores constitutivos de salario | 77.196.846 13101010101 | Factores salariales comunes | 68.798.692 1310101010101 | Sueldo básico | 60.312.612 1310101010110 | Prima de navidad | 5.733.838 1310101010111 | Prima de vacaciones | 2.752.242 13101010102 | Factores salariales especiales | 8.398.154 1310101010202 | Prima Técnica | 8.398.154 131010102 | Contribuciones inherentes a la nómina | 16.069.637 13101010201 | Aportes a la seguridad social en pensiones | 3.527.400 1310101020101 | Aportes a la seguridad social en pensiones públicas | 3.527.400 13101010202 | Aportes a la seguridad social en salud | 2.498.400 1310101020202 | Aportes a la seguridad social en salud privada | 2.498.400 13101010203 | Aportes de cesantías | 5.606.097 1310101020301 | Aportes de cesantías a fondos públicos | 5.606.097 13101010204 | Aportes a cajas de compensación familiar | 1.836.000 1310101020401 | Compensar | 1.836.000 13101010205 | Aportes generales al sistema de riesgos laborales | 306.600 1310101020501 | Aportes generales al sistema de riesgos laborales públicos | 306.600 13101010206 | Aportes al ICBF | 1.377.000 1310101020601 | Aportes al ICBF de funcionarios | 1.377.000 13101010207 | Aportes al SENA | 229.535 1310101020701 | Aportes al SENA de funcionarios | 229.535 13101010208 | Aportes a la ESAP | 229.535 1310101020801 | Aportes a la ESAP de funcionarios | 229.535 13101010209 | Aportes a escuelas industriales e institutos técnicos | 459.070 1310101020901 | Aportes a escuelas industriales e institutos técnicos de funcionarios | 459.070 131010103 | Remuneraciones no constitutivas de factor salarial | 233.282 13101010302 | Bonificación por recreación | 233.282
CONTRACRÉDITO
AR | DESCRIPCION RUBRO | CREDITO ---|---|--- 13 | GASTOS | 93.499.765 131 | GASTOS DE FUNCIONAMIENTO | 93.499.765 13101 | Gastos de personal | 93.499.765 1310101 | Planta de personal permanente | 39.317.227 131010103 | Remuneraciones no constitutivas de factor salarial | 39.317.227 13101010301 | Indemnización por vacaciones | 39.317.227 1310102 | Personal supernumerario y temporal | 54.182.538 131010201 | Factores constitutivos de salario | 37.879.619 13101020101 | Factores salariales comunes | 29.481.465 1310102010101 | Sueldo básico | 20.995.385 1310102010110 | Prima de navidad | 5.733.838 1310102010111 | Prima de vacaciones | 2.752.242 13101020102 | Factores salariales especiales | 8.398.154 1310102010202 | Prima Técnica | 8.398.154 131010202 | Contribuciones inherentes a la nómina | 16.069.637 13101020201 | Aportes a la seguridad social en pensiones | 3.527.400 1310102020101 | Aportes a la seguridad social en pensiones públicas | 3.527.400 13101020202 | Aportes a la seguridad social en salud | 2.498.400 1310102020202 | Aportes a la seguridad social en salud privada | 2.498.400 13101020203 | Aportes de cesantías | 5.606.097 1310102020301 | Aportes de cesantías a fondos públicos | 5.606.097 13101020204 | Aportes a cajas de compensación familiar | 1.836.000 1310102020401 | Compensar | 1.836.000 13101020205 | Aportes generales al sistema de riesgos laborales | 306.600 1310102020501 | Aportes generales al sistema de riesgos laborales públicos | 306.600 13101020206 | Aportes al ICBF | 1.377.000 1310102020601 | Aportes al ICBF de funcionarios | 1.377.000 13101020207 | Aportes al SENA | 229.535 1310102020701 | Aportes al SENA de funcionarios | 229.535 13101020208 | Aportes a la ESAP | 229.535 1310102020801 | Aportes a la ESAP de funcionarios | 229.535 13101020209 | Aportes a escuelas industriales e institutos técnicos | 459.070 1310102020901 | Aportes a escuelas industriales e institutos técnicos de funcionarios | 459.070 131010203 | Remuneraciones no constitutivas de factor salarial | 233.282 13101020302 | Bonificación por recreación | 233.282 Artículo 2º-: Para efectos de dar trámite a los movimientos presupuestales señalados en el presente acto administrativo, comunicar el contenido de la presente Resolución, a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., a la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda, a la Dirección de Talento Humano, a la Dirección Administrativa y Financiera y a la Subdirección Financiera de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.
Artículo 3º-: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
Dada en Bogotá, D.C., a los 12 días del mes de julio del año 2021.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
MARGARITA BARRAQUER SOURDIS
SECRETARIA GENERAL
* * * [1] “ _Por el cual se compilan el Acuerdo 24 de 1995 y Acuerdo 20 de 1996 que conforman el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital”_
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