Circular 016 de 2021
Circular 016 de 2021 Secretaría de Educación del Distrito - SED
- Tipo
- Circular
- Número
- 016
- Año
- 2021
- Fecha
- 9 de julio de 2021
- Entidad
- Secretaría de Educación del Distrito - SED
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
CIRCULAR 016 DE 2021
(Julio 09)
PARA: SUBSECRETARIOS(AS), JEFES DE OFICINA Y OFICINA ASESORA, DIRECTORES(AS), DIRECTORES(AS) LOCALES Y PERSONAL ADMINISTRATIVO DEL NIVEL CENTRAL Y LOCAL.
DE: SECRETARIA DE EDUCACIÓN DEL DISTRITO.
ASUNTO: ACLARACIÓN A LA CIRCULAR No.[015](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=114648) DE 2021. Respetadas y respetados servidores administrativos, De conformidad con las directrices establecidas en la Circular Conjunta No. [010](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=113497) del 11 de junio de 2021 expedida por la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá y el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, mediante la cual se imparten instrucciones para el retorno seguro, escalonado y responsable a las actividades laborales presenciales en el sector público de Bogotá D.C., se establecieron los turnos en los cuales cada servidor público realizará actividades presenciales, por lo cual se hace necesario aclarar el párrafo cuarto del numeral “1.2. Programación de actividades presenciales para servidoras y servidores administrativos y contratistas:” de la Circular No. [015](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=114648) de 2021, a través de la cual se comunicaron lineamientos frente al trabajo presencial y trabajo en casa para servidores, servidoras y contratistas del nivel central y local de la Secretaría de Educación del Distrito; en los siguientes términos: _Una vez identificados los espacios físicos con los cuales cuenta cada área y el número de personas habilitadas de acuerdo con el aforo, cada jefe procederá a establecer la programación, determinando los días y horarios en los cuales cada servidora y servidor público realizará actividades presenciales, de acuerdo con las siguientes alternativas de horario[1]:_ _\- De lunes a viernes de _7:00 a.m._ a 4:30 p.m. incluida una hora de almuerzo • De lunes a viernes de 10:00 a.m. a 7:30 p.m. incluida una hora de almuerzo • De lunes a viernes de 12:00 m. a 8:30 p.m. en jornada continua_ Se recuerda a todos los colaboradores de la SED que, el autocuidado y cuidado solidario es un aporte individual y colectivo dentro del cumplimiento de las indicaciones dadas y las medidas adoptadas por la entidad para disminuir el riesgo de contagio por la COVID-19, que se traducirá en una mejora que permitirá un retorno presencial seguro y tranquilo para todos. Cordial saludo, EDNA CRISTINA BONILLA SEBÁ
Secretaria de Educación del Distrito
NOTAS DE PIE DE PÁGINA:
* * * [1] Decreto Distrital 084 de 2020. Por medio del cual Se adiciona un parágrafo transitorio al artículo 3 del Decreto Distrital 842 de 2018 “Por media del cual se establece el horario de trabajo de los/las servidores/as públicos/ as del sector central de la Administración Distrital y se dictan lineamientos sobre la flexibilización del horario para servidores/as en circunstancias especiales y se dictan otras disposiciones.
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